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La equidad en la interpretación de la ley: aproximaciones desde la doctrina y la jurisprudencia.

Piquer Romo, Ana January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El trabajo pretende realizar una descripción de la manera en que tanto la doctrina como la jurisprudencia chilenas han explicado y aplicado el artículo 24 del Código Civil, el rol en particular que se le asigna a la equidad en la toma de decisiones judiciales en Chile. Luego de un análisis de doctrina, se proponen cuatro preguntas a través de las cuales es posible explicar mejor la posición doctrinaria chilena: la actitud ante casos difíciles, la equidad como fuente de Derecho, el origen o contenido asignado a la equidad y el rol o función que se le otorga a la equidad (interpretación, integración o rectificación). Se concluye que la doctrina tiene un carácter legalista con mayores o menores grados de estrictez. La respuesta de la doctrina ante estas preguntas es comparada con lo que han dicho al respecto los tribunales chilenos, siendo posible apreciar que hay varios aspectos relevantes en los cuales no coinciden. Aunque la doctrina influye fuertemente en la manera en que los tribunales argumentan sus fallos, hay ocasiones en que, en definitiva, actúan con un legalismo menos estricto, con mayor atención al caso. De tal modo, la sistematización teórica realizada por la doctrina parece no estar explicando de manera completa la labor interpretativa práctica realizada por los tribunales, lo que abre caminos a nuevos estudios futuros en este sentido, que reconozcan este nuevo ámbito de creatividad que los jueces han abierto, con las nuevas facultades y responsabilidades que ese ámbito podría implicar para los tribunales.
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La Interpretación Objetiva de la Ley y el Principio de la Seguridad Jurídica

Olcay Montti, Luis Gonzalo January 2002 (has links)
Tesis (magister en derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente tesis tiene por objeto establecer la idea que la denominada interpretación objetiva de la ley, que ha tenido su desarrollo en el último tiempo, realmente viene a socavar el valor jurídico de la Seguridad, bien jurídico fundamental en cualquier ordenamiento jurídico. Quien formula la presente tesis, es de la idea que al momento de interpretar la ley la única forma de resguardar dicho valor es por medio de la utilización del criterio hermenéutico de interpretación subjetiva de la ley, donde la voluntad subjetiva del legislador es el norte que debe seguir todo intérprete al momento de desentrañar el sentido de una norma jurídica. Esta tesis comienza con un análisis de los antecedentes respecto de las tendencias hermenéuticas dominantes (Capítulo I), haciendo un breve resumen de cada una de ellas, y explicando sus postulados principales. Los capítulos siguientes establecen razones de diversa índole que demuestran la inconveniencia de la interpretación objetiva de la ley. En el capítulo segundo se establecen razones jurídico filosóficas para optar por el criterio tradicional de interpretación de la ley. Después en el capítulo tercero se realiza una exposición de antecedentes jurídico históricos donde se explica las actuales bases de nuestro ordenamiento jurídico en materia de interpretación. Posteriormente en el capítulo IV se esbozan razones de carácter lógico de la inconveniencia de la voluntad real e independiente de la ley, para continuar después con un análisis de sentencias judiciales en las cuales se hace presente la contradicción de dichos fallos jurídicos al momento de interpretar la misma norma jurídica.
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El realismo jurídico norteamericano: escuela de derecho

Campos Flores, Evelyn Patricia, Sepúlveda Hales, Bárbara 09 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A finales del siglo XIX y ya más decididamente en los albores del siglo XX, en el seno de la comunidad jurídica estadounidense, se desarrolla un movimiento que reúne a diversas, reconocidas y legitimadas personalidades, quienes, durante ese período, manifestaron y asentaron sus insatisfacciones con los métodos empleados y, principalmente, con la ideología jurídica dominante de la época. Esta nueva corriente de pensadores, con clara inspiración pragmática, formuló y desarrolló sus ideas en torno a una concepción funcional o instrumental del Derecho, la que coincidió justamente con expresiones progresistas de un pensamiento político, crítico y alternativo a la cultura jurídica estadounidense, hasta entonces hegemónica. La realidad socioeconómica que, por aquellos años previos a la crisis de 1929, comenzaba a desarrollarse a un ritmo frenético, propició, entre los intelectuales, una posición crítica respecto a las condiciones en que el fenómeno socioeconómico acaecía. De hecho, para algunos autores, las convenciones positivistas que regían el ámbito económico, a pesar de su ceguera y terquedad ante las problemáticas reales, servían como demostración a la necesidad de postular una crítica a las bases argumentales de la ciencia decimonónica, por lo que el nuevo pensamiento crítico que se estaba configurando se trató, coherentemente, de una traslación al dominio jurídico de desarrollos epistemológicos que, en esos momentos, se producían en otros ámbitos del conocimiento. Así, esta contracultura apareció, en el derecho estadounidense, como un movimiento de “revuelta contra el formalismo”.
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Eficacia de la Constitución en el derecho del trabajo. Una problematización

Yáñez Monje, Patricio Eduardo January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / El objeto de esta memoria es poner en tela de juicio los basamentos filosóficos jurídicos de de la teoría de la eficacia directa de los derechos fundamentales, teoría que está en la base del procedimiento de tutela, establecido en el artículo 485 y siguientes del Código del Trabajo. En consecuencia, los conceptos fundamentales a problematizar, y que sirven a la justificación de la teoría de la eficacia directa, son el concepto de supremacía constitucional, la distinción entre reglas y principios, y el principio de proporcionalidad de Robert Alexy. El fundamento principal de la crítica a la eficacia directa, y los conceptos fundamentales que la justifican, constituye la distinción entre conceptos y concepciones, según el cual los derechos fundamentales constituyen conceptos apriorísticos y transversales a todas las perspectivas políticas, pero para tener un contenido concreto necesitan ser llenados de contenido con una concepción particular sobre lo que ese concepto debe querer decir, y ello consiste en las perspectivas políticas acerca de los mismos. Por esta razón, la determinación del contenido concreto debe efectuarse a través de reglas que hagan poco probable que los jueces derroten dichas reglas con una perspectiva política distinta a la que subyace a la regla. 4 Por otro lado, en cuanto a los efectos prácticos de la teoría de la eficacia directa de la constitución, esta memoria pone de relieve el hecho de que al poseer diversas perspectivas políticas la interpretación de los derechos fundamentales, la interpretación judicial puede implicar una perspectiva distinta a la que subyace al Derecho del Trabajo chileno, pudiendo aquella derrotar a las reglas del Código del Trabajo. Esta memoria hace hincapié en diversos casos en que esta hipótesis se ha hecho realidad
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El principio in dubio pro operario. Análisis dogmático y jurisprudencial.

Cárdenas Bustos, Pamela María, Moglia Contreras, Alejandra del Pilar January 2008 (has links)
No description available.
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Una aproximación al derecho penal desde el punto de vista del contructivismo operativo

Sepúlveda Arséndiga, Pamela del Carmen January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo constituye una aproximación al Derecho Penal a través del prisma del constructivismo operativo que surge a partir de la teoría de sistemas del autor alemán Niklas Luhmann. Nuestro trabajo se desarrolla en tres capítulos: en el primero de ellos se describe la sociedad de nuestros días como sociedad funcionalmente diferenciada; se analizan los sistemas sociales en cuanto sistemas autorreferentes y autopoiéticos y su organización sobre la base del concepto de sentido; además se analiza la indisoluble relación entre la complejidad y la diferenciación funcional, lo cual permite, para finalizar el capítulo y a la luz de la necesidad de reducción de la complejidad, explicar en abstracto la diferenciación de un sistema jurídico y dentro de éste de un (sub)sistema jurídico penal. En el capítulo segundo se analiza el sistema jurídico en cuanto sistema parcial, poniendo especial atención en su característica de sistema autopoiético, lo cual se complementa con el análisis detallado de la función por la cual se diferencia y de su código binario de operatividad, esto es, conforme a derecho/no conforme a derecho. En el capítulo tercero, y a partir del contexto general del sistema jurídico previamente visto, se analiza el Derecho Penal como (sub)sistema: por una parte, la función del (sub)sistema jurídico penal; y, por otra parte, la autopoiesis del (sub)sistema jurídico penal, y dada la premisa de que la generación de estructuras es una operación de los sistemas autopoiéticos, se describe cómo la generación de estructuras constituye una operación particularmente relevante del (sub)sistema jurídico penal, sobre todo en lo referente a que desde el punto de vista del constructivismo operativo la autolegitimación del (sub)sistema jurídico penal está dada, en gran medida, a través de la operación del propio sistema de generación de las llamadas “estructuras de legitimidad”. Además, se destina una sección al constructivismo operativo del (sub)sistema jurídico penal, tomando como principales referentes los temas de la imputación objetiva y de la culpabilidad. En última instancia, el apartado final, se reserva, en primer lugar, para referirnos a las posibilidades de observación y descripción de los sistemas sociales utilizando como referente lo que respecta al sistema jurídico; y en segundo lugar, para esbozar algunas consideraciones sobre las posibilidades de observación del (sub)sistema jurídico penal. En la conclusión se describe como el instrumental del constructivismo operativo sirve como herramienta para abordar el Derecho Penal de nuestros días
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Interpretación de la ley, artículo 20 del Código Civil : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias

Montebruno Poblete, Carlos Enrique January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente memoria es una actualización del Repertorio de jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia, específicamente en lo referente al artículo 20 del Código Civil. Se trata de revisar la manera en que se ha aplicado la mencionada norma, y el contenido de determinadas palabras utilizadas por la ley que ha sido delimitado en el marco de la resolución de casos concretos. Así, el presente trabajo se compone de cinco secciones: una Introducción, en que se describe el proyecto de actualización en general y el marco de desarrollo de la actualización; un Trabajo Monográfico sobre el artículo 20 del Código Civil y su tratamiento actual en el Repertorio; una sección de Extractos de Fallos, en que se concentra toda la jurisprudencia recopilada atingente; las Conclusiones, en que se compara lo que había en la actual edición del Repertorio con el resultado de la actualización de la sección del artículo 20; y una última sección correspondiente a las fichas de jurisprudencia elaboradas y completadas por este memorista.
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Del caos al imperio del derecho : la búsqueda de la justicia en Shakespeare

Jocelyn-Holt Correa, Emilia January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo de su documento
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Incidencia del Tribunal Constitucional Chileno en Políticas Públicas: Aproximación Desde los Casos de la Píldora del Día Después y de la Tabla de Factores de Riesgos de las Isapres

Cruz Martínez, Alexánder January 2011 (has links)
No description available.
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La interpretación de los derechos económicos, sociales y culturales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional : período 2006-2010.

Arteaga González, Roberto Andrés 10 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Sobre el Deber de Fundamentación de las Sentencias El discurso jurídico es un caso especial del discurso práctico general y tiene como característica principal, el que sus premisas deben estar obligatoriamente vinculadas con el derecho vigente . En consecuencia, los jueces deben fundamentar sus sentencias de acuerdo a las reglas y principios del derecho vigente . Es la realización de este deber la que nos permite conocer las razones - al menos las expresas - que llevan a los sentenciadores a decidir un caso de determinada manera. La actividad judicial adquiere especial relevancia cuando se refiere a la determinación de la constitucionalidad de las normas emitidas por los órganos legislativos, es decir, cuando el criterio para la determinación de la validez de una norma sea su conformidad con otra de carácter superior, en este caso, la Constitución Política de la República.

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