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Políticas para el mejoramiento de la aplicación de la nueva Ley Procesal del TrabajoMercado Arbieto, Aristo Wilbert January 2017 (has links)
Analiza los problemas jurisdiccionales y administrativos existentes en el proceso de implementación de la Ley Procesal del Trabajo, los cuales influyen en la celeridad procesal. La oralidad del proceso, enfrenta a la conciliación formal, el ofrecimiento de medios probatorios en la audiencia de juzgamiento, la falta de especialización de los Jueces, y abogados, los cuales influyen en el incumplimiento de los plazos procesales. Resultando necesarias las modificaciones legales en estos tópicos. En sus conclusiones establece la falta de una voluntad política del Estado, que otorgue un presupuesto para la mejora en la implementación de la ley, la calificación defectuosa de la demanda, utilización de formalismos para la conciliación, la reprogramación de las audiencias, influyen en la celeridad procesal y produce el incumplimiento de los plazos procesales, sin establecimiento de responsabilidades disciplinarias de los Jueces, por la carga procesal, la necesidad de capación conjunta, proponiendo la reforma procesales sobre estos temas. / Tesis
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"Insuficiencia de las modalidades especiales del conflicto colectivo jurídico en la legislación procesal laboral peruana"Ciudad Reynaud, Adolfo Alberto 26 September 2017 (has links)
El problema que motiva esta investigación es la carencia de un conjunto sistemático de
modalidades especiales para procesar conflictos colectivos jurídicos cuando se afectan
intereses generales de un grupo genérico o categoría de trabajadores. Ello ha implicado
la práctica desaparición de las acciones colectivas de la jurisdicción laboral, y la preferencia
por las acciones individuales en lugar de una solución concentrada.
Para entender bien la naturaleza jurídica del conflicto colectivo se parte de la clasificación
de los conflictos laborales, con la ayuda de la doctrina procesal civil y constitucional
sobre el proceso colectivo en general, a la vez que se realiza un recuento de la evolución
normativa del proceso de conflicto colectivo en nuestro país desde inicios del
siglo pasado y su devenir por una etapa de solución administrativa hasta su desactivación
a finales de 1991, para luego analizar algunas normas de la Ley Procesal del Trabajo
de 1996 que restringieron la legitimación activa de los sindicatos para la defensa de
derechos colectivos. El examen de casos seleccionados dan cuenta de afectaciones colectivas
que se vienen resolviendo en forma individual con mayores costos para las partes
y para la jurisdicción laboral.
De otra parte se examina la normativa vigente, la Nueva Ley Procesal del Trabajo de
2010, sin duda de un gran avance respecto de la anterior, pero que consideramos insuficiente
pues no ha podido remover todos los obstáculos que han ocasionado una resistencia
de la jurisdicción laboral frente a las demandas colectivas.
Finalmente, se analizan los fundamentos de las modalidades procesales básicas del conflicto
colectivo jurídico y se propone cuál debería ser el objeto del proceso, los tipos de
pretensiones admisibles, las características especiales de la demanda y la sentencia, la
ejecución colectiva que permite evitar innumerables juicios individuales luego de la
emisión de la sentencia, el carácter de cosa juzgada, la legitimación activa de los sujetos
procesales y la calificación del procedimiento de urgente y preferente. Además de estas
alternativas de política legislativa, se formulan posibles líneas de interpretación jurisprudencial
para que en forma inmediata se pueda solucionar el problema de la inadmisibilidad
de demandas colectivas por una errónea exigencia generalizada de la lista nominativa
de los integrantes del grupo genérico o categoría de trabajadores, además de sus
pretensiones individualizadas, lo que resulta innecesario en procesos colectivos. / Tesis
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La ejecución de las resoluciones administrativas firmes derivadas del procedimiento inspectivo en el proceso de ejecución laboralRamos Rivera, Angel Tomás 19 April 2023 (has links)
Conforme a la Ley Procesal del Trabajo, las resoluciones administrativas firmes
emitidas por la autoridad de trabajo en un procedimiento inspectivo sancionador
constituyen títulos ejecutivos; sin embargo, el beneficiario de la obligación prefiere
utilizarlo como medio probatorio en un proceso ordinario o abreviado y no recurrir
directamente a su ejecución en un proceso ejecutivo laboral.
Esta situación origina que, en sede judicial, se vuelva a analizar un tema que ya fue
determinado por el sistema inspectivo de trabajo, lo que trae consigo que existan
discrepancias de criterios entre lo resuelto por la autoridad administrativa y el órgano
jurisdiccional correspondiente, deslegitimando el sistema de protección de los derechos
del trabajador.
Así, el presente trabajo tiene como objetivo estudiar si dichas resoluciones cumplen con
los requisitos propios de un título ejecutivo, así como los problemas que se presentan en
la emisión de dichas resoluciones, en especial, cuando en forma paralela se inicia un
proceso judicial por similares hechos, así como en la ejecución de la resolución,
brindando una respuesta a las controversias que pueden suscitarse en esta etapa.
Luego del análisis correspondiente, podemos indicar que existen problemas con la
determinación de la obligación que se reconoce en una resolución administrativa firme,
lo que aunado a los diversos recursos legales que puede plantear el obligado, dificulta su
ejecución en un proceso judicial. / Pursuant to the Labor Procedure Law, the firm administrative resolutions issued by the
labor authority in a sanctioning inspection procedure constitute executive titles;
however, the beneficiary of the obligation prefers to use it as evidence in an ordinary or
abbreviated process and not resort directly to its execution in a labor executive process.
This situation causes that, in judicial headquarters, an issue that was already determined
by the labor inspection system is reanalyzed, which entails that there are discrepancies
in criteria between what was resolved by the administrative authority and the
corresponding court, delegitimizing the worker rights protection system.
Thus, the objective of this work is to study whether these resolutions meet the
requirements of an executive title, as well as the problems that arise in the issuance of
said resolutions, especially when a judicial process is initiated in parallel. for similar
events, as well as in the execution of the resolution, providing a response to the
controversies that may arise at this stage.
After the corresponding analysis, we can indicate that there are problems with the
determination of the obligation that is recognized in a firm administrative resolution,
which, together with the various legal resources that the obligor can raise, makes it
difficult to execute in a judicial process. / Trabajo académico
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El principio de oralidad de la ley procesal del trabajo y su rol en la consecución de una adecuada justicia laboral en el PerúArellano Mori, Luis Eduardo 11 November 2019 (has links)
En el presente trabajo analizamos el papel de la Oralidad y su reconocimiento como un
principio del Derecho Procesal del Trabajo contenido en la Nueva Ley Procesal del
Trabajo Peruana (Ley N° 29497).
Si bien dicha norma lo recoge como uno de sus principios, existe la incertidumbre en la
doctrina de cómo un concepto que aparenta ser una técnica procesal podría ser
considerado como un principio. En nuestra investigación, de naturaleza exegética,
demostraremos la relevancia de la oralidad y la pertinencia de su inclusión como
principio con el objeto de refutar las posiciones que consideran que no puede ser un
principio. Si bien podría sostenerse que no es relevante definir si la oralidad es un
principio o no, porque ya está recogido así en la norma, en el presente trabajo intentamos
justificar el porqué de dicho reconocimiento, debido a que el legislador no dio una
explicación que nosotros pretendemos esbozar en este trabajo. Además, consideramos
que es muy pertinente saber porque es un principio y porque es importante que lo sea,
debido a que es la manifestación del principio protector del derecho del trabajo que
alcanza al proceso laboral de esta forma.
En adición a ello, veremos como la Oralidad se conjuga con los fundamentos del proceso
laboral contenidos en la misma ley (desigualdad compensatoria, privilegio del fondo
sobre la forma, debido proceso laboral, discriminación positiva y rol protagónico del
juez en el proceso) de qué forma sirve para que estos se manifiesten de manera más
concreta y eficiente.
Todo esto nos llevará a concluir que la Oralidad es el principio que nos permite alcanzar
una administración de justicia más adecuada, esa es la hipótesis del presente trabajo.
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"Insuficiencia de las modalidades especiales del conflicto colectivo jurídico en la legislación procesal laboral peruana"Ciudad Reynaud, Adolfo Alberto 26 September 2017 (has links)
El problema que motiva esta investigación es la carencia de un conjunto sistemático de
modalidades especiales para procesar conflictos colectivos jurídicos cuando se afectan
intereses generales de un grupo genérico o categoría de trabajadores. Ello ha implicado
la práctica desaparición de las acciones colectivas de la jurisdicción laboral, y la preferencia
por las acciones individuales en lugar de una solución concentrada.
Para entender bien la naturaleza jurídica del conflicto colectivo se parte de la clasificación
de los conflictos laborales, con la ayuda de la doctrina procesal civil y constitucional
sobre el proceso colectivo en general, a la vez que se realiza un recuento de la evolución
normativa del proceso de conflicto colectivo en nuestro país desde inicios del
siglo pasado y su devenir por una etapa de solución administrativa hasta su desactivación
a finales de 1991, para luego analizar algunas normas de la Ley Procesal del Trabajo
de 1996 que restringieron la legitimación activa de los sindicatos para la defensa de
derechos colectivos. El examen de casos seleccionados dan cuenta de afectaciones colectivas
que se vienen resolviendo en forma individual con mayores costos para las partes
y para la jurisdicción laboral.
De otra parte se examina la normativa vigente, la Nueva Ley Procesal del Trabajo de
2010, sin duda de un gran avance respecto de la anterior, pero que consideramos insuficiente
pues no ha podido remover todos los obstáculos que han ocasionado una resistencia
de la jurisdicción laboral frente a las demandas colectivas.
Finalmente, se analizan los fundamentos de las modalidades procesales básicas del conflicto
colectivo jurídico y se propone cuál debería ser el objeto del proceso, los tipos de
pretensiones admisibles, las características especiales de la demanda y la sentencia, la
ejecución colectiva que permite evitar innumerables juicios individuales luego de la
emisión de la sentencia, el carácter de cosa juzgada, la legitimación activa de los sujetos
procesales y la calificación del procedimiento de urgente y preferente. Además de estas
alternativas de política legislativa, se formulan posibles líneas de interpretación jurisprudencial
para que en forma inmediata se pueda solucionar el problema de la inadmisibilidad
de demandas colectivas por una errónea exigencia generalizada de la lista nominativa
de los integrantes del grupo genérico o categoría de trabajadores, además de sus
pretensiones individualizadas, lo que resulta innecesario en procesos colectivos. / Tesis
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