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Tributación internacional dividendos y rentas empresarialesChávez Serey, Rossana 10 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / En Chile en 1925 nace el Impuesto a la Renta, sufriendo modificaciones, a través del
tiempo, que van desde el nivel de sus tasas, el hecho gravado, el momento de su devengamiento, a
su carácter de elemento neutro frente a la política de capitalización de las utilidades o de
herramienta para incentivar la reinversión de utilidades y el ahorro a las personas.
La estructura actual de la ley de Impuesto a la Renta data de 1984, debido a la reforma
tributaria contenida en la ley N.° 18.293 del 31 de enero de 1984, que introdujo modificaciones
sustanciales al régimen que había estado vigente desde que se dictó el Decreto Ley N.° 824, de
1974. Pese a esta y otras modificaciones, este tributo sigue estando contenido en el texto legal
citado Decreto ley, en adelante DL, N.° 824, publicado el 31 de diciembre de 1974.
La ley N.° 20.630 entro en vigencia el 01 de Enero de 2013 y corresponde a la última
modificación realizada a la fecha a la Ley de Impuesto a la Renta, en adelante LIR. Esta ley fue
promulgada el 24 de septiembre de 2012 y se publicó en el diario oficial tres días después. En
general, esta ley establece medidas para aumentar los recursos públicos destinados a educación.
La Ley N.° 20.630 del 27.09.2012, que perfecciona la Legislación Tributaria y financia la
Reforma Educacional, incorporó, una serie de modificaciones que afectan, entre otras materias, a
los contribuyentes afectos al Impuesto Adicional y a los pagadores de las rentas afectas al referido
tributo, principalmente al sistema de retenciones establecido en el artículo N.° 74 N.° 4 de la LIR.
Según mensaje de S.E. el Presidente de la República por el que inicia el proyecto de ley que
perfecciona la legislación tributaria y financia la reforma educacional, estas circunstancias, “El
proyecto introduce algunas modificaciones al concepto de “establecimiento permanente” contenido
en la LIR, con el objeto de precisarlo. En este sentido, se explicita, entre otros aspectos relevantes,
que para efectos de determinar las rentas de los establecimientos permanentes, se considerarán sus
utilidades del exterior en base percibida, aplicándose, en lo pertinente, las normas de los artículos
N.° 12, N.° 41 A, N.° 41 B y N.° 41 C de la LIR. Se establecen asimismo exigencias para la
asignación de activos que haga la casa matriz a su agencia en Chile para ser considerada un tipo de
reorganización empresarial libre de la facultad de tasación por el Servicio de Impuestos Internos
Por lo anteriormente expuesto, la presente investigación que se titula “Tributación
Internacional Dividendos y Rentas Empresariales”, analiza, entre otras materias, una serie de
modificaciones que afectan, entre otros temas, a los contribuyentes afectos al Impuesto Adicional y
a los pagadores de las rentas afectas al referido tributo, principalmente al sistema de retenciones
establecido en el artículo N.° 74 N.° 4 de la LIR.
Hoy, con fecha 01 de Abril de 2014 está en trámite un proyecto de ley de reforma tributaria
que modifica el sistema de tributación de la Renta e introduce diversos ajustes en el sistema
tributario.
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Análisis comparativo del Goodwill a la luz de la Ley N. 20.780Godoy González, Orlando Mauricio 08 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / El propósito de la investigación es realizar un estudio y análisis comparativo del
tratamiento tributario de lo que comúnmente se ha denominado “Menor Valor de Inversión
o Goodwill”, desde tres perspectivas:
a) Antes que este tema fuera regulado por la propia Ley, solo existía un marco
referencial dado por múltiples pronunciamientos realizados por el Servicio
de Impuestos Internos, en los cuales se regulaba la metodología, alcance y
los efectos tributarios de esta materia.
b) Producto de la entrada en vigencia de la Ley Nº 20.630 publicada en el
diario oficial el 27 de septiembre del 2012, por primera vez se reguló esta
materia en la ley sobre Impuesto a la Renta, estableciendo entre otras
cosas, certeza tributaria respecto a la determinación, asignación y
actualización e imputación de estos conceptos.
c) Por último, Ley Nº 20.780 publicada en el diario oficial el 29 de septiembre
del 2014, estableció normas definidas para controlar los efectos tributarios
de estas inversiones realizadas por contribuyentes, limitando el gasto por
las diferencias que excedieran el valor de mercado de los activos recibidos
producto de la fusión.
Este estudio contempla un análisis exhaustivo del proceso reorganizacional denominado
fusión, particularmente el relacionado con las fusiones por incorporación y fusiones
impropias o por compra.
Además dentro de los objetivos del presente estudio, está el determinar, comprobar y
demostrar en forma cuantitativa, los efectos tributarios que la publicación de las Leyes
N°20.630 y N°20.780, podrían generar una notoria disminución de las operaciones que
generan Goodwill con fines mayoritariamente tributarios, lo anterior, específicamente
referida al aprovechamiento de ese mayor valor desembolsado, cuando el valor de la
inversión en derechos o acciones es mayor al capital propio tributario de la entidad
absorbida al momento de la fusión.
El tipo de investigación es descriptivo porque describe cómo es y cómo se manifiesta el
fenómeno tributario estudiado, lo anterior en el análisis de la Ley de Impuesto a la Renta y sus dos posteriores reformas.
Se analizarán diversas disposiciones legales contenidas dentro de la Ley de la Renta,
como asimismo se analizarán y se cuantificarán a través de simulación de casos los
distintos escenarios previstos por cada una de las situaciones definidos anteriormente.
Dado lo anterior, se pretende demostrar que efectivamente podría generarse un freno y/o
una disminución de este tipo de reorganizaciones empresariales con fines exclusivamente
tributarios, producto de la entrada en vigencia de las normas tributarias vinculadas a la
Ley Nº 20.630 y la Ley N°20.780, lo anterior a través de información solicitada al Servicio
de Impuestos Internos y principalmente por el análisis y resolución de casos que
expondremos en la presente investigación.
Finalmente, se incluirán brevemente los efectos tributarios de las Conversiones,
Transformaciones y Divisiones, dado la estrecha relación que existe entre estos procesos
y las fusiones por Absorción e Impropias, lo anterior motivados por los principios de
Integridad y Completitud.
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La prueba en el proceso tributarioIrribarra Sobarzo, Eduardo 09 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / La presente obra analiza el alcance del derecho a la prueba dentro de los
procedimientos de impugnación de los actos terminales dictados por el Servicio de
Impuestos Internos, especialmente el llevado a cabo ante el Tribunal Tributario y
Aduanero. Específicamente, indaga si existe tal derecho en los casos no contemplados
en la causal de inadmisibilidad probatoria establecida en el artículo 132 inciso 11 del
Código Tributario. La respuesta que en esta investigación se formula a dicha
interrogante es negativa, fundada en la función asignada por ley al Servicio de
Impuestos Internos, la finalidad del procedimiento de auditoría tributaria, la obligación
legal de aportar pruebas en esta instancia de fiscalización, la incorporación de la figura
de la preclusión procesal, y finalmente, en una propuesta hermenéutica del referido
artículo 132 inciso 11 del Código Tributario.
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El análisis económico del derecho tributarioMoreano Valdivia, Carlos 20 April 2015 (has links)
Reseñas de libros
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La elusión en la reforma tributariaSilva Vidal, María de los Angeles, Villarroel Araya, Ana María 11 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGISTER EN TRIBUTACIÓN / María de los Angeles Silva Vidal [Parte I],
Ana María Villarroel Araya [Parte II] / El presente trabajo tiene por objeto analizar la elusión en la reforma
tributaria del año 2014. En particular nos referimos a la norma general antielusiva
introducida en nuestro ordenamiento jurídico a través de la Ley 20.780. Para lo
cual comenzamos abordando el fenómeno de la elusión, entendido como un
ataque a la equidad del sistema tributario, que nace del comportamiento que
adopta el contribuyente frente al pago de los impuestos; y las formas que se
emplean para combatirla. Para contextualizar nuestro trabajo, luego continuamos
con lo que ha sucedido en nuestro país en torno a la elusión, tanto en la época pre
reforma como luego de ella. Luego de analizar la norma general antielusiva
contenida en nuestro Código Tributario, nos remitimos a lo que ha sucedido en
derecho comparado con ella, para poder finalmente dar nuestras conclusiones al
respecto.
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Aspectos tributarios del royalty a la mineríaVelásquez Lizama, José 12 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO ACADÉMICO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / El royalty a la minería ha tenido gran relevancia en los últimos años, pese a
las fluctuaciones propias de la economía, y más precisamente la disminución del
precio del cobre en los mercados internacionales, de igual manera ha tenido
importancia al tener directa relación con uno de los sectores productivos más
primordiales de la economía nacional, como es la minería.
La elaboración del royalty, no estuvo exenta de debate. De hecho, el
mismo, adoptó el nombre de impuesto específico a la minería en la legislación
chilena, el cual toma, la forma de un impuesto para su aplicación.
El presente trabajo tiene como objetivo determinar y comprender los
aspectos más relevantes del Royalty a la Minería, sus características, aspectos
tributarios, los fundamentos jurídicos para su aplicación y su importancia, sobre
todo para nuestro país, el cual tiene una economía que descansa en demasía
sobre los ingresos que se puedan obtener a partir del cobre.
Resultará importante además, comprender el por qué se lo ha denominado
en nuestra legislación tributaria nacional como “Impuesto Específico a la Actividad
Minera”, comprender el contexto en el que se desenvuelve, su importancia y
aplicación. En este sentido, hay que tener presente que el mismo es deducible
como gasto para efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto de
Primera Categoría, lo cual da luces acerca de la naturaleza impositiva que adopta
en nuestro país.
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Análisis comparativo de la tributación de las rentas del Artículo 42 N°1 y del Artículo 20 N°5 de la Ley de Impuesto a La Renta: mirada desde la perspectiva de la equidad horizontalMelinao Gutierrez, Saúl, González Fabres, Pedro 11 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Saúl Melinao Gutierrez [Parte I],
Pedro González Fabres [Parte II] / El objetivo de la presente obra es realizar una comparación, desde el punto de vista de la equidad horizontal, de la carga tributaria del contribuyente del Impuesto Único de Segunda Categoría y del contribuyente que opta por tributar sus ingresos bajo el sistema del Impuesto de Primera Categoría, para desembocar en el Impuesto Global Complementario. Lo anterior conlleva a una conclusión con diversas aristas que no nos permite ser categórico respecto a un sistema tributario con otro, pero sí a diversas proposiciones.
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Proposición de manual de herencias dirigido a personas naturales; de los conceptos, base imponible y pago de impuestosCarreño Ayala, Ximena 08 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / La presente memoria de Título del Magister de Tributación, se ha
desarrollado con el objeto de hacer una propuesta de un Manual de Herencia
aplicable a personas naturales, en atención a que no existen instructivos de
carácter general o específico respecto de los procedimientos a seguir ante una
Sucesión por causa de Muerte.
En una primera parte de este manual, se presenta un análisis detallado de
los conceptos tanto legales como tributarios, elaborado a partir de la revisión de la
Legislación tributaria Chilena vigente a la fecha. En una segunda instancia, se
entrega una propuesta de Manual de Herencia, el que fue elaborado a partir del
análisis de dos casos prácticos con simulaciones de impuestos a pagar, como
también modelos de testamento, que pueden ser utilizados por cualquier persona
natural, en función de su situación personal.
Finalmente, a partir el análisis de los casos prácticos se entrega una
propuesta definitiva del Manual de Herencias.
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Efectos del cambio voluntario y obligatorio de régimen del artículo 14 Letra A, frente a un proceso de conversión de empresa individualCastro Villalobos, Willy, Ledezma Fuentealba, Carlos 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Willy Castro Villalobos [Parte I],
Carlos Ledezma Fuentealba [Parte II] / Con fecha 29 de septiembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.780, la cual introdujo modificaciones al sistema de tributación de nuestro país, entre las cuales y conforme al protocolo de acuerdo posterior, se encuentran los nuevos regímenes de tributación establecidos en el artículo 14 Letra A, artículo 14 Letra B y artículo 14 Ter Letra A de la Ley de la Renta. Un hecho concreto es que si bien la ley se hizo cargo de los efectos tributarios que derivan de un proceso de reorganización, dejó pendiente algunas situaciones específicas, en relación a las normas de armonización establecidas en el artículo Nº 14 letra D.
En el caso particular de una conversión de un empresario individual en una sociedad de cualquier naturaleza, el Nº 2 de la letra D del artículo 14 señala que, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra c) del Nº 1 del mismo artículo, la nueva sociedad deberán mantenerse en el mismo régimen hasta completar el plazo de 5 años comerciales, contado desde aquel en que se incorporó a tal régimen la empresa que se convierte, período luego del cual podrán optar por aplicar las normas de la letra B del artículo 14. La misma situación está regulada en el Nº 3 de la letra D del artículo 14 respecto de aquella empresa individual que estaba sometida al régimen del artículo 14 letra B.
Considerando la regla general anterior, el problema se presenta en los siguientes casos:
A) La situación de un empresario individual que tributa bajo el régimen del Artículo Nº 14 letra A, que se convierte en una sociedad anónima. En este caso, claramente la nueva sociedad anónima no puede tributar bajo el régimen del artículo 14 letra A, lo que de cierta forma la norma instruye aplicar la letra c) del Nº 1 de la letra D) del artículo 14, pero surgiendo la interrogante, ¿desde cuándo se somete al nuevo régimen?, situación que genera ambigüedad en atención a la forma como está estatuido el texto legal.
B) La misma problemática anterior será analizada para el caso de un empresario individual que tributa bajo la letra A del artículo 14, el cual se convierte en una sociedad de personas en que uno de los socios, de la que nace, es una sociedad de personas. En este caso, se presenta un incumplimiento a nivel de socio, el que tendrá el carácter de persona jurídica, siendo incompatible con el régimen del artículo 14 letra A, cuyos efectos tributarios serán analizados en el presente trabajo.
Por otro lado, también constituirá como parte del planteamiento del problema, los serios inconvenientes que genera la institución de la conversión, la que nació bajo la regulación del legislador tributario, situación que merece cuestionamiento en cuanto a su finalidad material frente a la función que desarrollan las empresas, para lo cual resultará esencial establecer un análisis histórico de esta institución y los motivos que tuvo el legislador para su creación,
además, de analizar el cambio de criterio generado a través de la promulgación de la Ley N° 19.857 que crea las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.
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Efectos tributarios del pago de cuotas leasing sobre terrenos y cuotas iniciales relevantesSuarez, Katherine, Ruiz, Claudia 10 1900 (has links)
TESIS/AFE PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Suarez, Katherine, [Parte I],
Ruiz, Claudia, [Parte II] / Remontándose a los orígenes históricos, la institución del leasing se basa en épocas realmente
antiguas en las cuales se ha podido establecer que tuvo aplicación.
A través de diversas obras, tales como “El Contrato de leasing”1, se citan trabajos de
investigación en los que se relatan con amenidad diversos temas relacionados con el leasing
en la antigüedad y se llega a la conclusión de que esta institución, considerada en su aspecto
genérico tradicional del contrato de arrendamiento de cosas, se practicaba en las culturas de
Oriente Medio, hace ya 5.000 años, en el pueblo sumerio, que se encontraba al sur de la
Mesopotamia.
Más tarde en la antigua Grecia, se encuentran citas que dan cuenta y evidencia de la existencia
de leasing de esclavos, minas y barcos. Posteriormente en los siglos XIX y XX, se perfila ya
con claridad esta institución, sobre todo en los Estados Unidos y en diversos países de Europa.
Alrededor de los años sesenta, nacen las grandes empresas y se institucionaliza el empleo
del leasing, que ha contribuido decisivamente al desarrollo industrial del mundo occidental
facilitando el equipamiento de las más diversas actividades en sus más variadas áreas.
En Chile nace sólo en 1977 con motivo de la formación de la empresa hoy denominada
“Leasing Andino S.A” que nació como iniciativa de la empresa española Leasing Bancaya S.A.,
filial del Banco de Vizcaya, quien propuso al Banco de Chile la iniciación conjunta de una
empresa de leasing.
Posteriormente y a través del tiempo se ha ido masificando la actividad del leasing creándose
diversas empresas, principalmente bajo el amparo de instituciones bancarias
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