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La sostenibilidad de la seguridad social en materia de jubilación

Almeida Cáceres, Verónica Alejandra 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo académico responde, entre otras cosas, a la importancia que tiene el análisis referente a la sostenibilidad del sistema de seguridad social, especialmente en lo concerniente a la pensión de jubilación, pues es de este factor que depende en general la subsistencia del sistema; sin embargo, se debe entender que la sostenibilidad, como tal, no es un fin en sí mismo sino que se constituye en la vía idónea para que la seguridad social siga existiendo y se mantenga a través de los años. Para ello es necesario contar con los recursos suficientes que permita el financiamiento de las prestaciones (jubilación). A efectos de alcanzar dicho fin, corresponde el análisis de los principios de universalidad y solidaridad como aspectos necesarios para el financiamiento del sistema dentro del modelo contributivo de la seguridad social. Se concluye que la sostenibilidad del sistema de seguridad social en lo referente a jubilación esta intrínsecamente relacionado con los principios de universalidad y solidaridad, que son los que le brindan el sustento necesario para su permanencia en el tiempo.
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Análisis de la participación ciudadana en el Foro Legislativo Virtual del Congreso de la República respecto de la Ley 31068 que faculta el retiro de los Fondos Privados de Pensiones en el contexto de la pandemia COVID -19

Barrantes Martínez, Armando Martín 02 April 2023 (has links)
La presente investigación analiza una de las políticas públicas referidas a la participación ciudadana en los Foros Legislativos Virtuales para la promulgación de leyes que realiza el Congreso de la República. El caso estudiado se refiere a la propuesta legislativa que se promovió, el año 2020, para el retiro de los ciudadanos de parte de sus aportes manejados por las Administradoras del Fondo Privado de Pensiones en el contexto de la pandemia de la COVID-19. La tesis que presentamos es un Estudio de Caso realizado en base a una investigación cualitativa y toma en cuenta tres actores: Los ciudadanos que participaron en el Foro, los trabajadores del Área de Participación Ciudadana del Congreso encargados de dichos Foros; y los integrantes de la Comisión de Economía que realizaron el estudio técnico y elaboraron el dictamen que llevaron al pleno del Congreso para la promulgación de la ley. La presente tesis tiene 6 capítulos; el primero plantea el problema y fundamenta la participación ciudadana. El capítulo II presenta el marco teórico del desarrollo humano, la teoría del Estado, de la democracia y de la ciudadanía, así como de la participación ciudadana. El capítulo III da a conocer la metodología que se siguió para hacer la presente investigación. El capítulo IV realiza el análisis en base a las entrevistas realizadas a los actores más representativos. La información de estas entrevistas se ordenó según las variables definidas. El capítulo V presenta las conclusiones siguientes: a) El Área de Participación Ciudadana no procesa bien las opiniones y sugerencias que hacen llegar los ciudadanos al Foro, debido a que los encargados no tienen el perfil profesional para asumir estas tareas y también por recarga de trabajo y continuos cambios del personal. b) Los integrantes de la Comisión de Economía presidida por los congresistas, generalmente no incorporan las opiniones y propuestas ciudadanas. Algunas recomendaciones que presenta la tesis son a) La necesidad de impulsar la participación ciudadana en los asuntos del Estado para garantizar la democracia, la legitimidad y la gobernanza. b) La necesidad de difundir la existencia de este Foro y de modernizarlo para que sea de más fácil acceso. c) La permanencia de trabajadores especializados en la Área de Participación Ciudadana d) hacer difusión para incentivar la participación ciudadana. La Propuesta de Mejora plantea establecer espacios permanentes de coordinación entre el Área de Participación Ciudadana, las Comisiones donde debaten los proyectos de ley, y las áreas de comunicación y difusión. Otra propuesta de mejora es reformular el Manual de Aplicación para la Presentación o Evaluación de Proyectos de Ley para que la participación ciudadana sea vinculante y obligatoria y tenga procedimientos sujetos a evaluación y con indicadores definidos. / This current research is on citizen participation in the Virtual Legislative Forums of Congress; which were established to collect citizen opinions and proposals during the process of drafting laws that correspond to the aforementioned Congress. In that case, we take as a reference, the participation of citizens around the proposed law for the withdrawal of funds from the AFP Private Pension System as it relates to the COVID-19 pandemic. The thesis we present is a Case Study carried out based on qualitative research and takes into account three central actors: a) Citizens who participated in the Virtual Legislative Forum, b) Workers of the Citizen Participation Office of Congress who received citizen opinions and proposals, and c) The members of the Economy Commission who carried out the technical study and prepared the preliminary opinion that they took to the plenary session of Congress for the promulgation of the law. This current thesis has 6 chapters; the first one makes known the approach of the problem and the basis of citizen participation. Chapter II presents the theoretical framework of Human Development, the theory of the Government, its citizenship, its interculturality and gender approaches. Chapter III reveals the methodology that was followed to carry out this research; chapter IV presents the analysis based on the interviews conducted with the most representative participants. The information from these interviews was categorized according to the defined variables. In the end, we send the conclusions and recommendations with proposals for improvement. The results pointed to the need to deepen and encourage citizen participation in Government affairs as a way to guarantee democracy, legitimacy and governance. The need to disseminate the existence of this Forum and to modernize it to make it easier to access was also shown. Another result has to do with the need for specialized workers to remain in the Citizen Participation office. One of the limitations of this office is that they do not optimize the opinions and suggestions that citizens send in to the Forum, due to their professional training and excessive workload. One of the most important recommendations to encourage citizen participation is the need for the different social actors and levels of Congress to work in an articulated manner. On the other hand, the members of the Thematic Commissions, which are chaired mostly by members of the Congress, sometimes do not have validated proposals and substantiated studies. Chapter V presents the following conclusions: a) The Citizen Participation Department does not process well the opinions and suggestions that citizens send to the Forum, due to the fact that those in charge do not have the professional profile to assume these tasks; and, also due to work overload and continual staff changes. b) The members of the Economy Committee chaired by congressmen, generally do not incorporate the citizens opinions and proposals. Some recommendations presented by the thesis are: a) The need to promote citizen participation in State affairs to guarantee democracy, legitimacy and governance. b) The need to publicize the existence of this Forum and its modernization it so that it is more easily accessible. c) The permanence of specialized workers in the Citizen Participation Department. d) Disseminate information to encourage citizen participation. The Improvement Proposal proposes establishing permanent coordination spaces between the Citizen Participation Area, the Committees where bills are debated, and the communication and dissemination areas. Another proposal for improvement is to reformulate the Application Manual for the Presentation and Evaluation of Bills so that citizen participation is binding and mandatory and has procedures subject to evaluation and with defined indicators.
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Informe Jurídico sobre la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA

Gómez Limaylla, Claudia Milagros 12 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad hacer un análisis crítico de lo resuelto por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA, a través de la cual, bajo un criterio lesivo y arbitrario se determina que la sola ocurrencia de un infarto en el centro de trabajo genera su calificación automática como accidente de trabajo; asimismo, que el fallecimiento del extrabajador en el centro de trabajo es una prueba irrefutable del incumplimiento del deber de prevención del empleador, considerando este deber como una obligación de resultados y; por último, que en atención a dicho incumplimiento el empleador es responsable del pago de una pensión por sobrevivencia. En base a lo expuesto, tras la revisión de la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Constitución Política del Perú y, de manera supletoria, los instrumentos internacionales, se llegó a la conclusión de que: (i) el infarto sufrido por el extrabajador no califica como accidente de trabajo, toda vez que no se presenta el elemento conectivo entre el infortunio sufrido y el cumplimiento de las órdenes laborales encomendadas; (ii) el deber de prevención es una obligación de medios que tiene como fin minimizar y controlar los peligros y riesgos presentes en el trabajo y, (iii) no existe congruencia procesal entre lo resuelto por la Corte Suprema y la pretensión planteada en el proceso.
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A propósito del deber de prevención, protección del trabajador frente a los accidentes derivados de actividades riesgosas : Garantías mínimas del SCTR a cargo de la EPS

Diaz Zavalaga, Franco Yosue 27 February 2020 (has links)
En nuestro país surge una situación de incertidumbre referente a la cobertura del SCTR, ya que artículo 2.3º de las Normas Técnicas no considera ciertas contingencias como accidentes de trabajo. Por lo expuesto, se cuestiona el contenido normativo de las Normas Técnicas del SCTR, debido a que ostenta ambigüedades y permite que las EPS no cumplan con la finalidad preventiva y compensatoria del SCTR. En tal sentido, la facultad de calificar unilateralmente si una contingencia se configura como un accidente de trabajo permite que la EPS pueda negar las prestaciones al trabajador y encasille la contigencia dentro de los supuestos de exoneración del artículo 2.3º del D.S. 003-98-SA. Lo referido provoca que los afiliados al SCTR no sean acreedores a las coberturas por parte de este Seguro Complementario al Seguro Social Regular, por lo que ha de cuestionarse si el SCTR atiende al deber de protección empresarial y si se enmarca dentro de los principios establecidos por la Seguridad Social. Por lo señalado, la investigación busca responder lo siguiente: 1. En virtud del deber de preventivo ¿Ostentan las Entidades prestadoras del SCTR una responsabilidad objetiva? 2. A propósito de la presunción de responsabilidad, ¿Es admisible trasladar al trabajador la carga de iniciar un procedimiento contencioso a fin de que las garantías mínimas le sean reconocidas? 3. ¿Cumple el SCTR con un auténtico deber de protección acorde a los principios de la Seguridad Social? Se concluye que las atribuciones de calificación y exclusión del accidente de trabajo por parte de. las EPS generan la vulneración de derechos del trabajador. En suma, el SCTR no confiere un deber preventivo a las EPS, tal como consta en el artículo 13º y la EPS ni la normativa del SCTR operan conforme a la Constitución y las normas nacionales e internacionales sobre la materia.
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Evolución de la seguridad y salud en el trabajo en las relaciones de subcontratación en el sector minero

Medina Bellido, Lucía Patricia 03 March 2020 (has links)
La actividad minera es uno de los sectores en los que existen mayores relaciones de subcontratación, además de ser una actividad que representa ingresos importantes para el país. Asimismo, es una actividad considerada de alto riesgo. En dicho sentido, el presente trabajo busca evaluar la evolución de la seguridad y salud en el trabajo en este ámbito y los factores que han podido influir en esta. Para ello, se toman como referencia las estadísticas de seguridad en el sector minero de los últimos años, de lo que se infiere que la seguridad y salud en el trabajo del sector ha tenido una evolución favorable en el ámbito de la subcontratación. Dicha evolución ha obedecido a factores tales como la consagración del principio y deber de prevención en la ley, así como la interpretación que, sobre este, han tenido las autoridades administrativas y judiciales, a la centralización de deberes en virtud de este por parte de las empresas principales, así como a factores económicos derivados de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, que terminan impactando en la productividad. Del mismo modo, el sistema de inspección de trabajo en materia de seguridad y salud ha tenido un rol importante.
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El rol del estado ante la privatización de los derechos económicos, sociales y culturales: reflexiones en torno al derecho a la seguridad social ¿desnaturalización de un derecho o flexibilidad de un modelo económico?

Ieong Lau, Laura Chinyi January 2017 (has links)
El principal objetivo de este trabajo consiste en determinar —desde una aproximación general— en qué medida la privatización del derecho a la seguridad social en nuestro ordenamiento jurídico habría supuesto o no la desnaturalización del contenido de este derecho. Para tal propósito, centraremos nuestro análisis en la prestación social referida a pensiones. En tal sentido, la justificación de este artículo no es otra que la de poder contribuir, desde la perspectiva de los derechos humanos, al análisis de este derecho, así como a la reflexión acerca de las dificultades que este afronta para lograr su plena efectividad.
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La inobservancia de los derechos laborales de los artistas, en específico el descuido en el derecho a la Seguridad y Salud en el Trabajo en el caso de los intérpretes y ejecutantes

Rázuri Vargas, César Augusto 01 April 2024 (has links)
Los músicos son un grupo que, históricamente, se han visto relegados por el propio Estado, tanto en lo que respecta a la generación de empleo como a la conservación del mismo. Ello ha desembocado en que, entre otros derechos, el correspondiente a la Seguridad y Salud en el Trabajo haya sido pasado por alto en reiteradas ocasiones, especialmente para el caso de los intérpretes y ejecutantes. En ese sentido, el presente trabajo busca abordar, primero, un planteamiento teórico sobre lo que el régimen laboral de los artistas, de modo que el lector cuente con los fundamentos suficientes para comprender el contexto en el que se encuentran. Luego, nos adentramos a lo que es la materia pertinente, verificar si es que existe, tanto en la norma positiva como en la práctica, un verdadero reconocimiento y eficacia de tal derecho. Finalmente, nos centraremos en lo reseñado en instrumentos internacionales, además de presentar legislación comparada, lo cual provoca un escenario generalizado y de perjuicio en contra de los artistas, posicionando al Estado peruano como principal responsable de lo ocurrido. Con ello, proponemos que se expida una regulación técnica especializada para los artistas intérpretes y ejecutantes, debido a la muy particular prestación de servicios que realizan. / Musicians are a group that, historically, have been relegated by the State itself, both in terms of job creation and job preservation. This has led to the fact that, among other rights, that corresponding to Safety and Health at Work has been repeatedly overlooked, especially in the case of performers. In this sense, this work seeks to address, first, a theoretical approach to the work regime of artists, so that the reader has sufficient foundations to understand the context in which they find themselves. Then, we delve into what is the relevant matter, verifying whether there exists, both in the positive norm and in practice, a true recognition and effectiveness of such right. Finally, we will focus on what is outlined in international instruments, in addition to presenting comparative legislation, which causes a widespread and damaging scenario against artists, positioning the Peruvian State as the main responsible for what happened. With this, we propose that a specialized technical regulation be issued for performers, due to the very particular provision of services they perform. / Trabajo académico
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El principio de solidaridad en nuestro sistema de pensiones

Herrera Toscano, Ricardo Arturo 05 March 2020 (has links)
El trabajo tiene por finalidad analizar el Principio de Solidaridad en nuestro sistema de pensiones, para validar determinadas restricciones normativas o su ausencia. Se justifica la investigación dado que pretendo determinar en qué supuestos es válido y/o necesario invocar el principio para establecer restricciones, y qué límites tiene el referido principio. De acuerdo al análisis realizado considero que las restricciones en materia de pensiones, que tienen como fundamento el Principio de Solidaridad, son válidas por ser necesarias para cumplir con el compromiso constitucional de otorgar seguridad social a la colectividad. Adicionalmente, encuentro suficientes elementos que indican la existencia de solidaridad en el SPP. De las restricciones normativas analizadas, concluyo lo siguiente: Topes SNP.- La aplicación de los topes en el SNP encuentra justificación en el Principio de Solidaridad, por establecer una ruptura excepcional y razonable de la relación sinalagmática entre las aportaciones y las prestaciones, en beneficio de aquellos afiliados que lo requieran. Es válida, por respetar el contenido esencial del derecho a la pensión, y por ser una disposición originaria. BdR SPP.- Es posible que los afiliados al SPP obtengan un bono inferior a las aportaciones realizadas, rompiendo el sinalagma entre prestaciones y aportaciones. Esta limitación es una manifestación válida del Principio de Solidaridad, y una medida regresiva legítima, toda vez que encuentra justificación en que el dinero que eventualmente el afiliado no obtenga permanecerá en la Caja Nacional y será usado para cubrir las pensiones del SNP. Disposición 95.5% CIC.- Carece de restricciones, por lo cual trasgrede el Principio de Solidaridad pues desprotege a los derechohabientes de los afiliados titulares sanos. Este grupo terminará definitiva e irremediablemente excluido de nuestro sistema de pensiones y de salud en el momento en que el afiliado titular disponga del 95.5% de su fondo.
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Necesaria reforma pensionaria, camino a un sistema multipilar de pensiones

Ynga Morales, Flor De María Lizzett 28 February 2020 (has links)
En nuestro país no hay plena aceptación social de los sistemas de pensiones vigentes, teniendo que diversos sectores poblacionales manifiestan que sus demandas, según sus propias necesidades, no son cubiertas por los sistemas existentes, por ejemplo el sector no contributivo que requiere del Estado el aseguramiento de una pensión; el sector contributivo afiliado al Sistema Nacional de Pensiones que demanda acceder a una pensión proporcional a su tiempo de aportación, y a montos de pensión más elevados; y el sector contributivo afiliado al Sistema Privado de Pensiones que requiere se les asegure un monto de pensión mínima cuando su fondo de capitalización individual sea insuficiente. En ese contexto, el presente trabajo tiene por propósito identificar cuáles serían las principales falencias que propician el rechazo a los actuales sistemas de pensiones, evaluados desde cuatro criterios centrales: cobertura, cuantía, financiamiento y gestión, esto con el fin de determinar los problemas que deberá resolver una potencial reforma pensionaria. Para ello, se realiza un análisis descriptivo, presentando el marco normativo nacional e internacional aplicable a la seguridad social en pensiones en el Perú, analizando su real implementación y estableciendo su relación con las falencias identificadas. Además se realiza análisis estadístico sobre ciertos cambios demográficos y económicos, que sustentarían la necesidad de una reforma pensionaria. Finalmente, se presenta la evolución y propuestas de los modelos de sistema multipilar de pensiones a nivel nacional e internacional, ensayando una propuesta de reforma basada en un sistema que cuente con 3 pilares complementarios administrados por el Estado y un pilar adicional de ahorro voluntario con administración privada, señalando las razones por las cuales este modelo sería el más apropiado para nuestro país, desde el aspecto jurídico y pragmático.

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