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Los entes no personificados: la subjetividad jurídica de los fondos de inversión y su tratamiento en sede registralRuiz Ortiz, Rubén Arturo 31 May 2022 (has links)
El presente artículo aborda y desarrolla los principales aspectos jurídicos
relacionados al tratamiento legal de los fondos de inversión, como sujetos de
derecho, en sede registral. En tal sentido, se analizan las características de los
fondos inversión y su naturaleza jurídica a partir de la Ley de Fondos de Inversión
y, de forma específica, la posibilidad de los mismos para ejercer su
representación en sede registral a través de su sociedad administradora. De esta
manera, se demuestra y sostiene que los fondos de inversión ostentan la
naturaleza jurídica de sujetos de derecho y, como tales, por mandato imperativo
de la ley, su representación, en todos los actos jurídicos que celebre,
corresponde ser ejercida por su sociedad administradora, por lo que, para la
acreditación de dicha representación en sede registral, no resulta posible exigir
los mismos requisitos legales que a las personas jurídicas, ni mucho menos
equiparar su naturaleza jurídica.
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La ausencia de regulación de un Régimen Especial Laboral para las Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro a la luz del Principio de IgualdadCachay Rivera, Josselyn Mercedes 28 March 2022 (has links)
En nuestro país, existen distintos tipos de regímenes laborales especiales establecidos
en función a la capacidad económica de sus empleadores, los cuales persiguen fines
económicos o lucrativos, lo que ha dado lugar, por ejemplo, al régimen especial de
las Micro y Pequeñas Empresas (régimen mype). No obstante, esta situación no ha
ocurrido con las personas jurídicas sin fines de lucro que, al estar excluidas de dicho
régimen, se advierte un trato diferenciado, al no tenerse en cuenta su capacidad
económica y finalidad jurídica. Bajo ese contexto, la presente investigación tiene
como objetivo principal identificar si existe afectación al principio-derecho de
igualdad, al no encontrarse regulado un régimen especial laboral a favor de las
personas jurídicas sin fines de lucro que le permita gozar de beneficios en el pago de
sus obligaciones laborales, como sí ocurre con las micro y pequeñas empresas, los
empleadores de las trabajadoras y trabajadores del hogar y demás empleadores, que
en algunos casos tampoco persiguen un fin económico o lucrativo; empleándose en
el análisis el método cualitativo-descriptivo. La investigación utiliza el test de
igualdad, concluyendo que la falta de regulación de un régimen especial a favor de
las personas jurídicas sin fines de lucro, vulnera su derecho a la igualdad ante la ley. / In our country, there are different types of special labor regimes established
according to the economic capacity of employers, which has given rise, for example,
to the special regime for Micro and Small Enterprises. However, this situation has
not occurred with non-profit legal entities, which, as they are excluded from said
regime, provide a differentiated treatment, as their economic capacity and legal
purpose are not taken into account. Under this context, the main objective of the
present investigation is to identify if there is an effect on the principle-right of
equality, since a special labor regime is not regulated in favor of non-profit legal
persons that allows them to enjoy benefits in the payment of their labor obligations,
as is the case with micro and small businesses, employers of domestic workers and
other employers without legal personality, which in some cases do not pursue an
economic or lucrative purpose either; using the qualitative-descriptive method in the
analysis. The research, using the equality test, concludes that the lack of regulation
of a special regime in favor of non-profit legal entities violates their right to equality
before the law.
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La realización de actividades económicas y/o lucrativas por parte de la asociación sin alterar su fin no lucrativoMartinez Bizarres, Aaron Ronaldo 26 March 2022 (has links)
En los últimos años, el Tribunal Registral se ha pronunciado de manera favorable, por medio
de distintas resoluciones, sobre la posibilidad de que una asociación pueda incluir en su
estatuto la realización de actividades económicas y/o lucrativas sin alterar su fin no lucrativo.
Estas resoluciones se han dado en el marco de la inscripción de la constitución de una
asociación (lo cual incluye el contenido de su estatuto) en el Registro de Personas Jurídicas
de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. En ese sentido, en vista que, aún
continúan habiendo posturas doctrinarias que se encuentran en desacuerdo con la inscripción
de la constitución de una asociación por incluir dentro de sus estatutos la posibilidad de
realizar actividades económicas y/o lucrativas para su sostenimiento y desarrollo su fin no
lucrativo, hemos considerado realizar el presente artículo.
Es así que, en el presente documento, nos centraremos en las implicancias que tiene la
realización de actividades económicas y/o lucrativas para una asociación (positivas y/o
negativas) como medios para lograr sus fines, así como en el contexto en el que se dan estas
y cómo son llevadas a cabo (representantes). También, se buscará brindar apoyo a quienes
redacten el estatuto de una asociación (fundadores) para que no se vean sorprendidos con
observaciones por parte de los registradores. Finalmente, se brindará una propuesta de
modificación al artículo 82° del Código Civil a fin de solucionar la interrogante. / In recent years, the Registry Court has ruled favorably, through different resolutions, on the
possibility that an association may include in its bylaw the performance of economic and /
or lucrative activities without altering its non-profit purpose. These resolutions have been
given within the framework of the registration of the constitution of an association (which
includes the content of its bylaw) in the Registry of Legal Entity of the National
Superintendency of Public Registries. In this sense, since there are still doctrinal positions
that are in disagreement with the registration of the constitution of an association because it
includes within its bylaw the possibility of carrying out economic and / or lucrative activities
for its support and development its non-profit purpose, we have considered elaborate this
article.
Thus, in this document, we will focus on the implications of carrying out economic and / or
lucrative activities for an association (positive and / or negative) as means to achieve its
purpose, as well as the context in which these are given and how they are carried out
(representatives). Also, it will seek to provide support to those who draft the bylaws of an
association (founders) so that they may suffer observations from the public registrars.
Finally, a proposal to modify article 82 of the Civil Code will be provided in order to solve
the question.
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Informe Jurídico sobre el Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima. La atribución de la responsabilidad penal a los extranei por la comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito, en concordancia con el momento de su actuar a lo largo del iter criminal y la existencia de un pactum scelerisYaringaño Campos, Dora Lucia 13 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se busca determinar el tipo de consumación que se produce en el delito de Enriquecimiento ilícito, así como la posible atribución de responsabilidad penal a los terceros (extranei) que intervengan y colaboren con la realización del ilícito. Sumado a ello, se analizará la figura jurídica del acuerdo previo o pactum sceleris y las implicancias que el mismo pueda tener en la atribución de la responsabilidad penal a los acordantes. Es así que se hará uso del método de investigación en base a la doctrina existente y los pronunciamientos jurisprudenciales que resulten relevantes. En ese sentido, se demostrará que, según los hechos narrados en el recurso sub examine (Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima), la Corte Suprema debió optar por atribuir responsabilidad penal a la esposa e hijas de un ex General del Ejército Peruano (funcionario público). Ello en cuanto se está ante un delito residual, comisivo de consumación permanente y, las extranei, mediante el despliegue de diversas acciones y
transacciones financieras (complicidad material y psíquica), colaboraron en la realización del delito de Enriquecimiento ilícito, aunado a que también se habría incurrido en la realización, en conjunto con el funcionario público, de un acuerdo previo o pactum sceleris
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Análisis del modelo de prevención de delito previsto en la Ley N° 30424 y su aplicación en la micro, pequeña y mediana empresaPalma Vásquez, Pablo Julián 28 September 2020 (has links)
El Compliance ha cobrado gran relevancia en el Derecho debido, principalmente, a los
cambios normativos, que impulsaron la incorporación de la responsabilidad penal o
administrativa de la persona jurídica. Esta responsabilidad fue incorporada debido a que
los criterios penales dogmáticos clásicos para sancionar las conductas delictivas
cometidas en el seno de una organización empresarial no eran suficientes para
sancionar a las personas naturales que cometen delitos. Por ello, el Estado traslada a
las personas jurídicas la obligación de coadyuvar en la prevención de delitos cometidos
por sus funcionarios, representantes o trabajadores. Es así que, en el Perú mediante la
Ley N° 30424, y sus normas modificatorias, establece la responsabilidad penal de la
persona jurídica y un mecanismo para exonerar o atenuar su responsabilidad, esto es,
la implementación de un modelo de prevención de delito que deberá contener cinco
elementos mínimos necesarios para cumplir la finalidad preventiva de conductas
delictivas. La referida ley establece que, para el caso de la micro, pequeña y mediana
empresa, será suficiente que estas acrediten la implementación de un elemento mínimo
para exonerarse de responsabilidad. Es por esto que, mediante el presente trabajo de
investigación, analizaremos si efectivamente cumplirá con la finalidad preventiva de todo
modelo de prevención que una micro, pequeña y mediana empresa cumpla con
implementar un solo elemento mínimo del modelo de prevención. / Trabajo de investigación
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Aplicación del modelo de autorresponsabilidad en la imputación penal de la empresa por el delito de lavado de activosCanales Yactayo, Jesús Gonzalo Viviano 23 January 2020 (has links)
El Derecho Penal Clásico es insuficiente para afrontar los nuevos peligros de la
Sociedad Moderna. Por ejemplo, toda la dogmática clásica gira en torno a la persona
humana como único sujeto imputable, cuando, en la actualidad, el principal protagonista
de los delitos de mayor gravedad es la Empresa. Por ello, un sector de juristas
consciente de ello, se encuentran replanteando las instituciones jurídicas del Derecho
Penal Clásico con la finalidad de que responda a las nuevas condiciones de la sociedad.
En ese contexto, el Derecho Penal se encuentra en un actual proceso de formación de
sus principales instituciones jurídicas como la “Teoría del Delito”, “los fines de la pena”,
etc. Ante ello, el presente trabajo aborda el tema sobre los modelos de imputación penal
de la Empresa, ya que con su estudio se puede tomar una postura sobre cuál es el más
idóneo para determinar la responsabilidad penal de la Entidad Corporativa.
En el caso peruano, a partir del año 2017 se ha regulado la Responsabilidad Penal de
la Empresa con la Ley N° 30424; sin embargo, aún la doctrina y jurisprudencia nacional
adolece el problema descrito en el párrafo anterior. Siendo así, se toma una posición en
el tema, luego de haber revisado la literatura jurídica de otros países, entre ellos España,
país de quien hemos copiado prácticamente toda su regulación penal implementada en
el año 2015.
Finalmente, ya con una postura respecto al modelo de imputación de la Empresa, se
analiza la regulación peruana sobre responsabilidad penal de la empresa por el delito
de Lavado de activos con la finalidad de analizar sus deficiencias y proponer mejoras. / Trabajo de investigación
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