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Propuesta ante la bifurcación jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en torno al derecho a la propiedad colectiva de pueblos indígenasCastillo Villar, Romy Lucely 09 April 2019 (has links)
El presente artículo académico tiene como principal objetivo presentar una propuesta de
interpretación en base a tres niveles de protección que pueda servir como herramienta
para la consolidación de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en materia de reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva de pueblos
indígenas. Ello debido a que, hasta el momento, este tribunal internacional ha llevado a
cabo un doble estándar dependiendo de si el Estado en cuestión es o no parte del
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, denominado para efectos
de esta investigación como bifurcación jurisprudencial. Por ello, en la medida en que
nos encontramos en un contexto internacional donde los Estados tienden a una práctica
extractivista que reproduce despojos históricos a los territorios de los pueblos indígenas,
llegamos a la conclusión de que la Corte IDH debe efectuar una fundamentación más
sólida y uniforme respecto al derecho de propiedad colectiva de pueblos indígenas:
primero, sobre la base de las obligaciones generales establecidas en los artículos 1.1 y 2
de la CADH; segundo, una lectura del artículo 21 de la CADH a la luz del el art. 1
común de los Pactos Internacionales de la ONU; y tercero, la jurisprudencia de la Corte
IDH
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Informe jurídico sobre la Sentencia n° 43835/11 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, caso S.A.S v. FranciaUribe Almeida, Maria Pía 08 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza el fallo n° 43835/11 expedida por el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos (TEDH) donde valora si la prohibición del uso
del velo integral en lugares públicos por parte Estado francés vulnera los
derechos protegidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH),
específicamente, el derecho al respeto de la vida privada y familiar (artículo 8);
la libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 9); la libertad de
expresión (artículo 10); y, de forma separada y en conjunta con los artículos
mencionados anteriormente, la prohibición de discriminación (artículo 14).
El TEDH en su resolución concluye que no existe violación del CEDH por parte
de la República francesa. Es difícil estar de acuerdo con este fallo. Ser
considera que se no se empleó de manera adecuada el principio de
subsidiariedad y se realizó una incorrecta interpretación del consenso europeo
para otorgarle un amplio margen de apreciación al Estado francés. De esa
manera, se aplicó de manera inadecuada el principio de proporcionalidad sobre
los posibles derechos lesionados de la peticionaria versus el interés estatal. / This legal report analyses Judgment no. 43835/11 issued by the European
Court of Human Rights (HUDOC) where it assesses whether the French State's
ban on the wearing of the full-face veil in public places violates the rights
protected by the European Convention for the Protection of Human Rights and
Fundamental Freedoms (ECHR), specifically, the right to respect for private and
family life (Article 8); freedom of thought, conscience and religion (Article 9);
freedom of expression (Article 10); and, separately and in conjunction with the
aforementioned articles, the prohibition of discrimination (Article 14); freedom of
thought, conscience and religion (Article 9); freedom of expression (Article 10);
and, separately and in conjunction with the above-mentioned articles, the
prohibition of discrimination (Article 14).
The HUDOC in its ruling concludes that there is no violation of the ECHR by the
French Republic. It is difficult to agree whit this ruling. It is considered that the
principle of subsidiarity was not effectively use. Also too, an incorrect
interpretation of the European consensus was made to grant wide margin of
appreciation to the French State. In this way, the HUDOC avoid conducting the
test of conventionality on the possible rights of the petitioner versus the State's
interest.
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La obligación de negociar en el ámbito del Derecho Internacional: Un análisis a la luz de la clasificación de las obligaciones de comportamiento y de resultadoMoreno Macedo, Antonino Edmundo 09 April 2019 (has links)
En este trabajo se examina la obligación de negociar a propósito del
caso presentado por Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia relativo a la
obligación de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico. Para ello, se hará
énfasis en la estrategia procesal empleada por Bolivia, señalando algunos puntos
fuertes y debilidades de la teoría del caso planteada por el Estado boliviano. Luego
de ello, se estudiará la obligación de negociar y el desarrollo de esta en la
jurisprudencia internacional. Posteriormente, se hace énfasis en la disquisición
teórica entre las obligaciones de comportamiento y obligaciones de resultado con
la finalidad de identificar en cual de estos dos tipos se encontraría la obligación
de negociar. Este trabajo concluye sosteniendo que la obligación de negociar
puede ser calificada como una obligación de comportamiento o una obligación de
resultado dependiendo del contenido que esta tenga.
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El reclutamiento de niños soldados a la luz del caso Lubanga: aportes a la situación de reclutamiento de niños por remanentes de Sendero Luminoso en el PerúRomero Segura, Génesis Del Sol Esther Amelia 09 April 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo evidenciar la creciente
problemática del reclutamiento de niños en el valle del Vraem para utilizarlos
activamente en las hostilidades con las fuerzas militares peruanas. En tal sentido, se
aborda la primera sentencia de la Corte Penal Internacional sobre el reclutamiento de
niños soldados por la UPC/FPLC en la República Democrática del Congo.
Los nuevos lineamientos en Derecho Penal Internacional sobre la participación activa
en las hostilidades y la violencia sexual intra filas, son aportes fundamentales para
visibilizar a grupos vulnerados en los conflictos armados internacionales y no
internacionales. Este trabajo, hace incidencia de la precaria legislación jurídica peruana
en torno al reclutamiento de niños para ser utilizados como niños soldados, la falta de
organización a nivel institucional para coordinar planes de acción y el desinterés por
parte de las autoridades para solucionar una situación tan delicada.
En tal sentido, la principal conclusión reside en proponer la tipificación del crimen de
reclutamiento de niños soldados para utilizarlos activamente en hostilidades. Para ello,
es relevante tomar en cuenta las particularidades del Perú y alejarse mesuradamente de
la discusión de si existe o no un conflicto armado no internacional.
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