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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0081-2019/SDCINDECOPI

Cautivo Padilla, Nadia Flor 02 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la problemática sobre si los servicios veterinarios que son brindados por Veterinarias Municipales configuran desarrollo de actividad empresarial del Estado y si, de ser el caso, cumple con los requisitos que la norma constitucional establece para ello. Para ello, se precisará en el caso materia de la resolución N° 0081-2019/SDC-INDECOPI, la cual pretende determinar los criterios para definir los supuestos de actividad empresarial en materia de servicios veterinarios. Siendo el caso que, la discusión se centrará en la línea divisoria entre aquello que configura actividad empresarial y aquello que no, desde la perspectiva de los servicios veterinarios y su relación con la salud. En esa línea, el presente informe hará una revisión de la normativa, la doctrina y, especialmente, de la jurisprudencia tanto de la autoridad administrativa como del supremo intérprete de la Constitución. Adicionalmente, otra arista de la discusión se centrará en las funciones que son asignadas por la normativa a los gobiernos locales y, específicamente, a la Municipalidad Distrital denunciada en el presente caso, a fin de determinar si contaba con las facultades para brindar los servicios veterinarios materia de imputación. En ese sentido, si bien la resolución materia de análisis resulta acertada en determinados aspectos, el presente informe planteará algunas críticas sobre los temas a abordar. / This legal report analyses the problem of whether the veterinary services provided by Municipal Veterinarians constitute the development of the State's business activity and whether it comply with the requirements that the constitutional norm establishes for this purpose. To this end, resolution No. 0081- 2019/SDC-INDECOPI will be specified in the case, which aims to determine the criteria to define the assumptions of business activity in the field of veterinary services. Being the case, the discussion will focus on the dividing line between what constitutes business activity and what does not, from the perspective of veterinary services and their relationship with health. Along these lines, this report will review the regulations, doctrine, and, especially, the jurisprudence of the administrative authority and the supreme interpreter of the Constitution. Additionally, another aspect of the discussion will focus on the functions assigned by the regulations to local governments and, specifically, to the District Municipality reported in the present case, to determine if it had the powers to provide the veterinary services matter of imputation. In that sense, although the resolution under analysis is correct in certain aspects, this report will raise some criticisms about the issues to be addressed.
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Afirmaciones Subjetivas en Publicidad Comparativa en el Perú: ¿Se Deben Permitir? Un Análisis Integral de Conceptos, Historia y Restricciones

Rojas Victoria, Geraldine América 11 January 2024 (has links)
El presente artículo aborda críticamente la posición del Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indecopi) relacionada a la ilicitud de las afirmaciones subjetivas en publicidad comparativa en el Perú. De este modo, se plantea que dichas afirmaciones sí deberían ser permitidas. Para ello, se revisa los principales conceptos sobre publicidad comercial, tipos y alegaciones publicitarias. Asimismo, se describe la historia de la regulación de la publicidad comparativa en el Perú. Luego, se analizan las principales restricciones aplicables a la publicidad simple y comparativa en el Perú. Finalmente, se presentan los principales argumentos por los cuales sí deberían ser permitidas las alegaciones de corte subjetivo. / This article critically addresses the position of the National Institute for Consumer Defense (Indecopi) related to the illegality of subjective claims in comparative advertising in Peru. Thus, it is suggested that such statements should be allowed. To do this, the main concepts on commercial advertising, types and advertising claims are reviewed. Likewise, the history of the regulation of comparative advertising in Peru is described. Then, the main restrictions applicable to simple and comparative advertising in Peru are analyzed. Finally, the main arguments are presented for which subjective allegations should be allowed. / Trabajo académico
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Dejando a nadie contento : análisis sobre la legislación y pronunciamientos del INDECOPI en la protección del derecho de los consumidores en el ámbito del transporte aéreo y su efecto en los operadores del servicio

Tejeda León, Carlos Alberto 25 March 2015 (has links)
El papel que las aerolíneas juegan en nuestro mundo moderno, a través del servicio de transporte aéreo civil de personas y bienes, es sumamente relevante: han auxiliado a reducir los tiempos y las distancias, de modo que los seres humanos prácticamente ya no concebimos medios más lentos e ineficientes como alternativas de viaje. Su presencia resulta, a la vez, muy extendida: casi todos los países del mundo tienen este servicio, de una u otra manera, de modo que desde hace muchos años ya no se le considera un tipo de transporte esencialmente exclusivo.
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Sobre exigencia en el criterio de Indecopi: un análisis de la determinación de la alusión inequívoca

Torres Ventura, Gladys Ximena 19 April 2024 (has links)
El presente artículo aborda el concepto de la alusión inequívoca, a partir de la doctrina internacional, la legislatura y la doctrina peruana, debido a la importancia de su conexión con la competencia desleal y la publicidad alusiva, la cual radica en su papel como requisito para establecer actos de denigración y/o comparación y equiparación indebida. A pesar de su relativa falta de atención, considero necesario explorar este concepto mediante la recopilación de doctrina y jurisprudencia con el objetivo de generar debate sobre su aplicación en el Perú, en relación con el criterio establecido por parte de Indecopi. En ese sentido, este artículo se estructura en tres secciones: la primera analiza los conceptos clave a fin de determinar cuál es el objetivo de la alusión inequívoca, la segunda revisa casos específicos tratados por Indecopi y evalúa la correspondencia entre el criterio establecido por dicha entidad y el objetivo de la alusión inequívoca, y la tercera se centra en los mercados oligopólicos, ilustrando con ejemplos del mercado de las telecomunicaciones que en dichos contextos tal criterio es sobre exigente. Siendo así, revelo mi posición, no conforme con el criterio de Indecopi para determinar la alusión inequívoca, al considerarlo sobre exigente para los mercados oligopólicos, lo que puede conllevar a la falta de detección y sanción de conductas infractoras. Así pues, el propósito del artículo es plantear esta disconformidad con la esperanza de fomentar la evaluación y posible cambio, puesto que no se puede utilizar el mismo criterio en mercados tan diferenciados, especialmente cuando uno de los requisitos para su determinación es la propia estructura del mercado. / This article addresses the concept of unequivocal allusion, drawing from international doctrine, legislation, and Peruvian doctrine, due to its significance in connection with unfair competition and allusive advertising. The latter plays a crucial role as a requirement for establishing acts of denigration and/or undue comparison and equalization. Despite its relative lack of attention, I consider it necessary to explore this concept by compiling doctrine and jurisprudence with the aim of generating debate on its application in Peru, in relation to the criteria established by Indecopi. In this regard, the article is structured into three sections: the first analyzes key concepts to determine the objective of unequivocal allusion, the second reviews specific cases handled by Indecopi and evaluates the correspondence between the criteria established by the entity and the objective of unequivocal allusion, and the third focuses on oligopolistic markets, illustrating with examples from the telecommunications market that in such contexts, Indecopi's criteria are overly demanding. Thus, I disclose my position, disagreeing with Indecopi's criteria for determining unequivocal allusion, considering it overly demanding for oligopolistic markets, which may lead to the lack of detection and sanctioning of infringing conduct. Therefore, the purpose of the article is to raise this disagreement with the hope of encouraging evaluation and possible change, as the same criteria cannot be applied in such differentiated markets, especially when one of the requirements for determination is the market's own structure. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Resolución 0140-2023/SDC-INDECOPI

Huerta Hidalgo, Jalia Loana 08 August 2024 (has links)
El presente informe buscar determinar si la empresa Válvulas Panamá cometió actos de competencia desleal en la modalidad de actos de confusión e infracción a la cláusula general en contra de Válvulas Perú, toda vez que estaría imitando su oferta comercial en el mercado, así como habría hecho uso del personal de dicha empresa para mejorar su posición competitiva. Para arribar a una respuesta, se ha explorado, por un lado, el marco doctrinario de los actos de confusión, así como los efectos de posibles conductas desleales realizadas en el extranjero que puedan tener incidencia en el territorio peruano. Asimismo, surgieron cuestionamientos respecto de las competencias de la Comisión de Signos Distintivos y la Comisión de Fiscalización de la Competencia desleal para conocer actos de confusión en los que se encuentran involucrados bienes intelectuales. En lo que respecta a la infracción de la cláusula general, se analizó si la conducta desplegada por Válvulas Panamá cumplía con lo dispuesto en la norma para que proceda la configuración de este tipo infractor. Y, de ser el caso, correspondía determinar si la Resolución 0140-2023/SDC-INDECOPI se encontraba incursa en alguna causal de nulidad. Para dar respuesta a todas las interrogantes surgidas, se recurrió a diferentes fuentes académicas sobre la materia, así como doctrina pertinente emitida por la Sala de la Defensa de la Competencia Desleal. Fue así como se concluyó que efectivamente sí se habría incurrido en actos de competencia desleal en contra de Válvulas Perú. / This report determines whether the company Válvulas Panamá committed acts of unfair competition in the form of acts of confusion and infringement of the general clause against Válvulas Perú, since it would be imitating its commercial offer in the market, as well as having made use of the company's personnel to improve its competitive position. To arrive at an answer, it has been explored, on the one hand, the doctrinal framework of the acts of confusion, as well as the effects of possible unfair conduct carried out abroad that may have an impact on the Peruvian territory. Likewise, questions were raised regarding the competences of the Commission of Distinctive Signs and the Commission for the Control of Unfair Competition to hear acts of confusion involving intellectual property. Regarding the infringement of general clause, it was analyzed whether the conduct deployed by Válvulas Panamá complied with the provisions of the rule to proceed with this type of infringement. And, if so, it was necessary to determine whether the Resolution 0140-2023/SDC-INDECOPI was incurred in any grounds for invalidity. In order to answer all the questions that arose, different academic sources on the matter were consulted, as well as the relevant doctrine issued by the Chamber for the Defense of Unfair Competition. Thus, it was concluded that indeed there had been acts of unfair competition against Válvulas Perú.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0123-2023/SDC-INDECOPI

Serrano Cadillo, Romina Valeska 08 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0123-2023/SDC- INDECOPI emitida por la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi, que resolvió en segunda instancia la denuncia interpuesta en contra de la empresa Aquatec Ventures S.A.C. por la presunta comisión de dos actos de competencia desleal en la publicidad difundida sobre su servicio “sostenible” de arrendamiento de máquinas de purificación de agua de cañería. Por un lado, concluyendo que la denunciada incurrió en actos de engaño sobre la naturaleza del producto ofertado y, por otro lado, declarando infundada la denuncia por actos de engaño sobre la característica de sostenibilidad de este, considerándola acreditada. En ese sentido, con la investigación realizada a la luz de la principal normativa y jurisprudencia aplicable, así como doctrina nacional y extranjera relevante, demostraremos que, de la interpretación integral y superficial de la publicidad, y la aplicación de los principios de veracidad y sustanciación previa a esta, Aquatec incurrió en actos de engaño tanto sobre la naturaleza del producto ofertado como de la característica de sostenibilidad de este, y sus efectos en el mercado. Asimismo, en el presente informe se han evaluado temas referidos a la oralidad en el procedimiento administrativo y la imposición de sanciones y medidas correctivas. / This legal report analyzes Resolution No. 0123-2023/SDC- INDECOPI issued by the Competition Defense Chamber of Indecopi, which resolved in the second instance the complaint filed against Aquatec Ventures S.A.C. for the alleged commission of two unfair competition charges in the advertising diffused about its “sustainable” tap water purification machine rental service. On one hand, concluding that the defendant committed acts of deception regarding the nature of the product offered and, on the other hand, declaring the complaint for acts of deception regarding the sustainability characteristic to be unfounded, considering it proven. In that sense, with the investigation carried out in light of the main applicable regulations and jurisprudence, as well as relevant national and foreign doctrine, we will demonstrate that from the comprehensive and superficial interpretation of advertising, and the application of the principles of truthfulness and prior substantiation to it, Aquatec committed acts of deception regarding both the nature of the product offered and its sustainability characteristics, and its effects on the market. Likewise, this report has evaluated issues related to orality in the administrative procedure and the imposition of sanctions and corrective measures.
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Informe sobre Expediente No. 154-2008/CCD

Saavedra Valdivia, Eduard Yermain 04 August 2021 (has links)
En los últimos años, el INDECOPI ha conocido y se ha pronunciado, de oficio o por denuncia de parte, sobre las actividades empresariales desarrolladas por determinadas Entidades del Estado. Debido a que muchas de estas, usando los recursos económicos del Estado y la infraestructura pública, entran a competir en un determinado mercado y afectan la libre competencia. De ahí se deriva la relevancia de analizar este tipo de casos. De acuerdo al modelo económico adoptado por la Constitución de 1993 (economía social de mercado), se determinó que la libre competencia es el mejor sistema económico para el Perú, pero admite la intervención del Estado en determinados supuestos. El artículo 60 de la Constitución Política del Perú de 1993 reguló los requisitos para que las Entidades del Estado puedan intervenir en un mercado (estos requisitos son autorización por ley expresa, la actividad tiene que ser subsidiaria y ser una actividad de interés público). Con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal (en adelante, “Ley de Competencia Desleal”), la actividad empresarial de Estado sin cumplir con los requisitos dispuestos por el artículo 60 de la Constitución de 1993 es sancionada. El Estado no puede utilizar infraestructura pública para realizar actividad empresarial, sin que medie un procedimiento transparente y se cumpla con lo dispuesto por la Constitución. Lo contrario significaría afectar el proceso competitivo y usar de forma ilegal los recursos del Estado. El presente Informe tiene como finalidad analizar si el INEN cumple con los requisitos para poder intervenir dentro del mercado, ello de acuerdo al procedimiento establecido por el INDECOPI para analizar este tipo de casos. Además, verificaremos las condiciones en que se prestan los servicios brindados por el INEN a las personas. Mi conclusión, luego de haber analizado a detalle este caso, es que el INEN no posee (i) una ley que autorice la actividad empresarial, y (ii) que el INDECOPI no ha analizado y determinado el mercado relevante de forma adecuada, lo cual genera cambios sustanciales en el análisis de subsidiariedad. Además, no se puede hacer diferenciaciones en las prestaciones de salud, lo cual origina que el servicio se brinde de forma inequitativa. Es por ello que concluyo que el INEN no se encuentra autorizado para realizar actividad empresarial.

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