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El derecho transnacional del deporte como mecanismo para reducir la desigualdad de género en el deporte / O direito desportivo transnacional como mecanismo de redução da desigualdade de gênero no desporto

Lourenço, Bruna Borges Moreira 13 September 2023 (has links)
Esta tesis tiene como objetivo institucional la obtención del título de Doctor por el Curso de Doctorado en Ciencias Jurídicas de la Universidad del Vale do Itajaí con doble titulación por la Universidad de Alicante (España). El objetivo de la investigación es analizar si la transnacionalidad del derecho deportivo es una forma de reducir la desigualdad de género en el deporte. Esto, debido a que, debido a una construcción sociocultural, las mujeres enfrentan las más diversas formas de desigualdad en relación a los hombres, reflejándose en todos los ámbitos de la sociedad, como en el deportivo. El establecimiento de la igualdad de género está directamente relacionado con la sostenibilidad, porque para que una sociedad sea sostenible debe ser justa e igualitaria. En este sentido, la investigación se dividió en cuatro argumentos principales, el primero de los cuales discutirá las transformaciones del Estado para comprender el posible debilitamiento del Estado Constitucional Moderno y la necesidad de superar el concepto clásico de Soberanía, allanando el camino para una realidad transnacional; el segundo verificará la ocurrencia de la transnacionalidad del derecho deportivo; el tercero entenderá la igualdad de género como un derecho humano fundamental para lograr la sostenibilidad social; y finalmente, el cuarto investigará los mecanismos implementados por la ley deportiva transnacional para reducir la desigualdad de género en esta materia. El problema que se plantea es si el derecho deportivo transnacional es una forma de reducir las desigualdades de género en el deporte a través de la incidencia de sus normas y lineamientos a nivel interno en los Estados. Para ello, se planteó la hipótesis de que la ley deportiva transnacional ha sido un instrumento importante para reducir la desigualdad de género en el deporte a través de las instituciones deportivas que crean sus normas y políticas y deben ser implementadas internamente por los Estados, los clubes y todos los relacionados con el deporte. La actuación del derecho deportivo actúa como un derecho transnacional con fuerza contundente, lo que significa un mecanismo importante para promover la dimensión social de la sostenibilidad. En cuanto a la metodología utilizada, se realizó una búsqueda bibliográfica sobre los temas de sustentabilidad, derecho deportivo, transanalidad e igualdad de género; se analizaron documentos sobre las acciones de organizaciones deportivas transnacionales a favor de la igualdad de género, principalmente en Brasil y España, con vistas a la realización de un doctorado en instituciones de ambos países; Se utilizaron técnicas de referente, categoría, listado de obras y conceptos operativos.
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A Transnacionalização do Direito como forma de miscigenação dos Sistemas Jurídicos: uma recomposição dos fundamentos do Direito

Della Bona, Carla 13 July 2021 (has links)
El tema de la presente tesis es el del mestizaje de los sistemas de Derecho de Common Law y de Civil Law como elemento catalizador de la transnacionalización del Derecho, así como la recomposición de los fundamentos del Derecho, fruto de tal transnacionalización. El objetivo institucional de la misma es la obtención del título de doctor por el Curso de Doctorado en Ciencias jurídicas de la Universidade do Vale do Itajaí (UNIVALI), en el área “Constitucionalismo, Transnacionalidad y Producción de Derecho”, vinculándose a la línea de investigación “Estado, Transnacionalidad y Sostenibilidad”, con doble titulación por la Universidad de Alicante –UA/España - en la línea de investigación “Filosofía del Derecho”. El objetivo científico de esta tesis es la reformulación de los fundamentos, estructura y conceptos del Derecho ante el reto del Derecho transnacional, fruto del mestizaje de sistemas de Derecho, estableciéndose como objetivo general analizar la transnacionalización del Derecho como producto del mestizaje entre dos sistemas específicos, el Common Law y el Civil Law, y los posibles impactos de este mestizaje en la recomposición de los fundamentos del Derecho. Los objetivos específicos son: a) examinar el origen y formación del Derecho inglés y su influencia en la actualidad; b) verificar la proximidad, el intercambio y la armonización entre los sistemas de Common Law y de Civil Law; c) analizar el origen y la formación del Civil Law y la posible armonización de derechos; d) verificar la formación del Derecho posmoderno y el surgimiento de un Derecho transnacioanalizado; e) estudiar la influencia del Derecho inglés en países como Canadá, India y países africanos que se utilizan el Common Law y otros sistemas de Derecho; f) estudiar la influencia del Derecho inglés en el Derecho norteamericano; g) verificar la influencia del Derecho inglés en la construcción del Derecho transnacional; h) examinar la posibilidad de que países y entes supranacionales convivan con esos dos sistemas de Derecho y las alternativas encontradas para superar los problemas transnacionales; i) profundizar en los estudios sobre la importancia de un Derecho transnacional para la resolución de conflictos que implican a actores internacionales y transnacionales; j) identificar cómo el Derecho inglés y, posiblemente, el protagonismo judicial pueden contribuir a la transnacionalización del Derecho; y, por fin, k) analizar la influencia de la transnacionalidad en la recomposición, estructura y conceptos de los fundamentos jurídicos del Derecho. Para atender estos objetivos el trabajo se ha dividido en tres partes, en la primera se presentan los sistemas de Derecho del Common Law y Civil Law, así como el Derecho posmoderno, o sea, la cuestión del mestizaje propiamente dicha; en la segunda se analiza la influencia del Common Law en la formación del Derecho transnacional, en tanto que sistema de Derecho más flexible y adaptable a los cambios del Derecho posmoderno; y, la tercera y última parte, que trata de la transnacionalización del Derecho y la recomposición de los fundamentos del Derecho, con la creación de un eje trinario de Derecho y un nuevo orden jurídico mundial. La conclusión recupera los puntos cruciales, con énfasis en la afirmación de las hipótesis de la investigación propuesta. El Derecho inglés (Common Law) como catalizador del Civil Law contribuyó al desarrollo de un Derecho transnacional capaz de recomponer los fundamentos del Derecho, dando lugar a la creación de un nuevo eje y orden jurídico mundial. En lo que concerniente a la metodología, debe constarse que los resultados expuestos en esa tesis se han obtenido empleando una base lógica inductiva.
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Transnational Law or the Need to Overcome Monism and Dualism in Legal Theory / Derecho transnacional o la necesidad de superar el monismo y el dualismo en la teoría jurídica

Turégano Mansilla, Isabel 10 April 2018 (has links)
Law in a transnational context loses the features with which it has been configured since modernity. Classic distinctions between national and international, public and private, substantive and procedural, legal and political, social and legal lose their rigidity in a context of norms, orders, institutions and agents that interact and overlap in diverse and changing ways. A legal theory capable of explaining and evaluating this overflowing legal reality is lacking. A theoretical reflection on international law is not enough. Transnationalism appeals to a plurality of legal actors and spaces that interact to create, interpret and enforce rules which they mutually identify with. Transnationalism does not only refer to the global or the supranational, but to the interdependence of both with the local and transit spaces. And this translates into a change of focus or perspective that is required of each legal agent: management of the interrelation between diverse orders aimed to create spaces for approach, contestation and innovation is a normative requirement and it must be weighed against other legal values. Concepts to which legal theory must focus its attention change their meaning. The work refers to four of those concepts that I consider essential: social group or community, relations between orders and interlegality, coercion and normative diversity. The last part of the paper addresses the way in which these necessary changes have a place in our theories elaborated from the perspective of the great traditions of legal philosophy. What legal positivism, socio-legal theory and legal realism have in common might be an appropriate approach to the review of our discipline. / El derecho, en un contexto transnacional, pierde los rasgos con los que lo hemos configurado desde la modernidad. Las clásicas distinciones entre lo nacional y lo internacional, lo público y lo privado, lo sustantivo y lo procedimental, lo jurídico y lo político, lo social y lo jurídico abandonan su rigidez en un entramado de normas, órdenes, instituciones y agentes que se entremezclan y superponen de modos diversos y cambiantes. Carecemos de una teoría del derecho capaz de explicar y evaluar esta realidad jurídica desbordante. No es suficiente una reflexión teórica sobre el derecho internacional. Lo transnacional apela a una pluralidad de actores y de espacios jurídicos que interaccionan para crear, interpretar y ejecutar normas con las que se identifican mutuamente. Lo transnacional no se refiere solo a lo global o a lo supranacional, sino a la interdependencia de ambos con lo local y los espacios de tránsito. Ello se traduce en un cambio de enfoque o de perspectiva que se exige a cada operador jurídico: la gestión de la interrelación entre órdenes diversos orientada a la creación de espacios para la aproximación, la contestación y la innovación es una exigencia normativa y debe ser ponderada con el resto de valores jurídicos. A partir de ahí cambia el significado de los conceptos a los que ha de orientar su atención la teoría jurídica. El trabajo se refiere a cuatro de dichos conceptos que considero esenciales: grupo social o comunidad, relaciones entre órdenes e interlegalidad, coerción y diversidad normativa. El modo en que los cambios necesarios tienen cabida en la teoría elaborada desde las grandes tradiciones de la iusfilosofía es abordado en la última parte del trabajo, considerando que lo que tienen en común el positivismo jurídico, la teoría socio-jurídica y el realismo jurídico puede ser una aproximación adecuada para la revisión de nuestra disciplina.

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