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Las medidas cautelares en el arbitraje comercial internacionalAguilera Villalobos, Laura Leonor 04 1900 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En el marco de las transacciones comerciales internacionales y en atención a la complejidad propia de las relaciones que en ellas se generan, el arbitraje se ha sentado sin duda como el mecanismo más adecuado para la soluciones de los litigios que en la materia se generen, teniendo en consideración las características propias del comercio internacional y los sujetos que de ella son partícipes.
Chile, por su parte, para la regulación de este mecanismo de solución de controversias ha adoptado un sistema de dualidad legislativa, contemplando normas diferenciadas para el caso de un arbitraje doméstico de aquellos que revisten carácter internacional. No obstante, es el estudio de este ámbito internacional y en particular de las medidas cautelares o provisionales, los pilares que comprenden el objeto de nuestro interés.
¿Por qué el interés en las medidas cautelares? Hoy en día, la tutela cautelar en el arbitraje ha ido adquiriendo un rol protagónico dentro de la institución, situación que se ha visto reflejada en la proliferación de la solicitud de ellas en éste y en el hecho de ser entendidas como un instrumento de eficacia de todo proceso . Es así, que su importancia y utilidad se funda en la posibilidad de incidir directamente en el objetivo de alcanzar la justicia efectiva, valor que expresamente la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) ha reconocido respecto de una medida provisional en un arbitraje, al señalar que “una medida cautelar puede ser igual o más importante que el laudo final” . Pudiendo significar su aplicación efectos sustanciales en la efectividad de la decisión final del arbitraje. Por ello, es posible apreciar un consenso generalizado en cuanto la importancia que revisten las medidas provisionales en el arbitraje internacional y, de igual manera, la presente preocupación que de no ser las medidas ejecutadas, la decisión arbitral final podría perder todo sentido.
En consecuencia, este tópico se ha convertido en uno de los problemas a resolver en orden de lograr garantizar la efectividad y éxito del arbitraje. Sin embargo, esta es la punta del iceberg en cuanto a las dudas que se generan en su entorno, que van desde a quién acudir para solicitarlas, si tiene el árbitro la legitimidad para otorgarlas, qué tipo de medidas es posible requerir y una de las más complicadas de responder y solucionar, su ejecución forzada, dudas que iremos tratando a lo largo de este trabajo.
De ahí que, la presente memoria se origina como cuestionamiento a una situación de facto que se produce en el ámbito normativo del arbitraje comercial internacional, nos referimos a la modificación de la Ley Modelo CNUDMI , ley que constituye la base del actual régimen jurídico chileno y guía de muchas otras legislaciones en el tema. Sin duda las enmiendas introducidas en ella, principalmente en lo que atañe a la temática de las medidas cautelares, no nos deja indiferentes y nos conducen de igual manera a cuestionar el rol y reglamentación que persiste hasta el día de hoy en nuestro país. Es así, que teniendo en cuenta el escenario recientemente descrito, considero latente la necesidad de modificar la Ley 19.971 sobre Arbitraje Comercial Internacional (LACI) en lo que atañe a las medidas cautelares, en aras de lograr los objetivos señalados por el propio legislador chileno al momento de su creación y por considerar la regulación existente insuficiente, que se ve ampliamente superada por la praxis, generando múltiples dudas para quienes requieran de la tutela cautelar
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¿No lo tomes personal, son sólo negocios? : deberes fiduciarios en el contrato de joint ventureGarcía Bojórquez, Carlos Eduardo 09 March 2017 (has links)
El título de este trabajo académico tiene como referencia a una obra maestra del cine:
El Padrino de Francis Ford Coppola. Este clásico del sétimo arte es una de esas
películas que uno ve cada cierto tiempo y descubre nuevos detalles que en un primer
momento no había advertido. Asimismo, es de esas películas que tienen un sinnúmero
de frases que se integran a la cultura o al día a día de las personas, frases como “sé
cercano a tus amigos, pero más cercano a tus enemigos”, “le haré una oferta que no
podrá rechazar”, “deja el arma, toma el cannoli”, entre otros. Precisamente, el título en
mención proviene de una línea dicha por Al Pacino en su papel de Michael Corleone,
aunque para ser más exactos, la línea reza “No es personal, Sonny, es estrictamente
negocios”. / Tesis
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¿Es acaso Perú pasible de ser sancionado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) debido al Drawback?Gómez Chávez, Mercedes 10 March 2017 (has links)
Dentro del contexto del comercio internacional, los agentes económicos que interactúan
en los mercados presentan como objetivo común la expansión del desarrollo de la
actividad económica que realizar. En este escenario, los empresarios buscan ser más
competitivos, y de esta manera expandir sus horizontes a mercados que traspasen las
fronteras nacionales. Ahora bien, para lograr tal expansión, no resulta indiferente la
Política Comercial que apliquen los gobiernos, pues con ello se les ofrece una serie de
herramientas que coadyuvarán a alcanzar sus objetivos. / Tesis
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Los derechos antidumping como medidas aplicadas para corregir las distorsiones en el mercadoRamírez Estrella, Andrea January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar si la regulación nacional permite que
los derechos antidumping cumplan con la finalidad para la cual fueron impuestos, esto
es, corregir las distorsiones generadas en el mercado como consecuencia de las prácticas
de dumping. En esta entrega, se parte de la hipótesis de que la normativa nacional resulta
insuficiente para garantizar la efectividad de tales derechos, pues ha regulado una sola
modalidad de prácticas de elusión. Este tema resulta relevante en tanto, en los últimos
años se ha incrementado el envío de productos extranjeros hacia el territorio peruano, en
un contexto en el cual los productores nacionales buscan competir con dichas
importaciones. En este análisis, se parte de explicar en qué consisten los derechos
antidumping, las prácticas de elusión, para luego evaluar la legislación comparada y,
finalmente, analizar la normativa nacional. En base a ello, se concluye que la normativa
nacional resulta insuficiente para garantizar la efectividad en la aplicación de los derechos
antidumping. / Trabajo académico
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La posibilidad de invocar los acuerdos de la OMC frente al juez peruano : una vía para revisar las medidas de la administración públicaMartínez del Águila, Shane 30 April 2014 (has links)
El Estado peruano es un Estado Miembro de la Organización Mundial del
Comercio (OMC) desde el 01 de enero de 1995. A partir de ese momento, este
país asumió determinadas obligaciones internacionales como consecuencia de la
suscripción del Acuerdo por el que se establece la OMC
, junto con los Acuerdos
Comerciales Multilaterales de la OMC
, todos ellos denominados “Acuerdos de la
OMC”. En general, el Perú, como Estado miembro, le es atribuible la obligación de
asegurar la conformidad de sus normas, regulaciones y procedimientos
administrativos con las disposiciones contenidas en los diferentes acuerdos de la
OMC. Sin embargo, lo anterior no siempre sucede y en diversas ocasiones la
Administración Pública del Estado peruano puede emitir internamente medidas
inconsistentes con los acuerdos de la OMC.
Las personas, empresas privadas y en general, toda personas dedicada a una
actividad comercial en el territorio peruano son actores importantes en el intercambio
comercial internacional de bienes y servicios, influyendo directamente en el
crecimiento económico del país en un contexto cada vez más globalizado. Sin
embargo, muchas veces éstos se ven directamente afectados por medidas
establecidas por la Administración Pública del Estado inconsistentes con los
acuerdos de la OMC. / Tesis
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“La empresa familiar y las herramientas societarias para su desarrollo”Marchena Agüero, Jorge Enrique 08 February 2018 (has links)
En una empresa familiar no bastaría el Protocolo Familiar para lograr un acuerdo
consensuado que permitan a sus miembros definir las políticas familiares frente al
negocio de la familia y con ello fomentar su desarrollo y continuidad.
Consideramos necesario que caso por caso se evalúe la necesidad de acompañar
a dicho Protocolo con otros instrumentos que permitan la “oponibilidad” de dichos
acuerdos a accionistas, a terceros y a la misma sociedad utilizando en algunos
casos la implementación de herramientas reguladas por la normas societarias
vigentes que le den eficacia jurídica.
Consideramos que de no realizar la implementación, algunos de los acuerdos
arribados por la familia empresaria (sobre todo los que tienen relevancia
societaria), podrán ser meros pactos de caballeros o acuerdos morales, sin la
eficacia jurídica esperada por la familia empresaria, por más que el Protocolo
Familiar haya tomado mucho tiempo en gestarse o se haya logrado acuerdos por
unanimidad.
En esa preocupación, constatamos que las cláusulas comunes relacionadas a
propiedad, poder y trabajo, que señalan los protocolos familiares, pueden ser
analizadas desde el enfoque societario y muchas herramientas que las empresas
familiares pueden usar para su desarrollo se encuentran reguladas por nuestra
ley.
En el caso de las cláusulas relacionadas a la propiedad, definitivamente
abarcarían acuerdos para la entrada y salida de accionistas, con el objetivo de
mantener en la empresa el rasgo familiar y/o garantizar que los porcentajes de
acciones que corresponden a cada rama familiar, se mantengan en las cuotas
acordadas.
También dentro del tema de propiedad, se considera en el Protocolo políticas de
salida de accionistas, para ello, será importante detenernos en los mecanismos
que la Ley General de Sociedades establece para la salida de los mismos tales
como el derecho de separación y la exclusión de accionistas.
Con respecto a los acuerdos relacionados al poder a favor de la familia empresaria
que den respuesta al peligro de perder el control a manos de la familia empresaria
o mantener el porcentaje de cada rama familiar, consideramos importante la
incorporación en la estructura de estas empresas de acciones sin derecho a voto y
tomar en cuenta algunas particularidades que se presentan ante decisiones tan
importantes como la modificación de capital social y reorganización de
sociedades.
Finalmente, respecto a las cláusulas relacionadas al poder y relaciones de trabajo
en la empresa familiar, analizaremos los mecanismos que garanticen que se
ejecuten en el seno de la sociedad, los acuerdos del Protocolo Familiar
relacionados a requisitos para promoción de miembros de familia en cargos de
dirección y gestión de la empresa siendo de gran importancia para ello el análisis
de los acuerdos o convenios entre socios familiares así como analizaremos las
particularidades de los órganos de gobierno de la empresa familiar. / Tesis
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Teoría jurídica sobre el cheque: diez tesis sobre el chequeGómez Leo, Osvaldo Roberto January 1982 (has links)
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La intervención del Estado en la economíaMartinini, Clara January 1952 (has links)
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Política agrariaMonacci, Alfredo F. January 1952 (has links)
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La Comisión de Valores: sus funcionesPalma, Arturo Ernesto January 1951 (has links)
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