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Población de una base de datos jurisprudencial a base del libro registro de sentencias civiles, laborales y protección de la Corte Suprema correspondientes a los años 2002 y 2003 y a base del libro registro de sentencias del Tribunal Constitucional correspondientes a los años 2001, 2002 y 2003

Hernández Chavez, José January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Sentencias emanadas de la Corte Suprema de Justicia comprendidas en el Libro Registro de Sentencias Civiles del mes de Abril de 2002, en el Libro Registro de Sentencias Laborales del mes de Enero de 2003 y sentencias emanadas del Tribunal Constitucional comprendidas en el Libro Registro de Sentencias del Tribunal Constitucional de los años 2001, 2002 y 2003.
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El apremio de arresto civil y su relación con la prohibición internacional de la prisión por deudas en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

Villa Parada, Cristian Andrés January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La prohibición de la prisión por deudas aparece ya desde el derecho romano y se consagra posteriormente de forma internacional y comparada en tratados internacionales y constituciones de diversos países, situación que demuestra la importancia que cobra el derecho a la libertad personal por sobre el cobro de las deudas civiles en la sociedad moderna. Sin embargo, la concisa formulación de la prohibición en tales cuerpos normativos y la dictación de nuevas leyes que incluyen distintas sanciones o apremios, son factores que han suscitado duda sobre si existe pleno respeto a esta prohibición. Chile no escapa a este panorama, lo que se demuestra por la interposición de diversos recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, en especial respecto al apremio de arresto civil. La presente memoria tiene por objeto exponer y analizar el apremio de arresto civil y la prohibición de la prisión por deudas, en cuanto a su evolución histórica, consagración normativa y jurisprudencia internacional y comparada, y la opinión de diversos tribunales nacionales, con especial énfasis en las decisiones del Tribunal Constitucional chileno.
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Población de una base de datos jurisprudencial a base de los libros de registros de sentencias de la Corte Suprema correspondientes al año 2007 y de las sentencias emanadas por el Tribunal Constitucional correspondientes al año 2009

Mac-Conell San Martín, Rodrigo January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
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Derecho de acceso a la justicia de la víctima y proceso penal : un análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional chileno y la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Mujica Torres, Ignacio, Morales Ramos, Sebastián Andrés January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En las últimas décadas ha existido un verdadero cambio en cómo se concibe el rol del derecho penal, desde la perspectiva de los derechos fundamentales. La mirada tradicional sobre la actividad punitiva del Estado estuvo enfocada hacia alcanzar su mayor limitación posible, en tanto se le reconoció como un ámbito del actuar estatal que importaba serias restricciones a los derechos fundamentales. Sin embargo, de un tiempo a esta parte, esta mirada, si bien sigue reconociendo los riesgos de la actividad sancionatoria, ha incorporado una nueva mirada, esto es, que el derecho penal también puede constituir una herramienta útil para la protección de los derechos fundamentales.
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Estudio sobre la eficacia de la inaplicabilidad cuando la gestión pendiente versa sobre un recurso de protección : análisis jurisprudencial (2005-2015)

Corbalán Rodríguez, María Gloria January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Por medio de la reforma constitucional del 2005, la acción de inaplicabilidad se trasladó desde la Corte Suprema al Tribunal Constitucional. Con todo, la situación anterior no implicó el desarraigo absoluto de la judicatura ordinaria. La razón es que, si bien la declaración de inaplicabilidad pasó a ser competencia del Tribunal Constitucional, la eficacia del precepto declarado inconstitucional para el caso concreto dependerá finalmente de la aplicación que realice el juez del fondo. De esta forma, la relación entre magistraturas es manifiesta y requiere ser complementaria. Esta relación es más significativa en el ámbito de la protección de derechos fundamentales, donde ambas magistraturas –en diferentes niveles de competencia– participan tanto de la identificación del objeto tutelado, como en la definición de la norma que resulta aplicable. Lo cierto es que ésta relación no ha sido profusamente analizada por la doctrina, ni existe una definición inequívoca en jurisprudencia. En este sentido, esta investigación se propone desentrañar los diversos elementos normativos que inciden en la relación entre estas magistraturas, especialmente cuando la gestión pendiente versa sobre un recurso de protección. Para este propósito nos dispusimos a analizar tanto las sentencias de inaplicabilidad del Tribunal Constitucional entre los años 2005 y 2015, como las resoluciones del juez del fondo en las causas respectivas.
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Acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. — Análisis jurisprudencial del período de marzo del año 2006 a marzo de 2010 en cuanto a los criterios de admisibilidad

Filloy Payret, Marylen, Soto Correa, Maria de los Angeles January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La reforma constitucional del año 2005 introdujo importantes cambios en nuestro ordenamiento jurídico, no sólo porque modificó la Constitución Política en significativos aspectos, sino también porque cambió radicalmente la función que tenía hasta entonces un órgano jurídico fundamental de nuestro país, otorgándole nuevas atribuciones y modificando su competencia, y transformándolo, a nuestro juicio, en el gran protector de la Carta Fundamental. Nos referimos al Tribunal Constitucional, el cual, tras las modificaciones introducidas por la Ley 20.050 y la Ley 20.381, conocerá, entre otras materias, de la Acción de Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad, en circunstancias que anteriormente dicha competencia correspondía a la Corte Suprema de Justicia. Por medio de dicha acción, será este tribunal el encargado de conocer y resolver las eventuales vulneraciones que se produzcan a la Constitución por la aplicación de un precepto legal a un caso concreto. No sólo se traslada la competencia, sino también se le otorgan nuevas atribuciones y características a la Acción de Inaplicabilidad, que nos propondremos analizar en los capítulos siguientes. Sin embargo, el objetivo de nuestra investigación no es examinar la Acción de Inaplicabilidad desde el punto de vista doctrinal, sino más bien analizarla jurisprudencialmente, centrándonos en los criterios de admisibilidad y los pronunciamientos del tribunal al respecto. Así, realizaremos un estudio acucioso de la Acción de Inaplicabilidad tras la reforma constitucional del año 2005, específicamente, nos avocaremos al análisis jurisprudencial de los criterios de admisibilidad de la acción, en los fallos dictados por el Tribunal Constitucional, en el periodo comprendido entre el 01 marzo del año 2006 al 01 de marzo del año 2010. En este sentido, ilustraremos cómo se aplica cada criterio en la práctica. El lector podrá conocer la línea interpretativa utilizada al momento de acoger o rechazar una acción, apreciará cómo se he comportado la jurisprudencia en este sentido, y cuáles son los criterios más estrictos y los más flexibles.
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El Tribunal Constitucional, el control de constitucionalidad y el control preventivo obligatorio con posterioridad a la reforma constitucional del año 2005

Flores Calderón, Pamela Beatriz, Hernández Bahamondes, Karin Paz January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta obra tiene como objetivo generar perspectivas respecto de la evolución constitucional que Chile ha experimentado a partir de la creación e incorporación del Tribunal Constitucional y la complementación de atribuciones que introduce en este órgano la Ley 20.050, promulgada en el año 2005. Además, se abordarán en particular las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en relación al control preventivo obligatorio que éste tiene encomendado realizar. El interés en abordar las materias ya señaladas radica en la función que vino a cumplir la reforma constitucional mencionada, esto es, solucionar diversos vacíos, 7 dudas o quebrantamientos del orden jurídico que se presentaban para determinar la radicación de la competencia en materia de control jurisdiccional de constitucionalidad
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Población de una base de datos jurisprudencial a base de los libros de registros de sentencias de la Corte Suprema y Tribunal Constitucional correspondientes al año 2007

Aranda Valenzuela, Pablo January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Se ha dicho que el Derecho no existe ni es imaginable al margen de su historia. Sin duda, la afirmación precedente, conlleva un reconocimiento del enorme contenido de información que se asocia al Derecho en cada uno de sus ámbitos. La información, en este sentido, significa descripción de algún objeto o suceso. Para que esta información fluya en forma adecuada y resulte útil, debe organizarse según algún método o sistema, de allí que se debe entender como sistema de información “todo conjunto de elementos diseñado para el soporte, administración y gestión de información” Información es ante todo un conocimiento y la posibilidad de entregar ese conocimiento a todos los probables usuarios, ella constituye la finalidad esencial de la Ciencia de la Información. Ésta comprende a su vez tres grandes disciplinas: La Documentación, la Informática y las Ciencias de la Comunicación, de las cuales, las dos primeras parecen ser más atingentes al tema abordado en la Separata del CEDI “Informática Jurídica Documental”, en torno a la cual se ha preparado el presente trabajo. La Documentación estudia el establecimiento, investigación, reunión y utilización de documentos, mientras que la Informática estudia el tratamiento automático de la información por medio de computadoras. Ambas disciplinas, Documentación e Informática abocadas a un objeto particular, la información jurídica, crean la Informática Jurídica Documental, la que como tal, no es una área, ni de la Ciencia de la Información, ni del ámbito de la Ciencia del Derecho. La Informática Jurídica Documental es un "conjunto de técnicas", significativas para las computadoras, aplicadas al tratamiento de la información jurídica. La revolución informática y sus proyecciones socio-económicas se vienen produciendo desde la década del 40, presentando una evolución caracterizada por un continuo crecimiento de su influencia e importancia, tanto en desarrollo tecnológico, mayor capacidad de manejo de datos y rapidez de respuestas, como en amplitud de su ámbito de influencia: se incluyen aquí, materias tan diversas que pueden ir desde la administración financiera hasta las tecnologías de la salud. Entendiendo la Informática como la ciencia del tratamiento lógico y automático de la información, y considerando que la información puede ir desde el dato científico más complejo hasta la más banal de las actividades, resulta que la Informática tiene un carácter multidisciplinario, ya que se ramifica en sus proyecciones a cualquier disciplina específica. El ámbito del Derecho no se excluye, por supuesto, de lo anterior. De ahí que al estudio de la concreta aplicación de la Informática al campo del Derecho se le ha denominado como Informática Jurídica. La expresión fue usada por primera vez por Henriette Megnot, quien la definió como “la documentación con ayuda del ordenador, de todas las fuentes del Derecho” . Otra definición es la del profesor Mario Lozano, citado en “Informática Jurídica Documental”, quien indica que la informática jurídica consiste en “aquellas técnicas informáticas generales que se han revelado como particularmente adecuadas para el tratamiento electrónico de datos jurídicos”. Aceptando que la Informática jurídica se encarga del tratamiento lógico y automático de la información jurídica, resulta entonces que el objeto de ella es el procesamiento automático de la citada información, no constituyendo una rama del derecho , sino un aspecto de la ciencia de la información, abocada específicamente al fenómeno jurídico. En la publicación “Informática Jurídica Documental” del CEDI, el Capítulo II “Informática Jurídica e Información Jurídica”, presenta en su introducción una cita realizada por Antonio Pérez Luño a Spiros Simitis en “Informationskrise des Rechts und Datenverarbeitung”, que menciona que “El flujo incesante de normas y decisiones jurisprudenciales, cuyo exacto y puntual conocimiento son imprescindibles para un adecuado funcionamiento del sistema jurídico, hace casi imposible su discernimiento, interpretación y aplicación por los operadores jurídicos. La crisis de la información jurídica precipita en las tinieblas el ordenamiento jurídico” La cada vez más enorme cantidad de información que utiliza y almacena el ámbito jurídico, dificulta en forma creciente el manejo expedito de tales antecedentes y hace prácticamente imposible alcanzar un dominio cabal del conocimiento del “estado del arte” en derecho, sin disponer de un adecuado apoyo tecnológico que permita almacenar y acceder en forma cada vez más expedita a los “almacenes de información” generados por la informática jurídica, particularmente, en su área documental. Los esfuerzos y los adelantos que se han logrado a lo largo de décadas en esta disciplina, se orientan a revertir el proceso que llevó a afirmar que de la potencial transparencia del ordenamiento jurídico se había pasado a la definitiva oscuridad del mismo, o que los juristas necesitarían más tiempo para informarse que para desarrollar un trabajo efectivo. Dado que la informática jurídica estudia la aplicación de las tecnologías de la información al Derecho se puede hablar de dos áreas en las que se puede introducir la automatización: a) el tratamiento de las fuentes de información jurídicas mediante sistemas automatizados de documentación legislativa, de jurisprudencia y de doctrina, tarea que entraría dentro del ámbito de la informática jurídica documental, y b) la gestión de tareas de tipo organizativo y burocrático, de la que se ocuparía la llamada informática jurídica de gestión, la cual comprende a su vez la informática registral, la informática operacional y la informática decisional. La Informática Jurídica Documental tiene por objeto la automatización en el tratamiento y recuperación de información jurídica. Para el profesional del Derecho es imprescindible tener un acceso rápido y directo a la legislación y la jurisprudencia. No obstante, dado el flujo incesante de nuevas leyes y de decisiones jurisprudenciales, gestionar esta información de forma manual es algo imposible. En las circunstancias actuales se hace necesaria la utilización de bases de datos de legislación, jurisprudencia y doctrina, con sistemas informatizados de documentación jurídica, que permitan el acceso eficaz a grandes volúmenes de información. La Informática Jurídica Documental se caracteriza porque su estudio gira sobre cuatro ejes centrales: Primero, en cuanto a su naturaleza jurídica, la Informática Jurídica Documental se presenta como una "herramienta metodológica" que brinda auxilio a la Filosofía del Derecho y a la Ciencia del Derecho. Segundo, la Informática Jurídica Documental tiene su objeto de estudio enmarcado dentro de dos temas centrales: Por un lado, las técnicas documentales aplicadas al tratamiento de la información jurídica contenida en la legislación, la jurisprudencia y la doctrina; y por el otro, las metodologías aplicadas para la construcción de sistemas de información que manejen bases de datos jurídicas. Tercero, el tema central de la Informática Jurídica Documental lo constituye el tratamiento de la información jurídica fundamentado sobre dos operaciones: Condensación e Indización. Para terminar, el cuarto eje sobre el que gira el estudio de la Informática Jurídica Documental son las bases de datos jurídicas. El uso de las técnicas informáticas y computacionales en apoyo al derecho y al procesamiento de datos jurídicos resulta aportante por cuatro razones esenciales: eficiencia, aprovechamiento, accesibilidad y velocidad operativa. El sistema jurídico constituye un conjunto de documentos que deben ser almacenados con posterioridad a su generación, para ser accesados posteriormente, cuando se presenten casos similares o parecidos. En general, en el proceso de enriquecimiento y uso de las bases de datos documentales, se puede distinguir ciertas etapas no siempre secuenciales que están presentes en él: a) una fase de tratamiento o análisis documental que es “el conjunto de operaciones destinadas a extraer los elementos informativos de un documento original con el objeto de expresar su contenido en forma abreviada”. b) una fase de indización, o extracción y definición de las palabras clave y c) una fase de recuperación documental, en la cual resultan fundamentales los índices o palabras claves definidos en la fase anterior. María Inés Arias, de la Universidad de Zulia , plantea cuatro consideraciones básicas para la informática documental, a saber: 1.- La Informática Jurídica Documental es una herramienta metodológica que la Documentación y la Informática, entre otras disciplinas, brindan al mundo del Derecho y que la Filosofía del Derecho la asume como "metodología" para la aplicación del Derecho. 2.- La Informática Jurídica Documental desarrolla dos áreas de estudio: 2a) El análisis de la información que va a ingresar a una base de datos jurídicos, y 2b) estudio de los procesos automatizados de búsqueda y recuperación de esa información. 3.- La esencia de la Informática Jurídica Documental está constituida por el tratamiento de la información jurídica. El documento jurídico que se ingresa a la base de datos es analizado por el analista jurídico, que extrae su esencia y realiza con él las operaciones de condensación e indización. La condensación consiste en resumir el documento original para facilitar su búsqueda y recuperación posterior. La indización introduce las guías de búsqueda y puede decirse, que determina la precisión en las búsquedas en la base de datos y, por ende, la calidad de la base de datos. 4.- La Informática Jurídica Documental se apoya en las Bases de Datos Jurídicos. Las bases de datos jurídicos son bases de datos documentales, que almacenan información, de naturaleza jurídica, contenida en documentos tales como textos legislativos, fallos de los tribunales u obras de tratadistas, guardadas en archivos que puedan relacionarse recíprocamente, para facilitar una búsqueda y recuperación expeditas
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Población de una base de datos jurisprudencial a base de los libros de registros de sentencias de la Corte Suprema correspondientes al año 2006 y los libros de registros de sentencias del Tribunal Constitucional correspondientes al año 2009

Rubio Leiva, Octavio January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La actual sociedad de la información (esto es, la que incorpora las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones) plantea al jurista nuevos y complejos desafíos, considerando que informar implica comunicación o adquisición de conocimientos que permiten ampliar o precisar los que se poseen sobre una materia determinada. Así es como la ciencia de la información tiene como objeto el estudio acerca de la transmisión del conocimiento, su naturaleza y propiedades, los soportes en los cuales se contienen y las técnicas aptas para procesarlo, almacenarlo, recuperarlo y finalmente difundirlo.
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Estudio de las instituciones del Derecho Procesal en los fallos del Tribunal Constitucional y la Excelentísima Corte Suprema conociendo del recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las leyes entre los años 1981-2000, a la luz de la doctrina procesal

Apablaza Reyes, Alejandra, Norambuena Aymar, Pamela January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo

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