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La videovigilància i el control de les garanties constitucionals

Garrós Font, Imma 09 May 2005 (has links)
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Las Pensiones no Contributivas como Proyección Social y Normativa del Artículo 41 de la Constitución Española

Fargas Fernández, Josep 14 December 2001 (has links)
El artículo 41 CE tiene como una de sus funciones la garantista y defensiva de un sistema público de Seguridad Social que se vio reforzado con el advenimiento de las pensiones no contributivas; en la medida en que se amplió a más personas la tutela pública del sistema, en dos contingencias -vejez e invalidez- que han sido siempre nucleares encualquier sistema de Seguridad Social, se reforzó a esta institución de relevancia constitucional; ello no obstante, la integración de tales prestaciones puso de relieve que el diseño constitucional de la Seguridad Social contiene tanto elementos de unidad como de pluralidad, en su vertiente institucional así como en concepto material.
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La protección constitucional del derecho a la vida en Colombia y la gobernabilidad democrática como estrategia política y ciudadana para su fortalecimiento.

Arbeláez Arango, Alejandro 13 April 2007 (has links)
La presente Tesis Doctoral, presentada como requisito para optar al título de Doctor en Derecho Constitucional, tiene por objeto estudiar profundamente y desde un enfoque político-constitucional el Artículo 11 de la Constitución Política de Colombia que reza: "El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte". Ello con el propósito de determinar si la masiva violación de este derecho en el País se debe a deficiencias en las garantías jurídicas existentes o si, siendo estas suficientes, la explicación se encuentra más bien en la incorrecta formulación de las políticas gubernamentales y en el deficiente funcionamiento de las instituciones políticas creadas para tal fin; haciéndose por tanto necesario buscar soluciones más desde el ámbito político tal como lo plantea la Gobernabilidad Democrática, que desde el ámbito puramente jurídico como lo plantea la teoría constitucional.Para ello, la Tesis Doctoral se compone de tres grandes bloques:Un primer bloque en el cual se estudia en detalle la normativa que, relativa al respeto, protección y promoción de la vida, comporta carácter obligante para Colombia, tanto desde el ámbito nacional como continental y universal. Allí se analiza el concepto mismo de Derecho a la Vida, así como su protección en la Constitución Política, en sus normas derivadas, en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y en los muy diversos acuerdos y convenios que, relativos a los derechos humanos, el País ha firmado y ratificado en el ámbito continental con la Organización de Estados Americanos y en el ámbito universal con la Organización de las Naciones Unidas, los cuales revisten especial importancia para Colombia toda vez que, por medio del llamado "Bloque de Constitucionalidad", hacen parte del derecho interno. Este análisis de la normativa existente, se ve complementado con el estudio de las garantías jurisdiccionales y no jurisdiccionales que cada una de las instancias señaladas presenta para alcanzar su cumplimiento. Un segundo bloque estudia la magnitud de la violación del Derecho a la Vida en Colombia en cifras reales -relación entre la norma y la realidad-, y para ello tiene presente tanto el contexto general del País como las hipótesis tradicionalmente manejadas que explican la violencia homicida colombiana en razón de su situación de pobreza o del Conflicto Armado Interno. En este bloque, se desvirtúan ambas hipótesis, se introduce el fenómeno del narcotráfico como variable fundamental para explicar la presencia de una subcultura de la muerte y se determina la responsabilidad político-constitucional que al Estado colombiano le compete por no garantizar realmente en su territorio la plena vigencia del Derecho a la Vida.Un tercer bloque conjuga el análisis de la teoría jurídica y la realidad homicida de Colombia y, a partir de ambas, plantea soluciones desde la Gobernabilidad Democrática como forma de gobierno que tiene presentes las necesidades, prioridades y expectativas de los actores sociales, compagina las mismas con el mandato jurídico-político sobre el cual se estructura el Estado Social de Derecho y permite la participación de los estamentos públicos, privados y de la sociedad civil en la formulación, diseño e implementación de las políticas públicas relativas al respeto, protección y promoción del Derecho a la Vida.Posterior al análisis jurídico, práctico y político realizado, se documenta y argumenta -extrayendo las conclusiones correspondientes- cómo la masiva violación del Derecho a la Vida en Colombia no se debe a un problema de falta de garantías normativas -pues desde un enfoque jurídico-constitucional se demuestra que la vida en Colombia se halla plenamente protegida-, sino que la explicación fundamental se encuentra en una mala formulación de las políticas públicas y a un deficiente funcionamiento de las instituciones nacionales responsables de hacer valer el más importante de los derechos: el Derecho a la Vida como pilar y razón de ser del Estado de Derecho.Finalmente, se formula una conclusión general relativa a la utilidad y proyección práctica de la Tesis Doctoral -con el espíritu del trabajo de investigación por excelencia realizado desde la Universidad, y concebida ésta como motor de la sociedad-; es decir, la mejora de la protección del Derecho a la Vida a través de una correcta ponderación de los elementos que permiten la exigencia de responsabilidad constitucional e internacional al Estado colombiano y, paralelamente, facilitan una correcta cooperación constitucional e internacional por parte de la comunidad internacional y de otros Estados. / The objective of this Doctoral Thesis, submitted as a requirement to qualify for the title-holder of a Ph.D in Constitutional Law, is to analyze in detail and from both a political and constitutional perspective the 11th Article of the 1991 Colombian Constitution that states: "The right to life is not subject to violation. The death penalty will not be ruled". This analysis aims to determine whether the massive violation of this right in the country is due to deficiencies in the current legal rulings, or being these sufficient, due to the incorrect governmental policies and the deficient operation of the political institutions created to protect this specific right. The latter argument will make it necessary to find solutions from a political scope as the Governance puts forth, instead of relying solely on the legal framework as the constitutional theory advocates.In order to present a coherent reasoning, the Doctoral Thesis is divided in three parts:The first part is an insight into the law that regulates the topic at hand, the protection and the promotion of the Right to Life, insisting that it is mandatory for Colombia on a national, international and universal basis. The concept of Right to Life in itself will be analyzed, as well as its protection in the Political Constitution and the various accords and agreements Colombia has signed and ratified. The second part examines the magnitude of the Right to Life violation figures in Colombia -as a relation between the norm and reality-. In order to do so, it is essential to take into account the general context of the country at hand, as well as the traditional hypothesis that explain violence in Colombia, these being the poverty and the Internal Armed Conflict arguments. These two hypotheses are dismissed in this part of the study, introducing drug trafficking as a new and very present variable to explain the emergence of a death subculture. The last part combines the legal theory analysis and the reality of the homicide rates in Colombia, taking into consideration both analysis´s to raise different solutions from a Governance perspective. Deriving from the previous analysis, comes an argumentation, that the massive violation of the Right to Life in Colombia is not due to a lack of constitutional guarantees; since the legal and constitutional approach shows that life is wholly protected in Colombia. The leading explanation contends that the massive violation of this right is rooted in a deficient operation of national institutions that are theoretically supposed to guarantee the most important of all rights: the Right to Life, as the foundation and back bone of the Rule of Law.
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La figura del responsable en el derecho a la protección de datos. Génesis y evolución normativa ante el cambio tecnológico y en perspectiva multinivel

Durán Cardo, Ana Belén 30 October 2015 (has links)
El objeto de esta tesis doctoral es el estudio de la figura del responsable en el derecho a la protección de datos. La figura del responsable es un instituto del derecho europeo y una pieza clave en la normativa que regula este derecho. Sin embargo, a pesar de su relevancia, no ha recibido hasta ahora un tratamiento doctrinal integral. Por ello, esta tesis viene a cubrir dicho vacío bibliográfico sobre esta figura absolutamente central en la materia. Para ello se realiza un recorrido desde la génesis del concepto de responsable en las leyes europeas de los años setenta, pasando por su incorporación en los diversos instrumentos jurídicos internacionales que han regulado el derecho a la protección de datos en el ámbito del Consejo de Europa, la OCDE, la APEC o de la Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de datos y privacidad, hasta su establecimiento en la Directiva 95/46/CE y, en consecuencia, en todas las leyes nacionales adoptadas para transponerla. Sin perder esta perspectiva multinivel, se ahonda especialmente en la regulación de la legislación española que, además, contiene una de las regulaciones más singulares del responsable. El concepto de responsable es clave para identificar cuando estamos ante un sujeto que pueda ser calificado como tal. Por ello, la primera parte del estudio se centra en el análisis de este concepto en el que se parte de la Directiva 95/46/CE y después se traslada a toda la normativa multinivel. De esta forma, se propone una metodología –que siguiendo la establecida del Grupo del Artículo 29- permita facilitar la identificación del sujeto responsable. En la segunda parte se abordan aquellos aspectos que hacen del responsable una figura clave en la regulación europea: cumplir su papel de sujeto obligado, mediante un estatuto que incluye sus obligaciones y derechos, servir de criterio de resolución de conflictos sobre la legislación aplicable y responder del incumplimiento de la normativa, con un papel relevante en el sistema de garantías del derecho y con una función como garante del derecho a la protección de datos. En la tercera parte se plantea cómo puede la figura del responsable, nacida en una normativa elaborada cuando apenas se había iniciado el uso de Internet responder a los nuevos retos planteados por el nuevo contexto tecnológico. Para responder a esta pregunta se identificarán los retos existentes y cómo se está dando respuesta a los mismos. Finalmente, se analiza la reforma en marcha de la Directiva 95/46/CE, por lo que se realiza una aproximación a las novedades que introducen los textos preparatorios del proyecto de Reglamento General de Protección de Datos sobre la figura del responsable. / The object of this doctoral thesis is the study of the data controller role in the data protection right. The data controller is a legal entity of the European Law and a key piece in data protection regulations. However, despite its importance, it has not so far received a comprehensive doctrinal treatment. Therefore, this thesis comes to cover this bibliographic gap about this absolutely central player in this field. In order to achieve this goal, we will find out that the origin of the data controller concept is in the European laws of the seventies, and we will go through its incorporation in the various international legal instruments that have regulated the data protection right in the context of the Council of Europe, OECD, APEC or the International Conference of Data protection and privacy Authorities, until his establishment in the Directive 95/46/EC and, consequently, in all national laws adopted to transpose it. Without losing this multilevel perspective, this work deepens especially in the regulation of the Spanish data protection Law, which contains one of the most unique data controller regulations. The data controller definition is key to identify when we are in front of an entity that can be qualified as such. Thus, the first part of the study focuses on the analysis of this concept in the Directive 95/46/EC and afterwards in the multilevel laws. A methodology is proposed -which follows the one established by the Article 29 Data Protection Working Party- to facilitate the identification of the data controller. In the second part the aspects that make the data controller a key role in European regulation are addressed: to fulfill its role as bound subject, by means of a statute, including its obligations and rights, to serve as criterion for conflict resolution on applicable law and to take responsibility for non-compliance, assuming a relevant role in the system of guarantees of the right and acting as guarantor of the right to data protection. In the third part we consider how the data controller, born in legislation that was prepared when the usage of the Internet had barely started, shall face the new challenges raised by the new technological context. To answer this question existing challenges will be identified and we will find out which solutions have been implemented. Finally, Directive 95/46/EC reform is analyzed, so we approach changes affecting the data controller in the preparatory texts of the General Data Protection Regulation draft.
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La necesidad de crear un órgano de apelación permanente en el TLCAN

Lupián Morfín, Gerardo Enrique 07 June 2012 (has links)
La investigación está basada en el estudio de los sistemas de solución de diferencias de la OMC, y los sistemas de solución de controversias del capítulo XIX y XX del TLCAN; por tratarse de mecanismos análogos a los de la OMC en materias comerciales, teniendo como fin demostrar la importancia de crear un Órgano de Apelación en el TLCAN similar al de la OMC. Para dar un enfoque pertinente a esta investigación se aplicaron varios métodos como el científico, el jurídico, el analítico, el histórico y el comparativo soportados en técnicas de investigación bibliográfica e internet; todos estos métodos coadyuvaron a precisar el contenido y desarrollo de la presente tesis. En el primer capítulo el estudio se ha hecho desde una perspectiva de la evolución del Derecho Internacional, concretamente en la figura de la OMC, centrando el estudio en sus antecedentes, principios, objetivos, estructura, estadísticas, eficacia y figuras jurídicas importantes como el Órgano de Apelación. En el segundo capítulo se estudia la regulación del dumping y del zeroing, como ejemplos de prácticas desleales que justifican la necesidad de establecer un Órgano de Apelación Permanente en el TLCAN. El estudio se centró particularmente en lo regulado por EE.UU., México y Canadá, al igual que las disposiciones del Derecho internacional en el marco legal de las medidas antidumping en la OMC, abarcando el Artículo VI del GATT de 1994 y el Acuerdo Antidumping. En el capítulo tercero han sido objeto de estudio los mecanismos de los capítulos XIX y XX del TLCAN. Se destaca la importancia que el TLCAN no cuenta con un Órgano de Apelación, siendo este sistema menos judicial y vinculante, como cuestión de derecho, y por ende más flexible y diplomático que el sistema de la OMC. En el capítulo cuarto se propone la necesidad de establecer un Órgano de Apelación Permanente en el TLCAN similar al de la OMC, ya que en la actualidad el TLCAN por su falta de eficacia, no es el marco más conveniente para resolver controversias comerciales. Una especial referencia hacemos al manejo del factor político en los mecanismos de solución de controversias en el TLCAN. Para finalizar el capítulo, de manera general se establecen características que deberá tener el Órgano de Apelación Permanente en el TLCAN, así como su composición y estructura. Como último apartado, se hace una valoración de los capítulos anteriores extrayendo conclusiones finales y en base a éstas, la propuesta de establecer un Órgano de Apelación Permanente en el TLCAN similar al de la OMC. En cuanto al objetivo especifico de la presente tesis, este se centra en reforzar al TLCAN demostrando la necesidad de establecer un Órgano de Apelación Permanente en su mecanismo de solución de controversias, para que haya un equilibrio entre sus Miembros y con el más estricto apego a derecho sean dirimidos los conflictos y posteriormente acatadas las resoluciones por las Partes litigantes, donde imperen principios y garantías iguales para las Partes y se fomente la independencia del TLCAN dotándolo de virtualidad. / This dissertation comperes the disputes settlement system of the WTO and the NAFTA´s Chapter XIX and XX of NAFTA, because the american mechanism is similar to WTO system in trade matters. The main idea of this research is to demonstrate the importance of creating an Appellate Body in the NAFTA, with a same power as the WTO´s Appellate Body. Consequently, the currency was develop by scientific, legal, analytical, historical and comparative research techniques, and supported in the legal theory. All these methods contribute to clarify the content and analysis of this thesis. The first chapter of the study develops the history, principles, objectives, structure, statistics, effective and legal implications of the WTO, focusing on the Appellate Body. The second chapter is focusing on the regulation of dumping and zeroing, as examples of unfair practices that justify the need to create a Permanent Appellate Body in the NAFTA. Likewise, the study analyzes the antidumping system of the U.S., Mexico and Canada, as well as the antidumping legal framework of the WTO, under the Article VI of GATT 1994 and the Antidumping Code. The chapter three study the mechanisms of the XIX, and XX chapters of NAFTA, as well as the consequences of the absence of the Appellate Body in the NAFTA, despite that the panel resolutions of NAFTA are bindings, and more flexible and diplomatic that the WTO system. The fourth chapter contain the propose to establish a Permanent Appellate Body in the NAFTA, in the same way than the disputes settlement system of the WTO. Consequently, the disputes settlement system of the NAFTA is not the most appropriate legal framework for resolving the trade disputes, because their resolutions are low efficiently, and based their arguments on political factor. Beside, the chapter analyzes the possible structure and composition of the permanent Appellate Body in the NAFTA. The specific objective of the thesis, concentrates in reinforcing to the TLCAN demonstrating the necessity to establish a Permanent Appellate Body in its mechanism of solution of controversies, so that there is a balance between his Members, where there are principles and equal guarantees for the Parts and the independence of the NAFTA is fomented equipping it with potentiality.
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La caducidad de derechos en el derecho laboral

Bejarano Hernández, Andrés 20 June 1994 (has links)
1.- Que el instituto de la caducidad en el ámbito laboral está falto de un estudio, a pesar de tratarse de una de las figuras que paradójicamente provoca una abundantísima jurisprudencia, es algo que debiera sorprendernos; sin embargo, sucede algo parecido en otras ramas del ordenamiento jurídico, y en concreto en el Derecho civil, en cuyo ámbito ha surgido y se ha configurado la institución de la caducidad, y en donde, salvo una reciente obra, para la gran mayoría de autores y tratadistas españoles del Derecho civil, el instituto jurídico citado no les ha merecido especial atención, ubicándolo, generalmente, en el capítulo dedicado al estudio de la prescripción extintiva, en ocasiones como una variedad de la misma, y, en otras, como un instituto de naturaleza jurídica distinta a la figura prescriptiva aunque con notables similitudes con ésta, lo que ha supuesto que, en la mayoría de casos, los autores se limiten a señalar las diferencias esenciales existentes entre la caducidad y la prescripción sin profundizar en las características singulares y genuinas de la figura caducitaria. En este estudio sobre la caducidad en el Derecho laboral se pretende, fundamentalmente, delimitar el citado instituto en el marco del Derecho laboral en sentido estricto, excluyendo, pues, por razones metodológicas, el régimen de la Seguridad Social. A tal fin, se ha sistematizado el estudio en dos partes; la primera, compuesta de tres capítulos, se destina a la exposición de la teoría de la caducidad en su propia sede, es decir, en la del Derecho material, y por tanto a su estudio, tanto en el orden civil, como figura general del ordenamiento jurídico, como en el orden laboral, al que, obviamente, dado el tema objeto de este estudio, se dedica un análisis pormenorizado de todos y cada uno de los elementos que configuran el régimen jurídico de la caducidad. En esta primera parte se procede a una sistematización de la teoría de la caducidad mediante el análisis y la síntesis de las diversas posiciones y tesis doctrinales y jurisprudenciales sobre dicho instituto. Aunque una gran parte del contenido de los tres capítulos que conforman esta parte primera se dedica a la exposición sistematizada de dichas tesis, ello no impide que el autor de estas líneas exprese, a su vez, su punto de vista y extraiga sobre las mismas las oportunas conclusiones que sirven para apoyar o corroborar su propia teoría sobre la caducidad, que, por otro lado, es tributaria en gran medida de aquellas doctrina y jurisprudencia que considera más sanas y acertadas. En la segunda parte -compuesta de un capítulo- se procede al examen de la caducidad en el proceso, tanto el civil como el laboral.2.- Los tres primeros capítulos se han sistematizado de la forma siguiente: el primero se destina al estudio del concepto y fundamento de la caducidad. El segundo capítulo se dedica a la configuración del ámbito objetivo de la caducidad, así como a su clasificación, precediéndose en el capítulo tercero a la sistematización de su régimen jurídico. Debe advertirse que, salvo un reciente trabajo, la doctrina civilista de nuestro país no ha abordado en profundidad el tema de la caducidad. Por tal motivo, no debe extrañar que la mayor parte de las discrepancias doctrinales que mantiene el autor de este trabajo tengan como punto de referencia ese único estudio monográfico sobre la caducidad, estudio que, al margen de las divergencias puntuales que respecto a determinados temas mantenemos con el autor del mismo, merece ser destacado, sobre todo, por su meritoria y excelente sistematización de los perfiles jurídico-materiales de la caducidad. En cambio, y habida cuenta de que la caducidad fue acogida en nuestro Ordenamiento por la jurisprudencia y que ésta es abundantísima en dicha materia, sobre todo en el ordenamiento laboral, se han manejado numerosas sentencias que han servido para trazar y sostener, en gran parte, la concepción teórica de la caducidad que se ofrece en este trabajo, tarea que se ha complementado con las escasas pero valiosas aportaciones sobre el tema -o colaterales al mismo- realizadas por la doctrina científica, tanto civilista como laboralista.3.- Una vez delimitados en la primera parte los contornos jurídico-materiales de la caducidad, en la segunda parte -el capítulo cuarto- se procede a la configuración y examen de dicho instituto en el proceso, tanto civil como laboral, partiéndose para ello de los estudios de la doctrina científica procesalista y de los criterios jurisprudenciales. Este cuarto capítulo con sus dos apartados -el civil y el laboral- se estructura en dos bloques temáticos. En primer lugar se estudia el factor temporal en los actos procesales y se exponen y analizan los elementos comunes y las diferencias existentes entre los plazos preclusivos procesales y los plazos de caducidad. El segundo bloque, que trata sobre la forma de operar la caducidad en el proceso, tiene como objeto remarcar la forma de apreciación de la caducidad en el proceso, tanto civil como laboral. Con todo, y para evitar reiteraciones innecesarias, en el desarrollo de este capítulo se efectúan las oportunas remisiones a lo ya tratado con carácter general en el apartado primero relativo al proceso civil -generalmente las referidas a su primer bloque temático-, mientras que se estudian con mayor detenimiento aquellos temas que inciden específicamente en el examen de la caducidad en el proceso laboral, tanto en la instancia como en la duplicación y en la casación.
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Política del derecho para la paz y la convivencia en Colombia más allá del esquema diálogo-guerra

Rivera, Sneider 06 November 2012 (has links)
Contribuir a la búsqueda de una alternativa al esquema diálogo/guerra que gobierna la política y la cultura de paz en Colombia es el propósito central de este trabajo. La tesis que desarrolla sostiene que la paz requiere un derecho de nuevo tipo, construido en función de la convivencia. Su fundamentación empírica se basa en el análisis de la legalidad surgida como consecuencia de la negociación política para la paz, particularmente la de experiencias consideradas exitosas como la centroamericana. Precisamente, uno de los grandes problemas de la paz de esta región deriva de la respuesta jurídica que se construyó. Si bien se aprobaron normas para acompañar la política hacía el pasado, para intentar alcanzar el monopolio del uso de la fuerza, para incorporar a la vida social y política a las personas afectadas por el conflicto armado y a muchos de sus protagonistas, también se aprobaron otras para acompañar las políticas de participación, la de protección de los derechos humanos y la judicial, el derecho que acompañó a la paz ha sido del mismo tipo de aquel que contribuyó al surgimiento o convivió con la violencia y los conflictos armados. Desde el punto de vista teórico, la perspectiva de la convivencia intenta articular derechos humanos, ciencias de la paz, la teoría de la solución pacífica de los conflictos, el paradigma socioconstructivista, la Criminología Crítica, la teoría jurídica para la democracia, la Economía Pública, el Estado de Bienestar y la teoría de los riesgos sociales. La convivencia no ha ocupado en nuestro ámbito el lugar social y teórico que ha alcanzado en otros espacios culturales y sociales. Tradicionalmente el trabajo teórico y empírico centra su atención en el problema social de la violencia, en la explicación causal de esta problemática, y en la elaboración de respuestas para hacer frente a la causalidad detectada. Por su parte, la mayoría de programas de trabajo en derechos humanos giran en torno a la gestión de los problemas sociales que producen sus violaciones, tal como sucede en el caso de las víctimas, los desplazados y refugiados, el derecho internacional humanitario, la desaparición forzada, la población privada de libertad, las comisiones de la verdad, la justicia transicional, la impunidad y el sistema penal, entre otros. Finalmente, experiencia y reflexión teórica se juntan para formular una propuesta de paz para Colombia centrada en la puesta en marcha de una nueva vivencia social con el derecho y sus instituciones. Un programa de política del derecho para la convivencia que supone, entre otras cosas, una transformación de la cultura penal, la separación progresiva del trabajo en derechos humanos del derecho penal, el diseño de un sistema jurídico e institucional con capacidad para gestionar riesgos sociales, el establecimiento de límites a la política como profesión, la protección social y legal de la familia así como del mínimo común que compartimos los colombianos. Si bien un programa de esta naturaleza supone cambios en la organización social, jurídica e institucional del país, más que de una utopía, se trata de una alternativa viable tanto técnica como económicamente. Y está dirigido a convocar a la sociedad y familias colombianas en torno suyo pues los derechos y libertades no se sostienen por sí solos. / Contributing to the search of an alternative to the scheme dialogue/war that prevails in the politics and culture of peace in Colombia is the main purpose of this work. The thesis that follows support that peace demands a new type of right, built on the basis of societal and social coexistence. Its empirical basis is the analysis of the legality that appears as a consequence of the political negotiations in the armed conflicts. The achievements, advances and limits of the peace process depend, to some extent, on the legal answers. In Central America, an experience considered successful, one of the biggest problems related to peace was the legal answer that was built around. Although rules that seemed to be part of the past were approved trying to get a force monopoly, to incorporate those people affected by the armed conflict into the social and political life, other political participations were also approved in order to protect human rights and legal rights. The right that went with peace has been the same that contributed to the rise of violence or coexisted with it in the armed conflicts. From the theoretical point of view, the coexistence perspective tries to articulate human rights, peace sciences, the theory of the pacific resolutions of conflicts, the social constructivist paradigm; the Critical Criminology, the legal theory for democracy, Public Economy, the Welfare State and the social risks theory. The societal and social coexistence has not played the appropriate role in our society. Traditionally, the empiric theory work pays a special attention to the social problem of violence, in its causal explanation and making answers to cope with its origins. Moreover, most of the program works on human rights turn around the management of the social problems produced when violating them, like it happens for instance with the victims, displaced and refugees, the international humanity laws, the forced disappears, people private of freedom, truth commissions, transitional justice, impunity and criminal justice. Finally, experience and theory together try to make a peace proposal for Colombia based on the new social experience with the law and its institutions. A program of policy of rights that supposes the transformation of the penal culture, the progressive separation of the work on human rights from the criminal law, the design of a legal and institutional system able to manage social risks, put limits to the political as a profession, the social and legal protection of the family, as well as the minimums that Colombians could share. A program like this suppose changes in the social, legal and institutional organization of the country, more than utopian, it´s a viable economic and technical alternative. It intends to group the society and the Colombian families around it because the rights and freedoms cannot hold up by themselves.
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La correlación de la sentencia con la acusación y la defensa. Estudio comparado del derecho español con el chileno.

Río Ferretti, Carlos del 08 September 2006 (has links)
La tesis trata del estudio del deber de correlación de la sentencia. Todos losordenamientos procesales penales contienen normas que regulan los alcances delpoder de resolver de los órganos jurisdiccionales, las cuales determinan concierto grado de certeza dentro de qué márgenes debe resolver el juzgador en cadacaso. Estas normas establecen la necesaria amplitud con que se deben ejercer lospoderes de decisión jurisdiccional y los límites dentro de los cuales se han derealizar.Inicialmente se establece que el deber de correlación debía entenderse como laexigencia de congruencia de la sentencia del juzgador con la acusación y ladefensa, de manera que la decisión jurisdiccional tenía que referirse a todas laspeticiones y alegaciones planteadas por las partes, como un deber deexhaustividad, y, a la vez, referirse sólo al objeto del proceso introducido a travésde la acusación, sin ampliarlo, extenderlo o desviarlo a otro, en tantomanifestación del límite a su poder de decisión.La correlación impone entonces dos deberes al juzgador, uno de exhaustividady otro de límite, y por eso en caso de infracción de éstos el órgano jurisdiccionalincurre o en incongruencia omisiva o en incongruencia por exceso,respectivamente.El deber de exhaustividad halla su principal fundamento en la tutela judicialefectiva sin indefensión y en el derecho de defensa, mientras que el deber delímite de la sentencia encuentra fundamento en el principio acusatorio, aunquetambién se debe considerar la influencia del derecho a ser informado de laacusación, del derecho de defensa y del principio de contradicción.La complejidad del deber de correlación por las materias implicadas en él y laextensión de su contenido, impuso la prudencia al trazar el objeto de estudio deesta investigación, razón por la cual se decidió ceñir la tesis al estudio de lacorrelación como límite a los poderes de decisión del juzgador, dejando a un ladoel deber de exhaustividad, con el fin de realizar una exposición, aunquerestringida, más acabada.Ahora bien, la investigación sobre el deber de correlación dentro de lostérminos señalados se realizó desde una triple aproximación a su estudio:dogmática, de Derecho positivo y jurisprudencial. Se intenta dar a estos tres aspectos un tratamiento lo más integrado posible, sin perjuicio de ensayar unorden sistemático que en cierta medida impone divisiones temáticas.Respecto del carácter comparado de la tesis, del Derecho español con elchileno, cabe consignar que tiene especial interés, ya que permite cotejar elobjeto de estudio en dos ordenamientos normativos distintos, pero que poseenuna raíz jurídica común, lo cual se traduce en una visión compartida de lasmaterias jurídicas implicadas en la correlación.Se analiza primeramente el caso español, pues es éste el Derecho que ha deservir de referencia para la comparación con el chileno.El caso español ofrecerá unas categorías de análisis dogmático yjurisprudencial sobre la base de un Derecho vigente, que se ha visto en lanecesidad de resolver problemas concretos de correlación. El desarrollodogmático y jurisprudencial en el Derecho español, ha dado lugar a la creaciónde criterios sistemáticos que justifican y explican racionalmente y desde el puntode vista de la técnica procesal el instituto de la correlación. En Chile todavía nose ha producido un estudio científico a este respecto y de ahí la conveniencia deaprovechar la experiencia dogmática española para el estudio del caso chileno.La tesis, con todo, no renuncia a hacer un estudio crítico de la correlación enambos Derechos comparados, consignando las conclusiones que han parecidocientíficamente procedentes. / Every criminal procedural Law contains regulations limiting the Court'scompetence to decide on a concrete case. These regulations provide both therange and the limits of jurisdictional powers. This thesis deals with one aspect ofthese regulations, the "duty of correspondence". Namely, the principle accordingto which the final decision of a Court has to be consistent or congruent with thefacts presented both in the accusation an the defence. On the one hand, the Courthas the competence to deal with all the charges and defences brought byprosecutor and defendant. On the other hand, the duty of correspondence imposesa serious limitation on the Court's competence: the judgment is completelybound by the prosecution; not being allowed for the Court to deliver a judgementsurpassing or diverting the domain of the prosecution. Both obligations areconceived as a guarantee to have fair notice of the prosecution.Consequently, the duty of judgement's correspondence imposes two specificobligations to the Court: a positive duty to resolve exhaustively all the demands-avoiding to omit any charge or defence- and a negative duty to not resolvebeyond the limits of prosecution. This research explores, from a comparativeview between the Spanish and Chilean Law, the later obligation, focussing on theproblem from multiple perspectives. The Author suggests a systematic andintegrated order for the negative dimension of the correspondence duty.Therefore, he considers the positive Law, the theoretical discussions and the caseLaw.
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Legislación electoral de la Segunda República Española

Carreras, Francesc de 27 December 1977 (has links)
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El patrimonio constitucional europeo: su asimilación por el orden jurídico comunitario (análisis específico del patrimonio europeo de los derechos fundamentales)

Ortiz Pica, M. Isabel 11 January 2003 (has links)
La creación de las Comunidades europeas se realizó mediante un Tratado internacional negociado y aprobado por los representantes de los Estados miembros y sucesivamente modificado siguiendo los procedimientos por ellos establecidos. Así, desde la perspectiva del instrumento elegido para crear esta organización, la convergencia de las Comunidades europeas con las organizaciones internacionales "clásicas" es absoluta. Una aproximación a la naturaleza jurídica de la UE, a sus características, funciones, estructura, a las relaciones existentes entre el orden jurídico comunitario y los órdenes jurídicos de los Estados miembros... permite apreciar claramente que el proceso de integración europea va más allá de los objetivos que caracterizan una organización internacional "clásica".Tras algo más de 50 años de constitucionalización informal del orden jurídico comunitario, en nuestros días esta organización se enfrenta a los retos políticos y jurídicos que genera la constitucionalización del orden jurídico comunitario. En este sentido, la "Convención sobre el futuro de Europa" ha aceptado este reto. No es la primera vez que una transformación de este tipo se intenta, ahora bien, en estos momentos -próximos a una nueva ampliación-, la transformación resulta absolutamente indispensable. La conclusión final de mi investigación es la siguiente: hasta ahora en el orden comunitario se ha producido una "constitucionalización" de facto, por la vía de la modificación de los Tratados. Pero, tras el Tratado de Maastricht de 1992, el proceso de profundización de la UE, que actualmente no sólo incluye las libertades fundamentales sino también políticas tan relevantes como la moneda común, la política exterior o la inmigración y el asilo, etc., debería acompañarse de una "constitucionalización" formal que permita un cambio constitucional profundo. Hasta ahora, la mutación constitucional de la UE no ha podido desarrollarse globalmente teniendo en cuenta todos sus contenidos y consecuencias, en una palabra, coherentemente. Esta circunstancia ha provocado aún un mayor déficit democrático y una menor transparencia del sistema. En este marco, la alternativa propuesta por nuestra investigación es clara: el mejor medio de afrontar una real y coherente transformación constitucional de la UE es utilizando el adecuado instrumento legal para conseguirlo: una real y formal Constitución. / The European Communities were created by international Treaties negotiated and approved by the representatives of each Member State and successively modified following procedures established in their own Treaties. Therefore, from the perspective of the legal instrument chosen to create this organisation, the convergence of the European Communities with the "classical" international organisations is absolute. An approach to the legal nature of the European Union, its characteristic notes, their functions, structure, the relations between the EC legal order and the legal orders of the Member States... allows to appreciate clearly that the process of European Integration goes beyond the objectives that characterise a "classical" international organisation. After more than 50 years of informal constitutionalisation of the EU legal order, nowadays this organisation has to be confront with the political and juridical challenges that generate a formal constitutionalisation of the EU structure. So, the "Convention on the future of Europe" has accepted the challenge to change the EU institutional structure. It is not the first time that such a transformation is trying by the European Union, but at present -near a new enlargement to the East and Central Europe-, the transformation become absolutely indispensable. The final conclusion of my dissertation is that: up to now the EU system has proceed with a factual "constitutionalisation" of its legal order using the traditional way of amending treaties. But clearly after Maastricht Treaty (1992), the process of deepening of the European Union that nowadays include not only the fundamental liberties but also policies as relevant as the common currency, the foreign policy or the immigration, visa and asylum etc. should have a formal "constitutionalisation" that permit a deeply constitutional change. Up to now, the practical constitutional mutation of the EU couldn't be done as a whole taking care of all its contents and consequences, coherently in a word. That provokes still more democratic deficit and less transparency in the system. In this framework, the alternative for this Ph.D. thesis is clear, the best way to confront a real and coherent constitutional transformation of the EU is using the adequate legal instrument to do it: a real, a formal Constitution.

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