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Informe sobre Expediente N° 2453Guzmán Estrada, Lucia Alejandra 11 November 2020 (has links)
El presente caso gira en torno a la demanda de amparo interpuesta por la Federación de
Trabajadores del Sector Comunicaciones del Perú (en adelante “la FETRATEL”) contra
Telefónica del Perú (en adelante TDP) por la vulneración a sus derechos de la negociación
colectiva y de libertad sindical en el marco de las negociaciones del convenio colectivo 2008-
2009 entre las partes.
El desarrollo de este expediente tiene una relevancia transcendental toda vez que no solo se
discute sobre la naturaleza del arbitraje potestativo en el Perú a la luz de la jurisprudencia
del TC, de los órganos internacionales así como de las posiciones sobre su causalidad o no,
sino que se cuestiona la extensión de beneficios de un convenio colectivo suscrito con
otro sindicato en el marco de una negociación colectiva y su impacto en la visión
de los trabajadores de la Federación como interlocutores válidos que puedan defender los
intereses de los trabajadores sindicalizados.
Así, este caso se constituye como uno de gran relevancia jurídica por abarcar inclusive varias
materias materias del Derecho (Consitucional, Laboral y Arbitral), siendo por ello posible
desarrollar un rico y vasto desarrollo sustantivo y procesal en torno a los problemas jurídicos
advertidos en el presente informe.
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La escisión societaria en contraposición al ejercicio de la libertad sindical: Análisis bajo la óptica de los derechos fundamentalesZucchetti Paredes, Paolo Giuseppe 29 May 2023 (has links)
A través de la escisión societaria, una empresa puede transferir todo un bloque
patrimonial (incluyendo trabajadores) hacia otra empresa. Este fenómeno que tiene
efectos en las relaciones laborales individuales y colectivas, no cuenta con una
legislación laboral que lo regule.
Ante tal, aparente, incertidumbre; muchas afectaciones a la libertad sindical como
producto de las escisiones empresariales han terminado discutiéndose (sin mucho
éxito) en vía judicial. Evidenciándose que la principal tara al momento de abordar el
problema se encuentra que el análisis se realiza a un nivel infraconstitucional,
ignorando por completo, el contenido protegido por la libertad de empresa y la
libertad sindical.
Mediante el presente trabajo, ponemos en evidencia las diferentes restricciones que
sufre la libertad sindical luego de una escisión, así como el deficiente análisis que se
viene haciendo sobre esta problemática. Y finalmente, proponemos un modelo de
análisis para estos casos y una posible solución en general, bajo la óptica de los
derechos fundamentales. / Through the corporate division, a company can transfer an entire block of assets
(including workers) to another company. This phenomenon, which has effects on
individual and collective labour relations, does not have labour legislation to regulate
it.
In the face of such, apparent, uncertainty; many effects on freedom of association as
a result of the corporate division have ended up being discussed (without much
success) in the courts. Evidenced that the main flaw when addressing the problem is
that the analysis is carried out at an infra-constitutional level, completely ignoring the
content protected by freedom of business and freedom of association.
Through this work, we highlight the different restrictions that freedom of association
suffers after a corporate division, as well as the deficient analysis that has been done
on this problem. And finally, we propose an analysis model for these cases and a
possible solution in general, from the perspective of fundamental rights. / Trabajo académico
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La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajoVargas Maldonado, Jorge Luis 14 February 2018 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina
para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios
colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel
constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un
análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes
(administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación
constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva.
En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología
exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la
materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es
cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro
de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis
es correcta.
Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la
LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la
restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en
el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización
sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se
afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos.
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Casación laboral No. 2864-2009-LimaValdivia Romero, Luis Manuel 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar todos los aspectos relevantes de la
extensión de beneficios de convenio colectivo suscrito por sindicato minoritario a
trabajadores no afiliados al ente colectivo, a partir de la primera sentencia de la Corte
Suprema de Justicia que consolidó un criterio afirmativo, que podría vulnerar sendos
derechos fundamentales (libertad sindical e igualdad) y constituir una aplicación o
interpretación incorrecta de la normativa socio laboral.
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La libertad de expresión en las relaciones colectivas del trabajo y sus límitesAguirre Huárez, Marino Nemesio 27 February 2020 (has links)
Ciertamente el estudio del ejercicio de los derechos inespecíficos en el centro del trabajo no han
sido de los más numerosos, y cuando se han tratado, estos no han sido de la profundidad necesaria,
más no por falta de ganas de los autores, sino por la poca casuística que existe al respecto, ello
debido a, suponemos, la falta de conciencia de las propias partes de la relación laboral sobre la
validez y eficacia de los derechos del ciudadano dentro de la relación laboral, como pueden ser, la
intimidad, el honor, la imagen entre otros. Más aún, la relación de los derechos inespecíficos y los
específicos en la relación laboral, como son la libertad de expresión e información y la libertad
sindical se encuentra en un ámbito aún de penumbras, más aún en la aplicación de una técnica que
permita determinar el válido ejercicio de dichos derechos por cada una de las partes en la relación
laboral, en forma especial, dentro de las relaciones colectivas de trabajo.
El presente trabajo parte por hacer hincapié en la aún vigente importancia de la libertad de
expresión e información en nuestra sociedad, sobre todo como acicate para el desarrollo de los
derechos de los ciudadanos en una sociedad democrática, y cómo la relación del trabajo también
se encuentra impregnada de dicha necesidad; puesto que esta relación jurídica no se encuentra
ajena al desarrollo tiempo histórico de la sociedad, sino que, forma parte de ella.
Es en dicho contexto, donde uno de los conflictos cotidianos es la relación colectiva de trabajo.
Precisamente pretendemos abordar el ejercicio de la libertad de expresión e información como
necesarios para el ejercicio de la libertad sindical, la cual tiene sentido en la relación laboral, y
advertir las características que toma sea cuando lo ejercen la organización sindical o los
trabajadores y, por otro lado, el empleador; en este último caso, teniendo en consideración la
prohibición de cometer actos antisindicales, o específicamente, los denominados de injerencia
patronal.
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¿Sindicato minoritario o club de amigos?Torres Soto, Laura Karina 04 October 2023 (has links)
Este trabajo cuestiona la regulación legislativa de nuestro país respecto de la
elección del sindicato más representativo (cuando tenemos más de un sindicato
dentro del mismo ámbito), el mismo que –en un escenario de pluralidad sindicalsostenemos que limita el derecho a negociar colectivamente a los sindicatos
minoritarios que compartan ámbito con el sindicato minoritario. Para llegar a esta
conclusión comenzamos explicando el contenido esencial del derecho a la
libertad sindical, el mismo que no involucra solamente la creación de
organizaciones sindicales, sino también –para que este derecho tenga vida- que
pueda realizar actividades como negociar colectivamente; caso contrario,
estaríamos ante un club o una mera lista de trabajadores.
Consideramos, por tanto, que existe una vulneración al derecho a la igualdad de
los sindicatos minoritarios pues –como están las cosas- es una facultad del
sindicato mayoritario incluirlos en la mesa de negociación.
Siendo este el estado de la cuestión, se propone una lectura constitucional e
incluso una modificación legislativa del artículo 9 del Texto único ordenado de la
Ley de relacionales colectivas de trabajo, aprobado por el Decreto supremo 10-
2003-TR. Modificación que consideramos necesario para: (i) la participación
“obligatoria” de los sindicatos minoritarios, (ii) la desaparición de sindicatos de
ámbito, (iii) favorecer la unidad sindical. / This paper questions the legislative regulation of our country regarding the
election of the most representative union (when we have more than one union
in the same company), the same one that -in a scenario of union pluralism- we
maintain that limits the right to bargain collectively to minority unions that share
scope with the minority union.
To reach this conclusion, we begin by explaining the essential content of the
right to trade union freedom, which not only involves the creation of trade union
organizations but also that it can carry out activities such as collective
bargaining; otherwise, we would be before a club of friends or a mere list of
workers.
Therefore, we believe that there is a violation of the right to equality of minority
unions because -as things are- it is the power of the majority union to include
them at the negotiating table.
This being the state of the question, a constitutional reading and even a
legislative modification of article 9 of the Texto Único de la Ley de Relaciones
Colectivas de Trabajo approved by Supreme Decree 10-2003-TR, is proposed.
A modification that we consider necessary for: (i) the "mandatory" participation
of minority unions, (ii) the disappearance of unions of scope, and (iii) favor
union unity. / Trabajo académico
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Las formas de contratación laboral en el Perú como una consecuencia de la flexibilización laboral y su incidencia en el derecho de libertad sindicalCruzado Cachi, Alberto Renato 11 March 2019 (has links)
El presente trabajo se ciñe en un análisis crítico de las formas de contratación laboral
que en la actualidad se suscitan en las relaciones de trabajo, como consecuencia del
proceso de flexibilización laboral, a efecto de evaluar su incidencia o impacto en el
ejercicio de la libertad sindical, esto a raíz de la situación precaria en la que muchos
trabajadores se encuentran en el actual mundo globalizado en que vivimos, el mismo
que ha dado paso no sólo al incremento de contratos modales, sino también a contratos
a tiempo parcial, así como la contratación de trabajadores en el desarrollo de una
descentralización productiva, en donde las empresas principales buscan mejorar su
productividad y competitividad en el mercado laboral, lo cual conlleva a que el derecho
de libertad sindical se encuentre inactivo, en tanto las formas de contratación laboral no
permite su ejercicio efectivo.
En esa línea, la investigación permitirá concluir por un lado que el proceso de
flexibilización que hubo en el Perú, teniendo una incidencia directa sobre la
contratación de trabajadores, a lo largo de los años, ha producido un impacto negativo
en el ejercicio de la libertad sindical; sin embargo, por otro lado, se propone a este
derecho laboral colectivo como el instrumento idóneo para efectivizar el ejercicio de los
derechos fundamentales laborales y la obtención del trabajo decente en tiempos de
flexibilización laboral, a fin de erradicar la precarización de los trabajadores por el uso
indiscriminado de las formas actuales de contratación en el Perú por parte de los
empleadores, y de esta manera garantizar su protección, así como la obtención del
trabajo decente, lo que apunta a que todo trabajador goce en una relación laboral.
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Norma, ideología y realidad : el origen de la libertad sindical en el PerúMotta Villegas, Juan Diego 07 February 2018 (has links)
La presente investigación versa sobre los orígenes de la libertad sindical en el Perú. Ello a
partir de responder a las preguntas ¿cuándo, dónde, cómo, por qué y para qué surge la
libertad sindical? Por lo que, en primer lugar, se construye una teoría crítica para el análisis
de la libertad sindical desde un enfoque interdisciplinario, así como una metodología
explicativa para comprender este derecho no solo desde el punto de vista jurídico, si no
como institución civilizatoria (es decir como derecho, como idea y como hecho históricosocial).
En segundo lugar se pondrá a prueba este marco teórico y metodológico, a partir de
revisar los rasgos comunes -y específicos- en el origen de la libertad sindical en Europa y
América Latina –marco contextual- desde la triple perspectiva jurídica, ideológica e
histórica. Finalmente, utilizando el marco teórico-metodológico y el marco contextual
general de los orígenes de la libertad sindical, se analizará el origen de esta institución en el
Perú, respondiendo las siguientes preguntas: ¿Cómo (contexto), por qué (razones) y para
qué (funciones) surge la libertad sindical en el Perú? ¿Cuáles son los rasgos jurídicos,
ideológicos y sociales comunes y particulares que presenta en comparación con otras
regiones del mundo? ¿Se puede hablar de la libertad sindical como institución civilizatoria
en el Perú (como ideología, como derecho y como hecho social)?
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