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El matrimonio Civil y la union civil de hecho: Barreras de acceso para las personas homosexuales y heterosexuales a la seguridad social en salud contributivaMeza Córdova, Julio Alberto Franklin 10 April 2017 (has links)
La Seguridad Social en Salud y su acceso siempre han sido un tema de mucha controversia, básicamente por la falta de recursos que el Estado dispone para atender a todas las personas que sufran un estado de necesidad apremiante y requieran atenciones en salud de distintos tipos, desde atenciones ambulatorias, consultas clínicas y operaciones, hasta largos y costosos tratamientos, rehabilitaciones por accidentes, entre otros.
No obstante la falta de recursos, por mandato constitucional, el Estado se encuentra en la obligación de brindar Seguridad Social en Salud a todas las personas que requieran atender su salud por distintos factores. Es así que, para la atención de la salud de las personas existen dos sistemas, el Sistema No Contributivo representado por el Ministerio de Salud - MINSA y Sistema Contributivo representado por el Seguro Social de Salud - ESSALUD.
El MINSA brinda atención en salud a las personas en pobreza y/o extrema pobreza y, por otro lado, ESSALUD brinda atención en salud a las personas que se encuentren laborando en una relación de dependencia, razón por la cual, su empleador contribuye mensualmente con el 9% de la remuneración del trabajador para que este y sus derechohabientes se puedan atender en ESSALUD. Los trabajadores independientes que voluntariamente contribuyan al Sistema Contributivo de atención en salud también tienen acceso a ESSALUD al igual que sus derechohabientes.
En el caso de ESSALUD, esta institución brinda atención en salud a todas las personas que coticen en el Sistema Contributivo sin hacer distinción alguna ya sea por raza, género, religión entre otras, es decir, tanto hombres como mujeres, en relación de dependencia con un empleador, tienen el derecho de acudir a ESSALUD por las contingencias que se presenten en su vida diaria respecto de su salud. / Trabajo académico
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La autonomía de la voluntad de los cónyuges en previsión de los efectos económicos de la ruptura conyugalIldefonso Vargas, Madeleine 25 November 2022 (has links)
La presente investigación tiene por objetivo explicar los alcances en torno a si nuestro
ordenamiento civil otorga relevancia a la autonomía de la voluntad de los cónyuges en
previsión de una ruptura conyugal. Para lo cual analizamos el papel actual que se
reconoce a la autonomía de los cónyuges para reglamentar los aspectos personales
y económicos una vez surgida la ruptura o crisis conyugal, así como también
analizamos a la luz de la doctrina, nuestro ordenamiento legal y constitucional y la
jurisprudencia, si existen justificaciones para ampliar aquel reconocimiento de
autonomía privada para anticipar los efectos económicos que produce una ruptura
conyugal.
A partir del desarrollo de los principales efectos económicos que produce una
ruptura conyugal, justificamos la necesidad de la derogación del artículo 312 del
Código Civil que limita la libertad de contratación entre cónyuges, así como la
recepción normativa de los acuerdos prematrimoniales, que en nuestro medio puede
significar una mejor protección, por los propios cónyuges, frente a las consecuencias
económicas injustas que puede producir una ruptura conyugal. Realizamos un
abordaje teórico de los acuerdos prematrimoniales para encontrar su utilidad práctica
en nuestro contexto, y evaluamos si su incorporación en nuestro ordenamiento puede
representar una mejor protección de los cónyuges, en manos de ellos mismos,
mediante dichos acuerdos o pactos. / The purpose of this research is to explain the scope of the question whether our civil
system grants relevance to the autonomy of the spouses' will in anticipation of a marital
breakdown. For which we analyze the current role that is recognized to the autonomy
of the spouses to regulate the personal and economic aspects once the marital
breakdown or crisis arises, as well as we analyze in the light of the doctrine, our legal
and constitutional order and the jurisprudence, if there are justifications to extend that
recognition of private autonomy to anticipate the economic effects that a marital
breakdown produces.
From the development of the main economic effects produced by a marital
breakup, we justify the need for the repeal of article 312 of the Civil Code that limits the
freedom of contracting between spouses, as well as the normative reception of the
premarital agreements, which in our environment can mean a better protection, by the
spouses themselves, against the unfair economic consequences that a marital breakup
can produce. We make a theoretical approach of the premarital agreements to find
their practical utility in our context, and we evaluate if their incorporation in our legal
system can represent a better protection of the spouses, in the hands of the spouses
themselves, by means of such agreements or pacts.
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La unión de hecho impropia, efectos jurídicos aplicables en favor de él o la conviviente de buena feYupayccana Kcana, Brayan Nick 18 April 2024 (has links)
De la lectura e interpretación del artículo 326 del Código Civil, se tiene que, aquella unión
convivencial no alineada a los parámetros señalados en el mismo articulado (unión impropia), no
producirá efectos jurídicos. La medida pareciese adecuada si lo que se pretende es omitir de
legalidad a aquellas uniones que no mantengan vocación de concreción y realización familiar.
No obstante, dicha situación resulta perniciosa si su materialización y configuración escapa del
parámetro fáctico bajo la cual fue pensada. Este es el caso de la unión impropia revestida de
buena fe, en donde, al menos un integrante desconoce que su relación carece de legalidad; así,
aquel mantiene una idea ficta: su unión es reconocida y genera derechos. Ante ello la norma es
clara y de manera genérica, le niega el reconocimiento de efectos jurídicos. Teniendo claro ello,
el objeto de la presente investigación se enfoca en la posibilidad de otorgar efectos jurídicos en
favor del conviviente concurrente de buena fe; para ello, se realizará un análisis exegético,
dogmático, comparativo y funcional de la unión de hecho impropia de buena fe, para así, ensayar
una nueva fórmula de tutela frente a estos casos. Finalmente, concluimos con la siguiente
premisa: a través del método integrativo de la norma, derechos de la personalidad, buena fe y
dignidad humana, resulta factible otorgar efectos jurídicos en favor de dicho conviviente,
consecuentemente, la buena fe, en todas formas, merece ser tutelada.
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El matrimonio Civil y la union civil de hecho: Barreras de acceso para las personas homosexuales y heterosexuales a la seguridad social en salud contributivaMeza Córdova, Julio Alberto Franklin 10 April 2017 (has links)
La Seguridad Social en Salud y su acceso siempre han sido un tema de mucha controversia, básicamente por la falta de recursos que el Estado dispone para atender a todas las personas que sufran un estado de necesidad apremiante y requieran atenciones en salud de distintos tipos, desde atenciones ambulatorias, consultas clínicas y operaciones, hasta largos y costosos tratamientos, rehabilitaciones por accidentes, entre otros.
No obstante la falta de recursos, por mandato constitucional, el Estado se encuentra en la obligación de brindar Seguridad Social en Salud a todas las personas que requieran atender su salud por distintos factores. Es así que, para la atención de la salud de las personas existen dos sistemas, el Sistema No Contributivo representado por el Ministerio de Salud - MINSA y Sistema Contributivo representado por el Seguro Social de Salud - ESSALUD.
El MINSA brinda atención en salud a las personas en pobreza y/o extrema pobreza y, por otro lado, ESSALUD brinda atención en salud a las personas que se encuentren laborando en una relación de dependencia, razón por la cual, su empleador contribuye mensualmente con el 9% de la remuneración del trabajador para que este y sus derechohabientes se puedan atender en ESSALUD. Los trabajadores independientes que voluntariamente contribuyan al Sistema Contributivo de atención en salud también tienen acceso a ESSALUD al igual que sus derechohabientes.
En el caso de ESSALUD, esta institución brinda atención en salud a todas las personas que coticen en el Sistema Contributivo sin hacer distinción alguna ya sea por raza, género, religión entre otras, es decir, tanto hombres como mujeres, en relación de dependencia con un empleador, tienen el derecho de acudir a ESSALUD por las contingencias que se presenten en su vida diaria respecto de su salud.
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Análisis del matrimonio forzado como modalidad específica del crimen de esclavitud sexual. Contribuciones desde el enfoque de género en el marco del derecho internacional humanitario y del derecho penal internacionalBertola Valdivia, Karen Raquel 10 June 2020 (has links)
La presente tesis tiene por objetivo identificar el rol del enfoque de género como
herramienta en el análisis del Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal
Internacional, mediante el abordaje de una situación específica, la comprensión del
matrimonio forzado como una modalidad específica del crimen de esclavitud sexual.
La importancia de esta investigación radica en que tradicionalmente se ha considerado a estas ramas del derecho como neutras a lo referido a implicancias
de género. Sin embargo, consideramos que el diseño de las normas y el sistema
jurídico, en general carentes de este enfoque, no son “neutros”, sino que muy por el contrario contribuyen a perpetuar sistemas opresores e insensibles ante existentes y nuevas formas de violencia contra mujer, las cuales se constituyen como violaciones de derechos humanos. Es así que para el desarrollo de la investigación se ha empelado el marco teórico de del Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Humanitario, Derecho Penal Internacional, y de los estudios de género. A partir de los mismos se ha utilizado una metodología mixta, incluyendo el análisis dialectico, histórico y analógico. Cómo conclusión, se ha comprobado que el enfoque de género es imprescindible para comprender el fenómeno analizado y brindar una respuesta adecuada al mismo. Esto al demostrar que el matrimonio encubre un conjunto de violaciones de derechos fundamentales en una institución social aceptada y regulada: el matrimonio, invisibles ante un lente carente de este enfoque
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