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Evaluación de razonabilidad de despido como sanción en el análisis de despidos fraudulentos

Chávez Mendoza, Lucia Elizabeth 18 August 2021 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar el despido fraudulento considerándose como un tipo de despido desarrollado por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se evalúa si nos encontrábamos frente a un despido fraudulento hechos que sustentan la imputación, son inexistentes, falsos o incluso fabricados por el propio empleador y si en este tipo de despido evaluar el cuestionamiento del demandante referido a la (i) la falta de gravedad de los hechos; y, (ii) la falta de razonabilidad y proporcionalidad de la sanción, en relación a las causales objetivas de incumplimiento de reglamento interno de trabajo y el faltamiento de palabra verbal en agravio de otros trabajadores. Se concluye que no se trató de un despido fraudulento; sin embargo, se es posible identificar la existencia un despido arbitrario en el subtipo de injustificado. Asimismo, se evaluará la actuación de la Corte Suprema en procesos abreviados, donde la reposición se debe presentar como pretensión principal única, y la posibilidad de un pronunciamiento de fondo sobre el despido distinto injustificado, en priorización del principio de oralidad cuando las demandas adolecen de claridad en la motivación. Se concluye que la Corte Suprema pudo advertir una vulneración al debido proceso toda vez que el juez de primera instancia debió priorizar el esclarecimiento de las pretensiones de la demanda en la audiencia única, y que, al no poder efectuarse una valoración de fondo sobre pretensiones subordinadas en el proceso abreviado, correspondía a la Corte realizar la reconducción del caso a la vía ordinaria para evitar la vulneración al debido proceso
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Sentencia de vista recaída en el Expediente Nº 02613-2015-0-1001-JR-LA-01

Villena Fernández Baca, Carmen Vianka 17 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad brindar alcances respecto a las reglas de la responsabilidad aplicables a los casos en los que se discuta la responsabilidad civil del empleador como consecuencia de un accidente de trabajo. El análisis se ha realizado a partir del estudio de los fundamentos emitidos por la Primera Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en un proceso ordinario laboral, tramitado bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cabe indicar que, en el presente informe, se ha parido del estudio de la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, y, de manera supletoria, del Código Civil. De igual manera, hemos recogido diferentes posturas en la doctrina y en la jurisprudencia peruana, para efectos de sentar postura respecto a tres problemas jurídicos identificados, a saber, la teoría de responsabilidad aplicable a las pretensiones de responsabilidad civil por accidente de trabajo, la configuración de un nexo causal eximente de responsabilidad y los requisitos para ello; y, el resarcimiento de daños no patrimoniales
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Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente No. 00677-2016-PA/TC

Sarmiento Quiñones, Adriana 08 August 2022 (has links)
La finalidad del presente informe jurídico es analizar la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente STC 00677-2016-PA/TC, referida al proceso llevado a cabo por Tania Luz Mery Bravo Quispe contra el Gobierno Regional de Moquegua, quien a través de una demanda de amparo pretende que se le reponga a su anterior puesto de trabajo al haber sido despedida por encontrarse embarazada, señalando ser víctima de discriminación. La sentencia a ser analizada determinó los períodos en el que la madre trabajadora cuenta con la protección especial que su condición le brinda, estableciendo una suerte de acción afirmativa, con el fin de proteger sin prueba en contrario respecto al despido de toda mujer en estado de gestación y dentro del periodo de lactancia. En ese sentido, el informe desarrollará el contenido del derecho al trabajo, con especial énfasis en la madre trabajadora, así como el derecho a la igualdad y no discriminación en aplicación a lo solicitado por la demandante. Así mismo, se analizará el alcance de la decisión del Tribunal, en específico si está prohibiendo en su totalidad el despido de la mujer gestante y madre trabajadora. Por último, se examinará si la vía constitucional era la más adecuada para resolver la controversia, o si en todo caso la vía laboral podía ser igual de satisfactoria. Con todo lo anterior, se concluirá que la ampliación de la protección especial a la mujer gestante se encuentra justificada, y que en el caso en específico el Tribunal Constitucional actuó de forma correcta al declarar fundada la demanda, pero que en una instancia distinta la decisión debió ser lo opuesto. / The purpose of this legal report is to analyze the ruling of the Constitutional Court issued in the file STC 00677-2016-PA/TC, referring to the process carried out by Tania Luz Mery Bravo Quispe against the Regional Government of Moquegua, who through an amparo claim seeks to be reinstated to her previous job after having been fired for being pregnant, stating that she is a victim of discrimination. The sentence to be analyzed determined the periods in which the working mother has the special protection that her condition offers her, establishing a kind of affirmative action, in order to protect without evidence to the contrary regarding the dismissal of any woman in a state of pregnancy and during lactation. In this sense, the report will develop the content of the right to work, with special emphasis on the working mother, as well as the right to equality and non-discrimination in application of what was requested by the plaintiff. Likewise, the scope of the Court's decision will be analyzed, specifically if it is a full prohibition to dismiss pregnant women and working mothers. Finally, it will be examined whether the constitutional route was the most appropriate to resolve the dispute, or if in any case the labor law could be just as satisfactory. With all of the above, it will be concluded that the extension of special protection to pregnant women is justified, and that in the specific case the Constitutional Court acted correctly by declaring the claim founded, but that in a different instance the decision should have been the opposite.
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Informe sobre la Resolución Nº 717-2022-SUNAFIL/TFLPrimera Sala

Tarazona Sánchez, Grecia Alexandra 08 August 2023 (has links)
El presente informe versa sobre el análisis efectuado por el Tribunal de Fiscalización Laboral en la Resolución 717-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, para determinar si el esquirolaje interno se encuentra, o no, dentro del alcance del supuesto que establece el artículo 25.9 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, que atribuye la comisión de una infracción muy grave cuando se configura la realización de actos que vulneren el libre ejercicio del derecho a la huelga. Al respecto, el Tribunal sostiene que no es posible subsumir al esquirolaje interno pues no se encuentra enumerado de forma expresa dentro de los 3 supuestos ejemplificativos que contiene la norma, razón por la que no puede ser sancionada sin vulnerar, con ello, los principios de tipicidad y legalidad del derecho administrativo sancionador. No nos encontramos de acuerdo con esta premisa, pues lo cierto es que el Tribunal Constitucional ya ha establecido la validez de las cláusulas de interpretación analógica, mientras que la Casación Previsional Nº 3480-2014 señala de forma expresa que el esquirolaje interno sí se encuentra previsto en el artículo 25.9 del RLGIT. En adición a ello, y más relevante aún, al tratarse de un derecho constitucional con reconocimiento internacional, debió priorizarse la interpretación de la referida norma de acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional e internacional. El mismo que nos lleva a concluir que el derecho a la huelga únicamente encontrará efectiva protección si todas y cada una de las conductas que pretendan vulnerarla se encuentran sancionadas por el artículo 25.9 del RLGIT. / the present report treats about the analysis carried out by the Labor Inspection Court in Resolution 717-2022-SUNAFIL/TFL-First Chamber, to determine whether or not internal scabbing is within the scope of the assumption established in Article 25.9 of the Regulations of the General Labor Inspection Law, which attributes the commission of a very serious infraction when acts that violate the free exercise of the right to strike are committed. In this regard, the Court holds that it is not possible to subsume internal scabbing because it is not expressly listed within the 3 exemplary cases contained in the regulation, which is why it cannot be sanctioned without violating the principles of typicity and legality of the administrative sanctioning law. We do not agree with this premise, since the truth is that the Constitutional Court has already established the validity of the analogical interpretation clauses, while Previsional Cassation No. 3480-2014 expressly states that internal scabbing is indeed provided for in Article 25.9 of the RLGIT. In addition to this, and even more relevant, since it is a constitutional right with international recognition, the interpretation of the referred norm in accordance with the national and international legal system should have been prioritized. This leads us to conclude that the right to strike will only find effective protection if each and every one of the conducts intended to violate it are sanctioned by article 25.9 of the RLGIT.
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La responsabilidad civil por accidentes de trabajo y el problema de la prueba

Benedetti Ortega, Carla Antonieta 15 March 2021 (has links)
De acuerdo a nuestro sistema legal, la inejecución de las obligaciones impuestas a los empleadores en virtud a deber de prevención, traerá como consecuencia que éste le abone al trabajador la respectiva indemnización por daños y perjuicios cuando dicha inejecución genere un daño. En la actualidad, de manera específica en los procesos en los que se resuelven demandas de indemnización por daños y perjuicios por accidente de trabajo, la Corte Suprema ha determinado que la responsabilidad del empleador califica como una de tipo objetiva, además de entender que la obligación del pago de la indemnización surge de manera inmediata a que el accidente sea calificado como laboral. Estos criterios no consideran un adecuado análisis de la responsabilidad civil patronal, es por ello que, el presente trabajo inicia con el análisis de los elementos de la responsabilidad civil para estos casos, determinando si es que existe una lectura indebida de las normas materiales que regulan el deber de prevención del empleador. Asimismo, identifica el concepto de accidente de trabajo y su relación con los elementos de la responsabilidad civil. El análisis de la jurisprudencia, y la aplicación del método doctrinal teórico permite concluir que existe un problema de prueba y una nula aplicación de las consecuencias que se originarían cuando se incumple con la carga de la prueba. Ello genera un contexto adverso en la dinámica de los procesos judiciales laborales en esta materia, tanto para las partes como para los propios juzgadores quiénes al resolver el conflicto de intereses limitan sus razonamientos, pese a que, deberían estar en condiciones de emitir un fallo en base a la certeza que tendrían que adquirir a través de los medios de prueba aportados por las partes o la aplicación de las presunciones. De este modo, se presenta una conclusión propositiva de parte de la graduanda que se erige en razón de aportar una perspectiva particular de cara a la visión que se tiene en el ámbito jurisdiccional sobre la naturaleza jurídica del deber de prevención, sobre todo, por la revaloración del derecho que también tienen las empresas en su condición de empleadores a probar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo
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El Grupo de Empresa Laboral: Aspectos individuales y colectivos

Espinoza Suarez, Maria Grazzia 22 January 2024 (has links)
Los grupos de empresas constituyen una realidad empresarial que se ha consolidado como una de las figuras jurídicas que conforman el fenómeno de concentración empresarial, cuyo auge ha ido incrementándose hasta la actualidad. Esta forma de organización empresarial se caracteriza por estar conformada por diversos sujetos jurídicos, formalmente independientes y revestidos de personalidad jurídica propia que, no obstante, actúan bajo una dirección económica común. Pues bien, pese a que se trata de un fenómeno cotidiano en nuestros días, la legislación peruana no ha previsto una norma especial que regule a los grupos de empresas en todos sus aspectos; en efecto, si bien se cuenta con normas sectoriales que los regulan de acuerdo con su naturaleza, en materia laboral opera una laguna jurídica. Precisamente, debido a la ausencia normativa antes expuesta, la jurisprudencia ha tomado un rol protagónico en lo que respecta a la solución de controversias que se presentan en el marco de este fenómeno empresarial. En virtud de lo anterior, el presente trabajo de investigación tiene como punto de partida la laguna jurídica existente respecto a los grupos de empresas en el Derecho del Trabajo peruano (ámbito individual y colectivo). En adición, se aspira abordar los principales problemas jurídicos advertidos de índole individual y colectivo en el marco de los grupos de empresas; así como efectuar una sana crítica sobre los fallos judiciales que abordan estos últimos. Ello, con el propósito genuino de brindar una solución pragmática ─y esperamos acertada─ que pueda ser bien recibida por nuestros operadores de justicia. / Groups of companies constitute a business reality that has been consolidated as one of the legal figures that make up the phenomenon of business concentration, whose boom has been increasing until today. This form of business organization is characterized by being made up of various legal subjects, formally independent and covered with their own legal personality that, however, act under a common economic direction. Even though it is a daily phenomenon in our days, Peruvian legislation has not provided for a special law that regulates groups of companies in all their aspects; indeed, although there are sectoral rules that regulate them according to their nature, in labor matters there is a legal gap. Precisely, due to the absence of regulations described above, jurisprudence has taken a leading role in the resolution of disputes that arise within the framework of this business phenomenon. By virtue of the above, the present research work has as its starting point the existing legal gap with respect to groups of companies in Peruvian Labor Law (individual and collective scope). In addition, the aim is to address the main legal problems identified as individuals and collectives in the context of group of companies; as well as to make a healthy criticism of the judicial decisions issued. This, with the genuine purpose of providing a pragmatic solution –and we hope wise– that can be well received by our justice operators.

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