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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0081-2019/SDCINDECOPICautivo Padilla, Nadia Flor 02 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la problemática sobre si los servicios
veterinarios que son brindados por Veterinarias Municipales configuran
desarrollo de actividad empresarial del Estado y si, de ser el caso, cumple con
los requisitos que la norma constitucional establece para ello. Para ello, se
precisará en el caso materia de la resolución N° 0081-2019/SDC-INDECOPI, la
cual pretende determinar los criterios para definir los supuestos de actividad
empresarial en materia de servicios veterinarios. Siendo el caso que, la discusión
se centrará en la línea divisoria entre aquello que configura actividad empresarial
y aquello que no, desde la perspectiva de los servicios veterinarios y su relación
con la salud. En esa línea, el presente informe hará una revisión de la normativa,
la doctrina y, especialmente, de la jurisprudencia tanto de la autoridad
administrativa como del supremo intérprete de la Constitución. Adicionalmente,
otra arista de la discusión se centrará en las funciones que son asignadas por la
normativa a los gobiernos locales y, específicamente, a la Municipalidad Distrital
denunciada en el presente caso, a fin de determinar si contaba con las facultades
para brindar los servicios veterinarios materia de imputación. En ese sentido, si
bien la resolución materia de análisis resulta acertada en determinados
aspectos, el presente informe planteará algunas críticas sobre los temas a
abordar. / This legal report analyses the problem of whether the veterinary services
provided by Municipal Veterinarians constitute the development of the State's
business activity and whether it comply with the requirements that the
constitutional norm establishes for this purpose. To this end, resolution No. 0081-
2019/SDC-INDECOPI will be specified in the case, which aims to determine the
criteria to define the assumptions of business activity in the field of veterinary
services. Being the case, the discussion will focus on the dividing line between
what constitutes business activity and what does not, from the perspective of
veterinary services and their relationship with health. Along these lines, this report
will review the regulations, doctrine, and, especially, the jurisprudence of the
administrative authority and the supreme interpreter of the Constitution.
Additionally, another aspect of the discussion will focus on the functions assigned
by the regulations to local governments and, specifically, to the District
Municipality reported in the present case, to determine if it had the powers to
provide the veterinary services matter of imputation. In that sense, although the
resolution under analysis is correct in certain aspects, this report will raise some
criticisms about the issues to be addressed.
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Afirmaciones Subjetivas en Publicidad Comparativa en el Perú: ¿Se Deben Permitir? Un Análisis Integral de Conceptos, Historia y RestriccionesRojas Victoria, Geraldine América 11 January 2024 (has links)
El presente artículo aborda críticamente la posición del Instituto Nacional de Defensa del
Consumidor (Indecopi) relacionada a la ilicitud de las afirmaciones subjetivas en
publicidad comparativa en el Perú. De este modo, se plantea que dichas afirmaciones sí
deberían ser permitidas. Para ello, se revisa los principales conceptos sobre publicidad
comercial, tipos y alegaciones publicitarias. Asimismo, se describe la historia de la
regulación de la publicidad comparativa en el Perú. Luego, se analizan las principales
restricciones aplicables a la publicidad simple y comparativa en el Perú. Finalmente, se
presentan los principales argumentos por los cuales sí deberían ser permitidas las
alegaciones de corte subjetivo. / This article critically addresses the position of the National Institute for Consumer
Defense (Indecopi) related to the illegality of subjective claims in comparative
advertising in Peru. Thus, it is suggested that such statements should be allowed. To do
this, the main concepts on commercial advertising, types and advertising claims are
reviewed. Likewise, the history of the regulation of comparative advertising in Peru is
described. Then, the main restrictions applicable to simple and comparative advertising
in Peru are analyzed. Finally, the main arguments are presented for which subjective
allegations should be allowed. / Trabajo académico
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Dejando a nadie contento : análisis sobre la legislación y pronunciamientos del INDECOPI en la protección del derecho de los consumidores en el ámbito del transporte aéreo y su efecto en los operadores del servicioTejeda León, Carlos Alberto 25 March 2015 (has links)
El papel que las aerolíneas juegan en nuestro mundo moderno, a través del
servicio de transporte aéreo civil de personas y bienes, es sumamente relevante:
han auxiliado a reducir los tiempos y las distancias, de modo que los seres
humanos prácticamente ya no concebimos medios más lentos e ineficientes como
alternativas de viaje. Su presencia resulta, a la vez, muy extendida: casi todos los
países del mundo tienen este servicio, de una u otra manera, de modo que desde
hace muchos años ya no se le considera un tipo de transporte esencialmente
exclusivo.
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Sobre exigencia en el criterio de Indecopi: un análisis de la determinación de la alusión inequívocaTorres Ventura, Gladys Ximena 19 April 2024 (has links)
El presente artículo aborda el concepto de la alusión inequívoca, a partir de la
doctrina internacional, la legislatura y la doctrina peruana, debido a la importancia
de su conexión con la competencia desleal y la publicidad alusiva, la cual radica
en su papel como requisito para establecer actos de denigración y/o
comparación y equiparación indebida. A pesar de su relativa falta de atención,
considero necesario explorar este concepto mediante la recopilación de doctrina
y jurisprudencia con el objetivo de generar debate sobre su aplicación en el Perú,
en relación con el criterio establecido por parte de Indecopi.
En ese sentido, este artículo se estructura en tres secciones: la primera analiza
los conceptos clave a fin de determinar cuál es el objetivo de la alusión
inequívoca, la segunda revisa casos específicos tratados por Indecopi y evalúa
la correspondencia entre el criterio establecido por dicha entidad y el objetivo de
la alusión inequívoca, y la tercera se centra en los mercados oligopólicos,
ilustrando con ejemplos del mercado de las telecomunicaciones que en dichos
contextos tal criterio es sobre exigente.
Siendo así, revelo mi posición, no conforme con el criterio de Indecopi para
determinar la alusión inequívoca, al considerarlo sobre exigente para los
mercados oligopólicos, lo que puede conllevar a la falta de detección y sanción
de conductas infractoras. Así pues, el propósito del artículo es plantear esta
disconformidad con la esperanza de fomentar la evaluación y posible cambio,
puesto que no se puede utilizar el mismo criterio en mercados tan diferenciados,
especialmente cuando uno de los requisitos para su determinación es la propia
estructura del mercado. / This article addresses the concept of unequivocal allusion, drawing from
international doctrine, legislation, and Peruvian doctrine, due to its significance in
connection with unfair competition and allusive advertising. The latter plays a
crucial role as a requirement for establishing acts of denigration and/or undue
comparison and equalization. Despite its relative lack of attention, I consider it
necessary to explore this concept by compiling doctrine and jurisprudence with
the aim of generating debate on its application in Peru, in relation to the criteria
established by Indecopi.
In this regard, the article is structured into three sections: the first analyzes key
concepts to determine the objective of unequivocal allusion, the second reviews
specific cases handled by Indecopi and evaluates the correspondence between
the criteria established by the entity and the objective of unequivocal allusion,
and the third focuses on oligopolistic markets, illustrating with examples from the
telecommunications market that in such contexts, Indecopi's criteria are overly
demanding.
Thus, I disclose my position, disagreeing with Indecopi's criteria for determining
unequivocal allusion, considering it overly demanding for oligopolistic markets,
which may lead to the lack of detection and sanctioning of infringing conduct.
Therefore, the purpose of the article is to raise this disagreement with the hope
of encouraging evaluation and possible change, as the same criteria cannot be
applied in such differentiated markets, especially when one of the requirements
for determination is the market's own structure. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Resolución 0140-2023/SDC-INDECOPIHuerta Hidalgo, Jalia Loana 08 August 2024 (has links)
El presente informe buscar determinar si la empresa Válvulas Panamá cometió
actos de competencia desleal en la modalidad de actos de confusión e infracción
a la cláusula general en contra de Válvulas Perú, toda vez que estaría imitando
su oferta comercial en el mercado, así como habría hecho uso del personal de
dicha empresa para mejorar su posición competitiva. Para arribar a una
respuesta, se ha explorado, por un lado, el marco doctrinario de los actos de
confusión, así como los efectos de posibles conductas desleales realizadas en
el extranjero que puedan tener incidencia en el territorio peruano. Asimismo,
surgieron cuestionamientos respecto de las competencias de la Comisión de
Signos Distintivos y la Comisión de Fiscalización de la Competencia desleal para
conocer actos de confusión en los que se encuentran involucrados bienes
intelectuales. En lo que respecta a la infracción de la cláusula general, se analizó
si la conducta desplegada por Válvulas Panamá cumplía con lo dispuesto en la
norma para que proceda la configuración de este tipo infractor. Y, de ser el caso,
correspondía determinar si la Resolución 0140-2023/SDC-INDECOPI se
encontraba incursa en alguna causal de nulidad. Para dar respuesta a todas las
interrogantes surgidas, se recurrió a diferentes fuentes académicas sobre la
materia, así como doctrina pertinente emitida por la Sala de la Defensa de la
Competencia Desleal. Fue así como se concluyó que efectivamente sí se habría
incurrido en actos de competencia desleal en contra de Válvulas Perú. / This report determines whether the company Válvulas Panamá committed acts
of unfair competition in the form of acts of confusion and infringement of the
general clause against Válvulas Perú, since it would be imitating its commercial
offer in the market, as well as having made use of the company's personnel to
improve its competitive position. To arrive at an answer, it has been explored, on
the one hand, the doctrinal framework of the acts of confusion, as well as the
effects of possible unfair conduct carried out abroad that may have an impact on
the Peruvian territory. Likewise, questions were raised regarding the
competences of the Commission of Distinctive Signs and the Commission for the
Control of Unfair Competition to hear acts of confusion involving intellectual
property. Regarding the infringement of general clause, it was analyzed whether
the conduct deployed by Válvulas Panamá complied with the provisions of the
rule to proceed with this type of infringement. And, if so, it was necessary to
determine whether the Resolution 0140-2023/SDC-INDECOPI was incurred in
any grounds for invalidity. In order to answer all the questions that arose, different
academic sources on the matter were consulted, as well as the relevant doctrine
issued by the Chamber for the Defense of Unfair Competition. Thus, it was
concluded that indeed there had been acts of unfair competition against Válvulas
Perú.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0123-2023/SDC-INDECOPISerrano Cadillo, Romina Valeska 08 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0123-2023/SDC- INDECOPI
emitida por la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi, que resolvió en segunda
instancia la denuncia interpuesta en contra de la empresa Aquatec Ventures S.A.C. por
la presunta comisión de dos actos de competencia desleal en la publicidad difundida
sobre su servicio “sostenible” de arrendamiento de máquinas de purificación de agua de
cañería. Por un lado, concluyendo que la denunciada incurrió en actos de engaño sobre
la naturaleza del producto ofertado y, por otro lado, declarando infundada la denuncia
por actos de engaño sobre la característica de sostenibilidad de este, considerándola
acreditada.
En ese sentido, con la investigación realizada a la luz de la principal normativa y
jurisprudencia aplicable, así como doctrina nacional y extranjera relevante,
demostraremos que, de la interpretación integral y superficial de la publicidad, y la
aplicación de los principios de veracidad y sustanciación previa a esta, Aquatec incurrió
en actos de engaño tanto sobre la naturaleza del producto ofertado como de la
característica de sostenibilidad de este, y sus efectos en el mercado. Asimismo, en el
presente informe se han evaluado temas referidos a la oralidad en el procedimiento
administrativo y la imposición de sanciones y medidas correctivas. / This legal report analyzes Resolution No. 0123-2023/SDC- INDECOPI issued by the
Competition Defense Chamber of Indecopi, which resolved in the second instance the
complaint filed against Aquatec Ventures S.A.C. for the alleged commission of two unfair
competition charges in the advertising diffused about its “sustainable” tap water
purification machine rental service. On one hand, concluding that the defendant
committed acts of deception regarding the nature of the product offered and, on the other
hand, declaring the complaint for acts of deception regarding the sustainability
characteristic to be unfounded, considering it proven.
In that sense, with the investigation carried out in light of the main applicable regulations
and jurisprudence, as well as relevant national and foreign doctrine, we will demonstrate
that from the comprehensive and superficial interpretation of advertising, and the
application of the principles of truthfulness and prior substantiation to it, Aquatec
committed acts of deception regarding both the nature of the product offered and its
sustainability characteristics, and its effects on the market. Likewise, this report has
evaluated issues related to orality in the administrative procedure and the imposition of
sanctions and corrective measures.
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Informe sobre Expediente No. 154-2008/CCDSaavedra Valdivia, Eduard Yermain 04 August 2021 (has links)
En los últimos años, el INDECOPI ha conocido y se ha pronunciado, de oficio o por denuncia de
parte, sobre las actividades empresariales desarrolladas por determinadas Entidades del Estado.
Debido a que muchas de estas, usando los recursos económicos del Estado y la infraestructura
pública, entran a competir en un determinado mercado y afectan la libre competencia.
De ahí se deriva la relevancia de analizar este tipo de casos. De acuerdo al modelo económico
adoptado por la Constitución de 1993 (economía social de mercado), se determinó que la libre
competencia es el mejor sistema económico para el Perú, pero admite la intervención del Estado
en determinados supuestos.
El artículo 60 de la Constitución Política del Perú de 1993 reguló los requisitos para que las
Entidades del Estado puedan intervenir en un mercado (estos requisitos son autorización por ley
expresa, la actividad tiene que ser subsidiaria y ser una actividad de interés público). Con la
entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 1044, Ley de Represión de la Competencia
Desleal (en adelante, “Ley de Competencia Desleal”), la actividad empresarial de Estado sin
cumplir con los requisitos dispuestos por el artículo 60 de la Constitución de 1993 es sancionada.
El Estado no puede utilizar infraestructura pública para realizar actividad empresarial, sin que
medie un procedimiento transparente y se cumpla con lo dispuesto por la Constitución. Lo
contrario significaría afectar el proceso competitivo y usar de forma ilegal los recursos del Estado.
El presente Informe tiene como finalidad analizar si el INEN cumple con los requisitos para poder
intervenir dentro del mercado, ello de acuerdo al procedimiento establecido por el INDECOPI
para analizar este tipo de casos. Además, verificaremos las condiciones en que se prestan los
servicios brindados por el INEN a las personas.
Mi conclusión, luego de haber analizado a detalle este caso, es que el INEN no posee (i) una ley
que autorice la actividad empresarial, y (ii) que el INDECOPI no ha analizado y determinado el
mercado relevante de forma adecuada, lo cual genera cambios sustanciales en el análisis de
subsidiariedad. Además, no se puede hacer diferenciaciones en las prestaciones de salud, lo cual
origina que el servicio se brinde de forma inequitativa. Es por ello que concluyo que el INEN no
se encuentra autorizado para realizar actividad empresarial.
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