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Manifestaciones de algunos temas fundamentales de la ciencia criminológica presentes en la obra dramática de William Shakespeare

Abbott Matus, Felipe January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo ha tenido como propósito poner de manifiesto la presencia de contenidos de la teoría criminológica tradicional y moderna en una selección de la obra dramática del autor inglés William Shakespeare. Para ello, se ha presentado una primera parte dando un vistazo general a aquellos elementos que consideramos indispensables y sin los cuales no podría el lector enfrentarse adecuadamente al examen de tal material, como son; antecedentes políticos e históricos de la época en que el autor vivió, una reseña biográfica, y un examen breve de su obra y del teatro isabelino particularmente. A continuación la investigación se desenvuelve pasando revista a algunos de los temas claves de la discusión criminológica clásica y contemporánea, vigentes siempre a través de toda la historia y evolución de la disciplina, de tal suerte de provocar el intercambio natural con el material del dramaturgo seleccionado. Es así como el planteamiento general del tema es seguido luego por la correspondiente cita de los pasajes que son juzgados pertinentes a la hora de ilustrar la presencia de tales conceptos en la creación del autor inglés. La selección de la obra aborda quizás lo más significativo de la producción del teatro de Shakespeare, así como se han seleccionado los temas relevantes de la reflexión criminológica de siempre a fin de subrayar el hecho de que esos grandes temas lo son, tanto para la criminología como para el teatro. De ese modo, el análisis pasa tanto por temas más amplios, como son el control social y el tratamiento del castigo o la visión crítica de un sistema de justicia inequitativo, hasta más precisos y complejos, como la anomia y la distegración social, los mecanismos de neutralización, la vergüenzareintegrativa, el determinismo y el libre albedrío, el etiquetamiento, y el examen del caso de ciertos grupos específicos. Finalmente, como fue esbozado en un principio, se quiere dejar presente que la relación entre este material y la reflexión de la teoría criminológica, desde el momento en que descubren estar tocando temas comunes, se descubren una a otra como fuente y referente recípocras, y ello permite reforzar la idea de que la criminología y las artes en general, así como respecto de toda oproducción cultural, están obligadoas a citarse mutuamente puesto que en definitiva abordan las inquietudes de la humanidad más íntimas y por ello siempre presentes, aunque sean aparentemente abordadas y resueltas de modo diverso. A modo de anexo, se ha incluido un breve estudio de teoría leteraria que se centra en algunos aspectos de lo que es la obra dramática exclusivamente
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La memoria perdida : ensayos sobre literatura y derecho

Rein Venegas, Tatiana, Valenzuela Rodríguez, Raúl Ignacio January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El ensayo es un género literario como el cuento o la novela, pero a diferencia de éstos, sus personajes son las ideas. El ensayo no es científico, es artístico. Ejemplos de ensayos son los “Diálogos” de Platón, o los realizados por los españoles de la generación del 98, como “El Sepulcro de don Quijote” de Miguel de Unamuno o los de Octavio Paz en “El Laberinto de la Soledad”. El ensayo es un intento, es un tratar. Busca la Verdad, pero nunca llegar a una Verdad definitiva. Es un cortejo a la Verdad. Un pololeo que no termina en matrimonio. No necesariamente da respuestas y muchas veces está lleno de preguntas. El ensayo sugiere, lleva a la reflexión. La labor del lector comienza justo con el punto final del ensayista. Puede reflejar el humor y el espíritu del autor. También, como toda obra, el periodo histórico que le correspondió vivir. Por lo general encontramos en el ensayo, una tensión entre la individualidad del autor y mundo al cual pertenece. Según Theodoro Adorno “el ensayo tiene un carácter perecedero por su proximidad al hombre contingente”. Allí está su gloria y su miseria. La intención del ensayo es mirar allí donde hay oscuridad. Algo así como intentar describir un objeto que se encuentra bajo el agua.
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El dios de la máquina: ensayo sobre la conjuración de la tragedia

Trujillo Silva, Joaquín Mateo January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este diparatado ensayo literario indaga en el proceso de largo alcance que va desde el mundo trágico al del código de Napoleón, allí donde ese antiguo mundo griego quedó reducido a dos conceptos, el de caso fortuito y el de fuerza mayor, simples excepciones a la responsabilidad. ¿Qué pasó en ese extenso pasaje? Intentaremos explicarlo.
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Important, unimportant: a critical anticipation of the assumptions of legal positivism in Alice in wonderland / Importante, no importante: una anticipación crítica de los supuestos del positivismo jurídico en Alicia en el país de las maravillas

Ghirardi, José Garcez 10 April 2018 (has links)
Almost a full century separates Alice in Wonderland (1865) of Charles Lutwidge Dodgson(who will be referred by his pseudonym, Lewis Carroll) and the second, lengthier and more elaborate edition of Hans Kelsen’s Pure Theory of Law (1960; first edition published in 1934). And yet, it is possible to argue that the former anticipates and critically addresses many of the philosophical assumptions that underlie and are elemental to the argument of the latter. Both texts, with the illuminating differences that arise from their disparate genre, have as one of their key themes norms and their functioning. Wonderland, as Alice soon finds out, is a world beset by rules of all kinds: from the etiquette rituals of the mad tea-party to the changing setting for the croquet game to the procedural insanity of the trial with which the novel ends. Pure Theory of Law, as Kelsen emphatically stresses, has the Grundnorm as the cornerstone upon which the whole theoretical edifice rests (see Green, 2003; Posner, 2005).This paper discusses some of the assumptions underlying Kelsen’s argument as an instance of the modern worldview that Lewis satirically scrutinizes. The first section («Sleepy and stupid») discusses Lewis’ critique of the idea that, to correctly apprehend an object (in the case of Kelsen’s study, law), one has to free it from its alien elements. The second section («Do bats eat cats?») discusses the notion of systemic coherence and its impact on modern ways of thinking about truth, law and society. The third section («Off with their heads!») explores the connections between readings of systems as neutral entities and the perpetuation of political power. The fourth and final section («Important, Unimportant») explains the sense in which a «critical anticipation» is both possible and useful to discuss the philosophical assumptions structuring some positivist arguments. It also discusses the reasons for choosing to focus on Kelsen’s work, rather than on that of Lewis’ contemporary John Austin, whose The Province of Jurisprudence Determined (published in 1832) remains influential in legal debates today. / Casi un siglo entero separa a Alicia en el país de las Maravillas (1865) de Charles Lutwidge Dodgson (a quien nos referiremos por su seudónimo, Lewis Carroll) y a la segunda, más larga y más elaborada edición de la Teoría pura del derecho (1960) de Hans Kelsen —cuya primera edición fue publicada en 1934—. Y, sin embargo, es posible argumentar que la primera obra anticipa y trata en forma crítica a muchos de los supuestos filosóficos que fundamentan y son elementales en los razonamientos sobre la última. Ambos textos, con las diferencias iluminadoras que surgen de sus géneros dispares, tienen como uno de sus temas clave las normas y su funcionamiento. El país de las maravillas, como Alicia pronto descubre, es un mundo sitiado por regulaciones de todo tipo: desde los rituales de etiqueta de la merienda de locos hasta los arreglos cambiantes para el juego de croquet y la insensatez procesal del juicio con el que termina la novela. La Teoría Pura del derecho, como enfáticamente recalca Kelsen, tiene a la Grundnorm (norma fundamental) como la piedra angular sobre la que reside todo el edificio teórico (véanse Green, 2003; Posner, 2005).Este trabajo discute algunos de los supuestos en los que se basa el razonamiento de Kelsen como un ejemplo de la moderna visión del mundo a la que satíricamente analiza Carroll. La primera sección («Somnolienta y atontada») discute la crítica de Carroll a la idea de que, para comprender un objeto (en el caso del estudio de Kelsen, el derecho), uno tiene que liberarlo de sus elementos ajenos. La segunda sección («¿Comen murciélagos los gatos?») discute la noción de coherencia sistémica y su impacto sobre las formas modernas de pensamiento sobre la verdad, el derecho y la sociedad. La tercera sección («¡Que les corten la cabeza!») explora las conexiones entre las lecturas de sistemas como entidades neutrales y la perpetuación del poder político. La cuarta y última sección («Importante, No importante») explica el sentido en el que una «anticipación crítica» es tanto posible como útil para discutir los supuestos filosóficos que estructuran algunos argumentos positivistas. Esta sección también discute las razones para elegir concentrarse en el trabajo de Kelsen, más que en el del contemporáneo de Carroll John Austin, cuya obra La provincia de la jurisprudencia determinada (publicada en 1832) continúa influyendo hoy en los debates legales.
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Del caos al imperio del derecho : la búsqueda de la justicia en Shakespeare

Jocelyn-Holt Correa, Emilia January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo de su documento
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Derecho, estado y Animal farm

Aguado Iriarte, Piero Alejandro 27 November 2019 (has links)
La tesis se desarrolla como un esfuerzo intelectual destinado a reconocer los beneficios de la interdisciplinariedad para el derecho, debido a que es un aspecto que tiene mayor potencial que el usado en la actualidad. Asimismo, trata de demostrar que el desarrollo de las normas en una sociedad no se rige por lo que la mayoría de los miembros de esta busquen, sino que, por el contrario, corresponde a intereses mucho más individualistas. La hipótesis central del este trabajo es que las normas van evolucionando de conformidad con las pretensiones del grupo social que tiene el poder de crearlas o modificarlas dentro de la sociedad. Esa hipótesis se encuentra sustentada en el supuesto teórico del poder en las sociedades, como se obtiene y como se implementa, además de estar enfocada en el estudio de la obra Animal Farm de George Orwell que nos permite ver un panorama claro respecto del empoderamiento de un grupo al interior de una sociedad y las distorsiones que causa en la misma. El método de desarrollo del presente trabajo es bibliográfico, se enfoca en el estudio de aquellos artículos que se han escrito en torno a derecho y literatura, así como de aquellos que estudian la creación de normas en las sociedades y la obra. La principal conclusión del estudio es que las normas al interior de una sociedad si se ven afectadas por las pretensiones del grupo social que se encuentra empoderado al interior de la misma; empero, también se concluye que el estudio de las obras literarias puede beneficiar positivamente el estudio legal.
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El Derecho en la Utopía: Análisis de la evolución histórica de ambos conceptos desde su oposición hasta su complementariedad

Misseri, Lucas 09 July 2021 (has links)
La hipótesis que ha guiado toda la investigación es que el concepto de utopía ha ido evolucionando a lo largo de su historia, desde una inicial hostilidad ante ciertas instituciones que caracterizan al Derecho, especialmente la figura de los abogados litigantes, hasta una cierta complementariedad. Si bien ese progreso no carece de excepciones, se nota un mayor grado de apertura a las instituciones jurídicas, como consecuencia de la necesidad de organización de la vida social compleja ante el hecho de la escasez de recursos y el altruismo limitado que están en la base de ambos conceptos. Dicha complementariedad se ve reforzada con el auge de teorías que van más allá de los postulados positivistas que buscaban separar completamente el Derecho de la esfera valorativa, o aquellos planteos neoconstitucionalistas que buscan disolverlo en ella. Hoy algunas concepciones reconocen que los valores juegan un rol importante en la comprensión de la práctica social que llamamos Derecho y se considera que un cierto grado de utopismo, en tanto que reconocimiento y persecución de ideales razonables, es legítimo y hasta necesario para comprender esa práctica.
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Triángulo humano: derecho, literatura y discapacidad mental. Los opas en la narrativa de José María Arguedas

Meza Díaz, Julio Martín 08 July 2019 (has links)
A partir del marco trazado por Martha Nussbaum en Justicia poética (y su debate con la obra de Richard Posner), esta tesis se detiene en los aspectos jurídicos vinculados a la discapacidad mental. Analiza así la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, centrándose en lo relacionado a la definición de discapacidad y el artículo 12 de la convención, que refiere a la capacidad jurídica y a los derechos igualitarios. A continuación se analizan algunas obras de la literatura peruana contemporánea que han representado la discapacidad mental. Se contrastan estos textos literarios con la narrativa de José María Arguedas y sus personajes con discapacidad mental, especialmente aquellos denominados opas, como Mariano y Marcelina. Estos personajes, desde la óptica del lenguaje jurídico, son "incapaces absolutos o relativos". Sin embargo, en el marco de la cosmovisión andina de la narrativa de Arguedas, dichos personajes tienen una diferencia valiosa, la que puede convivir con los demás en una relación de respeto y en un amplio marco de igualdad. Se intenta señalar entonces el vínculo entre la convención y el modo en que Arguedas retrató la discapacidad mental mediante sus personajes opas. Se señala también que la literatura (en este caso, mediante la obra de Arguedas) puede llegar antes a ciertas problemáticas a las que el derecho arriba tardíamente.

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