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¿La aplicación del marco normativo de titulación de tierras en las comunidades campesinas de la costa es acorde a la naturaleza jurídica de estas?Rojas Rivera, Mayra Fabiola January 2017 (has links)
El presente trabajo es un análisis de las normas que actualmente regulan los actos de disposición de las tierras comunales por parte de la Comunidades Campesinas de la Costa con el objetivo de identificar los factores que han permitido la aparición de las comunidades campesinas fraudulentas o fantasmas, las cuales son protagonistas del tráfico de terrenos en las periferias de Lima.
En ese sentido, se evalúa si nuestra Constitución vigente regula o no a las comunidades campesinas de la Costa y cuál es la relevancia de la Ley Nº 26845 - Ley de Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa. Frente a estas normas se busca identificar si existen razones objetivas que permita justificar por qué la Ley Nº 26505 regula presupuestos distintos para la toma de acuerdos cuando se trata de disposición de las tierras comunales de la Comunidad Campesina de la Costa.
Del mismo modo, se analizan estudios de campo realizado por la INEI, según las actividades agrícolas y ganaderas que las comunidades campesinas de la Costa desempeñan para que puedan ser compradas con las actividades económicas que realizan la comunidades de la Sierra. Con ello se pretende demostrar si existen una dependencia entre las comunidades de la Costa y sus tierras; dado que la definición de comunidad campesina desarrollada por la Constitución y por el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales enfatizan la relación entre la comunidad y sus tierras.
Por último, se analizara resoluciones del Tribunal Registral que han desarrollado los requisitos a nivel administrativo para que se pueda llevar a cabo la inscripción de los actos de disposición de las Comunidades Campesinas de la Costa, para así identificar si estos han ocasionado una mayor carga para el administrado, o caso contrario, si han flexibilizado los actos de disposición por parte de estas personas jurídicas.
Entre los puntos sobre los cuales e Tribunal Registral ha desarrollado se encuentran los presupuestos adicionales desarrollado por el mismo y que, posteriormente, han sido incorporados en la Directiva Nº 10-2013-SUNARP-SN. Tales requisitos que ahora los registradores califican son, en primer lugar, que se otorgue poderes para los actos de disposición de forma indubitable a terceros ajenos a la comunidad campesina, y, en segundo lugar, que el bien objeto de disposición sea identificable, siendo necesaria la descripción de sus características. Dichas exigencias desarrolladas por el Tribunal Registral aparentemente son requisitos adicionales para la inscripción del acto de disposición por parte de la comunidad campesina de la Costa; pero en realidad, el efecto es todo lo contrario, pues se exige que los poderes otorgados a terceros no sean precisos y permitir que se otorgue poderes a personas ajenas a la comunidad campesina, promueve que se use de forma contraria a la naturaleza de dicha persona jurídica. Esto es, la aparición de las comunidades campesinas fantasmas que utilizan a la persona jurídica de carácter no lucrativa para actividades lucrativas como es el participar en el mercado inmobiliario. / Trabajo académico
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La búsqueda de la titulación de la comunidad campesina Ccarhuac Licapa : aplicación de una norma y aparición de un conflicto socialCordero Maldonado, Lorena del Pilar, Salvador Cárdenas, Gabriela Aída 01 June 2017 (has links)
Las comunidades campesinas ven en sus tierras el espacio para el ejercicio de otros derechos
relacionados a su identidad, cultura, soberanía alimentaria y, aquellos que permitan su
subsistencia; así, la propiedad comunal defiende más que un espacio de tierra en el cual se
edifican construcciones o cercan linderos. Pese a la importancia del tema, la falta de titulación de comunidades campesinas en nuestro país es un problema estatal aún no resuelto que
generaría la indefensión de la propiedad comunal.
Desde mediados de la década de 1960 hasta la actualidad se han emitido gran cantidad de
normas y creado instituciones con distintos matices dependiendo de cada contexto, pero con la
única finalidad de lograr la titulación1. Frente a ello resulta pertinente cuestionarse si las
acciones estatales han logrado avances para titular a todas las comunidades campesinas del país; sin embargo, si uno revisa datos estatales, vemos que para COFOPRI al 2009 existían 1469 comunidades campesinas en todo el territorio nacional, por su parte según el CENAGRO del 2012 existían alrededor de 6277, mientras que para los gobiernos regionales al 2014 existían 4359 (Defensoría del Pueblo, 2014). / Tesis
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La búsqueda de la titulación de la comunidad campesina Ccarhuac Licapa : aplicación de una norma y aparición de un conflicto socialCordero Maldonado, Lorena del Pilar, Salvador Cárdenas, Gabriela Aída 01 June 2017 (has links)
Las comunidades campesinas ven en sus tierras el espacio para el ejercicio de otros derechos
relacionados a su identidad, cultura, soberanía alimentaria y, aquellos que permitan su
subsistencia; así, la propiedad comunal defiende más que un espacio de tierra en el cual se
edifican construcciones o cercan linderos. Pese a la importancia del tema, la falta de titulación de comunidades campesinas en nuestro país es un problema estatal aún no resuelto que
generaría la indefensión de la propiedad comunal.
Desde mediados de la década de 1960 hasta la actualidad se han emitido gran cantidad de
normas y creado instituciones con distintos matices dependiendo de cada contexto, pero con la
única finalidad de lograr la titulación1. Frente a ello resulta pertinente cuestionarse si las
acciones estatales han logrado avances para titular a todas las comunidades campesinas del país; sin embargo, si uno revisa datos estatales, vemos que para COFOPRI al 2009 existían 1469 comunidades campesinas en todo el territorio nacional, por su parte según el CENAGRO del 2012 existían alrededor de 6277, mientras que para los gobiernos regionales al 2014 existían 4359 (Defensoría del Pueblo, 2014).
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¿La aplicación del marco normativo de titulación de tierras en las comunidades campesinas de la costa es acorde a la naturaleza jurídica de estas?Rojas Rivera, Mayra Fabiola January 2017 (has links)
El presente trabajo es un análisis de las normas que actualmente regulan los actos de disposición de las tierras comunales por parte de la Comunidades Campesinas de la Costa con el objetivo de identificar los factores que han permitido la aparición de las comunidades campesinas fraudulentas o fantasmas, las cuales son protagonistas del tráfico de terrenos en las periferias de Lima.
En ese sentido, se evalúa si nuestra Constitución vigente regula o no a las comunidades campesinas de la Costa y cuál es la relevancia de la Ley Nº 26845 - Ley de Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa. Frente a estas normas se busca identificar si existen razones objetivas que permita justificar por qué la Ley Nº 26505 regula presupuestos distintos para la toma de acuerdos cuando se trata de disposición de las tierras comunales de la Comunidad Campesina de la Costa.
Del mismo modo, se analizan estudios de campo realizado por la INEI, según las actividades agrícolas y ganaderas que las comunidades campesinas de la Costa desempeñan para que puedan ser compradas con las actividades económicas que realizan la comunidades de la Sierra. Con ello se pretende demostrar si existen una dependencia entre las comunidades de la Costa y sus tierras; dado que la definición de comunidad campesina desarrollada por la Constitución y por el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales enfatizan la relación entre la comunidad y sus tierras.
Por último, se analizara resoluciones del Tribunal Registral que han desarrollado los requisitos a nivel administrativo para que se pueda llevar a cabo la inscripción de los actos de disposición de las Comunidades Campesinas de la Costa, para así identificar si estos han ocasionado una mayor carga para el administrado, o caso contrario, si han flexibilizado los actos de disposición por parte de estas personas jurídicas.
Entre los puntos sobre los cuales e Tribunal Registral ha desarrollado se encuentran los presupuestos adicionales desarrollado por el mismo y que, posteriormente, han sido incorporados en la Directiva Nº 10-2013-SUNARP-SN. Tales requisitos que ahora los registradores califican son, en primer lugar, que se otorgue poderes para los actos de disposición de forma indubitable a terceros ajenos a la comunidad campesina, y, en segundo lugar, que el bien objeto de disposición sea identificable, siendo necesaria la descripción de sus características. Dichas exigencias desarrolladas por el Tribunal Registral aparentemente son requisitos adicionales para la inscripción del acto de disposición por parte de la comunidad campesina de la Costa; pero en realidad, el efecto es todo lo contrario, pues se exige que los poderes otorgados a terceros no sean precisos y permitir que se otorgue poderes a personas ajenas a la comunidad campesina, promueve que se use de forma contraria a la naturaleza de dicha persona jurídica. Esto es, la aparición de las comunidades campesinas fantasmas que utilizan a la persona jurídica de carácter no lucrativa para actividades lucrativas como es el participar en el mercado inmobiliario.
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¿Por qué existe una mayor exigencia sobre el otorgamiento de facultades para la disposición de tierras comunales las cuales deben contener con precisión las características físicas del predio?Trujillo Jordan, Nuria Esperanza 01 April 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación fue intitulado ¿Por qué existe una mayor
exigencia sobre el otorgamiento de facultades para la disposición de tierras
comunales las cuales deben contener con precisión las características físicas del
predio? Se buscó poder comprender y analizar la importancia de las comunidades
campesinas como medios de desarrollo y la relevancia de que el registro adopte
medidas adicionales en cuanto a la especificidad que deben tener en el
otorgamiento del poder para disponer de tierras comunales. Siendo un mecanismo
importante pero no suficiente para poder proteger la continuidad de las tierras
comunales las cuales por su naturaleza constituyen una piedra angular para que
este grupo de personas pueda seguir desarrollándose de manera individual y
colectiva rescatando y valorando la identidad, cultura y tradiciones ancestrales que
representan dentro de nuestra sociedad. Sumado a la muestra de lo que significa
trabajar de manera recíproca y solidaria primando el bien común sobre el bien
particular. Se llegó a la conclusión que esta rigurosidad debe venir acompaña de
otras normas que evite que las tierras comunales desaparezcan en su totalidad
siendo necesario reservar un porcentaje de tierra comunal que garantice la
subsistencia de la comunidad campesina. Teniendo la Sunarp una función muy
importante en la conservación y protección de las tierras comunales. / The present research work was entitled Why is there a greater requirement for the
granting of powers for the disposal of communal lands which must precisely contain
the physical characteristics of the property? The aim was to understand and analyze
the importance of peasant communities as means of development and the relevance
of the registry adopting additional measures regarding the specificity that they must
have in granting the power to dispose of communal lands. Being an important
mechanism but not sufficient to protect the continuity of communal lands which, by
their nature, constitute a cornerstone so that this group of people can continue to
develop individually and collectively, rescuing and valuing the identity, culture and
ancestral traditions that represent within our society. Added to the example of what
it means to work in a reciprocal and supportive manner, prioritizing the common good
over the individual good. It was concluded that this rigor must be accompanied by
other regulations that prevent communal lands from disappearing in their entirety,
making it necessary to reserve a percentage of communal land that guarantees the
subsistence of the peasant community. Sunarp has a very important role in the
conservation and protection of communal lands. / Trabajo académico
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Informe Jurídico sobre Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-LReyes Quispe, Gianela Del Pilar 16 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la Resolución Nº 080-2012-SUNARP-TR-L, que versa sobre la solicitud de inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de una compraventa, hipoteca, independización y modificación de matriz que otorgan la Comunidad Campesina de Chilca en favor de Arturo Reynaldo JL García Ortigas, para lo cual se presenta la documentación correspondiente a ser calificada. Es así que, al adolecer el título de distintos defectos subsanables, es observado en sucesivas esquelas de observación por la Registradora Pública Isabel Bautista Ibañez, hasta que finalmente el
usuario interpone recurso de apelación al Tribunal Registral.
Llegada a la segunda instancia, el análisis en el cual se enmarca el Tribunal Registral, no llega a ser sobre el fondo de la calificación del título, sino que al advertirse presentado anteriormente el mismo acto rogado, bajo la misma documentación y por el mismo presentante, sobre el cual incluso se habían pronunciado en la Resolución Nº 461-2009-SUNARP-TR-L (contra la que se inició un procedimiento contencioso administrativo), deciden dejar sin efecto el pronunciamiento emitido por la registradora y disponer que esta oficie al Poder Judicial para verificar la coincidencia con la materia rogada a efectos
de proceder con la inhibición; no haciendo así ningún pronunciamiento de fondo sobre el título en trámite.
A partir de lo planteado, el presente informe jurídico versará sobre el estudio la figura de la inhibitoria administrativa a partir de la Resolución mencionada líneas arriba. Tomando en cuenta cuáles son los supuestos bajo los cuales se puede configura la inhibición en el marco del procedimiento de calificación registral, si el ordenamiento jurídico registral regula inhibición y qué rol juega el Registrador y el Tribunal Registral frente a una inhibitoria. Todo ello con la finalidad de poder determinar si en el presente caso hubo efectivamente una correcta aplicación de la figura en cuestión
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