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Modificaciones introducidas por la ley 20.260, al código del trabajo en materia de recursos procesalesNovoa Cifuentes, José Ramón January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Dentro de los objetivos generales de esta investigación cabe enunciar y desarrollar los principios subyacentes al procedimiento del trabajo anterior a la ley 20.087, y las motivaciones del legislador para introducir la reforma instaurada por la mencionada ley.
En lo que refiere a recursos procesales, que es el tema central de esta investigación, se enunciará todos los recursos procesales que proveía nuestra legislación antes de la reforma.
También cabe agregar como objetivo general de este trabajo, la indicación de la procedencia de los recursos procesales en materia laboral, luego de la ley 20.087, así como sus posteriores modificaciones introducidas por la ley 20.260, y las motivaciones del legislador para incorporar estos cambios. Y por supuesto, las normas destinadas a esos efectos en segunda instancia y ante el tribunal ad quem.
Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos precedentes, el objetivo principal de esta investigación será analizar los cambios introducidos por la ley 20.260, a la ley 20.087, en materia de recursos procesales, y todo a aquello que subyace a esa modificación en dicha materia: la incorporación de nuevos recursos, así como la restricción del recurso de apelación en cuanto a su posibilidad de aplicación. También será objetivo, en la medida que se vayan desarrollando dichos contenidos, realizar un análisis comparativo entre los párrafos relativos a los recursos procesales dispuestos por el Código del trabajo luego de la ley 20.087 y luego de las modificaciones introducidas por la ley 20.260.
Será motivo de esta investigación, del mismo modo, establecer si dichas modificaciones ofrecidas por la ley 20.260, regulan de un modo más exhaustivo y completo el régimen de los recursos judiciales, en relación a lo dispuesto por la ley 20.087 en su versión original; resguardando de esta forma los fundamentos de la especialidad de la judicatura laboral.
De todo lo expuesto en los párrafos precedentes, mantengo una posición al respecto; la cual consiste en considerar que, pese a la subsistencia de imperfecciones lógicas de toda reforma procesal; en el nuevo procedimiento oral existe un avance importante en diversas materias. Como también sostengo una posición favorable en cuanto a los cambios introducidos por la ley 20.260 al Código del trabajo reformado por la ley 20.087, más precisamente en la nueva regulación del tema de los recursos procesales. Creo que la mencionada modificación al consagrar nuevos recursos y limitar, en consecuencia, la remisión a las normas procesales civiles, está resguardando mejor la especialidad del procedimiento laboral y por consiguiente, la tutela de los derechos del trabajador; superando de este modo a la redacción del artículo 463 del Código del Trabajo anterior a las reformas, el cual disponía que los recursos aplicables en materia laboral serán los establecidos por las normas procesales civiles en todo lo que no ha regulado expresamente la legislación laboral.
Ahora bien, sin perjuicio de lo anteriormente señalado, con esta investigación quiero también establecer y demostrar la insuficiencia de esta reforma, en algunos aspectos, en lo que refiere a materias de recursos procesales y a la extensión de los principios que inspira a este procedimiento en una segunda instancia y ante el tribunal ad quem, lo cual va en directo perjuicio de los fines de la reforma e indirectamente atenta contra el principio tutelar del derecho del trabajo.
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Necesidad de Fiscalizar. Hacia una sistematización del Derecho del Trabajo.Winter Sepúlveda, Enrique January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Asumiendo como necesaria e indispensable la fiscalización, el presente trabajo ha intentado hacer un diagnóstico de la forma en que la Dirección del Trabajo ha venido realizando su tarea de fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales, y de los fundamentos de tal fiscalización.
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La inserción de la mujer en el campo laboral y su discriminaciónRivera Araya, Mario, Román Orellana, Romina January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo del presente trabajo es dar una visión general y esquemática de la situación de las mujeres en el campo del trabajo; haciendo presente, tanto los derechos y principios que se les reconocen en este ámbito, como las desigualdades de género que sufren producto del trato discriminatorio que muchas veces les afectan respecto de sus pares hombres.
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La Tutela de los Derechos LaboralesAguayo Ceroni, Marco, Neculhueque Arriaza, Carlos Alberto January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En estas páginas esbozamos los principios del derecho
del trabajo universalmente reconocidos y su reconocimiento en nuestra
reforma laboral .Así, desarrollamos en el capítulo IV la modernización de
la justicia del trabajo, indicando los nuevos procedimientos que lo
regulan,destacándose el abandono de los formalismos y la simplificación
de los trámites, facilitando desde ya el cumplimiento de las sentencias
condenatorias. En el capítulo V indicamos los grandes desafíos para el
encuentro social, el que es clave para la evolución en las reformas
laborales que aun quedan por hacer.
Terminamos este trabajo con una recopilación de
dictámenes de la Dirección del Trabajo respecto a la reforma laboral y
concluimos con el reconocimiento de los derechos fundamentales en la
legislación española , más rica en cuanto a su contenido que nuestro
limitado cuerpo normativo
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Estatuto laboral del deportista profesional y la ley 20.178Morgan Bascuñán, Alberto January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Deporte y Derecho, según muchos, han estado unidos desde los orígenes del primero, y que, como ocurre en otros tipos de manifestaciones sociales o económicas, el segundo ha venido a dar cobertura a las manifestaciones deportivas y a las relaciones que el deporte ha ido creando. El deporte es un fenómeno social y cultural de dimensiones universales que se remonta a tempranas épocas en la historia del hombre, como expresión de su siempre existente necesidad de jugar y competir. No se podría hablar entonces de deporte sin incorporarle intrínsecamente un atisbo de organización competitiva el cual recién aparece en las civilizaciones griega y romana. El deporte moderno, es decir, lo que hoy entendemos por deporte, tiene su origen en el siglo XVIII, específicamente en los altos estratos sociales ingleses, a partir de la transformación experimentada de lo que hasta entonces habían sido juegos tradicionales (boxeo, cricket, carreras de caballos) en competición.
A comienzos del siglo XIX surgen las competiciones atléticas y los juegos de pelota. La proliferación de estas prácticas deportivas exigió homogeneizar sus normas y, en consecuencia, reglamentar cada una de ellas a través de los instrumentos jurídicos adecuados . Con el tiempo éstas se fueron trasladando desde la calle a los clubes ingleses, para ingresar en forma definitiva en el mundo asociativo, el que las dotó de una mayor organización dando origen a las asociaciones nacionales e internacionales. Y dentro de dicho mundo asociativo los clubes, en un principio, asumieron las funciones de reglamentar y supervisar la práctica deportiva.
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Correo electrónico del trabajador y su relación con el derecho del trabajoLópez Granadino, Jessica, Orrego Tobar, Carlos January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria que se titula “Correo Electrónico del trabajador y su relación con el Derecho del Trabajo”, trata precisamente acerca de este tema tan complejo y de escasa regulación.
De esta manera hemos planteado como objetivo determinar cual debe ser la protección del ordenamiento jurídico, cuando se ven enfrentadas dos garantías constitucionales, a saber: por una parte, la privacidad de toda forma de comunicación y por otra, el derecho de propiedad del empleador sobre los bienes de la empresa que pone a disposición del trabajador para que este realice su trabajo.
En la parte introductoria, realizamos una necesaria referencia a temas básicos, como lo es Internet, correo electrónico, el estudio de las garantías constitucionales ya mencionadas y normas legales aplicables por analogía.
Luego continuamos con el primer Capitulo, titulado “Utilización personal del correo electrónico, herramienta entregada por el empleador”, en el cual se realiza una exposición mas acabada del problema planteado en la hipótesis, y nos referimos a los limites que en la practica se presentan al empleador para regular y conocer el contenido de los correos electrónicos del trabajador. El segundo Capitulo acerca de la “Regulación formal, sobre el uso de la red Internet dentro de la empresa”, trata acerca de los medios formales con que cuentan las partes del contrato de trabajo para regular el uso de los medios informáticos, como lo son: contrato individual de trabajo, contrato y convenio colectivo de trabajo, fallos arbitrales, reglamento interno de la empresa. En el Capitulo tercero, “Regulación Material, sobre el uso de la red Internet dentro de la empresa”, tratamos acerca de las normas aplicables a los distintos casos que se pueden presentar. El Cuarto capitulo “Sanciones y fiscalización”, se refiere a las sanciones que puede traer aparejado el incumplimiento del contrato pactado entre las partes y la forma en que se puede hacer efectiva.
Finalmente, consta de una parte conclusiva en que llegamos al acuerdo de que las partes pueden regular el uso de la correspondencia electrónica, mediante los instrumentos que el derecho del trabajo pone a su disposición, pero el empleador de todas formas debe respetar la privacidad de la correspondencia del trabajador, en otras palabras, puede regular la frecuencia, oportunidad y uso de los medios informáticos y del correo electrónico de la empresa, pero en ningún caso puede pretender enterarse del contenido de los mismos.
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La prueba ilícita en el procedimiento de tutela laboralCastillo García, Cristián Andrés January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo tiene como objetivo el estudio de la Prueba ilícita y su aplicación dentro del Procedimiento de Tutela Laboral, con el fin de determinar si estas dos figuras jurídicas se complementan en cuanto a la protección que la legislación ha dispuesto para el caso de existir una infracción de derechos fundamentales de un trabajador.Para tal efecto se desarrollan los temas del Procedimiento de Tutela Laboral, la prueba y la Prueba ilícita, señalando en cada uno de ellos tanto sus aspectos principales como las características propias que presentan al aplicarse estas figuras en forma conjunta.Es a través de este proceso que logramos determinar cual es la regulación que el nuevo procedimiento laboral propone para la valoración de la prueba, la forma en que la prueba ilícita puede ser aplicada a la tutela de los derechos fundamentales de los trabajadores, la sanción que la legislación laboral ha dispuesto para la prueba ilícita y la efectividad de la misma como mecanismo sancionador de una lesión de derechos fundamentales
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Empresas ideológicas emergentes : colisión de derechos entre empresa y trabajadorDaroch Mercado, Alejandra, Hutter Hofmann, Joanna January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En este trabajo daremos a conocer este tipo de sociedades que sirven de instrumento y consagración al principio pluralista, las cuales ocupan un lugar estratégico en las sociedades evolucionadas y modernas. Una vez adentrados en el concepto y reconocimiento de estas organizaciones analizaremos si el derecho a la propagación de una ideología puede, o debe, prevalecer por sobre ciertos derechos fundamentales del ser humano que presta sus servicios a dicha entidad. Asimismo, desarrollaremos ciertos criterios que hemos denominado como “útiles” para los efectos de solucionar las eventuales colisiones entre los derechos del trabajador y los de la empresa, algunos ya en práctica otros propuestos. Igualmente, analizaremos algunas sentencias dictadas tanto en el extranjero como en nuestro país, previniendo desde ya que dicho análisis se efectuó bajo la conciencia del escaso conocimiento y estudio de las empresas ideológicas en nuestro ordenamiento jurídico. Finalmente, las conclusiones que alcanzaremos en este trabajo, independiente de la vertiente que adopten, se sostienen en el inevitable conflicto que surge de la tutela por el ordenamiento jurídico a valores y derechos plasmados en los cuerpos normativos nacionales e internacionales de alto reconocimiento. En fin, esta disyuntiva se presenta en toda sociedad que reconoce el pluralismo, independiente de si encuentra una regulación expresa o no en su normativa interna. Por este motivo, es que consideramos de gran importancia indagar en este tema y buscar si tiene efectivamente asidero legal en nuestro país, o por el contrario, si debe aplicarse criterios ya existentes y adaptarlos a una realidad aún no regulada.
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La desconocida de los trabajadores: El vacío político en la reforma laboral de Michelle BacheletFuentealba Varela, Carlos 12 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Comunicación Política
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Consideraciones sobre la compensación del daño moral al término del contrato de trabajoAlburquenque Alarcón, Jorge January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La compensación del daño moral remite a elementos fundamentales que configuran cualquier sistema de responsabilidad, después de superar la discusión sobre su eventual procedencia, nuestra jurisprudencia laboral ha iniciado una decidida inclusión de la compensación de este daño con ocasión del término de la relación laboral por despido abusivo. Este proceso, que se encuentra hoy en día en pleno desarrollo, no ha estado exento de dificultades, ya que aún no es claro el perfil normativo mediante el cual está operando la resarcibilidad/compensación de los perjuicios morales. Bajo argumentos muy difusos nuestros tribunales lo incluyen por ahora como un daño de carácter extracontractual, el que por definición es exorbitante al contrato de trabajo. Este criterio de procedencia ha distorsionado todos los elementos que componen la fisonomía de la responsabilidad y ha terminado por configurar a la compensación del daño moral en una especie de sanción penal. Esta investigación, de modo crítico, propone la sede contractual del daño moral al término de la relación laboral, como aquella forma específica que permite enriquecer el contenido del contrato de trabajo y de paso corregir las distorsiones en las que ha incurrido la jurisprudencia nacional.
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