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El consejo de familia en el ordenamiento peruano : un análisis sobre su naturaleza jurídica e implicancias prácticas

Bereche Ballena, Edgar Santos, Bereche Ballena, Edgar Santos January 2014 (has links)
El gran interés del Estado por proteger a la familia se evidencia en el amparo y garantía de la patria potestad que los padres van a ejercer para proteger la persona y bienes de sus hijos, actuando en su representación durante su minoría de edad, y aun cuando mayores, si adolecieran de alguna incapacidad; pero, en ciertas ocasiones esta patria potestad podría verse limitada o extinguida, ante lo cual será necesaria la suplencia de las funciones que debían desempeñar los padres, ya sea mediante el nombramiento de un tutor, un curador o con la conformación de un consejo de familia. Por las propias funciones del tutor y del curador, en tanto representantes de los incapaces y administradores de los bienes que estuvieran a su cargo, a nadie le queda duda de que las instituciones de la tutela y de la curatela suplen de manera directa las funciones de la familia, en base a ello es que se les otorga la denominación de institución supletoria de amparo familiar. Sin embargo, para el caso del consejo de familia, sus funciones no son meramente supletorias, puesto que consisten recaen en controlar y vigilar las actividades realizadas por el tutor o el curador, según sea el caso. En ese sentido no sería correcto decir que el consejo de familia es una institución supletoria de amparo familiar, sino más bien un instituto de control y de vigilancia de las que si son instituciones supletorias de amparo familiar, esto es, la tutela y curatela. / Tesis
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El consejo de familia en el ordenamiento peruano : un análisis sobre su naturaleza jurídica e implicancias prácticas

Bereche Ballena, Edgar Santos January 2014 (has links)
El gran interés del Estado por proteger a la familia se evidencia en el amparo y garantía de la patria potestad que los padres van a ejercer para proteger la persona y bienes de sus hijos, actuando en su representación durante su minoría de edad, y aun cuando mayores, si adolecieran de alguna incapacidad; pero, en ciertas ocasiones esta patria potestad podría verse limitada o extinguida, ante lo cual será necesaria la suplencia de las funciones que debían desempeñar los padres, ya sea mediante el nombramiento de un tutor, un curador o con la conformación de un consejo de familia. Por las propias funciones del tutor y del curador, en tanto representantes de los incapaces y administradores de los bienes que estuvieran a su cargo, a nadie le queda duda de que las instituciones de la tutela y de la curatela suplen de manera directa las funciones de la familia, en base a ello es que se les otorga la denominación de institución supletoria de amparo familiar. Sin embargo, para el caso del consejo de familia, sus funciones no son meramente supletorias, puesto que consisten recaen en controlar y vigilar las actividades realizadas por el tutor o el curador, según sea el caso. En ese sentido no sería correcto decir que el consejo de familia es una institución supletoria de amparo familiar, sino más bien un instituto de control y de vigilancia de las que si son instituciones supletorias de amparo familiar, esto es, la tutela y curatela.
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El control jurídico de la erosión del suelo: la desertificación

Crespo Llenes, Andrés 31 October 2000 (has links)
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La protección del inversor: aspectos jurídico-societarios

Fernández Pérez, Nuria 05 March 1999 (has links)
No description available.
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El estatuto jurídico del enfermo: (evolución histórica y protección jurídica)

Barrios Flores, Luis Fernando 29 April 2005 (has links)
No description available.
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El patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad. Análisis sistemático.

Escribano Tortajada, Patricia 17 September 2009 (has links)
El objeto de esta Tesis Doctoral es el estudio del "Patrimonio protegido de las personas con discapacidad", figura de gran importancia jurídica y social, introducida en nuestro Ordenamiento Jurídico gracias a la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad. De este modo, se aborda la regulación sustantiva de dicha figura, analizando cada uno de los ocho artículos que lo regulan, así como la modificación de dicha norma mediante la Ley 1/2009, de 25 de marzo.A pesar de ser un mecanismo que puede ser muy beneficioso para las personas con discapacidad, en la práctica no se constituyen muchos patrimonios protegidos. Por este motivo en el presente estudio se ponen de relieve las deficiencias de dicha figura, y se proponen, asimismo, alternativas para que produzca los resultados deseados, es decir que las personas con discapacidad puedan obtener un patrimonio que garantice sus necesidades vitales.
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"Status" jurídico civil del embrión humano, con especial consideración al concebido "in vitro"

Femenía López, Pedro J. 28 February 1997 (has links)
No description available.
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El consejo de familia en el ordenamiento peruano : un análisis sobre su naturaleza jurídica e implicancias prácticas

Bereche Ballena, Edgar Santos Jesús January 2014 (has links)
El gran interés del Estado por proteger a la familia se evidencia en el amparo y garantía de la patria potestad que los padres van a ejercer para proteger la persona y bienes de sus hijos, actuando en su representación durante su minoría de edad, y aun cuando mayores, si adolecieran de alguna incapacidad; pero, en ciertas ocasiones esta patria potestad podría verse limitada o extinguida, ante lo cual será necesaria la suplencia de las funciones que debían desempeñar los padres, ya sea mediante el nombramiento de un tutor, un curador o con la conformación de un consejo de familia. Por las propias funciones del tutor y del curador, en tanto representantes de los incapaces y administradores de los bienes que estuvieran a su cargo, a nadie le queda duda de que las instituciones de la tutela y de la curatela suplen de manera directa las funciones de la familia, en base a ello es que se les otorga la denominación de institución supletoria de amparo familiar. Sin embargo, para el caso del consejo de familia, sus funciones no son meramente supletorias, puesto que consisten recaen en controlar y vigilar las actividades realizadas por el tutor o el curador, según sea el caso. En ese sentido no sería correcto decir que el consejo de familia es una institución supletoria de amparo familiar, sino más bien un instituto de control y de vigilancia de las que si son instituciones supletorias de amparo familiar, esto es, la tutela y curatela.
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¿Qué significa en el ordenamiento español el derecho a «vivir con dignidad el proceso de la muerte»?

Rey Martínez, Fernando 10 April 2018 (has links)
What does «the right to live the process of dying with dignity» mean in Spanish law?Different recent regulatory developments in Spanish legal system are analyzed in this article concerning person’s rights at the end of its life. In particular, the author attempts to explain the enigmatic sense of the new expression “the right to live the process of dying with dignity” and beyond its current configuration as a “legal” right—more than a constitutional one—. Also attempts to catalogue it as a new fundamental right. / Se analizan en este texto diversos desarrollos normativos recientes en el ordenamiento jurídico español respecto de los derechos de la persona en el tramo final de su vida. En particular, se intenta aclarar el enigmático sentido de la emergente expresión «derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte» y, más allá de su actual configuración como derecho «legal» más que «constitucional», su posible catalogación como nuevo derecho fundamental.

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