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Problemas de constitucionalidad a raíz de la entrada en vigencia de la Ley Nº 30230: ¿Los intereses moratorios deben ser asumidos por el contribuyente cuando la demora en resolver es imputable al tribunal fiscal?Zumaeta Huasasquiche, Leonardo Dalí, Chacaltana Magret, David Benito 01 March 2018 (has links)
Ante la interrogante de por qué la Administración Tributaria se empecina en cobrar a los contribuyentes intereses moratorios cuando es el propio Estado (Tribunal Fiscal), el que– con su morosidad para resolver las controversias bajo su competencia –origina que dichos intereses se incrementen indebidamente, decidimos realizar el presente trabajo de investigación. Es más, es recién con la entrada en vigencia de la Ley Nº 30230 que por primera vez en el ordenamiento jurídico peruano se establece que el Estado no puede cobrar intereses moratorios por su demora al resolver. Sin embargo, el problema subsiste por la existencia de procedimientos contenciosos tributarios en trámite ante el Tribunal Fiscal anteriores a la entrada en vigencia de la citada ley.
En el decurso de la investigación advertimos que la posición de la autoridad fiscal, en los referidos procedimientos, es la de no suspender el cómputo de los intereses moratorios bajo una interpretación antojadiza de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30230.
Así, el presente trabajo de investigación recoge argumentos y principios constitucionales sobre la base de los cuales podemos concluir y afirmar, de manera categórica, que la posición de la Administración Tributaria es arbitraria e inconstitucional.
Al término del presente trabajo, exponemos cuál es la interpretación correcta de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30230 y cómo debe actuar la Administración Tributaria para no vulnerar derechos constitucionales de los contribuyentes. / Facing the question of why the Tax Administration is obstinate in charging taxpayers monetary interests when it is the State itself (Tax Court), the one that– with its slowness to solve controversies under their competence– cause these interests to increase improperly, we decided to make the present research work. Moreover, it is just after the Law No. 30230 entered into force that for the very first time in the peruvian legal order is established that the State cannot charge interests because of its slowness in resolving. Nevertheless, the problem subsists because of the existence of tax litigation procedures in process before the Tax Court prior to the entrance into force of the aforementioned law.
In the course of the investigation we warn that the position of the fiscal authority, in the referred procedures, is not to suspend the computation of the moratorium interests under a fickle interpretation to the Fourth Complementary Transitory Disposition of the Law No.30230.
Thus, this research work arguments and constitutional principles on the basis of which we can conclude and affirm, in a categorical way, that the position of the Tax Administration is arbitrary and unconstitutional.
At the end of the present work, we expose which is the right interpretation to the Fourth Complementary Transitory of the Law No. 30230 and how the Tax Administration is supposed to act in order to not infringe the constitutional rights of the taxpayers. / Tesis
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“Lectura crítica de las resoluciones del Tribunal Fiscal de los años 2013 a 2015 en materia del principio de causalidad de los gastos”Frisancho Jibaja, Alejandra 30 January 2018 (has links)
La presente investigación versa sobre las resoluciones del Tribunal Fiscal emitidas en los años 2013
a 2015 que resuelven controversias respecto del principio de causalidad del gasto, bajo la hipótesis
de que estas no conformaban una doctrina jurisprudencial que contribuya al mejor entendimiento
de dicho principio. Para poner a prueba esta última, se propuso un marco conceptual sobre el
mencionado principio, de conformidad a la legislación, la jurisprudencia nacional y la doctrina
nacional e internacional. Con esa base conceptual, se procedió a la revisión de las resoluciones del
Tribunal Fiscal emitidas en los años 2013 a 2015, encontrándose tres criterios recurrentes: el de
“vinculación entre el gasto y la actividad empresarial del contribuyente”, el de “obligatoriedad del
gasto”, y el de “finalidad y/o destino del gasto”. Tales criterios se contrastaron con el marco
conceptual propuesto, con lo cual se pudo concluir que en los años 2013 a 2015 se desarrolló una
doctrina jurisprudencial que, en efecto, contribuye a un mejor entendimiento del principio de
causalidad del gasto. / Tesis
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Problemáticas de la nueva justicia tributaria : análisis jurisprudencialGonzález Guerra, Pamela Alejandra January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La vía de la Queja como remedio procedimental para cuestionar la cobranza coactiva de las Órdenes de Pago inválidas.A propósito de la Jurisprudencia de Observancia Obligatoria N° 15607-5-2010Cervera Mariluz, Lily Catalina 15 February 2024 (has links)
A propósito de la Jurisprudencia de Observancia Obligatoria emitida por el Tribunal Fiscal en
la Resolución N° 15607-5-2010, en virtud de la cual dicho colegiado dispone que no procede en
la vía de Queja dilucidar si las Órdenes de Pago fueron emitidas con arreglo a Ley, efectos de
determinar su exigibilidad en el procedimiento de cobranza coactiva, se ponen de manifiesto
posibles escenarios en los cuales los alcances del fallo deriven; por un lado, en una zona exenta de
control legal del procedimiento de cobranza coactiva, seguido por la Administración Tributaria a
través de ejecutor coactivo, por parte del Tribunal Fiscal; por otro lado, en la reducción de los
mecanismos de defensa de los contribuyentes para poder tener una real tutela de derecho en
protección de su patrimonio ante un sumarísimo procedimiento de cobranza; y finalmente, en la
evidencia que el propio Tribunal Fiscal reduce sus facultades legalmente concedidas. En ese
sentido, se desarrollarán los alcances del precedente jurisprudencial en el marco de la revisión de
resoluciones del referido colegiado, con anterioridad y posterioridad a dicho fallo, así como las
posiciones a favor y en contra en atención a las interpretaciones de los conceptos jurídicos
vinculados e instituciones procedimentales, para finalizar con una propuesta de interpretación, del
caso bajo estudio, dirigido a la protección del derecho de defensa de los contribuyentes y a la
salvaguardia de la legalidad del procedimiento de cobranza coactiva, así como sus respectivos
controles legales por parte del Tribunal Fiscal, incluyendo una exhortación al cambio del
precedente vinculante, el cual no incluye modificaciones normativas, sino un giro de la
interpretación jurisprudencial del mismo órgano resolutor con las normas vigentes.
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“Lectura crítica de las resoluciones del Tribunal Fiscal de los años 2013 a 2015 en materia del principio de causalidad de los gastos”Frisancho Jibaja, Alejandra 30 January 2018 (has links)
La presente investigación versa sobre las resoluciones del Tribunal Fiscal emitidas en los años 2013
a 2015 que resuelven controversias respecto del principio de causalidad del gasto, bajo la hipótesis
de que estas no conformaban una doctrina jurisprudencial que contribuya al mejor entendimiento
de dicho principio. Para poner a prueba esta última, se propuso un marco conceptual sobre el
mencionado principio, de conformidad a la legislación, la jurisprudencia nacional y la doctrina
nacional e internacional. Con esa base conceptual, se procedió a la revisión de las resoluciones del
Tribunal Fiscal emitidas en los años 2013 a 2015, encontrándose tres criterios recurrentes: el de
“vinculación entre el gasto y la actividad empresarial del contribuyente”, el de “obligatoriedad del
gasto”, y el de “finalidad y/o destino del gasto”. Tales criterios se contrastaron con el marco
conceptual propuesto, con lo cual se pudo concluir que en los años 2013 a 2015 se desarrolló una
doctrina jurisprudencial que, en efecto, contribuye a un mejor entendimiento del principio de
causalidad del gasto.
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Informe jurídico sobre la RTF No.549-Q-2024: la tramitación del procedimiento contencioso tributario como causal de suspensión de la prescripción tributariaHerrera Romero, Maria Fernanda 30 July 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se cuestiona la interpretación del Tribunal Fiscal
respecto a la suspensión del plazo de prescripción, referida a la tramitación del
procedimiento contencioso tributario, en el sentido que establece como
jurisprudencia de observancia obligatoria que dicha suspensión opere en los
plazos legales para resolver los recursos impugnatorios, solo cuando se ha
declarado la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a
cabo para su emisión.
En ese sentido, dicho órgano resolutor considera que la suspensión del
procedimiento contencioso tributario se mantendrá durante todo el
procedimiento, incluida la demora fuera del plazo legal para resolver, en caso
no se haya declarado la nulidad.
La mencionada posición vulnera los principios de legalidad, debido
procedimiento e igualdad, así como el derecho al plazo razonable, toda vez
que va en contra de la propia naturaleza de la prescripción y del ordenamiento
jurídico, en lo que se refiere a los plazos legales establecidos.
Para el análisis se empleó pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la
Corte Suprema, así como bibliografía especializada.
Finalmente, la conclusión principal del presente informe es que la causal de
suspensión del plazo de prescripción referida a la tramitación del procedimiento
contencioso tributario debe operar en todos los casos sólo durante los plazos
legales que tienen los órganos administrativos para resolver. / This legal report questions the interpretation of the Tax Court regarding the
suspension of the limitation period, referring to the processing of the tax
litigation procedure, in the sense that it establishes as mandatory jurisprudence
that said suspension operates within the legal deadlines to resolve challenging
appeals, only when the nullity of the administrative acts or the procedure carried
out for their issuance has been declared.
In this sense, said resolution body considers that the suspension of the tax
litigation procedure will be maintained throughout the entire procedure,
including the delay outside the legal deadline to resolve, if nullity has not been
declared.
The aforementioned position violates the principles of legality, due procedure
and equality, as well as the right to a reasonable period of time, since it goes
against the very nature of prescription and the legal system, with regard to the
established legal periods.
For the analysis, pronouncements from the Constitutional Court and the
Supreme Court were used, as well as specialized bibliography.
Finally, the main conclusion of this report is that the cause for suspension of the
limitation period referring to the processing of the contentious tax procedure
should operate in all cases only during the legal deadlines that the
administrative bodies have to resolve.
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¿Esta operación se encuentra sustentada? Un análisis de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Fiscal del año 2020 y 2021, vinculada a la valoración de pruebas relacionadas a reparos por operaciones no realesVega Centeno Ocampo, Augusta Grisolia 29 November 2024 (has links)
La finalidad de la presente investigación es conocer y establecer los criterios utilizados por el
Tribunal Fiscal al analizar las pruebas recabadas durante el procedimiento de fiscalización y el
procedimiento contencioso tributario, relacionadas con los reparos al crédito fiscal del Impuesto
General a las Ventas por operaciones no reales, efectuados por la administración tributaria al
amparo de lo establecido en el inciso a) del artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas,
a tal efecto, se analizará las resoluciones emitidas por dicho colegiado del 2020 y 2021, recabando
las conclusiones más usuales a las arribadas por el citado colegiado al meritar dichas pruebas que
sustentan las operaciones observadas a los contribuyentes, en específico aquellas relacionadas con
las adquisiciones de bienes, de modo tal que nos permita establecer con claridad el aspecto
determinante que los contribuyentes deben acreditar a fin de sustentar las acotaciones efectuadas
por el ente fiscalizador. Operaciones no reales, jurisprudencia del Tribunal Fiscal y medios
probatorios.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N.4985-2004, E-1610, Nicolás de Bari Hermoza Ríos contra la administración tributaria peruanaGaona Buitrón, Nicol Lucero 19 November 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el Expediente No. 4985-2004, el cual representa el
procedimiento tributario del que es parte el excomandante del Ejército del Perú, Nicolás
de Bari Hermoza Ríos. Este caso reabre el debate sobre la tributación de actividades
ilícitas, un tema que continúa siendo objeto de controversia en la comunidad jurídica
hasta la actualidad.
Con el propósito de analizar los principales problemas jurídicos que plantea este caso
desde una perspectiva tanto procedimental como sustantiva, el presente informe jurídico
evaluará las instituciones y funciones reservadas al derecho penal y el derecho tributario,
así como la figura del incremento patrimonial no justificado, reconocida en el artículo 52
de la Ley del Impuesto a la Renta.
Finalmente, mediante un análisis constitucional del caso, este informe jurídico adopta
una postura contraria a las conclusiones de la Administración Tributaria y el Tribunal
Fiscal, sosteniendo que los fondos obtenidos por el excomandante como resultado de sus
actos ilícitos no deberían estar sujetos al Impuesto a la Renta.
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