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El principio de protección a la fuente del empleo en el ordenamiento jurídico laboral chileno : pasos hacia un derecho del trabajo bidireccional

López Oneto, Marcos January 2012 (has links)
Tesis(para optar al grado de doctor en derecho) / Sostendremos que el ordenamiento jurídico laboral chileno no ha sido completamente refractario a los problemas del empleo y, más en general, de la economía, constituyéndose en un ordenamiento jurídico laboral bidireccional o con dos grandes fines. A nuestro juicio esos fines son la protección al trabajador y la protección a la fuente del empleo que, por cierto, es la empresa y no necesariamente el empleador, como podría ser comprendido en una concepción patrimonialista fuerte del tema. En efecto, justificaremos que la fuente del empleo, esto es, la empresa, es una organización que trasciende los intereses individualmente considerados de los trabajadores y de los empleadores, erigiéndose en un ente o ser jurídico que, por generar empleo y contribuir al desarrollo económico y social del país, es protegido por el orden público laboral. Las ideas generales previamente expuestas serán formuladas en tres hipótesis dogmáticas relacionadas entre sí, en las cuales se postula: a) Que en el ordenamiento jurídico laboral chileno actualmente vigente existe un principio de protección a la fuente del empleo; b) Que el principio de protección a la fuente del empleo coexiste con el principio de protección al trabajador, y c) Que su aplicación permite solucionar casos en los cuales el principio de protección al trabajador o los principios que protegen el derecho de propiedad del empleador, pueden ser preteridos, haciéndoselo pesar más que aquellos en la dictación de la sentencia. Nuestra tesis tiene un enfoque dogmático por cuanto su objeto será determinar el sentido normativo del derecho laboral positivo. Y porque el sentido normativo a determinar circunscribirá su justificación a la existencia del principio de protección a la fuente del empleo como un principio del ordenamiento jurídico laboral chileno, que coexiste con el principio de protección al trabajador, resolviéndose sus colisiones mediante la ponderación. Presentaremos, por tanto, un análisis del Derecho del Trabajo chileno desde el punto de vista de sus conexiones internas de sentido jurídico, inducibles, ciertamente, de sus enunciados normativos. 13 Dado el carácter dogmático de nuestra tesis, y en función de las hipótesis propuestas, analizaremos el derecho del trabajo vigente a la luz de sus fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinarias, sin perder de vista sus fuentes históricas, sus fundamentos prácticos y el derecho comparado. Nuestro método dogmático analítico configurará el principio de protección a la fuente del empleo mediante la inducción –a partir de los enunciados jurídicos laborales– de los elementos conceptuales que lo estructuran. Vale decir, configuraremos este principio mediante la inducción de las siguientes categorías jurídicas laborales: principio jurídico, principio jurídico laboral, empleo, fuente del empleo y protección a la fuente del empleo. En este proceso la revisión de la jurisprudencia de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional será especialmente tomada en cuenta, sobre todo a propósito de la inducción de la categoría principio jurídico. A nuestro juicio, la conceptualización de la idea de principio jurídico que ambos Tribunales hacen, en particular la Corte Suprema, es compatible con la idea de principio como mandato de optimización (Alexy), que será el modelo teórico que utilizaremos. Asimismo, nuestra interpretación de la jurisprudencia de la Corte Suprema sugerirá que aquella es correcta, en cuanto a su noción de principio jurídico
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La protección resarcitoria de los trabajadores de confianza frente al despido arbitrario, una vez superado el periodo de prueba

Moreno Danjanovic, Julio Alejandro January 2024 (has links)
El VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Previsional y Laboral consideró que solo merecen protección de eficacia resarcitoria los trabajadores de dirección o de confianza de entidades y empresas del sector privado que desde su ingreso ocuparon una posición en la que ejercían funciones ordinarias o comunes, más no los que directamente ocuparon un puesto de confianza o de dirección. A pesar de que nuestra legislación ampara la protección ante despido arbitrario, en la práctica a los trabajadores de confianza se les retira de sus cargos bajo la premisa de “pérdida de confianza”, este ya es un serio problema, sin embargo, el mismo se agrava aún más en los tribunales, donde a nivel jurisprudencial y en base al Pleno mencionado, el cual no es vinculante, se les está privando, en algunos casos, a aquellos trabajadores de confianza que han superado un periodo de prueba de manera satisfactoria, de un derecho o beneficio laboral que les corresponde. Esto ha ocasionado una fuerte incertidumbre jurídica y una falta de criterio uniforme en cuanto al accionar justo, pues no todos obtienen lo que “les es debido”. La problemática sobre la cual se enfocará la presente investigación es de suma importancia para ventilar esta posición discriminatoria injustificada, así como para determinar los criterios para garantizar la protección resarcitoria frente al despido arbitrario de todos los trabajadores de confianza. De esta manera se busca argumentar una efectiva protección y consecución de estabilidad laboral, evitando así las posibles injusticias que, aunque hoy solo reciben algunos, resulta una amenaza para todos. / The Seventh Supreme Jurisdictional Plenum on Social Security and Labor Matters considered that only management workers or trusted workers of private sector companies and/or institutions who first entered a position in which they performed common or ordinary duties, deserved protection with the effect of compensation, but not those who directly held a position of trust or management. Despite the fact that our legislation provides protection against arbitrary dismissal, in practice, trusted workers are removed from their jobs because of “loss of confidence”. This is already a serious problem, however, the problem is even worse in the courts, in case law level, where on the basis of the above-mentioned plenum, which is not binding, trusted workers who have successfully passed a probationary period are in some cases deprived of a right or benefit to which they are entitled. This has led to considerable legal uncertainty and a lack of uniform standards of fairness, as not everyone gets what is “due to them”. The problem on which this investigation will focus is extremely important in order to clarify this unjustified discriminatory position, as well as to determine the criteria for guaranteeing compensatory protection of all management workers and trusted workers against arbitrary dismissal. In this way, it seeks to argue for effective protection and achievement of job stability, thus avoiding possible injustices that, although today only some receive, are a threat to all. Keywords: Reliance, indemnity,

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