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Arquitectura, planeamiento y ejecución. Sede VMT. Panamericanos Lima 2019Sánchez Macedo, Aldo 25 September 2020 (has links)
Ponente: Arq. Aldo A. Sánchez Macedo. / Panamericanos Lima 2019 - Sede VMT / Arquitectura, Planeamiento y Ejecución.
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La eficacia de la garantía de legalidad en el régimen cerrado del sistema de ejecución penal chilenoVergara Cisterna, Luis Alberto January 2018 (has links)
Actividad formativa equivalente a tesis (magíster con mención en derecho penal) / El presente trabajo plantea un análisis a la garantía de legalidad en el sistema de ejecución penitenciario de Chile, bajo la observación del comportamiento que presentan los poderes públicos frente a los mandatos que el principio de legalidad contiene en el marco político de un Estado democrático de derecho. El estudio revisa las funciones del principio de legalidad y ahonda en su aplicación concreta en cuanto garantía ejecutiva, cuya finalidad es servir de cortapisa al poder estatal durante la fase de cumplimiento penal. Se analiza la garantía, como un sistema de restricciones y mandatos dirigidos a los operadores institucionales, que limitan sus atribuciones imponiéndoles la obligación de mantener un sistema de cumplimiento exento de arbitrariedad, que excede la sola constatación de existencia de una ley específica que regule el ámbito penitenciario. Para el análisis se han construido criterios de verificación, contra los cuales se contrasta la realidad observada, dando lugar a las conclusiones finales del estudio.
Palabras clave: principio de legalidad / This dissertation presents an analysis of the guarantee of legality in the
prison execution system of Chile, under the observation of the public powers and the
principle of legality contained in the political framework of a democratic State of law.
The study reviews the functions of the principle of legality and its specific application as
an executive guarantee, whose purpose is to serve as a limitation to state power during
the criminal compliance phase. This executive value is analyzed as a system of
restrictions and mandates for institutional operators that limits their powers by imposing
the obligation to maintain a compliance system exempted from arbitrariness, which
exceeds the existence of a specific law that regulates the penitentiary setting. For this
analysis we built some verification criteria that we confronted with reality, finalizing with
the conclusions of the study.
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El proceso del control interno y su relación con la ejecución presupuestal del Gobierno Regional de Junín Perú - 2015Uribe Beraun, Dany Franco 09 February 2018 (has links)
Para la ejecución de la investigación se ha verificado diferentes fuentes de información a fin de sistematizar el estudio y contar con antecedentes que sustenten la investigación titulada; “El proceso del control interno y su relación con la ejecución presupuestal del Gobierno Regional de Junín Perú – 2015”, el objetivo fue determinar la relación que guarda los procesos del control interno y la ejecución presupuestal del Gobierno Regional de Junín Perú – 2015, asimismo la hipótesis de investigación señala que un efectivo control interno
incide de manera directa en la eficiente ejecución presupuestal del Gobierno Regional de Junín Perú – 2015.
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Ley de ejecución de penas:realidad normativa de Chile y análisis de derecho comparadoAlmonacid Zapata, Pamela Andrea January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Derecho Penal forma parte de los mecanismos sociales que tienen por finalidad obtener determinados comportamientos en la vida social . Es una forma de reaccionar por parte del Estado frente a ciertos comportamientos indeseados que superan el límite de aquello que consideramos tolerable en el marco de la vida social, los cuales hemos denominado “delitos”. Y esta reacción, que a su vez debiera constituir un medio disuasivo de la actividad delictiva, consiste básicamente en un sistema estructurado de sanciones de diverso tipo -según sea la gravedad del injusto- las cuales conocemos como “penas”.
Esta relación Estado - comportamiento indeseado - sanción, ha sido aplicada durante siglos teniendo como fundamento la potestad punitiva del Estado, que permite al soberano limitar la libertad de quienes se encuentran bajo su imperio en beneficio de la seguridad y el bien común. El Leviatán de Hobbes se materializa para estos efectos en ius puniendi estatal. “El ius puniendi es expresión del poder único y exclusivo del Estado para ejercer la violencia legítima”
En este contexto surge la dicotomía seguridad - libertad, que en el marco de una sociedad democrática hace indispensable establecer con claridad los límites del poder del Estado. Ya en el año 1764 Cesare Beccaria, en su libro “De los Delitos y de las Penas” expone la necesidad de modificar el sistema penal de la época, señalando en diversos puntos ciertas restricciones al poder estatal; “para que cada pena no sea una violencia de uno o de muchos contra un ciudadano privado, debe ser esencialmente pública, pronta, necesaria, la mínima de las posibles en las circunstancias dadas, proporcional a los delitos, dictada por las leyes”.
Posteriormente, a raíz de los principios de la Ilustración y la Revolución Francesa, propuestas como las de Beccaria y por otros pensadores se institucionalizaron, formándose una nueva visión de la persona como sujeto de derechos frente al Estado.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano del año 1789, establece una serie de normas y principios orientados en ese sentido, entre las cuales encontramos las siguientes limitaciones al ius puniendi:
Artículo 7.- “Ningún hombre puede ser acusado, arrestado o detenido, como no sea en los casos determinados por la ley y con arreglo a las formas que ésta ha prescrito…”
Artículo 8.- “La ley sólo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito, y aplicada legalmente.”
Artículo 9.- “Puesto que todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley.”
Hoy en día, aspectos como los indicados son parte de la vida en democracia, y se encuentran consagrados tanto a nivel internacional como al interior de los Estados en diversas normas y principios.
En ese sentido, y considerando que el Derecho Penal en sí mismo implica una de las mayores restricciones posibles a las libertades personales, es que se ha estructurado sobre una serie de limitaciones al “ius puniendi” expresados en base a principios que constituyen garantías constitucionales. Y estos principios rigen todo el ámbito del Derecho Penal desde la creación de normas penales (garantías penales) hasta su aplicación jurisdiccional y la ejecución (garantías de persecución, procesales y de ejecución)
Respecto de las garantías penales propiamente tales, y las relativas a su aplicación jurisdiccional, éstas se encuentran orgánicamente reguladas fundamentalmente en dos cuerpos legales -el Código Penal y el Código Procesal Penal- y han tenido su evolución en base a una discusión político criminal sostenida democráticamente y enmarcada dentro del principio de legalidad; el Código Penal ha ido reformándose lentamente y se encuentra en deuda una reforma orgánica a nuestra legislación que de mayor coherencia a las penas de determinados delitos e incorpore elementos propios de la evolución social, en tanto en materia de aplicación jurisdiccional del Derecho Penal podemos señalar que la Reforma Procesal Penal constituye uno de los mayores avances que ha habido en Chile en los últimos años.
El tercer orden de garantías, relativas a la ejecución en materia penal, ha tenido una evolución distinta. Si bien se han dictado una serie de reglamentos que recogen parte importante de los tratamientos mínimos a los reclusos que propone la normativa internacional, “el desafío de cumplir con el principio de legalidad en este ámbito se encuentra aún pendiente, así como cuestiones de suma importancia vinculadas a la tutela judicial efectiva de los derechos y garantías del penado” . La etapa de “Ejecución de la Pena” presenta aún importantes debilidades normativas, dejando un espacio relevante a la discrecionalidad a la administración, sin un control riguroso a nivel legal o a nivel judicial. Asimismo, no existe un cuerpo orgánico de normas que rija esta materia, sino una serie de artículos dispersos en la Constitución, Tratados Internacionales, Leyes y Reglamentos. Tampoco existe una judicatura especializada que conozca de asuntos particulares relacionados a la etapa de ejecución. Tal como señala el profesor Carlos Kunsmüller “Históricamente, la fase ejecutiva fue quedando huérfana de toda atención por parte de los juristas. Agotada la fase declarativa del procedimiento penal, prácticamente no interesaba a nadie, salvo honrosas excepciones, saber qué sucedía después de la firmeza de la sentencia condenatoria”
Existe actualmente la necesidad de complementar la importante modificación legislativa que se realizó en nuestro país hace algunos en años materia procesal penal, con una Reforma directa al Sistema Penitenciario, la cual debe sustentarse en una Reforma Legal que reestructure de manera orgánica un cuerpo normativo que conozca de la Ejecución de la Pena de forma sistematizada y coherente.
Atendidas las falencias que hemos observado en nuestro sistema penal en materia de ejecución, este trabajo se encuentra orientado a analizar la situación de nuestro país desde una perspectiva fundamentalmente normativa y a contrastarla con la experiencia comparada, intentando finalmente plantear una propuesta de mejoras a un sistema que sea más adecuado y acorde con la normativa internacional y los derechos de todas aquellas personas que, tanto por condena judicial como por aplicación de medidas restrictivas de libertad, conforman la población penitenciaria de nuestro país.
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El modelo de ejecución para la reforma procesal civil chilenaMárquez Barrientos, Macarena Paz January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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El procedimiento de ejecución hipotecaria del art. 131 L.H.Fuentes Soriano, Olga 10 July 1997 (has links)
No description available.
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Flujo continuo : una aproximación dialógico-musical a la composiciónGaete Silva, Cristián January 2015 (has links)
Magíster en artes con mención en composición musical / La presente tesis surge a partir de mi experiencia como compositor de música docta e intérprete en el uso de la improvisación. El propósito consiste en explorar el entendimiento de las posibilidades expresivas de la indeterminación en la composición musical.
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El procedimiento ejecutivo francésThevenot Sills, Marcel André January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Nuestro procedimiento civil presenta desde sus inicios una serie de deficiencias que no han sido resueltas por ninguna de las reformas parciales que ha sufrido.
Si bien su falencia más palpable es su lentitud, percibida cotidianamente y con resignación por la gente, tiene muchísimos otros problemas estructurales. Ejemplos de aquello son la falta de inmediación del juez, la escrituración, la gran cantidad de recursos existentes, la prueba legal tasada, entre otros.1
Lo anterior provoca que las personas vayan perdiendo la confianza en la capacidad del sistema para resolver sus conflictos, lo que abre las puertas a la autotutela, que se encuentra al margen del derecho.
Es preciso recordar también el viejo adagio: justicia retrasada es justicia denegada.
Por todo lo anterior, se perfila como absolutamente necesaria e indispensable una reforma integral al procedimiento civil actual, para dar por fin un salto a la modernidad y dejar de lado las formas arcaicas que todavía imperan en nuestros procesos
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Innovación en el ejercicio de una Arquitectura en el contexto global -2020Wackett, Pamela 04 September 2020 (has links)
Arq. Pamela Wackett (UK) . Estudió en la Universidad Nacional Andrés Bello en Santiago, Chile, y tiene más de 20 años de experiencia trabajando como arquitecta. Pamela ha sido fundamental en el diseño y ejecución de proyectos en todo el mundo, desde Sudamérica hasta Europa y Asia.
Su experiencia comenzó en Chile, donde junto al arquiteco Gonzalo Mardones V., diseñó y dirigió la construcción de proyectos a gran escala en la capital. Después de mudarse a Londres, Pamela trabajó en Skidmore Owings & Merrill durante 9 años antes de unirse a KPF en 2009. En sus 11 años en Kohn Pedersen Fox, ha trabajado en algunos de los proyectos más conocidos de la empresa, incluido el aeropuerto internacional de Abu Dhabi. Pamela está trabajando actualmente en una amplia gama de proyectos, desde una torre de uso mixto de 375 m en Shenzhen, China, hasta un edificio residencial a pequeña escala en una parte histórica del centro de Londres. / Esta conferencia se habló sobre el diseño y ejecución de proyectos arquitectónicos en el mundo a partir de la experiencia de la ponente.
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Plantilla para elaborar Trabajo de investigación de Música - Especialidad en Ejecución / Programa Académico de Música. Facultad de Artes ContemporáneasDirección de Gestión del Conocimiento 02 1900 (has links)
Plantilla para elaborar Trabajo de investigación de Música - Especialidad en ejecución para la obtención del grado de bachiller en Múscia con Especialidad en ejecución en el Programa Académico de Música. Facultad de Artes Contemporánea. Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.
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