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Informe sobre expediente de relevancia jurídica: Acción de amparo contra Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT que establece disposiciones en materia de percepciones aplicable a la importación de bienes usadosPachas Luna, Ernesto Rafael 17 February 2023 (has links)
El informe presenta un trabajo de investigación en materia de derecho tributario y derecho
constitucional, que se justifica en la importancia de las acciones constitucionales que pueden
ejercerse en el ámbito tributario, tal como sucede en los casos de creación de normas jurídicas
de contenido tributario.
El objetivo principal de este informe es identificar la aplicación de los principios tributarios en
las obligaciones tributarias asociadas al Impuesto General a las Ventas (en adelante, “IGV”) -
particularmente en el ámbito de las importaciones de bienes y el régimen de percepciones del
IGV- de acuerdo con el desarrollo jurisprudencial y doctrinario desarrollado en las controversias
acontecidas a raíz de defensa de los derechos constitucionales de los contribuyentes o sujetos
obligados al pago frente al ejercicio de la potestad tributaria por parte del Estado.
En atención a ello, la idea central que planteamos para la resolución del caso en concreto es
la aplicación de los derechos constitucionales reconocidos por la Constitución Política y
desarrollados por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional frente a la regulación del
Régimen de Percepciones del IGV (Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT)
aplicable a las importaciones de bienes usados.
En esa línea, tenemos que la posición desarrollada en esta informe resulta acorde a la
resolución del Tribunal Constitucional, pues consideramos correcto el entendimiento sobre la
validez del régimen de percepciones aplicable a las importaciones en materia de IGV, y
además, la declaración de inconstitucionalidad por la vulneración a la reserva de Ley.
Sin embargo, discrepamos sobre el extremo referido a la vulneración del derecho a la igualdad,
ya que sostenemos que la norma en controversia carece de pronunciamiento al respecto, al
no establecer una distinción clara entre los grupos sujetos a la percepción para la aplicación
de la tasa respectiva (importadores de bienes nuevos e importadores de bienes usados), lo
cual no fue debidamente advertido por el Tribunal Constitucional; y, a su vez, repercute en el
análisis respecto a la aplicación del principio de no confiscatoriedad en los pagos adelantados
en materia de IGV.
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Informe jurídico sobre la garantía constitucional del amparo recaída en la sentencia N° 00316-2011-PA/TC Empresa Minera de Servicios Generales S.R.L y otrosPerales Ocampo, Maria Stephanie 07 July 2023 (has links)
El objeto principal de este informe es relatar el proceso de la garantía
constitucional de amparo interpuesta por la empresa Minera Servicios Generales
S.R.L y otros contra la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del cual se
discutió la constitucionalidad de la emisión del Decreto de Urgencia N° 012-2010
y la posible vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad de trato
(artículo 2.2), propiedad (artículo 70), irretroactividad de la ley (artículo 103) y
libertad de empresa (artículo 59). Esta investigación se realizó mediante el
método dogmático, a través de un análisis normativo, jurisprudencial y
bibliográfico sobre las características e importancia de la diferenciación de los
tipos legales de la pequeña minería y de los límites constitucionales al ejercicio
de los derechos antes alegados. Al final del informe concluimos que el Tribunal
Constitucional vulnera el derecho a la adecuada motivación, parte del contenido
esencial del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, por mantener una
exposición carente e incongruente en determinados ámbitos de la sentencia.
Asimismo, se observa que el dispositivo normativo no cumplía con las exigencias
constitucionales para su expedición (excepcional, necesidad, transitoriedad) en
concordancia con el artículo 118.19° de la Constitución Política y el artículo 91°
del Reglamento del Congreso; no obstante, tras un examen de los alegatos de
las partes (demanda y demandante) se determina que no existió contravención
a los derechos anteriormente mencionados. / The main purpose of this report is to relate the constitutional guarantee filed by
the mining company Servicios Generales S.R.L and others against the
Presidency of the Council of Ministers, through which the constitutionality of the
issuance of Emergency Decree No. 012-2010 and the possible violation of the fundamental rights to equal treatment (article 2.2), property (article 70), nonretroactivity
of the law (article 103) and freedom of enterprise (article 59) were
discussed. This research was carried out by means of the dogmatic method,
through a normative, jurisprudential, and bibliographic analysis on the
characteristics and importance of the differentiation of the legal types of small
mining and the constitutional limits to the exercise of the aforementioned rights.
At the end of the report, we conclude that the Constitutional Court violated the
right to adequate motivation, part of the essential content of the right to effective
jurisdictional protection, by maintaining a lacking and incongruent exposition in
certain areas of the sentence. Likewise, it is observed that the normative device
did not comply with the constitutional requirements for its issuance (exceptional,
necessary, transitory) in accordance with article 118.19° of the Political
Constitution and article 91° of the Regulations of the Congress; however, after an
examination of the allegations made by the plaintiff and the plaintiff, it is
determined that there was no violation of the rights.
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Protección judicial del derecho fundamental al medio ambiente a través del proceso constitucional de amparoHuerta Guerrero, Luis Alberto 27 August 2013 (has links)
La hipótesis del trabajo es: “El proceso constitucional de amparo en el Perú presenta un conjunto de problemas, identificables a nivel normativo y a través del desarrollo de la jurisprudencia, que impiden que a través del mismo se pueda obtener una tutela judicial efectiva del derecho fundamental al medio ambiente equilibrado y adecuado”.
Tomando como base el objetivo central y la hipótesis de trabajo de la investigación, ésta se encuentra dividida en cuatro capítulos. El Capítulo 1 está dedicado al análisis del fundamento y contenido del derecho al medio ambiente, reconocido en el artículo 2º inciso 22º de la Constitución de 1993, en la perspectiva de evaluar en qué casos procede interponer una demanda de amparo para garantizar su protección, tomando en consideración los presupuestos procesales que deben ser observados en este proceso.
En el Capítulo 2 se aborda el contenido y alcance del derecho fundamental a la protección judicial de los derechos fundamentales, que constituye el fundamento de los procesos constitucionales de defensa de tales derechos. En este capítulo se describen los fundamentos del mencionado derecho, su reconocimiento constitucional e internacional, así como se identifican los actos lesivos más frecuentes a su ejercicio y se analiza la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia. Es objetivo de esta segunda parte demostrar que el proceso de amparo, así como el hábeas corpus y el hábeas data, constituyen una manifestación o concretización del derecho a la protección judicial de los derechos fundamentales, por lo que deben cumplir determinadas características, de modo tal que resulten adecuados y eficaces para alcanzar dicha protección, perspectiva desde la cual debe ser analizado todo el marco normativo y jurisprudencial que desarrolla tales procesos.
Luego de haber explicado los fundamentos constitucionales del proceso de amparo, en el Capítulo 3 se analizan las principales instituciones de dicho proceso, de modo particular aquéllas que permitirán evaluar el grado de tutela procesal que a través del mismo se otorga al derecho al medio ambiente. Por ello, el capítulo se centra en evaluar el marco normativo y jurisprudencial actualmente existente sobre determinadas instituciones procesales. Tomando en cuenta lo anterior, en el Capítulo 4 se evalúa el grado de tutela procesal que recibe el derecho al medio ambiente en nuestro país a través del proceso de amparo. Para tal efecto, se toman como referencia las decisiones seleccionadas del Tribunal Constitucional que se relacionan con este derecho.
Como corresponde, el trabajo finaliza con la presentación de nuestras conclusiones sobre la investigación realizada y la relación de la bibliografía empleada.
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La tutela laboral de los derechos fundamentales del trabajador. Una asignatura pendiente en tiempos de reformaArce Ortiz, Elmer Guillermo 10 April 2018 (has links)
The labor guardianship of worker’s fundamental rights: A pending subject in times of reformThe articlestarts with the penetration of Constitutional Law in labor relations mainly promoted by the Constitutional Court, which with its repeated statements have specified the normative content of workers’ constitutional rights. From this, it maintains that in protection matters of fundamental rights we are in the middle of an insufficientordinary route and another extraordinary route, legal protection, also unable to assume adequate protection of workers. The article analyzes particularities that should have a claim of violation of the fundamental rights of any other in alabor site to pick up characteristics such as: accentuated swiftness, priority and preventing inadmissibility “in limine”. Finally, the text concludes regretting that New Procedural Labor Lawhasn’t created an ad hoc process for the protection of fundamental rights and that, on the contrary, it has opted for a disperse and chaotic system to protect them. / El artículo tiene como punto de partida la penetración del Derecho Constitucional en las relaciones de trabajo impulsada principalmente por el Tribunal Constitucional, el cual, con sus reiteradas sentencias, ha precisado el contenido normativo de los derechos constitucionales de los trabajadores. A partir de ello, se sostiene que en materia de protección de los derechos fundamentales nos encontramos en medio de una vía ordinaria insuficiente y otra vía extraordinaria, la del amparo, también incapaz de asumir la protección adecuada del trabajador. El artículo analiza las particularidades que debe tener una demanda de violación de derechos fundamentales y que la diferencian de cualquier otra en sede laboral para recoger características como: celeridad acentuada, prioridad e impedir la improcedencia in limine. Finalmente, el texto concluye lamentando que la Nueva Ley Procesal del Trabajo no haya creado un proceso ad hoc para la protección de derechos fundamentales y que, por el contrario, se haya optado por un sistema disperso y caótico para la protección de los mismos.
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Informes para la sustentación de expedientes Exp. n° 01196-2016-PA/TCMalca Saavedra, Santos Daniel 04 September 2020 (has links)
En la primera parte del presente documento se resume el expediente relacionado con un recurso de amparo para efectos que se reponga a un servidor de una entidad pública que fue contratada bajo el régimen privado del decreto legislativo n° 728, así de esa forma pretender su reposición del trabajo a través del proceso constitucional interpuesto.
En la segunda parte del presente resumen se discute el recurso de nulidad de un arbitraje comercial con una tonalidad de naturaleza tributaria; en el cual, consiste que los sujetos que tienen legitimidad para obrar presentan un recurso de nulidad señalando indirectamente que se pronunciaron sobre materia tributaria, siendo esta indelegable y exclusiva al Estado Peruano. / Trabajo de suficiencia profesional
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Análisis de las implicancias de la cosa juzgada en el sistema judicial civil peruano a partir de los amparos contra resolución judicialArancibia Montalvan, Álvaro Ranelli 28 May 2020 (has links)
A través del presente trabajo, se busca hacer un análisis de una figura muy
controversial en nuestro ordenamiento jurídico: el amparo contra resolución judicial. Es
importante entender sus implicancias y la forma en que nuestro ordenamiento ha decidido
regularla.
Dentro de nuestro sistema de justicia, además de los ya conocidos problemas de
ineficiencia y lentitud, tenemos que en muchas ocasiones los jueces vulneran los derechos
fundamentales de las personas.
Es por ello importante que, a través del amparo, se puedan corregir estas
irregularidades para tener cada vez más un sistema rápido, eficiente, transparente y justo.
El cual no vulnere los derechos fundamentales de las personas a través de sentencias
injustas.
De esta manera tendremos que realizar un análisis exhaustivo de si la figura cumple
con el rol para el que fue creada, si de verdad se evita con ello el tener sentencias que
causen un daño al momento de pretender impartir justicia.
En conclusión, queremos demostrar la utilidad de una figura que muchas veces se
suele atacar por ser utilizada como una instancia más de apelación por los abogados.
Como una forma de evitar la cosa juzgada ordinaria.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°3221-2005, Proceso de Amparo contra resoluciones judiciales por lesión a derechos de los consumidoresQuiroz Acharte, Fiorella Liliana 20 August 2021 (has links)
En las últimas décadas hemos sido testigos que las sociedades actuales han venido evolucionado y se ha producido la trascendencia de los intereses colectivos por sobre los individuales. Es así que se ha producido la aparición de los denominados derechos de tercera generación dentro de los cuales se encuentran los derechos de los consumidores. El presente Informe nos permite analizar un asunto que continua vigente en nuestros días y que cada vez va adquiriendo mayor importancia, nos referimos a la tutela judicial de los derechos de carácter difuso. En el caso materia de análisis, el cual se desarrolla en el marco de un proceso de amparo, nos permite abordar sobre la protección de los derechos de los consumidores desde una óptica procesal. A través del caso planteado se pretende analizar los principales institutos procesales y demás mecanismos existentes en el modelo de proceso del proceso de amparo para efectos de verificar si estos resultan eficaces y/o suficientes para brindar una adecuada protección a los derechos los consumidores. De igual manera, en la búsqueda por un mejor resolver plantearemos nuestra posición sobre cómo debió haber resuelto el Tribunal Constitucional el presente caso, en ausencia de mecanismos procesales idóneos para el desarrollo de un proceso colectivo
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Informe Jurídico sobre la sentencia de acción de amparo N° 3/2022 del Tribunal Constitucional: Nulidad de proceso expropiatorio en el marco de la Constitución de 1933 Expediente N° 04769-2017-PA/TCCárdenas Rivera, Christian Arturo 21 November 2023 (has links)
Informe Jurídico sobre la sentencia de acción de amparo N° 3/2022 del Tribunal Constitucional: Nulidad de proceso expropiatorio en el marco de la Constitución de 1933 Expediente N° 04769-2017-PA/TC
Con fecha 3 de julio de 2014, José Barragán Muro, José Genero Barragán Jiménez y Rosa Yolanda Jiménez Remond, como representantes de la Sucesión Intestada de Rosa Yolanda Jiménez Remond, interponen demanda de agravio constitucional (Acción de amparo) contra el Ministerio de Agricultura, la Dirección Regional de Agricultura del
Gobierno Regional de Lambayeque y la Cooperativa Agraria de Producción Cahuide Ltda., por la afectación del derecho de propiedad. Como pretensión solicitan: (i) Nulidad del acto de expropiación realizado por la Dirección de
Reforma Agraria y Asentamiento Rural, sustentado en el Decreto
Supremo 032-72-AG de 13 de enero de 1972, a través del cual se
apropia de 390.62 hectáreas de área cultivable (…)
(ii)Nulidad del acto de confiscación realizado por la Dirección de
Reforma Agraria y Asentamiento Rural, a través del cual se apropia e
inscribe a su favor 155.15 hectáreas de tierras eriazas (…). (Poder
Judicial 2014: 207)
La ponencia del Expediente N° 04769-2017-PA/TC Lambayeque fue
declarada fundada en parte, mediante Sentencia 3/2022 del 13 de
enero de 2022. El cual se declara NULO el Decreto Supremo N° 032-72-
AG del 13 de enero de 1972, así como los actos administrativos,
registrales y judiciales que deriven del mismo.
De la misma manera, el Tribunal Constitucional formula reglas de
solución producto de la nulidad de la Resolución.
Como parte del problema jurídico principal nos formulamos la pregunta
de carácter formal si es constitucionalmente válido que el Tribunal
Constitucional, dentro de sus competencias de garantía constitucional
de los derechos fundamentales -como el derecho de propiedad-, tenga
los alcances sobre los actos públicos o privados, en el marco de un
ordenamiento constitucional derogado.
Al respecto, señalamos que se identifica un problema en la aplicación,
por parte del colegiado, del artículo 45°, inciso 5, del Código Procesal
Constitucional: “Si el agravio consiste en una omisión, el plazo no
transcurrirá mientras ella subsista”. Y por ello, respondemos con una
negativa a la pregunta principal, debido a que el Tribunal Constitucional
está vulnerando el principio de irretroactividad de las normas,
establecido en el artículo 103° de la Constitución Política del Perú.
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Asimismo, nos formulamos, como pregunta secundaria de fondo, si las
reformas constitucionales de los artículos 29° y 47° de la Constitución
Política de 1933, modificaron la naturaleza del régimen económico del
Estado con referencia al derecho de propiedad, en el marco de un
proceso de Reforma Agraria.
Que la protección constitucional observe la afectación de un hecho
realizado con anterioridad a la vigencia de la presente Constitución,
estaría retrotrayendo sus efectos al periodo anterior de un ordenamiento
jurídico constitucional diferente, el cual el derecho de propiedad está
contenido dentro de los lineamientos de una política pública, bajo un
distinto régimen económico, con otras características y naturaleza, al que
se pretende aplicar. Y peor aún, el derecho de propiedad ya se
encuentra extinto por un proceso administrativo de expropiación. Por
tanto, no hay derecho de propiedad que continue con vida jurídica
hasta nuestros tiempos.
Se concluye que, dichas reformas de la Constitución de 1933
modificaron la naturaleza del Régimen Económico del Estado Peruano y
la protección del derecho de propiedad. Es por ello que no es posible
sentenciar que el derecho de propiedad que se pretende proteger en
la STC N° 3/2022 del Tribunal Constitucional continua en permanente
afectación.
Por último, como parte importante del presente caso es necesario
señalar que la emisión del Decreto Supremo N° 032-72-AG, norma que
expropia 390.62 hectáreas de terreno cultivable, es válida conforme al
principio de interpretación constitucional “Unidad de la Constitución”.
Modificatorias de los artículos 29°, y 47°, aunado con los artículos 31°,
34°, 35° y 38° de la Constitución de 1933, le brinda a la ley la fuerza y
potestad para que regule los procesos y permisos constitucionales para
afectar el derecho de propiedad a través de un proceso expropiatorio;
y por qué no con una norma de menor rango como un Decreto
Supremo.
En referencia al tratamiento de los terrenos eriazos, el numeral 11 del
artículo 194° de la Constitución de 1933, es claro al prescribir literalmente
que estos terrenos son considerados rentas de los Concejos
Departamentales; por tanto, son del Estado. En el presente caso, a pesar
de no existir prueba fehaciente por parte de la parte demandante que
demuestre la propiedad de dichas áreas. Los terrenos de calidad eriazo
son de propiedad del Estado; por tanto, no existe confiscación alguna
sobre dichos terrenos.
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Informe jurídico de la sentencia recaída en el Expediente No 4386-2017-AAChunga Anton, Joselyn Maria 16 August 2022 (has links)
Los medios de comunicación que se utilizan dentro de una relación laboral son diversos
y constantemente actualizados, por lo que es usual que el empleador entregue a los
trabajadores herramientas digitales de comunicación para el ejercicio de sus labores; sin
embargo, algunas veces son utilizadas para fines diferentes a los que se otorgaron,
generando conflictos en la relación laboral.
El presente informe profesional tiene como finalidad realizar un análisis crítico a partir
del recurso de agravio constitucional en el marco de un proceso de amparo, iniciado por
un trabajador que fue despedido por la supuesta comisión de falta grave al compartir
mediante el correo electrónico institucional información privada de un compañero de
trabajo. La empresa habría accedido al contenido de dicho correo electrónico para
corroborar la falta, por lo que el trabajador alegó la vulneración de sus derechos al debido
proceso, al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones y a la libertad sindical;
mientras que el empleador se amparó en su facultad de fiscalización y sanción.
Sobre este tema, la jurisprudencia ha señalado que no es posible acceder a las
comunicaciones del trabajador sin un mandato motivado del juez o autorización expresa
de las partes, pero -hasta la fecha- no ha señalado claramente a quién pertenecen las
herramientas digitales otorgadas y si estas pueden o no ser objeto de fiscalización.
Los problemas jurídicos identificados serán desarrollados en el presente informe
mediante legislación, jurisprudencia y doctrina. Asimismo, se pretende brindar una
posición respecto a la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional y brindar algún
acercamiento a lo que debería ser el procedimiento de fiscalización del correo electrónico
institucional de los trabajadores. / The information and communication technologies that that are used within an
employment relationship are diverse and constantly updated, so it is usual for the
employer to provide workers with digital communication tools for the exercise of their
tasks; however, sometimes they are used for purposes other than those that were granted,
generating conflicts in the employment relationship.
The purpose of this professional report is to carry out a critical analysis based on the
constitutional grievance appeal within the framework of an amparo process, initiated by
a worker who was dismissed for the alleged commission of serious misconduct by sharing
private information of a co-worker through institutional email. The company would have
accessed the content of that email to corroborate the fault, so the worker alleged the
violation of his rights to due process, secrecy and the inviolability of communications and
freedom of association; while the employer relied on its power of control and sanction.
On this subject, the jurisprudence has indicated that it is not possible to access the
worker's communications without a reasoned mandate from the judge or express
authorization from the parties, but -to date- it has not clearly indicated to whom the digital
tools granted belong and whether they can be subject to inspection.
The legal problems identified will be developed in this report through legislation,
jurisprudence, and doctrine. Likewise, it is intended to provide a position regarding the
decision adopted by the Constitutional Court and to provide some approach to what the
procedure for should be monitoring the institutional email of workers.
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Proceso constitucional de amparo como vía idónea para tutelar el derecho a la salud y el derecho al medio ambiente en La Oroya y afectación del principio de corrección por parte del Tribunal ConstitucionalVillanueva Oruna, Arturo Franco 05 August 2022 (has links)
El presente informe se centra primeramente en identificar al proceso de amparo como la
vía procesal más idónea para tutelar el derecho a la salud y el derecho al medio
ambiente en La Oroya y, por otro lado, también se busca señalar una afectación al
principio de corrección del buen gobierno por parte del Tribunal Constitucional al
declarar fundada en parte la primera pretensión de la demanda. La justificación de este
informe es la de proponer una vía procesal más idónea a la utilizada por los
demandantes y asimismo a la luz del principio de corrección proyectar una justificación
inadecuada por parte del Tribunal Constitucional en su decisión final. Mis hipótesis
respecto a los problemas jurídicos hallados en la sentencia son las siguientes: (i)
estratégicamente en materia procesal se debió iniciar en primer lugar un proceso de
amparo; y (ii) el Tribunal Constitucional debió declarar fundada en su totalidad la
primera pretensión de la demanda ya que con ello se respeta el principio de corrección
del buen gobierno. Sobre el marco teórico, he utilizado contenidos del derecho
constitucional y del buen gobierno para el análisis de la mencionada sentencia. La
conclusión principal para ambas hipótesis es la siguiente: La afectación al derecho a la
salud y al derecho al medio ambiente en la Oroya es provocada por la actividad de la
empresa Doe Run Perú y por la inacción del Estado, con lo cual el proceso de amparo
en este caso en particular permite que a nivel procesal el petitorio y la parte demandada
sean dirigidos directamente hacia los responsables de los derechos afectados, y por
consiguiente se lograría una tutela más idónea. Por otro lado, optar por declarar fundada
en su totalidad la primera pretensión de la demanda reflejaría una actuación acorde al
principio de corrección por parte del Tribunal Constitucional, en tanto como resultado
en la decisión final se consideró como incumplido por parte del Ministerio de Salud y
DIGESA, el mandato legal objeto de evaluación. / This report focuses first on identifying the amparo process as the most suitable
procedural route to protect the right to health and the right to the environment in La
Oroya and, on the other hand, it also seeks to point out an affectation to the principle of
correction good governance by the Constitutional Court by declaring partially founded
the first claim of the claim. The justification of this report is to propose a more suitable
procedural route to the one used by the plaintiffs and also, in light of the principle of
correctness, to project an inadequate justification by the Constitutional Court in its final
decision. My hypotheses regarding the legal problems found in the judgment are the
following: (i) strategically in procedural matters, an amparo process should have been
initiated first; and (ii) the Constitutional Court should have declared the first claim of
the lawsuit founded in its entirety, since this respects the principle of correctness of
good governance. Regarding the theoretical framework, I have used contents of
constitutional law and good governance for the analysis of the aforementioned sentence.
The main conclusion for both hypotheses is the following: The impact on the right to
health and the right to the environment in La Oroya is caused by the activity of the
company Doe Run Peru and by the inaction of the State, with which the process of
Amparo in this particular case allows the request and the defendant to be directed
directly at the procedural level to those responsible for the affected rights, and therefore
a more suitable protection would be achieved. On the other hand, choosing to declare
the first claim of the lawsuit founded in its entirety would reflect an action in
accordance with the principle of correction by the Constitutional Court, as a result of the
final decision it was considered as non-compliant by the Ministry of Health and
DIGESA, the legal mandate under evaluation.
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