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Responsabilidad extracontractual del Estado por los actos de sus órganos : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasCaneo Gómez, Camila Fernanda January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente memoria se enmarca dentro del proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil, desarrollado en el taller de memoria “Responsabilidad Civil Extracontractual” del Departamento de Derecho Privado.
La metodología empleada para la realización de dicho proyecto consistió en la realización de fichas de análisis de sentencias sobre el tema en cuestión durante el período comprendido entre 1 de enero de 1995 a 31 de diciembre de 2008.
El tema a particularizar por la suscrita, versa sobre la responsabilidad civil extracontractual que le cabe al Estado, en razón de los actos dañosos que causen los órganos de su Administración, excluyendo algunos como las Municipalidades, que se desarrollan en otros apartados del mismo proyecto, cuyo principal objetivo fue sistematizar la postura de la jurisprudencia de los últimos años contenida en extractos de sus fallos más relevantes y en el posterior análisis de dichos extractos mediante un trabajo monográfico, enfocado principalmente en aquellas materias que surgen como novedosas a la luz de lo discutido y resuelto anteriormente por nuestras Cortes Superiores de Justicia
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La responsabilidad de la administración del Estado. Revisión desde la doctrina y jurisprudencia chilenaCordero Vega, Luis January 2003 (has links)
Tesis (para optar al grado de Magister en Derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo de investigación pretendía, modestamente, en su formulación evaluar como se había desarrollado la doctrina y la jurisprudencia chilena en esta materia, particularmente bajo la Constitución de 1980, y enfrentarla a algunos sistemas de responsabilidad nuevos en el sistema nacional, como era la responsabilidad por daño ambiental, que volvía sobre el criterio subjetivo, con el objeto pretendido de buscar un supuesto o estructura común para resolver las cuestiones interpretativas respecto de los hechos lesivos cometidos por la Administración. A poco andar en el mismo, y con la totalidad de la doctrina y jurisprudencia analizada comprobamos una de las hipótesis originales de nuestra aventura investigativa: no existen criterios ni supuestos en común que nos permitan considerar que en materia de responsabilidad extracontractual de la Administración exista un criterio uniformemente aceptado, que nos permitiera extrapolar dichas conclusiones a los nuevos modelos de responsabilidad que podían ser aplicables al Estado.
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La responsabilidad del Estado por los actos legislativos : la experiencia italianaPizzorusso, Alessandro 10 April 2018 (has links)
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La responsabilidad del Estado legisladorCannoni Mandujano, Leslie, Corvalán Durán, Pablo January 2009 (has links)
Licenciado en ciencias jurídicas y sociales / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Puede afirmarse que a partir de la segunda mitad del siglo XX se consolidó en el mundo entero la idea de que es imprescindible para la democracia modernaNote1. la existencia de un Estado de Derecho, la idea de que el Estado se someta plenamente a las leyes.
El Estado de Derecho es un concepto que se construye sobre la base de una serie de principios rectores, como son la supremacía constitucional, el imperio de la ley, la distribución del poder estatal en titulares que desarrollan funciones diferenciadas, la nulidad de los actos que emanen de órganos no competentes y por supuesto, sobre la base de la responsabilidad de las diferentes magistraturasNote2. .
Quien ejerce el poder tiene la obligación de ejecutar sus actos conforme al ordenamiento jurídico. Su actuación al margen de éste permite hacer efectiva la responsabilidad y aplicar las correspondientes sanciones, ya que en rigor los gobernantes no son propiamente representantes del pueblo, sino sus agentes.
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Responsabilidad internacional del estado : análisis del proyecto adoptado por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en su 53 ̊ período de sesiones celebrado en Ginebra durante el año 2001Sanhueza Gómez, Luisa January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo tiene por objeto analizar la responsabilidad internacional
de los Estados conjuntamente con el texto de artículos sobre “Responsabilidad del
Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos” adoptado por la Comisión en su 53º
Período de Sesiones.
Para llevar a cabo lo anterior, hemos dividido el tema en tres capítulos. El
primero, “El hecho internacionalmente ilícito del Estado”.
En el capítulo II, “Consecuencias jurídicas del hecho ilícito”, se trata la
nueva relación jurídica que nace entre el Estado que ha infringido la norma
jurídico-internacional y el Estado que ha sido afectado por dicha violación. Esta
nueva relación se traduce, por una parte, en “el deber de reparar” y, por la otra, en
“el derecho de exigir la reparación”.
Por último, en el capítulo III, “Modo de hacer efectiva la Responsabilidad
internacional del Estado”, se estudia de que forma y en que circunstancias el
Estado o Estados lesionados pueden invocar la responsabilidad internacional de
otro Estado.
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Estado Actual de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración del Estado por Violaciones a los Derechos HumanosMuñoz Cordal, Gabriel, Valdés Burgos, Pedro January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En este trabajo se realiza una investigación exploratoria de los principales fallos que se han pronunciado directa e indirectamente sobre la responsabilidad patrimonial del Estado en materia de violaciones a los derechos humanos y otras lesiones con motivo de la violencia política durante el régimen militar en Chile. A través de esta investigación, se extraen los criterios que la jurisprudencia judicial ha elaborado para estos casos y se examina su implicancia en el sistema de los derechos fundamentales y el derecho internacional de los derechos humanos.
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Estudio doctrinario de la responsabilidad extracontractual del estado en general y de la administración en particular : a la luz del derecho comparado y del derecho nacionalRuiz Rosas, Andrea January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurìdicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La estructuración del trabajo es sencilla. La hemos ordenado en dos grandes apartados: en el primero nos preocupamos del estudio de la responsabilidad contractual del Estado en general, aplicable al campo de las funciones legislativas, administrativas y jurisdiccionales; en el segundo, a lo que se ha denominado por la doctrina la Responsabilidad extracontractual del Estado administrador, que no es otra cosa que la Responsabilidad extracontractual del Estado por su función administrativa.
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La responsabilidad del Estado juez : la infracción al derecho a ser juzgado en un plazo razonable como título atributivo de responsabilidadBarraza González, Andrea Inés January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El análisis sobre la Responsabilidad del Estado-Juez estará basado en el estudio de la normativa vigente, jurisprudencia y doctrina tanto nacional como internacional. Para ello dividiré la exposición en dos partes. La Primera Parte estará destinada a exponer la regulación existente durante la vigencia de la CPR de 1925 y CPR de 1980.
El estudio del Derecho Comparado, la constitucionalización del Derecho Internacional y el respeto de los derechos humanos nos resulta de consideración obligatoria. Durante el siglo pasado comenzó a gestarse una nueva forma de concebir al ser humano y al Estado, por la cual éste último se encuentra al servicio del primero. Por estas razones, la Segunda Parte estará destinada a exponer el fundamento por el cual la postura amplia sobre responsabilidad estatal por actividad judicial tiene cabida en el ordenamiento jurídico nacional. Me refiero tanto a las normas constitucionales como a los Tratados Internacionales y a la interpretación que debe dárseles a la luz del Constitucionalismo Humanista.
Abordaré, como visión general, los presupuestos que hacen procedente la responsabilidad del Estado por la actividad judicial para clarificar un caso particular, excluido aparentemente de la actual normativa, por considerarlo de gran interés. Esto es, la infracción del derecho a un juicio dentro de un plazo razonable como título atributivo de dicha responsabilidad, cuestión que ya ha sido ampliamente debatida en Europa. Según pretendo dejar establecido en esta Memoria, es claro que el ordenamiento jurídico chileno contiene las bases por las cuales un ciudadano puede exigir del Estado el resarcimiento de los perjuicios que éste le ha causado con su actividad judicial cualquiera que sea el ámbito en que se desenvuelve. Más aún la jurisprudencia internacional ha sido reiterada y contundente en orden a proteger el derecho de los ciudadanos a ser juzgados dentro de un plazo razonable. En este sentido, revisaré pronunciamientos emitidos por la COIDH y su Comisión en aras de obtener el respeto de los instrumentos internacionales suscritos por los países americanos, a favor de sus propios habitantes
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Las medidas de reparación normativa en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos HumanosPortilla Odlianitskaya, Elena 30 April 2014 (has links)
Muchos autores han descrito a la responsabilidad como necesaria para la existencia
del derecho. De este modo, “la existencia de un orden legal internacional establece
que los sujetos a los cuales se les impone obligaciones deben ser responsables en el
caso de fallar con el cumplimiento de esas obligaciones”. Esto inclusive es aplicado
en el derecho doméstico de los Estados en donde la violación de una norma determina
la responsabilidad del infractor y, por lo tanto, su sanción. Asimismo, Paul Reuter
declaró que “la responsabilidad se encuentra en el corazón del derecho internacional
[…] esta constituye una parte esencial de lo que puede ser considerado la
Constitución de la comunidad internacional”.
La responsabilidad internacional constituye, de este modo, una pieza clave del
derecho internacional, más aun, de su existencia y efectividad, y ha ido evolucionando
a raíz de su desarrollo. Esto ha sucedido, por ejemplo, en el derecho internacional de
los derechos humanos, en el cual las medidas de reparación se han diversificado para
otorgar una protección más íntegra a las víctimas. / Tesis
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Gerencia social y creación de valor público: Aplicado a la Empresa Nacional de MineríaRojas Olivares, Cristián Alonso January 2018 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Gestión y Políticas Públicas / El valor público, como fin último de la gerencia social, resulta indiscutible del punto de vista del desarrollo de la sociedad, en consecuencia, generar una medición del mismo implicaría mejorar la orientación y gestión que realizan los directores y gerentes públicos en sus actividades diarias. En este sentido se cuestionan los actuales enfoques que conciben al Estado sólo como un ente regulador, olvidando así sus otras funciones.
El enfoque de valor público permite al Estado legitimar sus acciones ante la ciudadanía, contribuyendo, de esta forma, a un desarrollo de políticas que no sólo son eficientes sino también eficaces. Bajo este enfoque es que los directivos públicos pueden utilizar recursos para generar intervenciones considerando la complejidad, dado que provienen no de mandatos directos de la ciudadanía, sino que a través de preferencias refinadas que emergen de un proceso deliberativo y colectivo, lo cual puede dificultar la creación de valor.
En virtud de lo anterior, es que se desarrollaron dos modelos multicriterios de tipo AHP, el primer modelo mide el nivel de creación de valor público a través de sus elementos constituyentes que son el valor del servicio, valor de los resultados y el valor de la confianza, cuyos ponderadores fueron 28,8%, 31,2% y 40,0% respectivamente. Por otro lado, se generó un segundo modelo que mide el nivel de gestión de valor público, basado en las áreas de acción del mismo, las cuales son la gestión institucional, gestión del valor, gestión organizacional y gestión de la confianza, cuyos ponderadores finales fueron 20,2%, 29,6%, 22,2% y 28,0% respectivamente.
Las dos dimensiones analizadas permiten medir, para una misma intervención, potenciales brechas entre el nivel de gestión de valor público que está ejecutando y el nivel de creación que efectivamente ha generado; además contribuyen a visibilizar nuevas perspectivas para la evaluación de intervenciones.
Si bien estos modelos fueron desarrollados en forma genérica, poseen particularidades para ser aplicados a los instrumentos de fomento de la Empresa Nacional de Minería. Asimismo, la finalidad última será el servir de orientación para la toma de decisiones de los directivos públicos con el objeto de crear valor público a través de sus acciones.
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