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La minería artesanal de oro en el Perú vista desde un enfoque organizacionalBuezo de Manzanedo Duran, Luis 09 May 2011 (has links)
La Minería en Pequeña Escala (MPE) es una actividad desarrollada en diversas
partes del mundo; desde pequeñas explotaciones de carbón en la China hasta los
buscadores de gemas y piedras preciosas en la selva del Matto Grosso en el
Brasil, pasando por los lavaderos de oro de Madre de Dios, y vetas ubicadas a
más de 5000 msnm en Puno, Perú. / Tesis
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Business consulting: unidad Minera Polimetálica en la región de PascoHuaman Olivera, Diandra Luz, Oré Palomino, Juan Jessie, Cerrón Alfaro, José Miguel Giancarlo, Quispe Jurado, William Willington 01 January 600 (has links)
La compañía minera polimetálica, con su enfoque diversificado en varios metales en
múltiples países, muestra resiliencia ante las fluctuaciones del mercado y se compromete con
la sostenibilidad. A pesar de enfrentar desafíos operativos, como problemas en la planta,
mantiene resultados financieros sólidos. El problema identificado en la unidad minera de la
región Pasco es que la producción de onzas de plata en el año 2023 quedó por debajo de lo
previsto, ya que se proyectaron 3,789,100 onzas, pero solo se alcanzaron 3,638,188 onzas,
por lo que la empresa dejó de percibir 2,500,000 de dólares, impactando a la utilidad neta.
Se proponen soluciones estratégicas, evaluadas por su costo e impacto, desde
implementar un programa de mantenimiento preventivo para los equipos de la planta
concentradora hasta análisis metalúrgicos y mejora del proceso de mezclado(blending) de
mineral. El plan estructurado en cinco fases se centra en establecer programas de
mantenimiento, caracterización de los tajos de mineral proveniente de mina, monitoreo y
análisis de resultados para toma de decisiones. La colaboración y gestión de recursos son
claves. Se identifican habilitadores como comprensión detallada de los recursos, tecnología y
equipamiento, recursos humanos calificados y capacitados, cultura de mejora continua y
adaptabilidad. La implementación se medirá mediante seguimiento con KPIs establecidos,
asegurando el éxito de las acciones propuestas. El análisis financiero proyecta un aumento
notable en la rentabilidad de la empresa . Se concluye que el escenario proyectado genera un
VAN de 2,044,892.45 soles, un TIR de 33.85% por lo que el proyecto es viable y rentable
para empresa. / The polymetallic mining company, with its diversified focus on multiple metals in multiple
countries, shows resilience to market fluctuations and is committed to sustainability. Despite
facing operational challenges, such as plant problems, it maintains solid financial results. The
problem identified in the mining unit of the Pasco region is the failure to produce ounces of
silver in 2023, where the company stopped receiving 2,500 billion dollars, impacting net
profit.
Strategic solutions are proposed, evaluated by their cost and impact, from
implementing a preventive maintenance program for the concentrator plant equipment to
metallurgical analyzes and improvement of the mineral mixing process. The plan structured
in five phases focuses on establishing maintenance programs, characterization of the mineral
pits from the mine, monitoring and analysis of results for decision making. Collaboration and
resource management are key. Enablers are identified such as detailed understanding of
resources, technology and equipment, qualified and trained human resources, culture of
continuous improvement and adaptability. Implementation will be measured by monitoring
with established KPIs, ensuring the success of the proposed actions. The financial analysis
projects a notable increase in the company's profitability. It is concluded that the projected
scenario generates a NPV of 2,044,892.45 soles, an IRR of 33.85%, so the project is viable
and profitable for the company.
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La legitimidad del Estado cuestionada: proliferación de la minería informal aurífera aluvial : Caso : La Pampa en Madre de Dios en el período 2006-2011.Juárez Camargo, Héctor Ernesto 03 August 2015 (has links)
El avance de la minería Informal de Madre de Dios es un problema que no sólo afecta a esta rica región del país, sino a la gobernabilidad del Estado Peruano. “En el Perú hay tres actividades ilegales que destruyen el medio ambiente: el narcotráfico, la tala de bosques y la minería informal; pero esta última mueve una economía que involucra a 150 mil personas del país, afirma el investigador principal del Instituto del Perú-USMP, Miguel E. Santillana”. / Tesis
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La minería ilegal en los medios de comunicación nacionales y regionales : Un análisis comparativo de la cobertura radial del programa Ampliación de Noticias, de Radio Programas del Perú, y del Primero de la Región, de Radio madre de Dios, durante la paralización de Madre de Dios en el 2015Gomero Caldas, Helen Anali 01 October 2018 (has links)
La presente investigación busca contribuir al encausamiento de la lucha contra la
minería ilegal permitiendo ver cómo se viene desarrollando mediáticamente e impactando
en la revalorización e integración de la región de Madre de Dios y en su población.
Este trabajo aborda las relaciones de influencias que existen entre los medios de
comunicación y sus audiencias durante un conflicto social y se centra en los discursos
sociales que se construyen y con los que se incide en el debate público. El estudio se
realiza a través de un comparativo entre la cobertura radial de un medio de alcance nacional
y otro regional.
Aplicando la técnica de análisis de contenido se describe la manera cómo se visibiliza el
conflicto y tomando como referencia la teoría del framing se analizan los discursos sociales
construidos durante la paralización del 2015 en Madre de Dios, encuadres que
determinaron el curso del conflicto.
Los resultados muestran las diversas perspectivas y argumentos que emplearon los medios
radiales para debatir el conflicto así como los estereotipos bajo los que colocaron la
paralización en la agenda pública nacional. Desde una perspectiva teórica, recoge las
diversas maneras que tienen las radios educativas y comerciales de relacionarse con sus
audiencias así como de priorizar sus agendas.
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El procedimiento administrativo de modificación del derecho minero en el IGAFOM : análisis del precedente de observancia obligatoria - Resolución N° 503- 2019-MINEM/CMMartínez Mezones, Lucía Milagros 21 August 2021 (has links)
El Concejo de Minería en la resolución N° 503-2019-MINEM/CM sentó
como precedente de observancia obligatoria que cuando un minero informal solicite
modificar la concesión que ha consignado en su IGAFOM, se deberá notificar al titular
de la concesión minera sobre la que se está solicitando traslado para que este emita su
consentimiento en un plazo de 10 días, caso contrario el procedimiento no podrá
continuar. Esto, en un intento de velar por una mejor tutela de los derechos de exploración
y explotación del titular minero de la concesión, quien se ve perjudicado cuando un
minero informal realiza actividad en su concesión sin su permiso, pues afecta el futuro
desarrollo de la actividad minera del titular minero de la concesión, además de la
extracción de los minerales que están en la misma.
Sin perjuicio de ello, cuando los titulares toman conocimiento de que se está
aprovechando su concesión sin su autorización es complicado detener la actividad; ya que
el minero informal ha podido gestionar la aprobación de su IGAFOM con ese derecho
minero consignado, y salvo que ellos tengan una autorización de inicio o reinicio de
actividad o se encuentren inscritos en el REINFO no podrán oponerse a esta por la vía
administrativa; no obstante, esto no limita las acciones civiles o penales que se encuentran
facultados a ejercer.
Por otro lado, consideramos que este precedente agrega requisitos al procedimiento de
modificación de nombre y código del derecho minero en el IGAFOM, pues, a partir de
este precedente, es obligatoria la notificación al titular minero de la concesión de traslado
y su manifestación de consentimiento exhibiendo los contratos o autorizaciones suscritas
con el minero informal. Para nosotros, este nuevo requisito puede representar una tara
para el proceso de formalización minera, ya que el obstáculo principal para culminar la
formalización es obtener los contratos de cesión o explotación de la concesión. / The Mining Council in Resolution No. 503-2019-MINEM/CM established
as a precedent of mandatory observance that when an informal miner requests to modify
the concession that has been recorded in its IGAFOM, the holder of the mining concession
on which the transfer is being requested must be notified so that it may issue its consent
within 10 days, otherwise the procedure cannot continue. This, in an attempt to ensure a
better protection of the exploration and exploitation rights of the mining concession
holder, who is harmed when an informal miner carries out activities in his concession
without his permission, since it affects the future development of the mining activity of
the mining concession holder, in addition to the extraction of the minerals that are in the
concession.
Notwithstanding, when the owners become aware that their concession is being used
without their authorization, it is complicated to stop the activity, since the informal miner
has been able to manage the approval of his IGAFOM with that mining right consigned,
and unless they have an authorization to start or restart the activity or are registered in the
REINFO, they cannot oppose it through administrative channels; however, this does not
limit the civil or criminal actions that they are entitled to exercise.
On the other hand, we consider that this precedent adds requirements to the procedure to
modify the name and code of the mining right in the IGAFOM, since, as of this precedent,
it is mandatory to notify the mining owner of the transfer concession and his consent by
showing the contracts or authorizations signed with the informal miner. For us, this new
requirement may represent a hindrance for the mining formalization process, since the
main obstacle to complete the formalization is to obtain the concession transfer or
exploitation contracts.
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El ejercicio de la potestad de inspección por el organismo de evaluación y fiscalización ambiental en el sector minero como mecanismo de cumplimiento a los deberes y obligaciones del Estado frente al derecho fundamental al medio ambiente equilibrado y saludableLozada Calderón, Fernando Domingo 22 May 2017 (has links)
El presente estudio tiene como objetivo demostrar que las instituciones jurídicas creadas por el hombre deben buscar detener el deterioro de nuestro planeta producto de las distintas actividades económicas, debido a
que ellas son las que vulneran lo más profundo de nuestro ser: los derechos fundamentales. Además, pretendemos establecer puentes de comunicación entre el derecho administrativo y constitucional, ya que consideramos que estas dos ramas, fundamentales para el ordenamiento, tienen la obligación de acercarse y comunicarse
mutuamente para hacer frente a los nuevos retos que este futuro incierto nos depara.
Para lograr este objetivo, buscamos demostrar que el ejercicio de la potestad de
inspección del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental en el sector minero
establece como fundamento jurídico la conversión en realidad de los deberes y
obligaciones del Estado de contribuir a la tutela del derecho fundamental al medio
ambiente equilibrado y saludable que asiste a todas las personas. Esto se logrará
mediante la revisión del concepto de deber y obligación, el análisis del derecho
fundamental al medio ambiente, y los deberes y obligaciones de protección que posee el
Estado frente a este derecho. Además, se evaluará las potestades de intervención del
Estado en la esfera jurídica de los privados; se describirá el marco teórico sobre el que se
construye la potestad de inspección; se determinará la figura jurídica del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental por medio del estudio de sus instrumentos
normativos; se contrastará la inspección como figura doctrinaria frente al desarrollo
normativo de la supervisión directa en el sector minero realizada por el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental; y, finalmente, se desarrollará la conexión entre la
supervisión directa en el sector minero y el deber de protección del Estado frente al
derecho fundamental al medio ambiente.
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Informe jurídico sobre la garantía constitucional del amparo recaída en la sentencia N° 00316-2011-PA/TC Empresa Minera de Servicios Generales S.R.L y otrosPerales Ocampo, Maria Stephanie 07 July 2023 (has links)
El objeto principal de este informe es relatar el proceso de la garantía
constitucional de amparo interpuesta por la empresa Minera Servicios Generales
S.R.L y otros contra la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del cual se
discutió la constitucionalidad de la emisión del Decreto de Urgencia N° 012-2010
y la posible vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad de trato
(artículo 2.2), propiedad (artículo 70), irretroactividad de la ley (artículo 103) y
libertad de empresa (artículo 59). Esta investigación se realizó mediante el
método dogmático, a través de un análisis normativo, jurisprudencial y
bibliográfico sobre las características e importancia de la diferenciación de los
tipos legales de la pequeña minería y de los límites constitucionales al ejercicio
de los derechos antes alegados. Al final del informe concluimos que el Tribunal
Constitucional vulnera el derecho a la adecuada motivación, parte del contenido
esencial del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, por mantener una
exposición carente e incongruente en determinados ámbitos de la sentencia.
Asimismo, se observa que el dispositivo normativo no cumplía con las exigencias
constitucionales para su expedición (excepcional, necesidad, transitoriedad) en
concordancia con el artículo 118.19° de la Constitución Política y el artículo 91°
del Reglamento del Congreso; no obstante, tras un examen de los alegatos de
las partes (demanda y demandante) se determina que no existió contravención
a los derechos anteriormente mencionados. / The main purpose of this report is to relate the constitutional guarantee filed by
the mining company Servicios Generales S.R.L and others against the
Presidency of the Council of Ministers, through which the constitutionality of the
issuance of Emergency Decree No. 012-2010 and the possible violation of the fundamental rights to equal treatment (article 2.2), property (article 70), nonretroactivity
of the law (article 103) and freedom of enterprise (article 59) were
discussed. This research was carried out by means of the dogmatic method,
through a normative, jurisprudential, and bibliographic analysis on the
characteristics and importance of the differentiation of the legal types of small
mining and the constitutional limits to the exercise of the aforementioned rights.
At the end of the report, we conclude that the Constitutional Court violated the
right to adequate motivation, part of the essential content of the right to effective
jurisdictional protection, by maintaining a lacking and incongruent exposition in
certain areas of the sentence. Likewise, it is observed that the normative device
did not comply with the constitutional requirements for its issuance (exceptional,
necessary, transitory) in accordance with article 118.19° of the Political
Constitution and article 91° of the Regulations of the Congress; however, after an
examination of the allegations made by the plaintiff and the plaintiff, it is
determined that there was no violation of the rights.
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Sentencia recaída en el expediente N° 02743-2009Quintana Rueda, Leslie Consuelo 04 July 2023 (has links)
El presente trabajo comprende el análisis de la sentencia de casación No. 2743-2009, el
cual resuelve declarar infundado el recurso de casación del Tribunal Fiscal y la SUNAT
por considerar que no existe una interpretación errónea del artículo 37 de la Ley del
Impuesto a la Renta que se realiza en la sentencia de vista; por ende, los gastos de
mantenimiento de carreteras que realiza la compañía minera Xstrata Tintaya S.A. es
deducible al cumplir con el principio de causalidad que debe ser interpretado en sentido
amplio.
De dicha sentencia se desprenden tres problemas jurídicos que se analizan en el presente
trabajo a fin de dar respuesta a cuál es la normativa aplicable, cuál es la correcta
interpretación y si corresponde su deducción.
En ese sentido, en primer lugar se determina que el acápite d) del artículo 72 de la Ley
General de Minería, el cual establece que se pueden deducir los gastos de infraestructura
que constituya un servicio público siempre y cuando se tenga la aprobación de un órgano
competente, no es aplicable al presente caso al no calificar los gastos de mantenimiento
de carreteras como una infraestructura pública, dado que carece de un bien material,
característica que tienen las obras de infraestructura pública.
En segundo lugar, se desprende de la normativa que para que un gasto sea deducible debe
cumplir con el principio de causalidad tipificado en el artículo 37 de la Ley del Impuesto
a la Renta, principio que debe ser aplicado en sentido amplio conforme a la doctrina y
jurisprudencia, dado que solo se consideraran deducibles los gastos que tenga una relación
directa o indirecta con la actividad que realiza la empresa; lo cual cumple el gasto de
mantenimiento de carreteras al beneficiarse la Compañía, dado que aseguró que sus
productos se transporten de manera rápida y segura.
Finalmente, se concluye que el gasto de mantenimiento de carreteras califica como un
gasto de responsabilidad social, dado que es un gasto voluntario destinado a promover el
bienestar social de la comunidad, en cumplimiento de la ley y ayuda a la obtención o
mantenimiento de los recursos o la fuente, cumpliendo el principio de causalidad; sin
embargo, en sede administrativa no se acepta la deducción del gasto de mantenimiento
de carreteras a pesar de que sea un gasto de Responsabilidad social, al exigirse que se
cumplan criterios adicionales que no están en la norma.
En conclusión, a los gastos en análisis no le es aplicable el acápite d) de la Ley General
de Minería, son gastos deducibles y que califican como gastos de responsabilidad social,
pero como estrategia de negocio no es recomendable que las empresas argumenten que
son gastos de RSE al exigirse en sede administrativa que se cumplan ciertos parámetros
como tener una política de RSE.
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La interpretación dual del principio de prevención en el ámbito administrativo ambiental minero por parte del organismo de evaluación y fiscalización ambiental en el PerúHerencia Espinoza, Silvia Jenifer 02 December 2019 (has links)
En el Derecho Ambiental existen diversos principios orientadores, destacando entre
ellos el principio de prevención, el cual tiene como finalidad anticipar los riesgos que
puedan generarse en el medio ambiente como parte del desarrollo de actividades
extractivas y productivas, para tomar las medidas que eviten o minimicen los impactos
negativos y así podamos disfrutar todos de un ambiente sano y adecuado para el
desarrollo de la vida.
Cabe destacar que los alcances de este principio han sido desarrollados por el
Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental a través de un precedente administrativo de observancia obligatoria para la
actividad minera. Sin embargo, la interpretación a que se ha arribado resulta ser muy
amplia, toda vez que incluye conductas tipificadas y no tipificadas. Es decir, va más
allá de la normatividad sectorial y de los instrumentos de gestión ambiental.
Como consecuencia de ello, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ha
exigido a los titulares mineros desarrollen conductas que no estaban en posibilidad de
conocer previamente, sometiéndolos a un procedimiento administrativo sancionador, lo
cual no solo es un exceso de punición, sino que colisiona directamente con el derecho
a la libertad de empresa de los afectados.
Por ello, consideramos que el principio de prevención debe conciliarse
adecuadamente con el derecho a la libertad de empresa. Por ello, proponemos realizar
una interpretación sistemática de la norma, de tal forma que, para cada una de las
posibles afectaciones al medio ambiente, exista una medida de prevención,
establecida con antelación en el instrumento de gestión ambiental, cuyo conocimiento
determinará la predictibilidad de la conducta esperada por los titulares mineros y, por
ende, cuáles son los supuestos de incumplimiento que son sancionables
administrativamente. De esta manera, estas omisiones no facultarían a la
Administración a imponer una sanción alegando que el administrado omitió tomar las
acciones preventivas necesarias para evitar los impactos ambientales negativos, toda
vez que la conducta no fue tipificada previamente al proceso de fiscalización.
En los supuestos en los que la medida de prevención no haya sido considerada en el
instrumento de gestión, la obligación ambiental de proteger el medio subsiste. Ante
ello, la Administración puede dictar otros tipos de medidas administrativas, como los Mandatos de carácter particular; las Medidas preventivas propiamente dichas; y, los
Requerimientos de actualización de instrumentos de gestión ambiental. / Trabajo de investigación
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Factores críticos del componente producción de la cadena de suministro en la pequeña minería de AncashEscobar Bada, Mario Ivan, Galindo Moreno, Samuel Moises 24 June 2021 (has links)
En la actualidad, el sector minero representa una parte considerable del PBI nacional,
además de ser una actividad productiva que impulsa mediante el canon la construcción de obras
regionales que ven beneficiadas a las localidades donde tiene lugar la mina. En la localidad de
Ancash existe un gran número de pequeños mineros y mineros artesanales lo cuales representan
un gran porcentaje no solo del sector minero de la región sino también del país; sin embargo, en
sus cadenas de suministros existe la posibilidad que se encuentren con distintos cuellos de
botellas que generan una demora y deficiencia en la entrega del producto final por lo que es
importante identificarlos especialmente en un componente muy importante de la cadena como es
el de producción. Para el trabajo de investigación se empleó el modelo SCOR como modelo de
referencia para poder comprender la cadena de suministros de la pequeña minería en sus cuatro
niveles centrándose únicamente en el macroproceso de producción y de esta manera al momento
de hacer una revisión en los siguientes niveles, se pueda determinar cuáles son los factores
críticos que afectan la cadena de suministros de los pequeños mineros y mineros artesanales de
Ancash.
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