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Problemática en torno a la figura de “responsable” y la estabilidad tributaria aplicable a las empresas del sector hidrocarburos, a propósito de la modificación introducida por el Decreto Legislativo No. 1112 al inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del ISalazar Gavilan, Johana Milagros January 2018 (has links)
Con fecha 29 de junio de 2012, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto
Legislativo No. 1112 a través del cual se introdujeron diversas modificaciones a la Ley
del Impuesto a la Renta, las cuales entraron en vigencia el 1 de enero de 2013.
Específicamente, el Artículo 9 del citado Decreto Legislativo, dispuso la modificación
del inciso c) del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta.
A propósito de la referida modificación, con fecha 24 de diciembre de 2015, la
Administración Tributaria (SUNAT) publicó el Informe No. 0187-2015-SUNAT/5D0000
mediante el cual dio respuesta a las consultas planteadas en torno a la modificación
del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, acerca de los ajustes de precios
de transferencia aplicables a las transacciones efectuadas a título gratuitos, en el
supuesto de un contratista domiciliado en el país que ha suscrito un Contrato de
Licencia de Hidrocarburos, por el que se encuentra sujeto al régimen impositivo del
Impuesto a la Renta vigente antes de la modificación introducida por el Decreto
Legislativo No. 1112, al cual un sujeto no domiciliado sin establecimiento permanente
en el país le ha prestado servicios gratuitos.
En relación con ello, el trabajo tiene por finalidad hacer un análisis de los conceptos
analizados en citado Informe a fin de compartir una opinión crítica respecto a las
conclusiones señaladas por la SUNAT sobre la aplicación del inciso c) del Artículo 32-
A de la Ley del Impuesto a la Renta en el caso de empresas de hidrocarburos que
hayan suscrito un Contrato de Licencia con el Estado en virtud del cual han
garantizado su estabilidad tributaria a la fecha de suscripción del referido contrato con
anterioridad a la modificación introducida mediante el Decreto Legislativo No. 1112. A
tal efecto, se analizan los siguientes temas: el alcance de la estabilidad tributaria de
los Contratistas que han suscrito un Contrato de Licencia, la figura del contribuyente y
responsable establecida en nuestra legislación, el nacimiento de la obligación tributaria
en el caso de no domiciliados, el alcance de la modificación del inciso c) del Artículo
32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, y el “recobro” de la deuda al no domiciliado.
En resumen, a partir del análisis desarrollado en el referido trabajo, se arriban -de
manera general- a lo siguiente: La figura del “responsable” a que se refiere el inciso c)
del Artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta habría sido establecida en calidad
de “responsable sustituto” pues el único sujeto obligado por el pago del impuesto sería
el sujeto domiciliado (Contratista) y no el sujeto no domiciliado; por lo cual el
contratista (domiciliado) vería afectada la carga tributaria que le habría sido
garantizada bajo el Contrato de Licencia. Asimismo, la opinión de SUNAT respecto al
recobro de la deuda al no domiciliado vulneraría la denominada “autonomía del
derecho tributario”, en virtud del cual el referido “recobro” debería haber sido regulada
por las normas tributarias (con remisión a las normas civiles, de ser el caso). / Trabajo académico
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La aplicación de las normas contables en el Derecho Tributario : el caso del devengado y la NIIF 15Burga Villavicencio, Yessenia Fiorella January 2018 (has links)
En el presente trabajo de investigación se analiza la aplicación de las normas contables por parte de la Administración Tributaria y Tribunal Fiscal, esto es, en el ámbito del Derecho Tributario, verificándose que dichas normas contables han sido aplicadas para dar contenido a términos, conceptos o supuestos contenidos en la norma tributaria, en específico, la Ley del Impuesto a la Renta. En este contexto, se verifica la utilización de las normas contables para dar contenido al principio del “devengado”, motivo por el cual, en el presente trabajo de investigación también se analiza el impacto que tendrá la transición de la Norma Internacional de Contabilidad No. , a la nueva Norma Internacional de Información Financiera No. 15, la cual se refiere a los ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, y entrará en vigencia a partir del año 2018, la misma que proporciona nuevos lineamientos y un modelo consolidado de cinco pasos para el reconocimiento de ingresos por contrato de ventas. / Trabajo académico
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Sugerencias para una mejor adecuación de la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento, en relación a los precios de transferencia, con la aplicación prácticaMendoza Egoávil, Karina Gisella 26 May 2017 (has links)
La presente memoria contiene el análisis realizado a algunos de los problemas cotidianos que afrontan las personas relacionadas con la aplicación y evaluación de los precios de transferencia (en adelante,
“PT”). Es preciso indicar que muchos de los problemas planteados en esta memoria como los casos prácticos fueron tomados de la experiencia laboral desarrollada en Deloitte LATCO – Perú (en adelante, “Deloitte Perú”).
El estudio de dichos problemas se realizó con el objetivo de plantear soluciones viables y rápidas de implementar, a fin de mejorar el alcance de la legislación vigente, en el Perú, en relación a PT.
En cada uno de los problemas que se mencionan, se presentará una alternativa de solución que ayude a simplificar y transparentar la aplicación de la legislación actual de PT / Memoria
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Las indemnizaciones por responsabilidad civil contractual y su deducibilidad como gastoRodriguez Bullon, David Alejandro 11 February 2019 (has links)
Mediante la presente investigación se busca determinar si es que las indemnizaciones
pagadas por las empresas a terceros por haber incumplido alguno de los términos
contenidos en un contrato con su contraparte califican como gasto deducible para fines
de la determinación del Impuesto a la Renta, incumplimiento que puede surgir en el
devenir de las diversas operaciones económicas aquellas empresas realizan y que
puede deberse a un sinnúmero de factores. Lo señalado obedece a la ausencia de un
tratamiento tributario en la legislación tributaria, teniendo como consecuencia una
dispersión de criterios ya sea en entre las mismas empresas o en los distintos
estamentos administrativos y judiciales, que originan incertidumbre y un debido
cumplimiento referente a la correcta determinación de aquel impuesto. Para
determinar si aquel gasto es aceptado para fines del Impuesto a la Renta, se analiza
qué criterios o condiciones debe cumplir un gasto, cualquiera este sea, para que sea
deducido por las empresas. Asimismo, se analiza la legislación actual concerniente al
incumplimiento contractual y los factores que lo propician. Adicionalmente, se recurre a
la jurisprudencia nacional así como de otros países, con la finalidad de examinar
cuáles son las posturas que adoptan respecto a la deducción de un gasto por las
indemnizaciones antes descritas y cuáles son los fundamentos que las soportan.
Como consecuencia de las acciones descrito, se determina que las indemnizaciones
en las que se incurren como resultado de incumplimientos contractuales no son gastos
deducibles (o no aceptados tributariamente) para el Impuesto a la Renta, salvo
situaciones particulares que excedan a la voluntad y actos del contribuyente, por lo
que las empresas deben adoptar medidas adecuadas y planificar concienzudamente,
para de esta manera evitar incurrir en incumplimiento de sus obligaciones
contractuales que conlleven a un desembolso de indemnizaciones a favor de terceros. / Trabajo de investigación
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Evaluación de la reforma tributaria en el Perú en un modelo de equilibrio general computableAbanto Grados, Cinthia Denisse 18 May 2017 (has links)
El objetivo de este documento es evaluar los efectos sobre el bienestar de una reforma tributaria orientada a quitarle protagonismo a los impuestos directos. Por lo que se demuestra que el costo marginal de los impuestos indirectos es menor al
costo marginal de los impuestos directos. Asimismo, se calculan las elasticidades de sustitución oferta local VS externa (Armington), las elasticidades de sustitución demanda local vs externa (CET), las elasticidades de sustitución de factores de
producción y las elasticidades de demanda – precio de hogares. Además, el Modelo de Equilibrio General Computable Standard desarrollado por Lofgren (2002) es calibrado con la Tabla de Insumo Producto del 2012, las elasticidades mencionadas anteriormente, la elasticidad de sustitución entre el valor agregado
y la demanda intermedia para la oferta de cada bien y la elasticidad en la función de agregación del mismo bien producido por diferentes sectores de actividades. Entre sus principales resultados se obtiene que existe una potencial reforma tributaria para subir el Impuesto General a las Ventas y bajar el Impuesto a la Renta de tercera categoría a un costo de bienestar social relativamente bajo, asumiendo de que los beneficios tienen que ser más grandes que el Costo Marginal de los Fondos Públicos
para compensar este factor de costo adicional. / Tesis
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Informe jurídico sobre la Casación 6619-2021: intereses moratorios de los pagos a cuenta del Impuesto a la RentaFlores Coria, Rosario Lorena 07 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la problemática asociada a la
aplicación de intereses moratorios generados por la modificación del coeficiente
para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
Existen posturas divergentes en torno a este tema, en los diferentes niveles de
los órganos resolutivos administrativos y en sede judicial, lo que ha
desembocado en la emisión de diversas casaciones como la 27444-2018, la
4392-2013, y la Casación materia de análisis en el presente informe. No
obstante, con ello no se ha logrado establecer un criterio que otorgue seguridad
o que esclarezca la problemática.
Una posición, sostiene que sí se deben cobrar intereses moratorios a los pagos
a cuenta del IR tras la modificación del coeficiente, generado ya sea por una
fiscalización posterior o por una declaración jurada rectificatoria; dado a que, se
ha producido una omisión que rompe con el requisito de pago oportuno. La
posición contraria, asegura que no corresponde la aplicación de estos intereses,
dado que, si el contribuyente cumplió con determinar los pagos a cuenta con los
elementos de cálculo presentes al momento del abono, se ha cumplido con ello
de forma oportuna.
En ese sentido, corresponde analizar las principales figuras jurídicas que
envuelven a los pagos a cuenta del impuesto a la Renta
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Contrato de asociación en participación ¿Olvidado o no por la ley del impuesto a la renta?Osores Silva, Lorena Lissette 29 March 2019 (has links)
En el presente trabajo de investigación, la autora realiza un análisis al tratamiento
tributario del Contrato de Asociación en Participación, a la luz de la Ley del Impuesto a
la Renta, a propósito de un pronunciamiento emitido por el Tribunal Fiscal en el año
2017.
A partir de éste pronunciamiento efectuado por el Tribunal Fiscal, se presente un cambio
en el tratamiento tributario del referido Contrato, generando controversia y dividiendo las
posturas de los operadores jurídicos.
A efectos de la investigación, se hace un recorrido histórico de todos los cambios
normativos que ha tenido el Contrato de Asociación en Participación en nuestro
ordenamiento jurídico peruano, específicamente en la Ley del Impuesto a la Renta y
demás normas en el marco del derecho tributario.
En este contexto, se presenta la postura de la autora, la cual cambiaría el escenario
fiscal que se viene teniendo hasta el día de hoy, siendo que la tributación del Contrato
de Asociación en Participación caerá en cabeza, única y exclusivamente, del Asociante,
quien otorgará la utilidad, de ser el caso, del negocio al Asociado en calidad de “renta
desgravada”.
Finalmente, la autora reflexiona sobre la necesidad de una regulación tributaria que
acoja al Contrato de Asociación en Participación, tomando en consideración las
necesidades particulares de este Contrato y, sobretodo, su naturaleza jurídica
societaria.
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Tratamiento de la asociación en participación en el Impuesto a la Renta. A propósito de la Resolución N° 2398-11-2021Campos Fernández, José Antonio 08 June 2023 (has links)
En el presente Informe se describen las diferentes posturas que surgieron sobre el
tratamiento de la participación del asociado en el Impuesto a la Renta en el marco de un
contrato de asociación en participación luego de la modificación operada por la Ley N°
27034 (vigente desde 1999). Asimismo, se analiza lo resuelto por el Tribunal Fiscal en la
Resolución N° 2398-11-2021 de observancia obligatoria, en la que se recoge la actual
posición del ente resolutor y en la que se concluye que la participación del asociado
califica como dividendo u otra forma de distribución de utilidades. Sobre esta resolución,
se realiza un análisis crítico, a fin de descartar las distintas posturas desarrolladas a lo
largo de estos años y dar respuesta, principalmente, a dos preguntas: (i) si la participación
del asociado califica o no como renta gravada, y (ii) si califica como renta de segunda o
de tercera categoría. Dicho análisis se realiza considerando las normas del Impuesto a la
Renta que resultan aplicables y la naturaleza del contrato de asociación en participación
que se desprende de la Ley General de Sociedades, lo que lleva a concluir que la
participación del asociado califica como renta gravada de tercera categoría. Finalmente,
se comenta el tratamiento contable del mencionado contrato y el nuevo tratamiento
tributario aprobado por el Dec. Leg. N° 1541 que estará vigente a partir de 2023.
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La tributación del Asociado en los Contratos de Asociación en Participación: una renta de Tercera CategoríaChilingano Leon, Luis Andre 23 March 2022 (has links)
El presente trabajo centra su análisis en el tratamiento tributario aplicable a los Contratos de Asociación en Participación, de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta.
Para tales efectos se busca comprender (i) los antecedentes de la actual regulación (o falta de ella). Así, es importante indicar que tanto el cambio normativo basado en la Ley No. 27034 y el Decreto Supremo No. 194-99-EF como las posteriores posiciones a raíz de aquel resultan de vital importancia para comprender la actual “falta de regulación expresa”; (ii) las posiciones más relevantes planteadas en el
ámbito administrativo. Para ello, a fin de contar con un marco de análisis más sólido y comprehensivo se ha optado por atender al actual criterio de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal; finalmente, (iii) se ahonda en una propuesta desde la estructura actual de la Ley. Es decir, por aplicación del inciso g) del
artículo 28 de la tal norma
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Informe de valorización del intangible “Trout Feeder” desde la perspectiva de precios de transferenciaGuevara Martínez, Camila Lucía 25 January 2022 (has links)
El presente documento plasma mi experiencia profesional en el área de Precios
de Transferencia y está integrado por un informe de valorización realizado para
determinar el valor al que debe ser pactada una operación de venta de un activo
intangible entre partes vinculadas, de modo que refleje el valor que terceros
independientes acordarían en una operación similar realizada en condiciones
comparables. Los análisis de precios de transferencia resultan relevantes en un
contexto globalizado como el actual, en el que son cada vez más comunes las
transacciones intercompañía1 realizadas al interior de grupos tanto nacionales como
multinacionales, dado que son, usualmente, operaciones implementadas con el
propósito de efectuar actividades integradas que permitan generar sinergias, optimizar
costos, entre otros. En razón a esto, la valorización objeto de este informe se realizó
haciendo uso de la normativa de precios de transferencia incluida en la Ley del
Impuesto a la Renta y su Reglamento, así como de las directrices emitidas por la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Asimismo, se
utilizó información financiera publicada por el INEI2 e información de acceso privado
proporcionada por Standard & Poor’s mediante su plataforma Capital IQ.
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