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Tratado de libre comercio entre Chile y Centroamérica : análisis de las normas del capítulo XI sobre comercio transfronterizo de serviciosMichineau Torres, Paulette Andrea January 2002 (has links)
Tesis (magister con Mención en Derecho Económico) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Nuestro propósito es analizar dicho documento, específicamente lo que dice relación con el comercio transfronterizo de servicios. Analizaremos aquí las bases sobre las cuales se organiza este instrumento internacional; las razones que han llevado al Gobierno de Chile a escoger un socio comercial como Centroamérica, región que tradicionalmente se considera poco atractiva en el plano comercial; la experiencia que hasta el momento ha tenido Chile con países como Canadá y México, con los cuales ha firmado tratados de la misma naturaleza, y, finalmente, nos concentraremos en las normas sobre comercio transfronterizo de servicios, dentro de lo cual veremos el marco en el cual se pretende estimular la expansión y diversificación del comercio de servicios, así como las posibilidades de éxito en esta materia.
Intentaremos, así, verificar que Chile logrará percibir a corto plazo beneficios económicos importantes y que existen los elementos para establecer una zona de libre comercio, tal como lo propone el documento internacional bajo estudio.
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Trato justo y equitativo en materia de inversión extranjera : relación con los tratados de libre comercio y convenios sobre protección y promoción de inversiones suscritos por Chile : análisis jurisprudencialCerda Olivos, Cristóbal de la, Goldenberg Peñafiel, Mónica January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El trato justo y equitativo es un principio integrante y fundamental del Régimen Jurídico aplicable a las inversiones extranjeras por parte del Estado receptor de la inversión.
Este principio es componente esencial de los más importantes Acuerdos de Promoción y Protección a las Inversiones. Asimismo, todos los Tratados de Libre Comercio incluyen una cláusula de “tratamiento Justo y Equitativo” en los capítulos referidos a la Inversión Extranjera que hacen aplicación de este concepto, pero sin entregar una definición.
El carácter de Principio del trato justo y equitativo ha surgido principalmente a la luz de los Acuerdos de Inversión Bilaterales y la jurisprudencia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
Entregar un concepto unívoco de éste principio es un ejercicio que puede resultar imposible de lograr. Diversos son los intentos que han existido por parte de la doctrina y jurisprudencia sobre la materia, pero sin duda no se ha logrado configurar una definición que abarque por completo su significado.
La dificultad viene dada por la basta aplicación que se le ha otorgado a este concepto, apareciendo en las primeras negociaciones de Tratados Multilaterales e Instrumentos de Inversión y hoy en día como un capítulo obligado en los Tratados de Libre Comercio, lo que se expondrá en el párrafo 2 de esta memoria.
Por otra parte, la interpretación que se la ha dado a la cláusula de “tratamiento justo y equitativo” es muy diversa. Tanto la jurisprudencia de los tribunales arbítrales, como la interpretación realizada por la doctrina, no han sido contestes en una sola definición o noción.
Una primera aproximación a este concepto nos permite señalar que este principio es un estándar de comportamiento exigible al “Estado receptor” de la inversión extranjera, en virtud de la cual está obligado a otorgarle un trato justo y equitativo.
El problema se suscita al buscar el real contenido de este estándar. La discusión se ha concentrado principalmente en saber cuál es su fuente. Alguna interpretación lo relaciona con las Normas Mínimas del Derecho Internacional Consuetudinario, otros en Normas de Derecho Internacional surgidas a la luz de los capítulos referidos a las Obligaciones de Protección a la Inversión Extranjera incluidos en la generalidad de los Tratados Internacionales o en los Principios Generales del Derecho. Existe una última interpretación que sostiene que el trato justo y equitativo es un principio autónomo, de origen independiente y que se ha desarrollado a la luz de los Tratados Internacionales y Acuerdos de Protección y Promoción a la Inversión Extranjera (APPIs).
El significado de este estándar de comportamiento exigible puede no ser el mismo en todos los tratados y acuerdos en los cuales se contiene. Su interpretación se puede ver afectada por las circunstancias en la cual se aplica, desde la forma en como esté redactado el acuerdo o tratado, su contexto, la historia de su negociación o las indicaciones que cada una de las partes pueda haber efectuado.
En todos los acuerdos y tratados que se ha incorporado el trato justo y equitativo se ha redactado sin precisar su significado ni delimitando su contenido. Se ha señalado que la falta de precisión en la redacción de este estándar y la ambigüedad de su contenido, es intencional, otorgando a quienes le corresponde su posterior interpretación frente a un determinado conflicto, la posibilidad de adecuar su contenido mínimo, otorgando mayor flexibilidad, y por lo tanto posibilitando su adaptación a realidades no previstas al tiempo de la suscripción del tratado.
Sin perjuicio de las ventajas que puedan resultar del carácter “flexible” de este concepto, para efectos de su interpretación y aplicación, esta forma de redacción atenta contra uno de los principios jurídicos fundamentales de toda la legislación internacional, la seguridad jurídica. Se entrega a los tribunales la posibilidad de justificar sus fallos en un uso arbitrario del concepto, adecuándolo a los intereses de una u otra de las partes en conflicto. Según los críticos del trato justo y equitativo esa es su principal deficiencia, lo que ha llevado a que este principio, en opinión de parte importante de los autores, pierda relevancia.
Es esta indeterminación del concepto del trato justo y equitativo lo que motiva este trabajo. Su finalidad es que el lector pueda tener una visión global de este principio, analizado desde diversas perspectivas y lograr entender cual es el real estándar de comportamiento que se le exige al Estado Receptor de la inversión extranjera, examinando los principales elementos que la jurisprudencia ha establecido como integrantes del estándar del trato justo y equitativo.
En la segunda parte del trabajo analizaremos este principio en relación con el Régimen Jurídico Chileno y a la luz de los acuerdos de protección y promoción de inversiones, y tratados de libre comercio suscritos por nuestro país. En este contexto, se hará especial hincapié en la jurisprudencia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) que ha afectado los intereses de nuestra nación, en particular el laudo.
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Tratados de libre comercio, protección de inversiones y medio ambiente : Chile y su relación con el NAFTA y sus paises miembrosDougnac Mujica, Clemente January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / A partir del término de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional ha
buscado dotar a la economía mundial de una estructura institucional que permita
alcanzar, en la medida de lo posible, el mayor grado de desarrollo de los países
del orbe. Esta cruzada descansa, principalmente, en la idea de que el libre
comercio es la mejor alternativa posible para un mayor y mejor crecimiento
económico. Es por esta razón que la finalidad perseguida por dicha
institucionalidad es propender el libre comercio, estimulando el libre flujo de
mercancías entre los distintos países y minimizando las trabas a los intercambios
internacionales.
Cuando se planteó el sistema internacional que debía regir tras la Segunda Guerra
Mundial, se diseñaron tres ámbitos básicos de acción, cada uno de los cuales
debía generar una institución destinada a llevarla a cabo: en el ámbito financiero,
el Fondo Monetario Internacional; en el ámbito del desarrollo, el Banco Mundial y
en el ámbito de comercio la Organización de Comercio Internacional, la cual, a
diferencia de las dos primeras, nunca llegó a ser ratificada. Sin embargo, para
cubrir el vacío dejado por la no ratificación de la Organización de Comercio
Internacional, el año 1947, en la ciudad de Ginebra, 23 países se reunieron en una
ronda de negociaciones para reducir los aranceles. De estas negociaciones nació
el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, GATT por su sigla en inglés, el
cual sentó principios de comercio internacional a los que posteriormente adhirieron
otros países, los cuales fueron dotando de una cierta estructura organizativa a
dicho acuerdo.
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Aspectos laborales del tratado de libre comercio suscrito por Chile y ChinaPeña Diez, Diego January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En el primer Capítulo, titulado “Protección social– laboral en el marco de las relaciones comerciales internacionales”, se realizará una exposición acerca de la vinculación existente entre el fenómeno de la globalización y las relaciones laborales. Esta aproximación permitirá entender la necesidad de una regulación jurídico-laboral ante los diversos efectos que causa la mundialización de la economía en la organización del trabajo y en las relaciones laborales.
En el Capítulo II, titulado “Acuerdos de Libre Comercio y la Cláusula Social”, se analizará el reconocimiento e incorporación de los derechos laborales en los acuerdos de libre comercio.
El Capítulo III está dedicado al “Análisis del Tratado de Libre Comercio suscrito por Chile y China”. Se estudiará la importancia de la República Popular China en las relaciones comerciales internacionales. Además ofreceremos una revisión de los antecedentes y Rondas de negociaciones, como también de principales contenidos del TLC lo cual nos permitirá tener mayor claridad en cuanto a los derechos y obligaciones que emanan del acuerdo suscrito.
El Capítulo IV titulado “Análisis del contenido laboral del TLC”, tiene por finalidad estudiar el alcance jurídico que tienen los aspectos laborales acordados tanto en el Tratado como también en el Memorando de Entendimiento sobre Trabajo y Seguridad Social.
Ofrecemos, finalmente, un cuerpo de conclusiones generales, el que contiene nuestras consideraciones sobre la materia objeto de esta obra.
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TLC entre Chile y China. Un análisis económico-legal del tratado y sus anexosEgaña Díaz, Hernán January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El año 2006 Chile firmó un tratado de libre comercio (TLC) con China,
siguiendo su línea de liberalizar y abrir su economía, este tratado reviste
características importantes para ambos países, para el gigante asiático, es el
primer TLC que firma con un país en el mundo; para Chile -sumado a lo
anterior- la posibilidad de acceder a una economía casi cuarenta veces más
grande que la propia, lo cual traerá muchas oportunidades, pero también
desafíos, ya que se dio acceso a nuestro mercado interno a la economía más
competitiva del mundo.
Junto con estudiar las cifras de China y su rol en el sistema políticoeconómico
internacional, se describe su relación con Latinoamérica y en
particular con Chile, como preámbulo a la teoría económica del comercio
internacional que explica las razones por las cuales los países se benefician
comerciando, para dar paso a la teoría legal y las consideraciones que se
tuvieron en mente en la redacción del texto del tratado y sus anexos.
Se puede concluir que la firma del TLC con China es un gran paso en
nuestras relaciones con el gigante asiático y nuestra apuesta de apertura al
mundo. Sin embargo, hasta el día de hoy, la firma del TLC no ha traído los
efectos deseados en cuanto a una mayor atracción de IED y diversificación de
nuestra canasta exportadora, realidad que lleva a este trabajo a estudiar las
razones de dicha situación y repasar las medidas necesarias para otorgarle
mayor dinamismo a la economía chilena
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Aspectos ambientales del Tratado de Libre Comercio entre Chile y la República Popular China. El memorándum de entendimiento sobre cooperación ambientalBeltrán Méndez, Jorge Christian, Pérez Fernández, Daniela María Cecilia January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El incremento de las exportaciones ha jugado un rol central en la estrategia que Chile ha seguido para conseguir el desarrollo económico. Dicha estrategia, se ha enfocado en abrir la economía hacia los mercados internacionales.
Nuestro País ha participado activamente en la economía internacional, ha suscrito acuerdos de libre comercio, ha participado en negociaciones ambientales internacionales, y ha mejorado la cooperación ambiental con países vecinos . Todo ello a la luz de la búsqueda del crecimiento económico basado en un modelo de desarrollo sustentable .
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Ambiente y Eco marketing : ¿Oportunidades o amenazas en los tratados de libre comercio?Pablo Badilla, David de 15 December 2005 (has links)
Seminario de Titulo Ingeniero Comercial, Mención Administración / El presente trabajo busca caracterizar los procesos sobre los cuales se hacen los tratados de libre comercio, en especial aquellos que tienen implicancias medio ambientales dentro de nuestro país. La idea de realizar este trabajo proviene de un estudio en el cual participe en conjunto con el profesor Enrique Manzur y el alumno Gustavo Vergara, acerca del marketing verde, este trabajo fue publicado como parte de una tesis de grado de dicho alumno en el semestre de invierno del 2005 (Ecomarketing: ¿A quien le importa?), dentro de dicho trabajo de tesis podemos ver que los resultados mas importantes son la importancia y necesidad de adoptar el eco marketing como una nueva tendencia hacia la cual se mueven los mercados internacionales, el no adoptarlo, seria como negar la globalización, debido a que la conectividad de los distintos mercados es la que impulsa este tipo de medidas.
Por otro lado se ve que la herramienta de eco certificación solo será creíble si proviene de instituciones imparciales, quienes certifiquen y otorguen dichos sellos a las empresas, pero además debe existir un esfuerzo por parte de las entidades publicas o privadas de informar a las personas acerca del significado de la eco certificación, haciendo así el símbolo algo familiar y reconocible, común a todos, por lo cual se debe buscar una estandarización de los eco sellos. No puede existir un universo de eco sellos ya que esto solo conllevaría al caos y a la omisión por parte del público que no tiene tiempo ni energías de aprenderse todos los sellos y sus significados. Así se debe esperar que los sellos ecológicos converjan a cierta estandarización mundial.
Así se analiza que en el caso chileno, seria aconsejable, la creación de una institución tripartita, compuesta por el estado, las empresas privadas y las instituciones de estudio como las Universidades o terceros dedicados a las materias ecológicas, la cual serviría para lograr una llegada masiva hacia las personas para que conozcan sobre los procesos de certificación ecológica, la adopción de los eco sellos por parte de las empresas y en definitiva lograr que las personas reconozcan y adopten los eco sellos como una forma de garantía confiable de la responsabilidad corporativa de las empresas hacia el medio ambiente.
Además se llega a la conclusión de que la eco certificación será bien recibida en Chile ya que la mayoría de las personas muestran una propensión a probar aquellos productos que aunque siendo mas caros que su competencia, argumentan ser ecológicos, llegando a adoptarlos si es que estos muestran tener la misma calidad y rendimiento, que su rival no ecológico directo.
Teniendo lo anterior en mente creo que es importante llevar este estudio un paso mas allá, incluyendo a modo de complemento, la importancia de las repercusiones que tienen en nuestro país los tratados que incluyen términos relacionados con el cuidado ambiental. Así es valido preguntarnos que tipo de repercusiones tienen en la industria nacional este tipo de tratados, como afectaran a la competitividad internacional de los productos nacionales y que tipo de productos se verán mas afectados por este tipo de acuerdos. Dando respuesta a cuestiones como las ya mencionadas tendremos una base mucho mas clara acerca de la importancia de las nuevas formas de marketing que se están empezando a cobrar fuerza en el ámbito internacional y que ciertamente incluye a el marketing verde o eco marketing.
En este sentido es importante notar que los acuerdo que incluyan cuestiones ambientales, afectaran por lo general a muchos mas ámbitos de los que se cree, por lo que un detenido análisis de las repercusiones que estos tendrán dentro de la economía y vida domestica del país será de gran relevancia para poder comprender globalmente lo que significa este tipo de tratado.
Pero cabe notar eso si que Chile tiene una historia que muestra que las condiciones ambientales muchas veces son superadas por las cuestiones económicas, esto queda claramente de manifiesto en el proyecto que hace algunos años una empresa minera a tratado de instalar en el norte de nuestro país, este proyecto es conocido como “PASCUA LAMA”, en un principio varias autoridades gubernamentales y sociales se oponían férreamente a que dicho proyecto se llevará a cabo ya que la implementación de este eliminaría los glaciares ancestrales que en el lugar se encuentran y tenia el potencial de poder contaminar las aguas del valle, lo cual afectaría a la principal fuente económica de la zona, la agricultura. Pero al ir la empresa interesada aumentando los beneficios que para la comunidad traería el proyecto, así como también las consideraciones con respecto a la posible contaminación de las aguas, muchas de las voces antes disidentes se acallaron o incluso, se volvieron favorables a el proyecto en cuestión, con este breve ejemplo se deja en claro cual es la postura general tanto social como política acerca de las cuestiones ambientales y de no ser por casos específicos (Caso celulosa Arauco-Constitución) el criterio económico manda por sobre el ambiental. Así con todo lo anterior como base para este estudio, podremos analizar las cuestiones ambientales de los tratados de una perspectiva mucho más amplia e imparcial logrando una mirada hacia los desafíos que se avecinan.
En este trabajo me centrare especialmente en los productos de exportación, y en particular en los que se basan en materias primas ya que fundamentan más del 80% del comercio exterior del país. Es en estos productos donde las normas ambientales afectan de sobre manera. Así se analiza las implicancias dentro del país de dichas normas y se encuentra que Chile esta en un proceso de generación de una estructura interna que haga más fácil la implementación de estas.
Pero se debe tener cuidado al momento de aceptar normas ambientales en tratados de libre comercio, ya que estas en vez de ser dirigidas exclusivamente a un cuidado medio ambiental, puede tener un fondo proteccionista, es decir, los países tratan de proteger sus mercados internos con exigencias ambientales muy altas que impiden el libre comercio y que no guardan con al realidad ambiental de dicho país.
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Tratado de libre comercio entre Chile y China : análisis del acuerdo suplementario sobre el comercio de servicios en el marco de la OMCGómez Fiedler, Sebastián Andrés 04 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / China se transformó el año 2010 en el mayor exportador mundial de mercancías, superando a Estados Unidos, según datos de la Organización Mundial de Comercio (OMC). A su vez, varios analistas internacionales apuntan a que China se convertirá en la primera potencia mundial para el año 2030, desplazando a los Estados Unidos. La prestigiosa firma Goldman Sachs proyecta que para el año 2050, China seguirá ocupando este primer puesto, junto con un fuerte posicionamiento de los países pertenecientes al denominado BRIC (Brasil, Rusia, India y China). Para alcanzar este posicionamiento, China debió pasar por un largo proceso de reformas, tanto políticas como económicas. Se estudiará su desarrollo, analizando su historia más reciente, la que comienza con el nacimiento de la República de China el año 1911.
El año 2005 en Busán, Corea del Sur, Chile firmó un Tratado de Libre Comercio con la República Popular China (TLC Chile-China). Para Chile, este Tratado fue el fruto de una política de apertura económica de regionalismo abierto, la que comenzó a desarrollarse en la década de 1990. Chile rebajó unilateralmente sus aranceles, comenzó a firmar importantes acuerdos comerciales con varios países y participó activamente de foros multilaterales, tales como el Foro de Cooperación del Asia Pacífico (APEC). La mirada chilena se volcó hacia el Asia Pacífico, con el objetivo de transformar al país en un puente que uniera estas economías con América Latina. Aprovechando las buenas relaciones diplomáticas con China, las que oficialmente se desarrollan hace 42 años, Chile se transformó en el primer país no asiático en firmar un TLC con el gigante asiático. Se hará un estudio de las relaciones diplomáticas sino-chilenas, analizando sus principales hitos, para comprender como se llegó a la negociación de este importante acuerdo económico.
Este Tratado de Libre Comercio (TLC) abarcó principalmente el comercio internacional de bienes y mercancías. Para ello, contempló una desgravación arancelaria, lo que aumentó considerablemente el comercio entre Chile y China. Ello significó que el año 2007, China se transformara en el primer destino de las exportaciones chilenas, situación que se mantiene inalterada hasta el día de hoy. Se investigará en profundidad este TLC, analizando su estructura, artículos y principios. No obstante, este acuerdo fue sólo el primer paso reconocido para promover el comercio entre ambas naciones.
En el artículo 120 del TLC se estipularon futuras negociaciones en materia de servicios e inversiones. La segunda etapa fue la negociación de un Acuerdo que regulara el comercio internacional de servicios entre ambos país. El año 2010, el Congreso chileno aprobó el Acuerdo Suplementario sobre el Comercio de Servicios con China, incorporando este importante sector de la economía al Tratado. Según datos de la OMC, el sector de servicios viene creciendo a una mayor velocidad que el comercio de bienes desde hace veinte años. Y es visto por muchos, como uno de los principales caminos que tienen los países en vías de desarrollo para alcanzar el status de país desarrollado
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Las fortalezas que las reformas laborales le otorgaron a Chile para negociar el capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América.Sáez Carlier, Luis January 2006 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho) / “Globalicemos la solidaridad”. Así rezaba una de las pancartas que se exhibieron en Mar del Plata en una de las manifestaciones en contra de la globalización. Ese parece ser también el desafío central de la comunidad internacional y también de nuestro país frente a las grandes transformaciones experimentadas en los últimos años.
Porque si bien se puede constatar que efectivamente el avance de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la internacionalización del comercio, han ofrecido grandes oportunidades para los países, es posible comprobar que estos procesos han acentuado problemas como la desigualdad y el desempleo en las naciones más vulnerables
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Efectividad de la cláusula social en tratados de libre comercio como instrumento para proteger los derechos laborales. Casos de estudio: TLC Chile-EE UU y TLC Chile-CanadáAraya Klare, Verónica January 2015 (has links)
Tesis para optar al grado de magíster en estudios internacionales / No autorizada por la autora para ser publicada en texto completo en el Portal de Tesis Electronicas de la Universidad
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