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Ultraindividualismo y Simulacro en el Nuevo Orden Mundial: Reflexiones sobre la sujeción y la subjetividadGil Rodríguez, Eva Patrícia 06 July 2004 (has links)
La presente tesis es una investigación teórica que propone una serie de conceptos para el abordaje de la relación entre poder y subjetividad en el contexto actual. Se parte de la descripción de dicho contexto, caracterizado por la exacerbación del capitalismo de mercado como efecto del neoliberalismo y el impacto de las nuevas tecnologías en campos tan diversos como el de la tecnociencia, la economía y la cultura. Desde el posicionamiento epistemológico de los conocimientos situados, se esgrimen una serie de reflexiones sobre la construcción hegemónica de una determinada subjetividad propia y característica del contexto del Nuevo Orden Mundial. Se entiende hegemonía en términos de dominio simbólico, una forma de dominio que funciona mediante el uso del miedo como instrumento de ingeniería social, y que tiene como fruto básicamente dos dispositivos de subjetivación: ultraindividualismo y simulacro. El ultraindividualismo funciona desconectando al sujeto de las relaciones que sin embargo lo hacen posible; está configurado entonces por una serie de pérdidas: pérdida de un sentido de lo común, pérdida del ágora o lugar simbólico de la política - o ámbito que conecta la esfera pública con la esfera privada, pérdida del nomos o de la posibilidad de la política y pérdida de los otros, que son necesariamente concebidos como inadecuados. El simulacro posibilita la negación de éstas como tales pérdidas, y funciona básicamente mediante la tecnología del sinóptico; al contrario que el panóptico, donde teníamos a unos pocos mirando a muchos, el sinóptico se basa principalmente en los medios de comunicación de masas, donde tenemos a muchos mirando a unos pocos, los cuales nos invisten con las normas adecuadas de comportamiento, reduciendo el ámbito privado al estatus de "performance" pública. El resultado es la conformación de una subjetividad hegemónica melancólica; la melancolía se define como la nostalgia de una pérdida negada, nostalgia que nos lleva a una experiencia de sí en la forma de un bucle, puesto que debemos darnos la vuelta ante las normas para tener existencia, al tiempo que debemos negarlas para emerger como subjetividades ultraindividuales y simuladas. El deseo vehicula entonces la relación entre poder y subjetividad, haciendo que el sujeto se deje interpelar por la autoridad al tiempo que la niega y la interioriza, construyendo así la subjetividad en la forma de una esclavitud negada, propia y característica del biopoder que produce el Nuevo Orden Mundial. / This thesis is a theoretical research that proposes a series of concepts to understand the relationship between power and subjectivity in the present context. First, we find a description of this context, which is a characterization of an exacerbation of consumer capitalism like the consequence of neoliberalism and the impact of new technologies in different areas such as technoscience, economics and culture.From the epistemological point of view of situated knowledge, we propose some reflections about the hegemonic construction of subjectivity that is a characteristic of the context of the New World Order. We understand hegemony in terms of symbolic dominium, a way of dominium that uses fear at present as a social engine. In this sense, we find basically two ways of subjectivation: ultraindividualism and simulation. Ultraindividualism functions by means of disconnection of the subject from the relations that paradoxically make it possible. Ultraindividualism is constructed by a series of looses: loss of common sense, loss of "agora" or place of politics - or the area that connects public sphere with private sphere - loss of "nomos" or possibility of politics and loss of the others, which are understood like inadequate others. Simulation makes possible denial of these looses, and runs basically by means of the technology of sinoptics. In contrast of panoptics, where we find few people focusing on a mass of people, sinoptics is based on mass media, where we find a mass of people focusing on a few people, of whom we construct our model of behaviour around, therefore private sphere is reduced to a public performance. The result is the construction of a hegemonic melancholic subjectivity. Melancholy is defined as nostalgia of a loss denied. This nostalgia produces an experience in the form of a boucle, supposing that we ought to take into account norms so that we can exist at the same time that we ought to deny these norms so that we can emerge as ultraindividualists and simulated subjects. Desire moves this relation between power and subjectivity, constructing a subject which is interpellated by authority and, at the same time denies this authority. The consequence is construction of a hegemonic subjectivity like a denied slavery, which is proper and characterizes biopower that is produced by New World Order.
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A Transnacionalização do Direito como forma de miscigenação dos Sistemas Jurídicos: uma recomposição dos fundamentos do DireitoDella Bona, Carla 13 July 2021 (has links)
El tema de la presente tesis es el del mestizaje de los sistemas de Derecho de Common Law y de Civil Law como elemento catalizador de la transnacionalización del Derecho, así como la recomposición de los fundamentos del Derecho, fruto de tal transnacionalización. El objetivo institucional de la misma es la obtención del título de doctor por el Curso de Doctorado en Ciencias jurídicas de la Universidade do Vale do Itajaí (UNIVALI), en el área “Constitucionalismo, Transnacionalidad y Producción de Derecho”, vinculándose a la línea de investigación “Estado, Transnacionalidad y Sostenibilidad”, con doble titulación por la Universidad de Alicante –UA/España - en la línea de investigación “Filosofía del Derecho”. El objetivo científico de esta tesis es la reformulación de los fundamentos, estructura y conceptos del Derecho ante el reto del Derecho transnacional, fruto del mestizaje de sistemas de Derecho, estableciéndose como objetivo general analizar la transnacionalización del Derecho como producto del mestizaje entre dos sistemas específicos, el Common Law y el Civil Law, y los posibles impactos de este mestizaje en la recomposición de los fundamentos del Derecho. Los objetivos específicos son: a) examinar el origen y formación del Derecho inglés y su influencia en la actualidad; b) verificar la proximidad, el intercambio y la armonización entre los sistemas de Common Law y de Civil Law; c) analizar el origen y la formación del Civil Law y la posible armonización de derechos; d) verificar la formación del Derecho posmoderno y el surgimiento de un Derecho transnacioanalizado; e) estudiar la influencia del Derecho inglés en países como Canadá, India y países africanos que se utilizan el Common Law y otros sistemas de Derecho; f) estudiar la influencia del Derecho inglés en el Derecho norteamericano; g) verificar la influencia del Derecho inglés en la construcción del Derecho transnacional; h) examinar la posibilidad de que países y entes supranacionales convivan con esos dos sistemas de Derecho y las alternativas encontradas para superar los problemas transnacionales; i) profundizar en los estudios sobre la importancia de un Derecho transnacional para la resolución de conflictos que implican a actores internacionales y transnacionales; j) identificar cómo el Derecho inglés y, posiblemente, el protagonismo judicial pueden contribuir a la transnacionalización del Derecho; y, por fin, k) analizar la influencia de la transnacionalidad en la recomposición, estructura y conceptos de los fundamentos jurídicos del Derecho. Para atender estos objetivos el trabajo se ha dividido en tres partes, en la primera se presentan los sistemas de Derecho del Common Law y Civil Law, así como el Derecho posmoderno, o sea, la cuestión del mestizaje propiamente dicha; en la segunda se analiza la influencia del Common Law en la formación del Derecho transnacional, en tanto que sistema de Derecho más flexible y adaptable a los cambios del Derecho posmoderno; y, la tercera y última parte, que trata de la transnacionalización del Derecho y la recomposición de los fundamentos del Derecho, con la creación de un eje trinario de Derecho y un nuevo orden jurídico mundial. La conclusión recupera los puntos cruciales, con énfasis en la afirmación de las hipótesis de la investigación propuesta. El Derecho inglés (Common Law) como catalizador del Civil Law contribuyó al desarrollo de un Derecho transnacional capaz de recomponer los fundamentos del Derecho, dando lugar a la creación de un nuevo eje y orden jurídico mundial. En lo que concerniente a la metodología, debe constarse que los resultados expuestos en esa tesis se han obtenido empleando una base lógica inductiva.
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