Spelling suggestions: "subject:"participación een las ganancias"" "subject:"participación enn las ganancias""
1 |
Participación en las utilidades y justicia salarialRodríguez Burr, Matías January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Durante el transcurso del siglo XIX se producen los fenómenos que determinan la relación laboral moderna. En el ámbito económico, la producción descansaba en el principio de que la economía se regía por leyes naturales exactas, causales y absolutas que aseguraban la mayor riqueza posible en tanto se permita que cada persona se movilice exclusivamente por su interés individual de lucro. De esta forma el libre juego de la oferta y demanda entre agentes económicos libres terminaría por armonizar los mercados, logrando la mayor prosperidad para todos.
Esta época coincide con el advenimiento de la revolución industrial que se caracteriza por un explosivo desarrollo tecnológico. Esta realidad revolucionó la producción económica. Desaparece el taller artesanal para ser reemplazado por la industria. Los nuevos centros de producción se caracterizan por la división científica y sistemática del trabajo y la concentración de trabajadores en la fábrica. Es en este contexto que surge una nueva clase social, el proletariado, que se caracteriza por realizar un trabajo dependiente, asalariado y voluntario.
Desde la perspectiva jurídica y política este sistema económico se fundamentaba en la democracia liberal, que revolucionó la política por la incorporación de la concepción de los hombres como seres humanos iguales en dignidad en razón de su autonomía. Esta libertad le otorgaba a cada persona un derecho inviolable a determinar su vida según su propia concepción moral, quedando el poder del Estado reducido a garantizar que la libertad de los ciudadanos no fuera vulnerada por otros o por su propia intervención.
Los criterios de libertad e igualdad se proyectaron indiscriminadamente a todo tipo de relación jurídica, incluida la contratación laboral. Surge así el derecho a la libertad de trabajo, que pretende poner fin a dos realidades. La primera son las trabas gremiales de las corporaciones de artesanos, que monopolizaban el mercado del trabajo y de la producción. La segunda es el trabajo forzoso.
Esta ficción jurídica de las relaciones de trabajo subordinadas, el aumento de la población por la inmigración masiva desde las zonas rurales a las urbes, y la proliferación de los desempleados le otorgó al empleador una posición de poder excesiva frente a un trabajador débil. Su propiedad total de la empresa, las carencias materiales de los trabajadores y el exceso de mano de obra le otorgaron una ventaja económica desproporcionada frente al asalariado. El salario era el único medio de subsistencia de los proletariados.
Es de esta manera que el obrero se veía forzado a aceptar las deplorables condiciones laborales que le ofrecía el empleador como bajos salarios, pago en fichas validas solamente en almacenes patronales, pésimas condiciones de higiene, etc.
Esta tesis pretende analizar las teorías económicas y de justicia de mayor influencia histórica sobre la determinación del monto del salario, los principios jurídicos universales que recogen las demandas de justicia salarial y los fundamentos doctrinarios de la participación en las utilidades como complemento salarial. Mi intención es demostrar que la participación en las utilidades es una institución que aspira a cumplir las exigencias de justicia de la teoría de la remuneración justa y como la regulación legal chilena burla estos principios de equidad y los fundamentos mismos que inspiran este complemento salarial.
|
2 |
Salarios participativos en la mineríaMarcó Echeverría, Cristián Alberto January 2002 (has links)
Memoria para optar al Título Profesional de Ingeniero Comercial, Mención: Economía / La implementación de los salarios participativos en la actividad minera, en un país eminentemente minero como es el caso de Chile, puede traer una serie de beneficios económicos. En el presente trabajo se obtiene, luego de un desarrollo teórico, que un salario ligado al precio de venta del bien producido, genera un mecanismo de protección, por parte de la empresa, ante shocks inesperados. Junto con esto se lleva a cabo un análisis de los efectos de la aplicación de salarios participativos en la minería, concluyéndose que es muy favorable la implementación de estos, y al mismo tiempo se encuentra que una forma de estimular la adopción de este sistema salarial es eliminando la repartición de la gratificación legal, si se opta por este sistema. Otro de los resultados obtenidos es el impulso al desarrollo de las regiones mineras del país que provocarían los salarios participativos en la minería, reduciéndose al
mínimo la tasa de desempleo e impulsando las actividades complementarias a esta actividad. Por último se realiza un análisis de casos en el cual se ven los diferentes sistemas salariales que se utilizan en la actualidad al interior de la actividad minera, encontrándose contrastes con sistemas donde la mayor parte de la remuneración es variable y con otros donde una parte mínima de esta es variables, o definitivamente el salario es fijo.
|
3 |
El reparto de las utilidades en la empresa respecto de los trabajadores y en particular, las gratificacionesDonoso Azar, Gloria Francisca, Riquelme Ruiz, Diego January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Chile se encuentra entre las naciones que mayor nivel de desigualdad de ingresos presenta en el mundo. Las causas de esta desigualdad responden a factores históricos y culturales, propio de gran parte de las sociedades latinoamericanas.
Las leyes y las instituciones son un fiel reflejo de la sociedad, y es en ellas donde podemos observar las enormes diferencias entre los habitantes del país. Y justamente, en las relaciones laborales es donde más se ven reflejadas las desigualdades históricas.
Son muchos aspectos de la relación jurídica laboral que requieren estudio y análisis, por lo pronto, el siguiente trabajo se preocupará de uno de los elementos esenciales que caracterizan esta relación y que la diferencian de una relación jurídica sin más: La remuneración y las gratificaciones atendiendo al reparto de las utilidades en la empresa, partiendo de la noción de contrato, del contrato de trabajo.
|
4 |
Tratamiento tributario de las opciones de compra de acciones otorgadas a trabajadores de grupos empresariales en ChileMaldonado Vargas, Carla Andrea January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Dada la actual falta de legislación especial sobre la materia resulta necesario analizar el tratamiento de las stock options bajo la normativa general vigente, en particular la Ley de Sociedades Anónimas, la Ley sobre Impuesto a la Renta, y el Código del Trabajo, determinando el sentido y alcance que debe darse a la normativa aplicable a este nuevo tipo de compensación a los trabajadores.
2
Con este propósito, esta investigación analizará las principales disposiciones de la Ley de Sociedades Anónimas que regulan el otorgamiento de opciones de compra de acciones y los efectos que dicha regulación tienen en materia tributaria.
En este sentido, analizaremos los pronunciamientos del Servicio de Impuestos Internos en materia de stock options y determinaremos el sentido y alcance que corresponde extraer de ellos.
Finalmente, haremos referencia a la legislación vigente en países donde la entrega de este tipo de beneficios cuenta con una larga tradición legislativa y jurisprudencial, para terminar planteando algunos problemas de doble tributación que pueden surgir cuando los beneficiarios de estos planes son trabajadores que, perteneciendo a un mismo grupo empresarial, prestan servicios en más de una jurisdicción tributaria, y las soluciones que plantean los comentarios al modelo de tratados para evitar la doble tributación de la OECD.
|
5 |
La discrecionalidad como principio de aplicación de las remuneraciones participativas en el derecho laboral chilenoMuñoz Miranda, Carolina de los Ängeles, Rodríguez Soza, Joaquín Ignacio January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El desarrollo de esta Memoria tiene como hipótesis preliminar que las remuneraciones participativas en el Derecho Laboral chileno – entendiendo por tal la participación y la gratificación – se aplican por el empleador de manera discrecional, toda vez que éste puede eximirse del pago de las mismas.
El análisis de las remuneraciones participativa, junto con su regulación, deja entrever que su efectiva aplicación se hace en exceso difícil.
En el caso de la participación, el Código del Trabajo solamente se limita a definirla en su artículo 42 letra d), sin regular su forma de aplicación, siendo ésta, por lo tanto, convencional y voluntaria, ya que no existe norma en el Código del trabajo que haga obligatorio su pago. En cuanto a la gratificación, ésta sí se debe pagar obligatoriamente, ya que el artículo 47 establece la obligatoriedad del pago del 30% de las utilidades o excedentes que obtengan los establecimientos que detalla la norma y siempre que se cumplan los requisitos que este mismo artículo dispone. Sin embargo, el Código en su artículo 50 exime de esta obligación al empleador que abone o pague a sus trabajadores el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales, “sea cual fuere la utilidad líquida que obtuviere . En este caso, la gratificación de cada trabajador no excederá de cuatro y tres cuartos (4,75) ingresos mínimos mensuales (…)”. Con este último pago, la utilidad deja de ser una base de cálculo de la gratificación y las demás remuneraciones pasan a ser su base de cálculo.
En definitiva, el sistema chileno permite que el empleador evite distribuir el treinta por ciento de sus utilidades entre sus empleados, compensándolos con un aumento del veinticinco por ciento de sus remuneraciones. En la práctica, entonces, la única posibilidad de que existan remuneraciones participativas en el Derecho Laboral chileno es que el empleador decida voluntariamente pagar la gratificación del artículo 47 del Código del Trabajo , no optando por el pago del artículo 50, o convenga individual o colectivamente con sus trabajadores un sistema de participación, tal como lo permite el artículo 42 letra d) del Código del Trabajo
|
6 |
Apuntes sobre la posibilidad de reconocimiento del grupo de empresas como empleador en el PerúVargas Agurto, Marco Tulio 24 March 2023 (has links)
Este trabajo de investigación analiza la posibilidad de reconocer al grupo de
empresas como parte empleadora de una relación laboral. El análisis inicia por
identificar los elementos que serían necesarios para que el grupo se configure
como empleador, en base a la doctrina, legislación y jurisprudencia nacional y
española. Una vez identificados los elementos, se analiza si, en el ordenamiento
jurídico peruano el grupo de empresas puede subsumirse en la figura del
empleador, concluyéndose que ello es posible siempre que el grupo de
empresas como tal sea quien contrate y reciba la prestación subordinada de los
servicios. Finalmente, se examinan las dificultades que podrían generarse con
relación a los derechos colectivos y a la participación en las utilidades de los
trabajadores del grupo, concluyéndose que el reconocimiento del grupo como
empleador no limita su ejercicio. / This research analyzes the possibility of recognizing the group of companies as
employer in an employment relationship. It begins by identifying the elements
necessaries for the configuration of the as an employer, based on national and
Spanish doctrine, legislation and jurisprudence. Then, we analyze whether, in the
Peruvian legal system, the group of companies can be considered as the
employer, concluding that this is possible as long as the group of companies is
the one who hires and receives the subordinated services. Finally, the difficulties
that could arise in relation to collective rights and profit sharing of the group's
employees are examined, concluding that the recognition of the group as an
employer does not limit their exercise.
|
7 |
Naturaleza remunerativa de la entrega de acciones a trabajadores: un análisis a partir de la Resolución del Tribunal Fiscal N°08143-4-2019Reina Calderón, Sebastián Gabriel 13 August 2021 (has links)
La pandemia producida por el COVID-19 ha provocado que las empresas busquen nuevas
formas de mantener su liquidez. En el ámbito de los recursos humanos, una modalidad a
ser empleada en este nuevo escenario para el incentivo o retribución de los trabajadores
puede ser la entrega de acciones. Sin embargo, la ausencia de regulación de esta materia
dificulta su aplicación al no existir certeza respecto de las implicancias que estas
conllevan, tanto en el ámbito tributario como en el laboral. Sin perjuicio de ello, ya desde
hace algún tiempo estas modalidades se han ido abriendo camino en el Perú. En la
Resolución N°08143-4-2019, el Tribunal Fiscal se pronuncia sobre una serie de conceptos
pagados por el empleador para efectos de determinar si cuentan con naturaleza
remunerativa y, por tanto, si deben ser incluidos dentro de la base imponible de las
aportaciones al régimen contributivo de la seguridad social en salud, dentro de los cuales
se incluye la PAU 2 – que califica como un stock appreciation right – y la PAU 3 – que
es la entrega de acciones de la empresa matriz a favor del trabajador. En este sentido, el
presente informe jurídico busca determinar, mediante el análisis de la legislación laboral
y tributaria vigente, los pronunciamientos del Tribunal Fiscal y la doctrina especializada
en la materia, si estos conceptos pueden ser considerados como remuneración a fin de
determinar las implicancias tributarias que esto conlleva.
|
8 |
Planes de compensación en acciones : análisis de reforma tributaria, derecho comparado y casos prácticosNúñez Martínez, Ignacio Felipe January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Los planes de compensación otorgados a los ejecutivos de una empresa, y en especifico las Stock Options, es una materia que ha sido tratada extensamente por la doctrina nacional producto del escándalo de Enron en Estados Unidos y a la poca regulación y sistematización existente a nivel local.
Indicamos que el escenario tributario actual ha sido objeto de multiples modificaciones en los últimos años, lo cual hace necesaria la actualización del estado del arte existente en la doctrina nacional referida a este tema, en cuanto la reforma tributaria trajo consigo una regulación expresa a nivel legislativo para el tratamiento tributario de las opciones entregadas a directores, consejeros y trabajadores, lo que viene a modificar el tratamiento anterior cuya regulación se encontraba solamente en los oficios de Servicio de Impuestos Internos.
La existencia de normativa antielusiva a nivel doméstico, como asimismo las recomendaciones otorgadas por el proyecto BEPS, nos ayudan a darle un nuevo enfoque a la materia de estudio, abordando temáticas que no habían sido tratadas con anterioridad en publicaciones nacionales.
De igual manera, resulta necesario abordar temas que han sido tratados con anterioridad relacionados con conceptos técnicos relevantes del objeto de estudio, los cuales se ven favorecidos por los avances existentes en el derecho comparado y la exposición de casos prácticos que ofrecen una visión más dinámica de los planes de compensación en acciones.
|
9 |
Análisis económico de operaciones de intermediación y cobranza de seguros desde una perspectiva de precios de transferenciaMiuccio Huaman, Luis Miguel 17 January 2023 (has links)
El presente Trabajo de Suficiencia Profesional (en adelante, TSP) tiene por
objeto presentar, a partir de la experiencia profesional ganada en precios de
transferencia para PricewaterhouseCoopers (PwC), un proyecto realizado para
analizar transacciones de intermediación y cobranza de seguros entre dos
empresas pertenecientes a un mismo grupo económico.
La complejidad de estas transacciones permitió utilizar un método que no es
empleado usualmente, debido a la dificultad del análisis económico que se debe
realizar, llamado partición de utilidades. Es así que para comprobar el valor de
mercado de las operaciones mencionadas se hizo uso de la normativa de precios
de transferencia plasmada en la Ley del Impuesto a la Renta, los Lineamientos
emitidos por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE),
y entrevistas/reuniones con el cliente que contrató el asesoramiento.
En particular, este TSP se centró en el análisis de las transacciones de
intermediación y cobranza realizadas en el ejercicio fiscal 2021, encontrando
puntos de atención importantes para el mejor manejo del negocio de bancaseguros
respecto a la política de precios de transferencia del grupo.
|
10 |
Informe Jurídico sobre la RTF No. 2398-11-2021Escudero Whu Ochoa, Sandra Carolina 23 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad analizar la decisión de la Resolución
de Observancia Obligatoria No. 2398-11-2021 emitida por el Tribunal Fiscal, en el
cual se discute el tratamiento tributario aplicable a la participación del asociado en el
marco de un Contrato de Asociación en Participación.
En el presente caso, la Administración Tributaria había realizado una fiscalización
respecto del Impuesto a la Renta 2008 a una empresa que había celebrado un Contrato
de Asociación en Participación. En virtud de dicha fiscalización, la SUNAT determinó
un reparo por concepto de ingresos no reconocidos correspondientes a las
participaciones recibidas por la contribuyente en virtud de su calidad de asociada.
En tal sentido, la controversia consiste en establecer si la participación que recibió la
contribuyente como asociada en el marco de un Contrato de Asociación en
Participación constituye ingreso gravado o no para efectos del Impuesto a la Renta.
|
Page generated in 0.1157 seconds