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Política agraria de la República ArgentinaDiaz Cisneros, César January 1912 (has links)
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MERCOSUR: ámbito legislativoRibeiro, João Batista Poersch January 2002 (has links)
Sumario: Marco comercial y jurídico; El contrato mercantil internacional; Normativa vigente en el Mercosur; Derecho comparado. / Acceso al <a href="http://163.10.48.80:9090/bases/tesis/imagen/Indice%20T-266.pdf">Índice</a>.
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Supuestos de modificación de precio en los contratos de obra públicaDextre Solis, Luis Arturo 02 February 2018 (has links)
El precio constituye la condición de mayor complejidad para las partes en los contratos
de obra pública, asumiendo el Estado y el contratista distintas obligaciones y riesgos
según el sistema de contratación o modalidad de ejecución contractual por la que se
haya optado. Si bien en el aspecto teórico y doctrinario existen condiciones que justifican
la modificación del precio en los contratos de obra, los únicos supuestos que serán
atendibles en sede administrativa son los previstos en nuestra normativa de contratación
pública (típicos); es decir: (i) las prestaciones adicionales de obra y presupuestos
deductivos, (ii) el sistema de reajuste de precios, (iii) los mayores gastos generales por
ampliación de plazo, (iv) los mayores metrados de obra en contratos a precios unitarios
y (v) los intereses por retraso en el inicio de obra o en el pago de valorizaciones. No
obstante, se advierten diversos problemas en su aplicación, como la carencia de una
metodología y criterios uniformes para la evaluación de prestaciones adicionales;
ausencia de normativa específica que regule las condiciones, requisitos y
procedimientos para la aprobación de reducciones de obra o presupuestos deductivos;
la indefinición del trámite de los mayores metrados superiores al 15% del monto del
contratado, entre otros que detallamos en nuestra investigación.
Adicionalmente a los supuestos regulados (típicos), concurren otras circunstancias que
justifican la modificación del precio en los contratos de obra, tales como: (i) los
sobrecostos por mayor permanencia de equipos en obra, (ii) la disminución de los
rendimientos por situaciones imprevisibles, (iii) las partidas de ejecución continua no
susceptibles de ser paralizadas y, (iv) los hechos imprevisibles y mayores metrados en
los contratos sujetos a modalidad que incluyen la elaboración del expediente técnico. Si
bien dichos supuestos no tienen acogida en sede administrativa, ello no obsta para que
sean reclamados en otros fueros, en cuyo caso el Estado no solo se verá obligado a
reconocer los mayores costos de la obra (sin que el monto se encuentre necesariamente
justificado), sino que deberá asumir las costas y costos del proceso, perjudicándose
además el normal desarrollo de la obra. En torno a estos supuestos, analizamos los
aspectos que deberían considerarse para su regulación.
Como corolario de nuestro trabajo, proponemos adoptar un nuevo enfoque respecto la
modificación del precio en los contratos de obra, que privilegie el logro de los objetivos
y metas, ampliando los supuestos de hecho y estableciendo mecanismos de control
basados en incentivos, evitando márgenes de previsión que generen controversias entre
las partes. De la mano con ello, se deberá mejorar la calidad de los estudios y
expedientes técnicos, incorporar instrumentos que orienten la asignación de riesgos a
la parte que se encuentre en mejor posición para gestionarlos, así como fortalecer los
órganos encargados de la administración de los contratos y el personal que en ellos
laboran. / Tesis
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Mecanismos de solución de controversias comerciales de Latinoamérica : avances y desafíos hacia una mayor judicializaciónSalles Almeida, Juliana January 2009 (has links)
Doctor en derecho / Los mecanismos de solución de controversias (abreviados en este estudio con la sigla
MSC) representan el foro que decide las demandas comerciales interpuestas por los
Gobiernos (y en algunos casos los privados) que se ven perjudicados por el
incumplimiento de la normativa jurídica comercial acordada entre un grupo de países.
Estos foros congregan métodos no jurisdiccionales (negociaciones) y jurisdiccionales
(arbitraje, tribunales) de solución de controversias 1 . Los MSC son vitales para
persuadir a los países a cumplir la normativa de integración acordada y, por esto, para
conferir estabilidad a los bloques de integración; además de llenar los vacíos de esta
normativa y solucionar ambigüedades jurídicas.2 Cumplen una función clave ya que
posibilitan que los Gobiernos recurran a una tercera instancia imparcial que resuelva
las diferencias contribuyendo, de esta forma, a evitar que un conflicto comercial se
politice y se vea afectado por otras consideraciones no comerciales que pueden
eventualmente agravar la disputa.
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El levantamiento del velo societario frente al abuso del derecho y el fraude a la ley: Sus implicancias en el PerúCueva Chauca, Bacilio Luciano January 2015 (has links)
El documento digital no refiere asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Analiza la implicancia del levantamiento del velo en el ordenamiento jurídico peruano, teniendo en cuenta el aumento constante de los casos de abuso de la forma y de la responsabilidad de la persona jurídica, y los problemas socio-económicos y jurídicos que se generan a consecuencia de su extensiva proliferación. Se considera de índole obligatorio realizar una investigación de esta envergadura, ya que sólo mediante un análisis conjunto de derecho comparado y positivo, se podrá dar luces sobre la naturaleza jurídica de esta institución, lo cual al final permitirá dilucidar una posible solución que se adecue a nuestra realidad social. / Tesis
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Aplicación jurisprudencial de la ley no. 19.971, sobre arbitraje comercial internaiconalBorbarán Ramos, Marcelo Francisco January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El objetivo de este trabajo es recoger la información contenida en cada uno de los fallos dictados en los ocho años que la Ley N° 19.971 ha tenido vigencia; ordenar e identificar elementos jurídicos relevantes. Para así tener una visión armónica de los criterios con que se ha resuelto sobre esta materia y poder identificar las directrices con que se aplica e interpreta la ley. Siendo esta presentación una fuente de información actualizada y esquematizada para quien desee profundizar sus conocimientos sobre aplicación práctica de la Ley N° 19.971, o sus elementos, características o problemáticas en profundidad
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Las cláusulas paraguas en los acuerdos internacionales de inversionesMonardes V., Rodrigo January 2009 (has links)
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo tiene por objeto analizar, desde el prisma del Derecho Internacional de las inversiones, el alcance y los efectos de las denominadas cláusulas paraguas, las cuales se encuentran comúnmente en los Acuerdos Internacionales de Inversión, sean Acuerdos para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones o sean capítulos de inversiones en el marco de un Tratado de Libre Comercio.
En primer lugar, se hará una pequeña introducción sobre los Acuerdos Internacionales de Inversión, a través de la mención de los distintos instrumentos multilaterales y bilaterales más trascendentes en materia de inversiones, tales como el Convenio de Washington que crea el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y las Reglas de Arbitraje establecidas bajo el amparo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. Fundamentalmente, se hará un análisis respecto a los Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones y los Capítulos de Inversiones en el marco de un TLC, revisando sus principales disciplinas y normas de protección para la inversión extranjera, haciendo énfasis en una característica especial de esta clase de acuerdos, la que se refiere a la posibilidad que los Estados Partes en el Acuerdo le otorguen al inversionista extranjero la facultad de recurrir ante tribunales locales o internacionales, en caso de violación de alguna de las normas contenidas en dicho Acuerdo. A través de esta disposición o facultad, se altera la regla general, en el ámbito del Derecho Internacional, que consiste en que las controversias se suscitan entre Estados, quienes son los principales sujetos de derecho internacional.
En el segundo capítulo se analizará la historia y evolución de dicha cláusula en el Derecho Internacional de las Inversiones, para lo cual se revisarán distintos instrumentos internacionales que han incorporado a las cláusulas paraguas entre sus disposiciones. Además, se examinarán las distintas opiniones legales sobre las cláusulas paraguas, de varios autores conocidos en la doctrina internacional. Entonces, trataré de establecer los elementos comunes de dichas opiniones tomando en consideración los orígenes de la cláusula y su evolución.
En el tercer capítulo, se hará una revisión de las distintas redacciones que tiene y ha tenido esta cláusula y de cómo estas redacciones distintas pueden, potencialmente, alterar la interpretación de las mismas, afectando su alcance y efectos. Especial atención tendrán los Acuerdos de Inversión suscritos por Chile, sean Acuerdos para la Promoción y Protección de Inversiones o Capítulos de Inversión insertados en el marco de un Tratado de Libre Comercio. Al respecto se tratará de identificar la existencia o no de las cláusulas paraguas en los Acuerdos de inversión suscritos por Chile.
Posteriormente, en el cuarto capítulo, se hará un análisis de la jurisprudencia internacional que ha abordado el tema de las cláusulas paraguas, centrándose en dos casos específicos que pusieron el tema de vuelta en la discusión internacional; estos son, los casos de SGS Societé Generale de Surveillance SA con Pakistán y Filipinas respectivamente. Sin perjuicio de revisar algunos otros laudos arbitrales que se han pronunciado al respecto.
Finalmente, trataré de dar un concepto de la cláusula paraguas y delimitaré su alcance y efectos, analizando la decisión e interpretación efectuada por los tribunales internacionales en los distintos laudos arbitrales, para luego establecer en las conclusiones de la presente memoria la conveniencia o no de incorporar dicha cláusula en los Acuerdos de Inversión suscritos por Chile
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Análisis particular del artículo 5o. de la ley no. 19.971, sobre arbitraje comercial internacionalDomínguez Sales, Rodrigo Andrés, Orizola Goldzveig, Alejandro Ignacio January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria para optar al grado de licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales tiene como objetivo dilucidar el contenido y consecuencias de la aplicación del artículo 5 de la ley N° 19.971, dejando de lado todas aquellas intervenciones de los tribunales nacionales que están claramente enunciadas en la ley, para abordar aquellos temas que presentan mayor grado de dificultad por encontrarse dentro de las facultades de superintendencia de la Corte Suprema de Justicia
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When are non-signatories bound by the arbitration agreement in international commercial arbitration?Rodler, Irmgard Anna January 2012 (has links)
Tesis (master en derecho internacional (LL.M.) de la inversión, el comercio y arbitraje) / This thesis concerns the issue of third non-signatory parties and analyses under what circumstances they should be bound by an arbitration agreement not signed by them. First it refers to the effects of signing an arbitration agreement between the parties, and then analyses the different theories that eventually could support an extension of the arbitration agreement to third parties.
Also, it refers to the legislation of different countries and the treatment courts dispense on this subject, as well as to some international rules to discover which approaches are contained in those rules. It concludes by referring to the most important trends existing presently regarding the subject, used by arbitral tribunals to bring third non-signatory parties into arbitration proceedings
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La sociedad por acciones en la ley de reforma al mercado de capitales II. — Ley no. 20.190Monsalve Sandoval, Rodrigo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La idea de la Sociedad, como concepto mercantil genérico, históricamente ha operado como un motor de desarrollo que ha provocado en los últimos cien años la formación de organizaciones empresariales complejas que de no ser por la existencia y evolución de este instrumento jurídico no hubiesen permitido concretar el impulso de las economías modernas.
Esta aseveración ha sido recogida por la legislación comparada, y también por la nuestra, permitiendo un constante perfeccionamiento de las figuras societarias que tienen lugar en nuestro ordenamiento jurídico, muchas de las cuales se han concretado mediante sucesivas modificaciones a la legislación existente en orden a dar mayor transparencia y flexibilidad a las normas societarias que hasta la fecha existían.
Sin embargo, las necesidades de la vida de los pueblos y principalmente la búsqueda constante del desarrollo de la economía han dejado en evidencia que a pesar de las reformas introducidas hasta la fecha, las figuras societarias existentes se muestran muchas veces como instrumentos no aptos para ciertos grupos específicos de nuestro país que requieren de un ordenamiento que responda de manera más flexible a sus requerimientos societarios.
Es justamente este el antecedente que el Gobierno del ex Presidente Lagos tuvo presente para que dentro del segundo paquete de Reformas al Mercado de Capitales que fue presentado al Congreso Nacional, se incluyera una serie de normas que dan vida a una nueva figura societaria que es conocida bajo el nombre de Sociedad por Acciones, siendo ella el objeto del presente trabajo.
Es en este contexto histórico que tiene lugar el nacimiento de este especial tipo de sociedad con la que se pretende satisfacer la necesidad de desarrollo de empresas emergentes, que requieren de una figura exenta de la excesiva rigidez que envuelven las que actualmente ofrece nuestro ordenamiento jurídico.
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