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Aplicación del artículo 70° del código tributario en la determinación de la obligación tributaria y la vulneración a los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva

Llontop Lecca, Walter Rosendo January 2020 (has links)
La determinación del tributo por presunciones ha conllevado a pensar que la metodología utilizada puede ser objeto de sentencias alejadas de la realidad, de manera que el procedimiento presuntivo establecido en el artículo 70° del Código Tributario: Presunción por patrimonio no declarado, no registrado; no es ajena a esta problemática pues no se asegura que al aplicarse se respete los principios tributarios generando un incremento excesivo en la cuantía del tributo. Por ello, se planteó como objetivo principal, determinar si la aplicación de la presunción del artículo 70° del Código Tributario en la determinación de la obligación tributaria vulnera los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva. Para tal efecto, la metodología de la investigación se basó en un enfoque cualitativo, de tipo evaluativa y de nivel descriptivo; y su diseño fue de tipo no experimental, transversal y retrospectiva. Tuvo como instrumentos el análisis documental, el fichaje, donde se examinó la información existente, la normatividad, las RTF y, por último, el cuestionario para obtener la opinión de los especialistas en materia tributaria. En base a los resultados se concluyó que el uso de las presunciones en la determinación del tributo debe ser excepcional y subsidiaria a la base cierta y que la presunción del artículo 70° del Código Tributario vulnera los principios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva, puesto que se determinan los ingresos en función al patrimonio omitido multiplicado por un coeficiente que no puede ser menor que la unidad.
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Aplicación de la Norma XVI: a propósito del Decreto Legislativo Nº 1422

Bando Almeida, Daniel Steven 27 May 2020 (has links)
El objetivo del siguiente trabajo de investigación es esclarecer la estructura y condicionamientos que trae consigo la Norma XVI, ubicada en el Título Preliminar del Código Tributario, para que de esta manera se determine si es posible su plena aplicación en la actualidad. A pesar de que en este año (2018) se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1422, teniendo consignado como fin el brindar mayores garantías a los contribuyentes en la aplicación de tal norma y otorgar a la Administración Tributaria (SUNAT) las herramientas para su efectiva implementación, para lo cual modificó el Código Tributario, tenemos que siguen quedando espacios que requieren ser dilucidados. En ese contexto, consideramos necesario un estudio de las normas pertinentes, desde los respectivos precedentes hasta llegar a la revisión del decreto referido, para determinar el contenido, vigencia y aplicación de la Norma XVI; sin perjuicio de ello, para obtener mayores luces al respecto, recurrimos especialmente a pronunciamientos de tribunales y doctrina correspondientes. Conforme a ello, verificamos que se otorgan facultades a la SUNAT en función a dos bloques normativos: 1) hacer uso de una calificación económica o 2) de una Norma Antielusiva General, a aplicarse sobre determinados actos que el contribuyente simule o realice respectivamente, siendo que el segundo trae consigo ciertas complicaciones para su aplicación. De esta forma, concluimos que actualmente sólo es aplicable la calificación económica, puesto que si bien el Decreto Legislativo N° 1422 facilitaría la aplicación la norma antielusiva en referencia, desligándose incluso del condicionamiento de la publicación de un futuro Decreto Supremo (impuesto por ley) que se tenía para ello, aún existe la necesidad de esta última norma y de alguna otra de la Administración Tributaria que establezcan los alcances necesarios para su efectiva implementación
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Pertinencia de utilizar las normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías contables recogidos en normas tributarias

Ramos Roca, Victor Jose 02 June 2020 (has links)
1. Justificación de la investigación: La justificación de la investigación viene dada por la importancia de determinar si pertinente utilizar normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías contables recogidos en normas tributarias. Para ello, nos apoyaremos en las opiniones vertidas por estudiosos del Derecho Tributario, los Informes de la SUNAT, las resoluciones del Tribunal Fiscal y las sentencias del Poder Judicial. Cabe indicar además que la investigación resulta viable en la medida que el tema elegido aún sigue generando debate en la doctrina nacional y dado que los operadores jurídicos (Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial) aún no han podido dar una respuesta univoca sobre el asunto. Asimismo, la presente investigación nos permite recopilar lo señalado en anteriores investigaciones sobre el tema propuesto y profundizarlo tomando en cuenta la jurisprudencia actual. 2. Hipótesis: Es permisible el uso de normas contables para definir, completar o darle contenido a las normas tributarias siempre que: 1. Se realice una justificación argumentativa respecto a las razones jurídicas y base normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin, en la medida que sea posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho y 2. No se opongan, desnaturalicen o transgredan las normas tributarias. 3. Conclusión principal: Es posible que la SUNAT, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial recurran a las normas contables para definir, completar o darle contenido a las normas tributarias siempre que:  Se realice una justificación argumentativa respecto a las razones jurídicas y base normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin, en la medida que sea posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho.  No se opongan desnaturalicen o transgredan las normas tributarias.
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La nulidad de las resoluciones de determinación en el procedimiento contencioso tributario y efectos en el plazo de fiscalización regulado en el artículo 62°-A del Código Tributario

Guillermo Garcia, Cesar Augusto January 2023 (has links)
La Administración Tributaria (SUNAT) no puede solicitar documentación al contribuyente luego de vencido el plazo de la fiscalización definitiva, pero puede obtener información de terceros o utilizar la información con la que cuente para continuar con el procedimiento de fiscalización, de manera que pueda comunicar sus conclusiones y notificar las resoluciones de determinación por el tributo y períodos fiscalizados. El presente trabajo de investigación aborda el estudio de los efectos de la nulidad de las resoluciones de determinación emitidas en el procedimiento administrativo de fiscalización de la SUNAT. En relación con ello, se analiza el cómputo del plazo de la fiscalización definitiva de un (01) año regulado en el artículo 62°-A del Código Tributario (CT)1, toda vez que actualmente la normativa tributaria nacional no ofrece claridad de cómo efectuar el conteo de dicho plazo cuando se dictó la nulidad de los valores con el consecuente reinicio de fiscalización2. Ante la incertidumbre señalada, surgen dos corrientes para aplicar dicho cómputo del plazo de fiscalización definitiva al momento de reiniciar el procedimiento administrativo de fiscalización, la primera, continuar con el cómputo del plazo que venía corriendo desde antes del acto que dio lugar a la nulidad hasta el reinicio de la fiscalización, y el segundo, considerar el plazo transcurrido hasta el acto viciado y reiniciar el cómputo al momento que la SUNAT notifica el requerimiento a través del cual solicita información con el reinicio de la fiscalización tributaria. Por consiguiente, el objetivo de este trabajo es determinar cuál de las dos posturas se ajusta a derecho, a partir del estudio y análisis del instituto jurídico de la nulidad en el campo administrativo y su correlación con las normas tributarias que regulan la facultad de fiscalización de la Administración Tributaria.
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Renuncia a la prescripción tributaria

Ortiz de Orue Quispe, Heissen Ali 02 May 2019 (has links)
La presente investigación estudia la posibilidad de renunciar a la prescripción en materia tributaria. El tema ha sido abordado por diversos pronunciamientos de los órganos administrativos y judiciales encargados de resolver controversias en materia tributaria, dentro de los cuales se observan criterios contradictorios. En este entendido, la investigación pretende aportar fundamentos sólidos para resolver el tema en mención. Si bien el Código Tributario regula lo concerniente a la prescripción, no existe dispositivo alguno que se refiera específicamente a su renuncia. Por lo tanto, se estudia la posibilidad de aplicar supletoriamente el Código Civil, donde la renuncia se encuentra debidamente regulada. Para dicho fin, se analiza las principales similitudes y diferencias entre la prescripción tributaria y la civil, llegando a la conclusión que la aplicación supletoria de la figura: “renuncia a la prescripción ganada” no desnaturaliza el ordenamiento tributario. Además, se analizan algunos actos que realizan los deudores tributarios, para verificar si pueden considerarse como actos de renuncia a la prescripción. Finalmente se concluye que es posible renunciar a la prescripción tributaria únicamente en la etapa intermedia del fenómeno; sin embargo, es importante analizar cada acto realizado por el deudor para determinar si de su contenido se desprende la manifestación de voluntad de renunciar a este beneficio
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El perjuicio al fisco en la aplicación del principio de proporcionalidad en materia tributaria. El caso de la Infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario

Casma Rocha, Julio César 26 September 2023 (has links)
La potestad sancionadora de la Administración requiere estar sujeta a garantías mínimas que protejan los derechos fundamentales de los administrados, dentro de ellas encontramos al principio de proporcionalidad. Este último exige que la intensidad de la sanción encuentre una relación razonable con la gravedad de la lesión provocada al bien jurídico tutelado. El presente trabajo tiene como objetivo estudiar a las infracciones tributarias desde su afectación al bien jurídico de recaudación tributaria. Luego del análisis de legislación, jurisprudencia y doctrina nacional y extranjera se evidencia que existen infracciones que inciden directamente en ese bien jurídico, como aquella tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario. Así, se concluye que la sanción vinculada a dicha infracción requiere ser modificada para resultar proporcional al perjuicio generado al fisco. / The sanctioning power of the Administration requires to be subject to minimum guarantees that protect the fundamental rights of the citizens, among them we find the principle of proportionality. The latter requires that the intensity of the sanction be reasonably related to the severity of the harm caused to the protected legal asset. The purpose of this thesis is to study tax offenses from the perspective of their impact on the legal asset of tax collection. After the analysis of legislation, jurisprudence and national and foreign doctrine, it is evidenced that there are offenses that directly affect this legal asset, such as the one typified in paragraph 1 of article 176 of the Tax Code. Thus, it is concluded that the sanction related to that infraction needs to be modified in order to be proportional to the damage caused to the treasury.

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