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Programa de fiscalización para rentas de segunda categoría en ventas de inmuebles y su relación con la función fiscalizadoraDavila Calle, Cinthia Sadith January 2022 (has links)
Debido al panorama creciente del poder adquisitivo de las personas naturales en la compra y venta de propiedades obteniendo ganancias por dichas transferencias, genera el pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categoría por la enajenación de inmuebles. La Administración está investida de poder para ejercer la función de fiscalización, por lo cual la norma es explícita al señalar la base de la cual se apoya para realizar la inspección, la investigación y el control de todas aquellas obligaciones tributarias que debe cumplir el contribuyente cristalizándose en la ejecución de los agentes fiscalizadores durante el procedimiento de fiscalización. En este sentido, se tuvo como propuesta elaborar un programa de fiscalización para perceptores de este tipo de Rentas que permita verificar y realizar cruces de información con la data tanto de la administración o aquella proporcionada por terceros mediante la aplicación de técnicas y procedimientos tributarios siendo los métodos más idóneos para detectar el correcto cumplimiento o incumplimiento por parte de los contribuyentes. Por ello, se desarrolló una
investigación de nivel descriptiva, de diseño no experimental. Finalmente, se obtuvo que este programa responde a detectar el incumplimiento tributario, y refuerza la función fiscalizadora de la Administración. Además, que mediante el análisis jurisprudencial de la función fiscalizadora se observó que muchas veces se tiene que recurrir al Tribunal fiscal para rebatir lo resuelto por la Administración, por lo que mediante un programa de fiscalización se puede realizar de manera concreta sin dilatar un proceso de fiscalización.
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Presencia del elemento del fundamento en el Ne Bis In Idem procesal como elemento prescindible en el PerúSenmache Rodriguez, Omar Gustavo January 2022 (has links)
El ne bis in idem, al ser un principio general del derecho, a lo largo del tiempo no ha tenido muchos cambios, tanto en la jurisprudencia como en la doctrina. Por lo que, se han mantenido los elementos que lo conforman. Y son el hecho, fundamento y la persona.
Se irá mencionando sobre el porqué el ne bis in idem es un principio general del derecho, o porqué está ligada a la cosa juzgada, y cuál es la importancia del principio de la legalidad en la aplicación del ne bis in ídem.
También hablaremos sobre que significó sus inicios en la historia jurídica, como se llegó a pensar una de ella incluso antes del nacimiento de Cristo, dándonos esbozos de lo que llegaría a ser el principio y como fue evolucionando hasta lo que ahora llegamos a conocer de ella.
Parte de los objetivos, será analizar qué es el ne bis in ídem, y como el hecho y persona podrían cumplir un papel que llegue a complementarse de tal forma que discordemos con la presencia del elemento del fundamento como parte del ne bis ídem. De esta forma, solo serán el hecho y la persona, como los elementos conformantes del ne bis in ídem.
Plasmar la idea fue algo muy arriesgado, debido a que no es un tema que hasta el momento de halla tratado en el mundo jurídico como un tema debatible, y menos aún se tiene el punto de vista aquí en el ordenamiento jurídico nacional.
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El reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad mental e intelectual y su incompatibilidad con los efectos jurídicos de la interdicción y la curatela : Lineamientos para la reforma del Código Civil para la implementación de un sistema de apoyos en el PerúVillarreal López, Carla 11 April 2014 (has links)
Históricamente, las personas con discapacidad mental e intelectual han sido objeto de
discriminación y exclusión. En este sentido, se las ha percibido como incapaces de tomar sus propias decisiones por lo que el Derecho, bajo una perspectiva que restringe su voluntad y autonomía, ha creado figuras como el proceso de interdicción y la representación mediante curatela para que una tercera persona las sustituya en la toma de decisiones. No obstante, la CDPD, en vigor desde el 3 de mayo de 2008, ha significado un cambio de paradigma en el marco del modelo social al reconocer la capacidad jurídica de todas las personas con discapacidad, es decir, su capacidad de ser titulares de derechos y obligaciones así como de ejercerlos (artículo 12° de la CDPD y artículo 9° de la Nueva Ley General de la Persona con Discapacidad - Ley N° 29973).
En este contexto, el objetivo de esta tesis es demostrar la incompatibilidad de los efectos
jurídicos de la interdicción y de la curatela, reguladas en el Código Civil peruano de 1984, en relación al reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad mental e intelectual. Para ello, el concepto de capacidad jurídica será construido a partir del artículo 12° de la CDPD y de su impacto en el ejercicio de derechos para los cuales el reconocimiento de la capacidad jurídica es una condición. Por ejemplo, libertad personal y vida independiente e inclusión en la comunidad; integridad personal y, protección contra la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; participación en la vida política y pública; respeto del hogar y la familia; acceso a la justicia; derecho a la propiedad, herencia, control de asuntos económicos propios y acceso a créditos financieros. Finalmente, se propondrán lineamientos para la reforma del Código Civil y para la implementación de un sistema de apoyos y salvaguardias que coadyuven a adecuar nuestra legislación a lo dispuesto por la CDPD, eliminando las barreras legales existentes y elaborando una política pública que garantice el acceso de todas las personas con discapacidad al apoyo que puedan requerir en el ejercicio de su capacidad jurídica en todos los ámbitos de su vida
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El bien jurídico protegido por el delito de trata de personas en el ordenamiento jurídico peruanoVillarroel Quinde, Carlos Abel 17 November 2017 (has links)
La presente investigación tiene por objeto analizar dogmáticamente el bien jurídico
protegido por el delito de trata de personas en el ordenamiento jurídico peruano. Al
respecto, existen diversas posturas sobre dicho tópico, lo que determina la poca o nula
aplicación del tipo penal de acuerdo al bajo índice de sentencias expedidas por dicho
delito en nuestro país. En ese sentido –a partir de un análisis exclusivamente teórico,
basado en fuentes jurídicas (normas, jurisprudencia y doctrina) nacionales y extranjeras-,
se postula que el bien jurídico protegido en este delito lo constituye la dignidad del ser
humano, entendida como la prohibición de cosificación vejatoria y humillante de la
persona. A tal efecto, la investigación se desarrolla de la siguiente manera: a) en el
Capítulo I se aborda el tema del bien jurídico protegido en un Estado Constitucional; b) en
el Capítulo II se desarrollan las diversas posturas que existen sobre el bien jurídico
protegido en el delito de trata de personas; c) en el Capítulo III se analiza a la “dignidad”
como bien jurídico protegido por el Derecho Penal, en general, y por el delito de trata de
personas en particular; d) finalmente, en el Cuarto Capítulo se aborda la aplicación
práctica del bien jurídico “dignidad” en dicho delito, a partir del análisis de la figura del
consentimiento de la víctima. De todo este desarrollo se concluye finalmente que la
dignidad sí tiene la suficiente capacidad dogmática para configurar el bien jurídico
protegido por el delito de trata de personas en el Perú.
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El nombre social : un nuevo motivo justificado de cambio o adición de nombre en el PerúDel Valle Vargas, Jorge Enrique Junior 27 January 2021 (has links)
La doctrina nacional y los magistrados del Poder Judicial y Tribunal Constitucional
del Perú a nuestro entender han enunciado y desarrollado, respectivamente, los
contenidos del nombre social en nuestro país, sin que hasta la fecha lo hayan
institucionalizado como un motivo justificado de cambio de nombre, a fin de
proporcionarle a los ciudadanos una herramienta eficaz para tutelar su verdadera
identidad. En ese sentido, es preciso analizar si corresponde su institucionalización en el
ordenamiento jurídico nacional y bajo qué contenido y campo de aplicación para evaluar
si este progreso cumple con las expectativas de salvaguarda a la identidad y libre
desarrollo de la personal, especialmente si quien solicita la variación identitaria es un
menor de edad. Finalmente, se concluirá en la necesidad de formalizarlo como una
causal de cambio de nombre, dotándolo de un cierto contenido que lo particularice y
regule su aplicación en aras a sistematizar una herramienta jurídica que funcione como
presupuesto para el ejercicio y goce de los derechos de autodeterminación identitaria y
a la felicidad en armonía con el bien común.
Palabras clave: identidad, libre desarrollo de la personalidad, interés superior del niño,
cambio de nombre, nombre social, derecho a la felicidad.
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La prórroga del plazo de protesto en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor aplicable a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBSGuevara Sánchez, Gianella Nayib January 2022 (has links)
La presente investigación tuvo por objetivo establecer las razones jurídicas que justifican la modificatoria del art 76.1 de la ley 27287, en relación a la prórroga del plazo de protesto, en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor que afecten a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS. Para ello, fue necesario explicar las teorías que sirvieron de sustento para su desarrollo como lo es: la teoría general de títulos valores y la teoría contractual moderada; se procedió también a explicar las figuras jurídicas de hecho fortuito o fuerza mayor y su implicancia tanto en jurisprudencia nacional como comparada. Añadido a ello, se precisó los supuestos en las que se sería aplicable la prórroga del plazo de protesto cuando se adviertan hechos fortuitos o de fuerza mayor que sean extraordinarios, imprevisibles e irresistibles, para finalmente establecer que la modificatoria del articulo 76.1 traerá consigo que los títulos valores que se encuentren en dominio de personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS, no pierdan su mérito ejecutivo y como consecuencia se salvaguarde las acreencias de estas, con ello además se evitará que no continúe la situación diferenciada que hoy en nuestro
ordenamiento jurídico persiste y que en hechos extraordinarios como los acontecidos por la
declaratoria del Estado de emergencia provocada por la covid-19 su aplicación resulta insuficiente.
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Informe jurídico sobre el Pleno de Sentencia N° 423/2023Salazar Mesías, Nikolas Luis 25 July 2024 (has links)
El siguiente informe pretende analizar el Pleno de Sentencia N° 423/2023,
emitido en razón del Exp N° 00882-2023-PA/TC que contiene la disputa entre
Ricardo Moran Vargas, en representación de los menos E.M. y C.M. y el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
El problema del caso surge a raíz de la solicitud de inscripción extemporánea de
los menores E.M y C.M. presentada por Ricardo Moran Vargas ante Reniec para
que estos sean inscritos como ciudadanos peruanos. Dicha solicitud fue
presentada por Moran Vargas únicamente consignando sus apellidos (Moran
Vargas) como apellidos de los menores, en tanto estos fueron concebidos
mediante maternidad subrogada y no se “conoce” la identidad de la madre.
Reniec en respuesta la solicitud emite las Resoluciones 109-2021-
ORSBORJJR10LIM-GOB/RENIEC y 110-2021-ORSBORJ-JR10LIMGOB/
RENIEC denegando el pedido de inscripción de ambos menores de edad
justificando que ello contravenía lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Código
Civil. La impugnación de esta denegatoria por parte de Moran Vargas escaló
hasta el Tribunal Constitucional.
El presente informe pretende realizar una propuesta de interpretación a los
artículos 20 y 21 del Código Civil con la finalidad de que estos permitan
responder no solo a casos como el presente si no también a la realidad
cambiante de nuestra sociedad sin representar un supuesto de discriminación y
asegurando la mayor satisfacción de los derechos fundamentales de los
menores de edad. / The following report intends to analyze the Plenary Judgment No. 423/2023,
issued on account of Exp N° 00882-2023-PA/TC containing the dispute between
Ricardo Moran Vargas, on behalf of the minors E.M. and C.M. and the National
Registry of Identification and Civil Status (Reniec).
The problem of the case arises from the request for extemporaneous registration
of minors E.M. and C.M. filed by Ricardo Moran Vargas before Reniec so that
they may be registered as Peruvian citizens. Said request was filed by Moran
Vargas only including his surname (Moran Vargas) as the surname of the
children, since they were conceived through surrogate motherhood and the
identity of the mother is not "known".
Reniec, in response to the request, issued Resolutions 109-2021-
ORSBORJJR10LIM-GOB/RENIEC and 110-2021-ORSBORJ-JR10LIMGOB/
RENIEC denying the request for the registration of both minors, justifying
that this contravened the provisions of articles 20 and 21 of the Civil Code. The
challenge of this denial by Moran Vargas escalated to the Constitutional Court.
The present report intends to make a proposal for the interpretation of articles 20
and 21 of the Civil Code with the purpose of allowing them to respond not only to
cases such as the present one but also to the changing reality of our society
without representing a case of discrimination and ensuring the greatest
satisfaction of the fundamental rights of minors.
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Informe jurídico sobre la sentencia 423/2023- EXP. N° 00882-2023-PA/TC- Caso Morán VargasValdivia Ramos, Luisa Pierina 08 August 2024 (has links)
El informe analiza la sentencia del Tribunal Constitucional que ordenó a RENIEC inscribir
sin revelar el nombre de la madre a los hijos de Ricardo Morán quienes nacieron a partir de
la técnica de maternidad subrogada. El principal problema jurídico es si es
constitucionalmente posible negar la inscripción de niños nacidos por maternidad subrogada
debido a la supuesta ilicitud de esta técnica. El análisis concluye que no es posible negar la
inscripción por falta de regulación de la maternidad subrogada, pues ello vulneraría derechos
como la igualdad, identidad y nacionalidad de los menores. Si bien la maternidad subrogada
plantea dilemas éticos por posibles riesgos de explotación, se considera necesario regular
para proteger los derechos reproductivos, con salvaguardas para evitar abusos. Además, se
sostiene que no era necesario que exista regulación previa sobre maternidad subrogada
para proceder con la inscripción, pues el Estado tiene la obligación de garantizar los
derechos de los niños más allá de vacíos normativos. El Tribunal Constitucional debió
establecer parámetros para evitar que en el futuro se sigan vulnerando derechos en casos
similares. En conclusión, el fallo fue acertado, pero el Tribunal perdió la oportunidad de
abordar de manera integral la problemática de la maternidad subrogada y su regulación en
el Perú. / The report analyzes the Constitutional Court's ruling that ordered RENIEC to register the
children of Ricardo Morán who were born through the technique of surrogacy, without
revealing the name of the mother. The main legal issue is whether it is constitutionally
possible to deny the registration of children born through surrogacy due to the alleged
illegality of this technique. The analysis concludes that it is not possible to deny registration
due to the lack of regulation of surrogacy, as this would violate rights such as equality,
identity, and nationality of the minors. Although surrogacy raises ethical dilemmas due to
possible risks of exploitation, it is considered necessary to regulate it to protect reproductive
rights, with safeguards to prevent abuse. Furthermore, it is argued that it was not necessary
for there to be prior regulation on surrogacy to proceed with the registration, as the State has
the obligation to guarantee the rights of children beyond regulatory gaps. The Constitutional
Court should have established parameters to prevent similar rights violations in the future. In
conclusion, the ruling was correct, but the Court missed the opportunity to comprehensively
address the issue of surrogacy and its regulation in Peru.
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Informe jurídico sobre la Sentencia de Casación No. 8663- 2021-LIMARazzo Gamboa, Luis Angel 30 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Sentencia de Casación No. 8663-2021-
LIMA, en la cual se aborda la contradicción existente entre la Ley del Impuesto
General a las Ventas y su Reglamento en torno a la habitualidad de personas
naturales que no realizan actividad empresarial para efectos de que califiquen
como contribuyentes del Impuesto General a las Ventas.
En particular, se aborda la problemática jurídica de la Sentencia de Casación No.
8663-2021-LIMA, consistente en si basta con que los servicios sean onerosos y
similares a unos de carácter comercial para efectos de determinar si una persona
natural que no realiza actividad empresarial califica como habitual para efectos
de la utilización de servicios del IGV.
Para desarrollar dicha problemática, resulta importante analizar los conceptos
del principio de reserva de ley relativa y remisión; así como, realizar una
interpretación bajo los métodos de interpretación generales del Derecho y
conforme a la Constitución para efectos de comprender el significado jurídico las
disposiciones tributarias aplicables.
En ese sentido, en el presente informe jurídico, se aborda si la habitualidad es
un concepto protegido por el principio de reserva de ley, cuál es el alcance de la
habilitación realizada por la Ley del Impuesto General a las Ventas a su
Reglamento y si es que este último excede la remisión que le fue efectuada. / This legal report analyzes the Cassation Ruling No. 8663-2021-LIMA, which
addresses the contradiction between the Value Added Tax Law and its Regulation, regarding the habitual condition of individual who do not carry out
business activities in order to qualify as taxpayers of the Value Added Tax.
In particular, it addresses the legal problem of the Cassation Rule No. 8663-2021-
LIMA, consisting of whether it is sufficient that the services are onerous and
similar to those of a commercial nature in order to determine the habitual
condition of an individual who does not carry out business activities for purposes
of the use of services of the Value Added Tax.
In order to answer this problem, it is important to analyze the concepts of the
Principle of Reserve Law and remission, as well as to interpret under the general
methods of Law and in accordance with the Constitution in order to understand
the legal meaning of the applicable tax rules.
In this sense, in this legal report, it will be addressed whether the habitual
condition is a concept protected by the Principle of Reserve Law, what is the
scope of the authorization made by the Value Added Tax Law to its Regulation
and whether the latter exceeds the remission made to it.
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Domicilio y nombre. Proyecto de actualización del repertorio de legislación y jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasParra Mendoza, Rebeca Francisca January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / La presente memoria trata sobre los atributos de la personalidad, en general,
colocando especial atención en el domicilio y el nombre.
Consta de tres partes.
La primera contiene una conceptualización de ambos atributos estudiados,
aportando además, las actuales posiciones al respecto, que los máximos tribunales del
país han adoptado, tanto en casos litigiosos, como en actos judiciales no contenciosos,
donde tanto el nombre como el domicilio alcancen relevancia.
En el campo del domicilio, éste es definido, a la luz del Código Civil y otros cuerpos
normativos. De igual forma se trabajó acerca de la residencia y la morada; no
dejándose de lado la diferenciación entre domiciliados y transeúntes, entregando datos
fundamentales para la comprensión de ambos; para concluir, posteriormente, con una
breve noción de su relevancia en todas las áreas del Derecho.
Acerca del nombre, se construye una definición doctrinal y jurisprudencial. Además,
se entregan los elementos componentes del concepto y una breve reseña en lo que
concierne su naturaleza como derecho de la personalidad. Finalmente, se hace una
esquematización de la Ley N° 17.344, sobre Cambio de Nombre y Apellido,
exponiendo la problemática de las personas transexuales y las solicitudes de
rectificación de su partida de nacimiento.
La segunda parte, consta de los extractos de la jurisprudencia utilizada para
cimentar los argumentos de la monografía, correspondientes a los artículos 55 a 73 del
Código Civil, y de la Ley N° 17.344, ya mencionada, para efectos de la Actualización
del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia Chilenas del Código Civil y Leyes
Complementarias, comprendido el periodo desde 1990 hasta 2010.
Se finaliza, con cuarenta fichas de análisis de sentencia, cuyo estudio minucioso,
permitió ilustrar los extractos jurisprudenciales ya mencionados previamente y,
asimismo, la monografía
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