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Perfeccionamiento del rol activo del fondo de pensiones mediante la elección de directores independientes en las empresas invertidas

Zevallos Cabanillas, Carmela 20 November 2013 (has links)
La contribución de las Administradoras de Fondos Pensiones en el Buen Gobierno Corporativo de las empresas en las cuales invierten es un tema desarrollado de manera diferente por los países latinoamericanos y Europeos. En algunos países no existe regulación previsional que haga referencia a este tema en particular, sin embargo, la tendencia a nivel mundial es a mejorar las Prácticas de Buen Gobierno Corporativo en las empresas invertidas en vista a la importancia y valor agregado que puede generar no solo a los accionistas mayoritarios, administradores y demás grupos de intereses que giran en torno a la empresa invertida sino además a los propios afiliados, quienes por intermedio de las AFPs son los beneficiarios indirectos del éxito de la empresa. Chile, es uno de los países que presenta un completo desarrollo sobre las responsabilidades de las administradoras en las empresas donde se invierte los fondos, en tanto que se ha regulado la concurrencia a Junta de Accionistas de las empresas, estableciéndose el deber de pronunciarse en cada una de las materias tratadas. En Republica Dominicana se ha establecido que las AFPs deben definir políticas para votación en elección de Directores de sociedades, para de esta manera evitar conflicto de interés. Asimismo se ha señalado en su normativa interna que las AFP deben concurrir a las Asambleas de Accionistas y emitir su voto, salvo que presente una inversión inferior al 3% del emisor. En Colombia si bien no se ha establecido en la ley, en la práctica las AFPs tienen la obligación de velar porque los emisores que reciban inversión de los fondos de pensiones obligatorios cuenten con estándares de gobierno corporativo que cumplan con las políticas internas de las AFP. / Tesis
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Los efectos negativos al sistema financiero y a una economía de mercado de una prohibición de pactar intereses que puede exigir el acreedor

Bernuy Villanueva, Nadyeska Karinna 16 May 2016 (has links)
Desde sus orígenes el pago de intereses tiene una real importancia en las transacciones comerciales, iniciadas inclusive desde la época de Roma, en la cual, los sujetos intercambiaban bienes, decidiendo por tanto, diferir la entrega futura acordando para ello un plus por el uso y el riesgo que implicaba su posterior devolución. Este concepto, con el tiempo ha ido variando y concatenándose a un concepto visto desde una concepción ya no meramente jurídica sino también económica. Nuestra legislación no se ha encontrado al margen de esta evolución, ya que como lo precisamos en el cuerpo del trabajo desde el código de 1852 al actual, este concepto ha ido tomando mayor fuerza dentro del tratamiento legal, ya que en un inicio se trataba el interés sólo para los contratos de mutuo, luego de forma paulatina se fueron estableciendo topes a los mismos, con lo cual, nace la figura de la usura (la que posteriormente tuvo un tratamiento como la figura del anatocismo) y finalmente el código de 1984 le da un novedoso tratamiento al pago de intereses, se determinan las situaciones en las que el deudor incurre en mora y se considera que el pago de intereses es de aplicación para todo tipo de obligación y no únicamente a las obligaciones dinerarias. De esa forma, se va desarrollando la naturaleza de los intereses en nuestra legislación para ser finalmente clasificados como moratorios, compensatorios y legales, respecto de los cuales, se ha desarrollado diversas posturas de juristas sobre la función y finalidad que estos cumplen, Asimismo, se trata la mora del deudor por medio de la cual, se establece aquellas situaciones en las que el deudor incurrirá en mora pudiendo ser mora ex re y mora ex personae. / Tesis
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Promoción del mercado de valores : las ofertas híbridas como alternativa

Meneses Camargo, Carlos Enrique 03 September 2013 (has links)
La presente investigación desarrolla un tema de actualidad muy relevante para la promoción de nuestro mercado de valores especialmente para el mercado primario de instrumentos representativos de deuda, las Ofertas Híbridas o Profesionales. La promoción, desarrollo e implementación de estas Ofertas Híbridas facilitaría el incremento de las emisiones de instrumentos de deuda y el ingreso de nuevos emisores; lo cual podría ampliar las alternativas de inversión actualmente disponibles para los inversionistas. La conceptualización de Ofertas Híbridas es una terminología introducida por el Banco Mundial, a partir del estudio de experiencias exitosas en países con economías emergentes y también en países desarrollados que en sus regulaciones diseñaron ofertas flexibles en cuanto a la carga regulatoria para la inscripción de los valores, el rol del regulador, las obligaciones informativas periódicas, restricciones a la negociación de los valores, los destinatarios de la oferta, entre otros aspectos; a partir de la combinación de características de las ofertas públicas y de las ofertas privadas de valores. La justificación de la presente investigación se centra en que a pesar del crecimiento económico obtenido por nuestro país durante los últimos veinte años, nuestro mercado de valores es aún pequeño en comparación a otros países latinoamericanos como el chileno y el colombiano. Ello debido a una serie de factores como los altos costos de acceso para que una empresa pueda financiarse, por los trámites y plazos muy prolongados en el tiempo para la aprobación de las inscripciones, empresas con tamaños pequeños para los estándares que el mercado de valores requiere y que no cuentan con políticas de buen gobierno corporativo e información financiera elaborada de acuerdo a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), desconocimiento de los beneficios del mercado de valores y poca cultura financiera, entre otros temas que desincentivan el ingreso al mercado de valores. En consideración a ello, el desarrollo y posible implementación en nuestra regulación de esquemas como las Ofertas Híbridas podría constituir una alternativa diferente al régimen general de ofertas públicas primarias y a los regímenes especiales, como el regulado mediante el Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigido exclusivamente a Inversionistas Acreditados – ROPPIA, el cual a diferencia de dichos regímenes promoverá el ingreso de nuevas empresas al mercado de valores y de ampliar las opciones de financiamiento a los emisores, constituyéndose en una fuente alternativa al sistema bancario. / Tesis
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Calidad de la información en el régimen de revelación de hechos de importancia: un acercamiento al comportamiento de los emisores durante los periodos 2014, 2015 y 2016

Loja Torres, Erika Ivannia 29 January 2019 (has links)
El presente artículo de investigación realiza un acercamiento al comportamiento de los emisores en el régimen de revelación de hechos de importancia durante los períodos 2014, 2015 y 2016. Es así que, se analiza cómo los emisores vienen reportando hechos de importancia al mercado de valores peruano y si estos reportes cumplen con la obligación de dar a conocer al mercado de valores peruano información de calidad, visto desde la oportunidad con la cual se comunican estos hechos de importancia, esto es, la omisión del cumplimiento de la obligación. El planteamiento que se propone es si: “Los principales emisores que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima durante los períodos 2014, 2015 y 2016, presentaron una tendencia a comunicar al mercado de valores peruano, hechos de importancia de mala calidad”. Para ello, a fin de responder a nuestra interrogante realizamos la selección de una muestra compuesta por 12 de las principales empresas que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima, mediante las cuales obtuvimos resultados respecto al nivel de reporte de información al mercado y del mismo modo concluimos que los factores determinantes del incumplimiento en el reporte de información, no se encuentra únicamente asociado a la gravedad de las sanciones pecuniarias impuestas, puesto que la sanción reputacional muchas veces resulta más efectiva, lo cual va de la mano con la probabilidad de imponer una sanción y que la misma se haga efectiva, son estos elementos que debemos considerar, los cuales dependerán de cada regulación. / Trabajo de investigación
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Los efectos negativos al sistema financiero y a una economía de mercado de una prohibición de pactar intereses que puede exigir el acreedor

Bernuy Villanueva, Nadyeska Karinna 16 May 2016 (has links)
Desde sus orígenes el pago de intereses tiene una real importancia en las transacciones comerciales, iniciadas inclusive desde la época de Roma, en la cual, los sujetos intercambiaban bienes, decidiendo por tanto, diferir la entrega futura acordando para ello un plus por el uso y el riesgo que implicaba su posterior devolución. Este concepto, con el tiempo ha ido variando y concatenándose a un concepto visto desde una concepción ya no meramente jurídica sino también económica. Nuestra legislación no se ha encontrado al margen de esta evolución, ya que como lo precisamos en el cuerpo del trabajo desde el código de 1852 al actual, este concepto ha ido tomando mayor fuerza dentro del tratamiento legal, ya que en un inicio se trataba el interés sólo para los contratos de mutuo, luego de forma paulatina se fueron estableciendo topes a los mismos, con lo cual, nace la figura de la usura (la que posteriormente tuvo un tratamiento como la figura del anatocismo) y finalmente el código de 1984 le da un novedoso tratamiento al pago de intereses, se determinan las situaciones en las que el deudor incurre en mora y se considera que el pago de intereses es de aplicación para todo tipo de obligación y no únicamente a las obligaciones dinerarias. De esa forma, se va desarrollando la naturaleza de los intereses en nuestra legislación para ser finalmente clasificados como moratorios, compensatorios y legales, respecto de los cuales, se ha desarrollado diversas posturas de juristas sobre la función y finalidad que estos cumplen, Asimismo, se trata la mora del deudor por medio de la cual, se establece aquellas situaciones en las que el deudor incurrirá en mora pudiendo ser mora ex re y mora ex personae.
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Perfeccionamiento del rol activo del fondo de pensiones mediante la elección de directores independientes en las empresas invertidas

Zevallos Cabanillas, Carmela 20 November 2013 (has links)
La contribución de las Administradoras de Fondos Pensiones en el Buen Gobierno Corporativo de las empresas en las cuales invierten es un tema desarrollado de manera diferente por los países latinoamericanos y Europeos. En algunos países no existe regulación previsional que haga referencia a este tema en particular, sin embargo, la tendencia a nivel mundial es a mejorar las Prácticas de Buen Gobierno Corporativo en las empresas invertidas en vista a la importancia y valor agregado que puede generar no solo a los accionistas mayoritarios, administradores y demás grupos de intereses que giran en torno a la empresa invertida sino además a los propios afiliados, quienes por intermedio de las AFPs son los beneficiarios indirectos del éxito de la empresa. Chile, es uno de los países que presenta un completo desarrollo sobre las responsabilidades de las administradoras en las empresas donde se invierte los fondos, en tanto que se ha regulado la concurrencia a Junta de Accionistas de las empresas, estableciéndose el deber de pronunciarse en cada una de las materias tratadas. En Republica Dominicana se ha establecido que las AFPs deben definir políticas para votación en elección de Directores de sociedades, para de esta manera evitar conflicto de interés. Asimismo se ha señalado en su normativa interna que las AFP deben concurrir a las Asambleas de Accionistas y emitir su voto, salvo que presente una inversión inferior al 3% del emisor. En Colombia si bien no se ha establecido en la ley, en la práctica las AFPs tienen la obligación de velar porque los emisores que reciban inversión de los fondos de pensiones obligatorios cuenten con estándares de gobierno corporativo que cumplan con las políticas internas de las AFP.
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La empresa fiduciaria en el Perú: barreras legales de entrada y propuestas de creación de sociedades anónimas cerradas fiduciarias y un mercado alternativo fiduciario: Análisis jurídico y de gestión

Minchán Cueva, William 02 April 2024 (has links)
Nuestro trabajo de investigación presenta presenta una mirada innovadora y multidisciplinaria que conjuga el mundo jurídico con el mundo de la empresa, bajo una perspectiva, jurídica, económica, de gestión y estratégica. Para su desarrollo hemos construido la estructura de la empresa fiduciaria como organización económica y desarrollado las fases del proceso de constitución a nivel jurídico y a nivel de gestión, teniendo como base la LGS, la Ley de Banca y reglamentos de la SBS. Como ventaja competitiva de nuestra investigación hemos diseñado una serie de diagramas y cuadros que nos permiten visualizar, describir y justificar la problemática de nuestra investigación que son las barreras legales de entrada que genera el marco normativo del fideicomiso para el acceso de las pequeñas y medianas empresas al mercado fiduciario. Para demostrar la existencia de estas barreras, nos apoyamos de conceptos económicos como economía social de mercado, estructura de mercado, libre iniciativa privada, libertad de empresa, libertad de competencia, costo beneficio, incentivos, costo de oportunidad y del análisis de razonabilidad y proporcionalidad aplicado por INDECOPI para determinar la existencia de barreras legales en el mercado. Finalmente llegamos a estructurar un modelo de negocio que simplificamos a través de una fórmula que consideramos se puede replicar a menor escala en todo tipo de empresas y como propuesta de valor planeamos la creación de sociedades anónimas cerradas fiduciarias, SACF, y un mercado alternativo fiduciario, MAVF, teniendo como base los regímenes especiales y las modalidades societarias de la LGS y la flexibilización del MV para el acceso de las pequeñas y medianas empresas al MAVF. / Our research work presents an innovative and multidisciplinary view that combines the legal world with the business world, from a legal, economic, management and strategic perspective. For its development, we have built the structure of the trust company as an economic organization and developed the phases of the constitution process at a legal level and at a management level, based on the LGS, the Banking Law and SBS regulations. As a competitive advantage of our research, we have designed a series of diagrams and tables that allow us to visualize, describe and justify the problems of our research, which are the legal entry barriers generated by the regulatory framework of the trust for the access of small and medium-sized companies. to the fiduciary market. To demonstrate the existence of these barriers, we rely on economic concepts such as social market economy, market structure, free private initiative, freedom of enterprise, freedom of competition, cost benefit, incentives, opportunity cost and the analysis of reasonableness and proportionality. applied by INDECOPI to determine the existence of legal barriers in the market. Finally we came to structure a business model that we simplified through a formula that we believe can be replicated on a smaller scale in all types of companies and as a value proposition we plan the creation of closed trust companies, SACF, and an alternative trust market, MAVF, based on the special regimes and corporate modalities of the LGS and the flexibility of the MV for the access of small and medium-sized companies to the MAVF.
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A propósito del nuevo Programa de Cumplimiento en materia de Protección al Consumidor: ¿Qué impacto ha tenido en el sector empresarial financiero y conexos?

Piaggio Vizcarra, Alessandra Reina Victoria 16 December 2021 (has links)
El presente trabajo se enfoca en analizar el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor, circunscrito al sector financiero y conexos, desde la autorregulación empresarial; además, de tomar en consideración, la importancia del Compliance como buena práctica corporativa. En ese sentido, se plasma como objetivo, determinar el impacto que ha tenido el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor, en el sector económico mencionado, ya que, su adecuada implementación, sirve como atenuante frente a la posible imposición de multas, por parte del Indecopi. Para ello, se partirá por explicar las nociones básicas del Compliance, y de la autorregulación como mecanismo voluntario, por parte de las empresas, de autosometerse a reglas determinadas. Dichos conceptos, se enmarcan en la normativa referente a la protección al consumidor en el sistema financiero. Seguidamente, se propone, además de los documentos requeridos por la norma, la realización de una matriz de riesgo y el establecimiento de controles internos para la ejecución del programa de cumplimiento, producto del análisis de varias Resoluciones del Indecopi, que permiteron identificar los lineamientos y parámetros establecidos por la autoridad competente, sobre el sector económico desarrollado. Ello, sin dejar de abordar lo límites normativos y de ejecución que aún enfrenta el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor. Finalmente, tomando como referencia las premisas desarrolladas, se logra evidenciar que, a pesar del beneficio adyacente al programa de cumplimiento estudiado, éste no ha tenido un gran impacto en el sector financiero y conexos, debido a que aún no hay claridad en los criterios de evaluación del programa cumplimiento por parte del Indecopi, según la jurisprudencia desarrollada en el trabajo.
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Las Initial Coin Offerings y su enfoque regulatorio peruano: una aproximación desde la regulación del mercado de valores

Távara Vilchez, Ricardo Paúl 12 July 2021 (has links)
La innovación en el mercado de valores ha generado que diversos organismos reguladores del mercado financiero se cuestionen sobre la normativa aplicable a diversas estructuras financieras disruptivas. Así, las Initial Coin Offerings presentan una naturaleza muy diversa, y dependerá de cada caso evaluar si corresponde o no la aplicación de la regulación del mercado de valores. En el caso peruano lo primero por determinar es si los criptoactivos (tokens) emitidos en este tipo de estructuras podrían calificar como valores mobiliarios de acuerdo con la legislación vigente, y si su oferta pública estaría bajo los alcances de la ley del mercado de valores. La hipótesis del presente trabajo es que podrían existir tokens que, dada sus características particulares, podrían calificar como valores mobiliarios, y por lo tanto, su oferta pública debería registrarse en la Superintendencia del Mercado de Valores. Para analizar ello se utiliza el método comparado y regulatorio, así como un enfoque de riesgos. Luego de estudiar las experiencias extranjeras de EE.UU, España y Colombia, se determina que en el caso peruano sí podrían calificar como valores mobiliarios los tokens emitidos en una ICO, siempre y cuando cumplan con la definición de la ley del mercado de valores. Por lo tanto, la oferta pública que se haga de estos debería observar las obligaciones derivadas de la regulación. También se describen los inconvenientes al momento de aplicar una regulación tradicional a una actividad disruptiva, y se propone diversas medidas para compatibilizar la primera con la segunda, como por ejemplo el sandbox regulatorio.
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Calidad de la información en el régimen de revelación de hechos de importancia: un acercamiento al comportamiento de los emisores durante los periodos 2014, 2015 y 2016

Loja Torres, Erika Ivannia 29 January 2019 (has links)
El presente artículo de investigación realiza un acercamiento al comportamiento de los emisores en el régimen de revelación de hechos de importancia durante los períodos 2014, 2015 y 2016. Es así que, se analiza cómo los emisores vienen reportando hechos de importancia al mercado de valores peruano y si estos reportes cumplen con la obligación de dar a conocer al mercado de valores peruano información de calidad, visto desde la oportunidad con la cual se comunican estos hechos de importancia, esto es, la omisión del cumplimiento de la obligación. El planteamiento que se propone es si: “Los principales emisores que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima durante los períodos 2014, 2015 y 2016, presentaron una tendencia a comunicar al mercado de valores peruano, hechos de importancia de mala calidad”. Para ello, a fin de responder a nuestra interrogante realizamos la selección de una muestra compuesta por 12 de las principales empresas que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima, mediante las cuales obtuvimos resultados respecto al nivel de reporte de información al mercado y del mismo modo concluimos que los factores determinantes del incumplimiento en el reporte de información, no se encuentra únicamente asociado a la gravedad de las sanciones pecuniarias impuestas, puesto que la sanción reputacional muchas veces resulta más efectiva, lo cual va de la mano con la probabilidad de imponer una sanción y que la misma se haga efectiva, son estos elementos que debemos considerar, los cuales dependerán de cada regulación. / Trabajo de investigación

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