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La participación de la víctima y del querellante particular en la persecución de delitos: dogmática, normativa y estadísticas

Hernández de Lamotte, Diego Andrés January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El punto que se intentará demostrar en un primer apartado, es que la participación que se dé a la víctima en el proceso penal debe estar estrechamente vinculada con el fin que se le adjudique al mismo. Lo anterior, dado que no es conceptualmente posible incluir a las víctimas en determinados procesos penales, en la medida en que los objetivos que buscan son absolutamente independientes y, en varios ocasiones, contrarios al parecer de las víctimas de los delitos. En esta medida, para analizar el papel que en cada proceso deba tener la víctima, es menester haber clarificado, de antemano, qué es lo que se busca con el proceso. La hipótesis cuya veracidad se intentará demostrar es que, sean cuales fueren los fines que tiene el proceso penal en nuestro país, la participación que el Código Procesal Penal del año 2000 y sus posteriores modificaciones dan a la víctima y al querellante particular no hace sino desvirtuar la forma en que debería operar el citado proceso, de acuerdo a lo que este memorista intentará demostrar que es la correcta comprensión del sistema. En virtud de lo anterior es que se propondrá la realización de dos modificaciones centrales a nuestro derecho procesal penal. En primer término, y para erradicar una de las figuras que más distorsiones genera en nuestro sistema, cual es la del querellante, se planteará su eliminación, concentrando en el Ministerio Público todos los poderes de dirección de la investigación y la posibilidad de influir en el devenir del proceso. En segundo lugar, y en una propuesta contracíclica, tan de moda por estos días, se propondrá reducir las facultades de las víctimas en el proceso penal. Dado que se concluirá que no hay razones para pagar un costo tan alto como que el sistema se desvirtúe por la inclusión de las víctimas con amplias facultades en el proceso penal, lo más sensato parece ser circunscribir su papel al de testigo y denunciante, como se verá. La estructura que se seguirá para demostrar lo anterior estará basada en tres capítulos, además de un apartado dedicado a las conclusiones. En el primero, tras definir los conceptos relevantes, se analizarán los aspectos doctrinarios generales en torno a la participación que la víctima debe tener en el proceso penal; previo análisis de los fines que éste busca (o puede buscar). En un segundo apartado, se hará un detallado análisis de la participación que, de hecho, tiene la víctima en nuestro actual sistema procesal penal, lo que, en la medida en que vaya siendo pertinente, será parangonado con la práctica comparada. En este capítulo, que tendrá un corte marcadamente dedicado al derecho positivo, se hará una serie de enumeraciones y clasificaciones de los derechos que asisten a las víctimas a lo largo de las diversas etapas del derecho penal, para, en seguida, proceder a comentar estos derechos, en la medida en que lo merezcan, y apreciar su coherencia y consistencia con los presupuestos dogmáticos analizados en el capítulo primero. Como adelanto, se advierte que las conclusiones indicarán que nuestro derecho no va en la línea que esta tesis estima adecuada, toda vez que los poderes que tiene la víctima en el proceso penal y, con mayor razón los del querellante, exceden lo dogmáticamente recomendable. Un tercer apartado será dedicado a la situación del querellante particular en nuestra legislación, y a la forma en que esta figura u otras similares, han sido comprendidas en legislaciones comparadas. Además de la realidad de nuestro derecho positivo, este capítulo será complementado con estadísticas obtenidas directamente en la Fiscalía, tendientes a demostrar que, en el evento de seguirse lo que se recomienda en el primer capítulo en relación a la participación que víctimas y querellantes deben tener en el proceso penal, el impacto práctico no sería tan alto como se imagina, dado que la participación efectiva que tienen, específicamente los querellantes, en el proceso penal, es más bien marginal. Finalmente, se encontrará un apartado dedicado a conclusiones. Aquí, no sólo se realizará una breve síntesis de lo dicho hasta ese punto, sino que se intentará dar soluciones para satisfacer los intereses de las víctimas en áreas distintas al derecho penal.
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Modificaciones realizadas por la Ley No. 20.253 al Código Procesal Penal

Castro Celedón, José Tomás January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria consta de cuatro capítulos, finalizando con una conclusión. El primero de ellos, trata el contexto histórico y los objetivos perseguidos por esta ley, en la cual se analizará su dictación mediante la utilización de los datos empíricos existentes al momento de su dictación, los cuales son entregados por instituciones de seguridad ciudadana del gobierno como de privados. Además se tratará de justificarla desde un enfoque acorde a las políticas y estudios relacionados a la seguridad ciudadana. En el capítulo segundo se analizará especialmente desde un enfoque jurídico las modificaciones realizadas por la ley al Código Procesal Penal, de acuerdo a los principios y normas consagrados por éste, la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos vigentes en Chile. Además, en algunos casos, se analizará utilidad práctica de las modificaciones, enfocadas desde la perspectiva de la seguridad ciudadana. En el capítulo tercero se estudiará la modificación realizada por esta ley en lo que se refiere a la función de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile, específicamente en lo que respecta a la obligación que se les impone de mantener un banco unificado y actualizado de personas respecto de las cuales existan órdenes de detención pendientes. Se analizará su eficacia respecto a la función del control de la delincuencia, desde un prisma relacionado con las políticas existentes en materia de seguridad ciudadana. En el capítulo cuarto, se estudiará las modificaciones realizadas por la Ley Nº 20.253 a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, realizando un análisis tomando en cuenta el espíritu de la legislación vigente y el de la ley objeto de esta memoria de grado. Es la intención de esta memoria cotejar las modificaciones realizadas con datos empíricos existentes en la actualidad, puesto que sirven como barómetro para medir su utilidad. Ello se justifica dado que la misma ley señala en su mensaje que se tuvo presente una gran cantidad de datos al momento de aprobarse este proyecto de ley, por lo que es necesario tenerlos en consideración para verificar la verdadera utilidad de esta reforma en materia de seguridad ciudadana.
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Biopolítica y conflicto mapuche

Wasserman Kobbert, Daniel January 2010 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación tiene como objetivo analizar el rol del Estado en el conflicto mapuche, desarrollándolo desde los aportes teóricos hechos por Michel Foucault en base a su curso dictado en el Collage de France en el año 1979, conocido como el libro “El Nacimiento de la Biopolítica”. Para estos efectos, la investigación se divide, por una parte, en el contexto que se encuentra el pueblo mapuche y cómo actúan los sistemas de control social de acción sobre estos con el fin de gestionar una identidad mapuche coherente con el sistema económico. Y por otra, se analizará los sistemas de control social de reacción que interactúan y la manera en que se criminaliza a las comunidades mapuche que se resisten a la institucionalidad del Estado y a la propuesta de gestión que se les quiere incorporar.
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Los acuerdos reparatorios en la Reforma Procesal Penal. Un análisis a la luz de los conceptos de Mediación y Reparación

Segovia Arancibia, Antonio, Zerán Ruiz-Clavijo, Hassan January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objeto justamente realizar un análisis acerca de los acuerdos reparatorios a la luz de los conceptos de mediación y reparación, cómo se interrelacionan y cómo pueden llegar a constituir una forma distinta de percibir el conflicto penal. A nuestro juicio, la discusión acerca de la inclusión y forma de implementación de la reparación en el derecho penal chileno tiene enorme trascendencia, y viene a llenar un vacío legislativo del cual se derivaba una represión e incoherencia que no compartimos. Consideramos que la reparación y la mediación constituyen el futuro en cuanto a cómo percibimos los conflictos penales y cómo les damos solución, ello enmarcado en los principios y valores de un Estado democrático de derecho. De ahí nuestra motivación e idea para abordar estos temas, los cuales por su novedad aun no han sido profundizados en toda su extensión por la doctrina nacional, y de cuyo análisis podrían derivarse importantes conclusiones que en definitiva sirvan para orientar e impulsar un cambio que tenga por norte la reacción pacífica, positiva, integradora y eficiente del derecho penal frente a la comisión de determinados tipos de ilícitos.
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Estudio jurídico, dogmático y jurisprudencial de la cooperación eficaz y el arrepentimiento eficaz en la legislación chilena.

Lillo Traverso, Valeria January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Estado es la Sociedad jurídicamente organizada. Es la máxima institución social y, entre otros atributos, goza de una completa potestad jurisdiccional para realizar el Bien Común de las personas y entes que integran la sociedad. En gran parte, este objetivo se cumple con el Derecho, que es un conjunto de reglas de conducta que el hombre debe acatar, so pena de una sanción. En el Derecho hay que distinguir la forma del contenido: este es lo garantizado, lo que protege, como bienes, personas, intereses de la vida; la forma es la garantía misma, el precepto que ordena y sanciona. Según el contenido, la materia, los bienes protegidos, es privado o público, dando origen al Derecho Privado y al Derecho Publico. El fenómeno que caracteriza al primer sector es el contrato, así como el delito es lo que singulariza al segundo. El Estado, dentro de una multiplicidad de materias, reglamenta las relaciones contractuales del ordenamiento privado, que corresponden al Derecho Civil y al Mercantil, preferentemente, y las delictuales que se incluyen en la órbita del Derecho Penal. Contrato y delito son los dos fenómenos fundamentales de la sociedad que el Estado ha debido regular para una mejor convivencia: el primero, aunque expresión de la autonomía de la voluntad, es "dirigido" por el Estado para evitar abusos del derecho e injusticiasNote1. ;el otro, es expresión antijurídica que el Estado debe prevenir y reprimir para asegurar el orden público y la paz social
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Facultades discrecionales en el nuevo proceso penal

Araya Mañas, Luis Francisco January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta memoria tiene por objeto establecer la necesidad jurídica, económica, social y ética, de la aplicación efectiva de las facultades discrecionales del fiscal en el nuevo proceso penal, contribuyendo así a una mejor administración de justicia, mas eficiente, mas justa y mas transparente.
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Las Medidas Cautelares Personales en el Proceso Penal a la Luz de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos

Lagos Troncoso, Javier Aurelio January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A continuación abordaremos los distintos aspectos relacionados con las medidas cautelares personales, a la luz de lo dispuesto tanto en la nueva legislación como en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos que se refieren a esta materia y que se encuentran vigentes en nuestro país. En una primera parte, caracterizaremos a grandes rasgos las medidas cautelares personales, analizando particularmente cuál es su fundamento y los principios que en general las rigen. A continuación abordaremos las diversas disposiciones internacionales que rigen sobre este punto, estableciendo cuales son las exigencias comunes que de ellas se derivan para los Estados Parte. Posteriormente nos referiremos a la discusión que existe en nuestro país respecto al valor de las normas de Derecho Humanos en el ordenamiento interno, especialmente el rango que las disposiciones contenidas en los tratados de Derechos Humanos tienen en Chile, en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º, inciso 2º de la Constitución. Finalmente, expondremos cuál es el actual régimen de medidas cautelares personales que contempla nuestro Código, luego de ser reformado e incorporar las exigencias emanadas de los instrumentos internacionales señalados precedentemente
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Ley orgánica constitucional Nº 19.640 del Ministerio Público frente al principio de control y responsabilidad

Hernández B., Pablo, Jiménez S., Mauricio January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Precisamente, el objetivo de esta memoria es el estudio del Ministerio Público frente a estos principios. Para ello, antes de dedicarnos, en concreto, al desarrollo de esos temas, nos ocupamos en los capítulos I al III, de esta memoria a revisar los antecedentes históricos y legales de la reforma procesal penal en general y del Ministerio Público, en particular. Como así mismo de determinar la naturaleza jurídica, con que es reinstalada esta institución en nuestro sistema jurídico.
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La Admisibilidad de la Declaración de los Policías como Testigos de Oídas, un análisis desde la Prueba Ilícita.

Cáceres Palacios, Ricardo Alejandro January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / De antemano quiero expresar, que la presente memoria en ningún caso, quiere erigirse en la respuesta definitiva a la pregunta sobre la admisibilidad de dicho medio de prueba, sino por el contrario, persigue aportar una visión particular al mismo, enriqueciéndolo en lo que sea posible. Antes de iniciar el estudio de la interrogante planteada, quiero dejar en claro, que toda exposición doctrinaria en cuanto a la teoría general de la prueba, ha sido omitida de la presente investigación, pues excedería el carácter específico de ésta, así como también, por considerar que dicho tema se encuentra lo suficientemente tratado en obras de relevancia doctrinaria, con suficiente pormenorización. Por lo anterior, iniciaré la presente memoria, refiriéndome a los antecedentes históricos, marco conceptual, posiciones doctrinarias, exclusiones probatorias, y demás temas que digan relación con el ámbito propio de la Prueba Ilícita
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El tratamiento de datos personales en el proceso de persecución penal chileno

Dintrans Sanhueza, Constanza January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El avance de las nuevas tecnologías ha generado nuevas y potentes formas de intromisión en la esfera de diversos derechos fundamentales, al punto de conducir a la doctrina a postular el surgimiento de nuevos derechos destinados exclusivamente a proteger a los individuos de este tipo de atentados. Dentro de estos destaca, sin lugar a dudas, el derecho a la autodeterminación informativa, que asegura a los individuos la posibilidad de decidir el tipo y volumen de información personal que otros manejan de ellos. Esta potencial afectación de derechos se vuelve especialmente potente cuando el tratamiento se efectúa en ámbitos en los que frente a la protección de los sujetos existen valores sociales en conflicto, como es el caso del proceso de persecución penal. Es por esto que en la presente investigación tendremos por objetivo principal analizar el marco de acción que brinda nuestro ordenamiento jurídico a los organismos encargados de la persecución penal, comparando los derechos de los titulares de datos personales, recogidos en la Ley 19.628 “sobre protección de la vida privada” y en la Constitución fundamentalmente, con la regulación de las competencias y atribuciones brindadas a los organismos a cargo de llevar adelante la fase de investigación dentro del proceso penal. Para lograr el objetivo planteado, la presente investigación efectúa un análisis deductivo, que parte del estudio del bien jurídico protegido y su regulación general, para luego analizar sus implicancias en el campo de la investigación penal, con el fin de concluir contrastando la información así recabada con la legislación nacional, identificando de esta forma el escenario existente en nuestro país respecto del tratamiento de datos personales dentro del proceso de persecución penal.

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