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Participación en las utilidades y justicia salarial

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Durante el transcurso del siglo XIX se producen los fenómenos que determinan la relación laboral moderna. En el ámbito económico, la producción descansaba en el principio de que la economía se regía por leyes naturales exactas, causales y absolutas que aseguraban la mayor riqueza posible en tanto se permita que cada persona se movilice exclusivamente por su interés individual de lucro. De esta forma el libre juego de la oferta y demanda entre agentes económicos libres terminaría por armonizar los mercados, logrando la mayor prosperidad para todos.

Esta época coincide con el advenimiento de la revolución industrial que se caracteriza por un explosivo desarrollo tecnológico. Esta realidad revolucionó la producción económica. Desaparece el taller artesanal para ser reemplazado por la industria. Los nuevos centros de producción se caracterizan por la división científica y sistemática del trabajo y la concentración de trabajadores en la fábrica. Es en este contexto que surge una nueva clase social, el proletariado, que se caracteriza por realizar un trabajo dependiente, asalariado y voluntario.

Desde la perspectiva jurídica y política este sistema económico se fundamentaba en la democracia liberal, que revolucionó la política por la incorporación de la concepción de los hombres como seres humanos iguales en dignidad en razón de su autonomía. Esta libertad le otorgaba a cada persona un derecho inviolable a determinar su vida según su propia concepción moral, quedando el poder del Estado reducido a garantizar que la libertad de los ciudadanos no fuera vulnerada por otros o por su propia intervención.

Los criterios de libertad e igualdad se proyectaron indiscriminadamente a todo tipo de relación jurídica, incluida la contratación laboral. Surge así el derecho a la libertad de trabajo, que pretende poner fin a dos realidades. La primera son las trabas gremiales de las corporaciones de artesanos, que monopolizaban el mercado del trabajo y de la producción. La segunda es el trabajo forzoso.

Esta ficción jurídica de las relaciones de trabajo subordinadas, el aumento de la población por la inmigración masiva desde las zonas rurales a las urbes, y la proliferación de los desempleados le otorgó al empleador una posición de poder excesiva frente a un trabajador débil. Su propiedad total de la empresa, las carencias materiales de los trabajadores y el exceso de mano de obra le otorgaron una ventaja económica desproporcionada frente al asalariado. El salario era el único medio de subsistencia de los proletariados.

Es de esta manera que el obrero se veía forzado a aceptar las deplorables condiciones laborales que le ofrecía el empleador como bajos salarios, pago en fichas validas solamente en almacenes patronales, pésimas condiciones de higiene, etc.

Esta tesis pretende analizar las teorías económicas y de justicia de mayor influencia histórica sobre la determinación del monto del salario, los principios jurídicos universales que recogen las demandas de justicia salarial y los fundamentos doctrinarios de la participación en las utilidades como complemento salarial. Mi intención es demostrar que la participación en las utilidades es una institución que aspira a cumplir las exigencias de justicia de la teoría de la remuneración justa y como la regulación legal chilena burla estos principios de equidad y los fundamentos mismos que inspiran este complemento salarial.

Identiferoai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/106903
Date January 2009
CreatorsRodríguez Burr, Matías
ContributorsGonzález Ransanz, Osvaldo, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
PublisherUniversidad de Chile, CyberDocs
Source SetsUniversidad de Chile
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
TypeTesis
RightsRodríguez Burr, Matías

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