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La ley de subcontratación y el nuevo concepto de empresa, hacia una evolución de los grupos empresarialesMancilla Sánchez, Sorién Benjamín January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La subcontratación ha generado un extenso debate a nivel mundial y en especial en nuestro país, el cual, de un tiempo a esta parte, ha visto aumentado de manera considerable el número de trabajadores empleados de empresas contratistas. Esta situación llevo al ejecutivo a enviar, un debatido, proyecto de ley que regula esta forma de hacer empresa y de contratar empleados. El mencionado proyecto hoy en día se ve plasmado en la ley Nº 20.123, la cual regula de manera extensa el trabajo bajo el régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La tramitación de esta ley no estuvo exenta de críticas de distintos grupos intermedios de nuestro país, y aún hoy, existen dudas respecto de su correcta interpretación y de cómo se están desempeñando o desempeñarán las instituciones y personas objeto de la mencionada legislación.
El presente trabajo intenta develar en primer lugar los orígenes de la subcontratación, tanto a nivel mundial como a nivel nacional. Analizando cuales son los motivos que llevaron a los empresarios para adoptar este régimen y que influencias económicas determinan que alcance el auge que tiene hoy en día. Uno de los puntos en los cuales pondré especial énfasis será el fenómeno de la externalización como causa principal del régimen de subcontratación
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Análisis de la nueva ley no. 20.123 y su inserción en el sistema de flexibilidad laboral en Chile, a la luz de las Conferencias 85a. y 86a. de la Organización Internacional del TrabajoBenavides Zapata, Luis Pablo, Reichel Hernández, Antonio, Silva Moreno, Javier January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La dictación de la Ley Nº 20.123 vino, por un lado, a modificar la normativa aplicable al trabajo en régimen de subcontratación y, por otro, a regular las empresas de servicios transitorios, las que funcionaban hasta entonces sin una normativa específica. A su vez, la Organización Internacional del Trabajo en las reuniones 85ª y 86ª de la Conferencia Internacional del Trabajo, de los años 1997 y 1998 respectivamente, trató ambos temas, adoptando instrumentos jurídicos al respecto.
De ahí que el objetivo del presente trabajo haya sido analizar la nueva Ley N° 20.123 a la luz de las directrices, principios o normas emanadas de la Organización Internacional del Trabajo, para determinar si el Estado de Chile está o no acorde con aquello. Esto se hizo tomando en consideración que la nueva ley se insertaba en un sistema de flexibilidad laboral ya existente en nuestro país, de ahí que el análisis se hiciera tanto desde el punto de vista del sistema de flexibilidad laboral, como desde el punto de vista de las libertades y derechos de los trabajadores afectos a las figuras de la subcontratación y de las empresas de servicios transitorios.
Los resultados arrojados por esta investigación presentan el estado actual de esta problemática, permitiendo hacer una serie de reflexiones acerca del sistema de flexibilidad laboral imperante en el Derecho Chileno y sobre las libertades y derechos en juego, en el contexto de la nueva ley. Finalmente se generan propuestas para el fortalecimiento de determinados derechos y libertades, tomando como referencia sistemas de derecho comparado cuando corresponda.
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Evolución del concepto de responsabilidad de la empresa principal en el sistema de subcontratación chileno: análisis de la jurisprudencia judicial y administrativaEspinoza Arriagada, Natalia Paz, Gaete Santelices, Victoria Elisa January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de esta memoria, es realizar un análisis de la jurisprudencia laboral y administrativa para determinar la extensión de la responsabilidad de la empresa principal.
Para esto, se han identificado tres aspectos problemáticos: En primer lugar, si existió una evolución en la jurisprudencia judicial y administrativa que llevara a un concepto unívoco de “obligaciones laborales y previsionales” por las que debe responder la empresa principal en la subcontratación; en segundo lugar, si la ley 20.123 da cuenta de esta evolución; en tercer lugar, y por último si esta nueva respuesta del estado es suficiente y efectiva para la protección de los trabajadores subcontratados.
La metodología utilizada para llevar adelante esta investigación, consistió en determinar y clasificar fallos de los tribunales de justicia y dictámenes de la dirección del trabajo de distintos periodos, para determinar con ellos la evolución de la extensión de la responsabilidad de la empresa principal en el régimen de subcontratación, lo que permitirá realizar un análisis crítico de la regulación en materia de responsabilidad de la empresa principal en la ley 20.123.
Esta investigación concluye sosteniendo que no hubo una evolución que llevó a un concepto unívoco en la jurisprudencia judicial, pues los distintos Tribunales de Justicia no han estado de acuerdo en el contenido que debe tener este concepto, al contrario de lo ocurrido en la jurisprudencia administrativa, la que fue resolviendo progresiva y uniformemente los problemas que le eran sometidos a su conocimiento. Es esta última respuesta la que la ley 20.123 viene a recoger. Por último, se concluye que la solución que otorga esta ley no es suficiente para lograr una protección efectiva de los derechos de los trabajadores subcontratados.
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Responsabilidad de la empresa principal y de la empresa contratista en accidentes del trabajoGaete Santelices, Amanda Inés, Terceros Henríquez, Pamela Andrea January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Durante el año 2006 se promulgó la Ley N° 20.123, modificando el Código del Trabajo en materia de subcontratación, con objeto de profundizar la regulación existente. De las innovaciones introducidas, destaca la creación de una obligación directa de la empresa principal de proteger la salud y vida de todos los trabajadores que laboren en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, de forma análoga a la impuesta a todo empleador. Por otro lado, otorgó un rol de garante a la empresa principal del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de dar de la empresa contratista respecto de sus trabajadores. Considerando estos elementos, mediante este estudio pretendemos determinar la incidencia de dicha obligación directa en la reparación de los daños sufridos por los trabajadores subcontratados ante accidentes del trabajo, y su conjugación con la responsabilidad de garante de la empresa mandante respecto de las obligaciones de la empresa contratista.
Para esto, revisamos el contexto en que se instaló esta ley y los elementos necesarios para comprender la interrogante planteada, para luego efectuar un análisis jurisprudencial que nos permitió evaluar los efectos prácticos de esta norma. De esta forma, hemos podido comprobar que debido a la falta de precisión de la redacción la norma, existen diversas interpretaciones de la Ley N° 20.123 aplicadas por la jurisprudencia al momento de determinar cómo concurren ambas empresas al pago de la indemnización de los daños sufridos, dejando en ocasiones al trabajador en una situación más desventajosa que la previa a la promulgación de la Ley Nº 20.123.
Todos estos elementos, nos hacen concluir que es necesario realizar una nueva modificación legal que otorgue certeza a los distintos actores respecto de la forma concurren ambas empresas ante la existencia de un perjuicio a un trabajador por la ocurrencia de un infortunio.
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Responsabilidades a las que da lugar la actividad empresarial : en especial en el derecho laboral y de la seguridad socialPlaza Vallejos, María Paz, Tello Andrade, María Fernanda January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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