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Los costos de cumplimiento tributarios para pequeñas y medianas empresasPuchulú T., Pedro 04 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / No disponible a texto completo / El marco de esta tesis se centra en los costos de cumplimiento tributarios de pequeñas y
medianas empresas.
Como se verá, la tributación impone a la Sociedad una serie de costos, aparte de la
obligación pecuniaria en sí misma. Dentro de estos figuran los costos de cumplimiento
tributarios, definidos como aquellos en que incurren los contribuyentes (personas y
empresas) por el sólo hecho de tener que cumplir con las normas tributarias, excluyendo el
pago del impuesto y cualquier otra distorsión que ocasione.
Es importante estudiar los costos de cumplimiento debido a que existen importantes
recursos involucrados que tienen un valioso uso alternativo, el más significativo de ellos, el
tiempo de los contribuyentes. Por otra parte, es un tema que involucra a distintos sectores
de nuestra Sociedad como son la Administración Tributaria (SII), los Contribuyentes,
Pequeñas y medianas empresas, Asesores Tributarios y Contadores. Últimamente se han
hecho esfuerzos en nuestro país para simplificar el cumplimiento tributario, esto da una
idea de la relevancia de este tema.
Existen diversos factores que inciden en la magnitud de estos costos, por ejemplo, el nivel
de complejidad de las normas tributarias, requerimientos de información, mantención de
registros contables, capacitación, etc.
En base a lo anterior, el objetivo central de este trabajo es investigar la aceptación o
rechazo de la siguiente hipótesis:
“Los costos que enfrentan las empresas al cumplir sus obligaciones tributarias son
independientes en relación a sus ingresos y no están relacionados con el sector
industrial al cual pertenecen”
La hipótesis de trabajo se compone de dos partes. Primero, se debe establecer si existe
algún tipo de correlación entre los ingresos (ventas) y los costos de cumplimiento, sin
considerar el sector al que pertenecen las Empresas. Seguidamente, establecer si existe
algún sector que tenga, en promedio, los mayores costos de cumplimiento. Por lo tanto
podría ocurrir que los resultados obtenidos permitan aceptar (rechazar) ambas, o aceptar
(rechazar) una de ellas.
La razón por la cual se plantea esta hipótesis es que, al existir diversos sectores industriales,
(Comercio, Construcción, Transporte, etc.), no es posible establecer a priori, cual de estos
conlleva mayores costos de cumplimiento. De esta manera, al indagar en cada uno de ellos,
es posible conocer sus características, los aspectos tributarios propios y algunos casos
especiales, para efectos de relacionar con los costos de cumplimiento.
A fin de testear esta hipótesis, se aplicará una encuesta sobre un conjunto de empresas,
clasificadas como pequeñas y medianas, debido a que registran ventas netas anuales entre
UF 2.401 a UF 100.000.
Como se verá, existen diferentes tipos de encuesta. En este caso se utilizará la entrevista
personal, mediante un cuestionario estructurado, dirigido a los Dueños y/o Gerentes de las
empresas participantes.
Un aspecto relevante en esta investigación es el diseño del cuestionario, es de fácil
aplicación, contiene preguntas que permiten determinar, entre otras cosas, las
características del negocio, el tiempo utilizado, gastos internos, tarifas canceladas a
asesores y cualquier otro costo incurrido, relacionado a las actividades tributarias.
La muestra disponible se compone de 84 unidades ubicadas en la Región Metropolitana,
pertenecientes a distintos sectores industriales.
Este trabajo se organiza de la siguiente manera, en el capítulo Nº 2 se estudia el concepto
de los costos de cumplimiento. Se consideran los factores que los determinan, la evidencia
internacional y la metodología aceptada para su medición.
En el capítulo Nº 3 se desarrolla el marco teórico. Se examina, por ejemplo, la relación que
existe entre complejidad y costos de cumplimiento, los costos sociales de los impuestos, los
requisitos que debe cumplir un sistema tributario, los sectores industriales, el impacto de
Internet, etc.
En el capítulo Nº 4, se presenta la metodología a utilizar y la muestra que abarcará para
concluir en la aceptación o rechazo de la hipótesis de trabajo, las variables a investigar y la
encuesta.
En el capítulo Nº 5, los resultados de la encuesta, incluye un análisis de todas las respuestas
al cuestionario y la verificación de hipótesis según el análisis de regresión y análisis de
varianza.
El capítulo Nº 6 contiene las conclusiones y recomendaciones.
La encuesta se presenta en el Anexo Nº 1 del capítulo Nº 7.
Por último, para desarrollar esta investigación, se cuenta con los recursos necesarios de
tiempo, acceso a la información, marco teórico y evidencia bibliográfica de otras
investigaciones. No obstante, es necesario aclarar que no es la intención de este trabajo
estimar costos de cumplimiento a nivel nacional o agregado, tampoco otros costos o
ineficiencias que involucra la recolección de los impuestos.
Esperando que esta tesis sea de utilidad, invito a los interesados a consultarla, así como a
retomar y profundizar sobre el tema, se trata de un tópico importante que puede ayudar al
crecimiento económico de nuestro país y redundar en la tan ansiada mejor asignación de
recursos y en una mayor equidad. Agradezco a todos aquellos que han hecho posible la
consecución de un objetivo esencial en mi formación: la presentación de esta tesis en mi
examen final.
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La elusión en la reforma tributariaSilva Vidal, María de los Angeles, Villarroel Araya, Ana María 11 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGISTER EN TRIBUTACIÓN / María de los Angeles Silva Vidal [Parte I],
Ana María Villarroel Araya [Parte II] / El presente trabajo tiene por objeto analizar la elusión en la reforma
tributaria del año 2014. En particular nos referimos a la norma general antielusiva
introducida en nuestro ordenamiento jurídico a través de la Ley 20.780. Para lo
cual comenzamos abordando el fenómeno de la elusión, entendido como un
ataque a la equidad del sistema tributario, que nace del comportamiento que
adopta el contribuyente frente al pago de los impuestos; y las formas que se
emplean para combatirla. Para contextualizar nuestro trabajo, luego continuamos
con lo que ha sucedido en nuestro país en torno a la elusión, tanto en la época pre
reforma como luego de ella. Luego de analizar la norma general antielusiva
contenida en nuestro Código Tributario, nos remitimos a lo que ha sucedido en
derecho comparado con ella, para poder finalmente dar nuestras conclusiones al
respecto.
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Impuestos diferidosOrmeño Pérez, Rodrigo, Pérez Parada, Ximena L. January 2004 (has links)
Seminario para optar al grado de Ingeniero en Información y Control de Gestión / La legislación vigente obliga a las empresas a pagar un impuesto sobre las utilidades
conocido como “Impuesto a la Renta”. En su determinación pueden generarse diferencias
atribuibles a las discrepancias financiero-contables y tributarias referentes al cálculo de las
utilidades (base del impuesto).
Financieramente, los hechos económicos se registran bajo los principios y normas contables
generalmente aceptadas y se reflejan en los estados financieros básicos: Balance General,
Estado de Flujo de Efectivo y Estado de Resultados.
El Estado de Resultados muestra tanto los ingresos como los costos y gastos incurridos para
generar dichos ingresos. Si el efecto neto originado por las cuentas señaladas representa una
utilidad, ésta, de acuerdo al principio devengado, debería ser la base para el cálculo del
impuesto. El impuesto a la renta determinado es considerado como un gasto del período
llamado “Gasto Tributario” o, para efectos de este trabajo, “Gasto Impuesto Renta”.
Desde una perspectiva tributaria, las empresas, como contribuyentes del Fisco, deben
ceñirse a lo dispuesto por la Ley de Impuesto a la Renta para determinar el monto y
oportunidad del tributo, el cual se reconoce en el balance general como un pasivo llamado
“Impuesto Renta por Pagar”. Por lo general, esta norma dista bastante de los acuerdos
financiero- contables.
Dado que el Gasto Tributario pudiera no ser coincidente con el Impuesto Renta por Pagar,
la normativa financiera local, al igual que la internacional, ha dispuesto que algunas de
estas diferencias sean reconocidas y registradas en el Balance General con el nombre de
“Impuestos Diferidos”.
El objetivo del presente seminario es entregar una visión general, analítica e ilustrativa del
concepto de Impuestos Diferidos con base en la normativa existente.
Para ello el trabajo se estructura en cinco grandes capítulos que se resumen de la siguiente manera:
En el capítulo primero, se comparan las metodologías financieras y tributarias para determinar el monto del Gasto Tributario e Impuesto Renta por Pagar.
En el capítulo segundo, se analizan y explican las diferencias generadas entre la base determinada financiera y tributariamente.
En el capítulo tercero, se explica el procedimiento para determinar y contabilizar los impuestos diferidos basándose en la normativa local.
En el capítulo cuarto, se muestran otras normativas vigentes tanto nacionales como internacionales.
Finalmente, en el capítulo quinto, se resuelven ejercicios prácticos de impuestos diferidos.
Adicionalmente, al inicio del presente documento se entregan algunas definiciones de carácter relevante para el estudio y comprensión del mismo.
Hemos pretendido entregar una visión global del concepto, de manera tal que pueda ser aplicado en el ámbito profesional. Esperamos que el trabajo realizado sea de utilidad para los estudiosos de estas materias.
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Efectos de los tratados de doble tributación suscritos por Chile con México y CanadáBlanco Claro, Felipe January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al iniciar este trabajo Chile había suscrito sólo tres tratados de doble
tributación: con Argentina vigente desde 1985, Canadá y México. Al poco tiempo y
luego de haber desarrollado gran parte de este estudio, se encuentran suscritos
por nuestro país tratados de la misma naturaleza con Polonia, Ecuador, Perú,
Brasil, Venezuela y Noruega, sin perjuicio del hecho que los tratados con México y
Canadá ya fueron ratificados por el Congreso Nacional y un gran número de otros
países que se encuentran en plena etapa de negociación con Chile buscando el
mismo objetivo.
La circunstancia descrita en el párrafo anterior no hace más que hacernos
presente la importancia que han adquirido y el respaldo político que se le ha dado
a los acuerdos de esta naturaleza por los gobiernos recientes, y lo relevante que
será dada su proliferación futura, conocer los efectos que ellos producirán en los
negocios que se lleven a cabo entre sujetos residentes en cualquiera de los
Estados Contratantes.
Por otra parte, la circunstancia que, con la excepción del tratado suscrito
con Argentina, todos los demás acuerdos suscritos por Chile hayan seguido el
modelo dado por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (en
adelante OCDE) nos permite suponer que el estar familiarizado con el modelo o
uno de éstos tratado será de enorme utilidad para conocer los demás y los efectos
que generarán en los contribuyentes. En efecto, la circunstancia de adscribirse a
un modelo común hace que exista una enorme similitud entre los diferentes
convenios, con pequeñas diferencias en normas específicas que no desvirtúan de
ninguna manera la estructura central de éstos.
En el mismo sentido, en lo que respecta a la legislación chilena, todos los
tratados que siguen el modelo OCDE terminan remitiéndose a las normas del
Párrafo 6° del Libro II de La Ley de la Renta para los efectos de determinar la
forma de eliminar la doble tributación, normas cuya lectura complicada las hacen
aparecer como más engorrosas y complicadas que lo que en definitiva son, por lo
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que una explicación de ellas a la luz de un tratado vigente no deja de ser útil para
quien se inserta por primera vez en el tema.
El presente trabajo apunta en esa dirección, por cuanto al enfocarse
directamente en los tratados con Canadá y México (los primeros suscritos por
Chile de acuerdo al modelo OCDE) y en las consecuencias y efectos que
generarán en los contribuyentes pretende ser una herramienta útil en el estudio de
los referidos convenios y de los demás que entren a regir en el futuro. De la misma
manera pretendo ayudar a quienes se involucran por primera vez en la materia a
la comprensión de las normas internas de la legislación chilena relativas a la
eliminación de la doble tributación
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Derecho aduanero chilenoAbalos Elizalde, María Gracia January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales) / Esta memoria se divide en Tres Partes y cada una de estas Partes está dividida en Capítulos.
La Primera Parte consta de tres Capítulos. El Capítulo Primero “Tributación Fiscal Interna y Tributación Fiscal Externa” tiene relación con la Tributación Fiscal Interna y Externa de Chile. Se inicia con este tema porque considero que es fundamental, antes de analizar el tema principal, señalar la situación económica de nuestro país y por cierto, las bases en las cuales se asienta el Comercio Exterior Chileno.
Ahora bien, respecto de la Tributación Fiscal Externa propiamente tal, se analiza el Derecho Aduanero, definiéndolo, indicando su Naturaleza Jurídica, Características, Fuentes, Factores y Ramas Jurídicas, haciendo una distinción entre el Derecho Aduanero Nacional y el Derecho Aduanero Internacional. Respecto de esta distinción, en cuanto al Derecho Aduanero Nacional, se analiza particularmente el Derecho Tributario Aduanero, revisando su Concepto, Fuentes, Características y Relación con otros Ámbitos del Derecho y las Ramas Jurídicas que se han formado a partir de este derecho en particular.
El Capítulo Segundo “Obligación Tributaria Aduanera” trata de la Obligación Tributaria Aduanera. Con el objeto de establecer las bases de este tipo de obligación, se parte por Definirla y señalar cuáles son las Diferencias con la Obligación Civil. Luego, a fin de hacer más claro el análisis, se estudia las Obligaciones Aduaneras. Posteriormente, se analiza la Obligación Tributaria Aduanera en base a un esquema extraído de los apuntes de clases de Derecho Tributario del Profesor Rodemil Morales Avendaño, que distingue entre la Estructura y la Determinación de la Obligación Tributaria Aduanera, finalizando con la revisión del Incumplimiento y Extinción de este tipo de obligaciones.
Por último, el Capítulo Tercero “El Valor Aduanero o Base Imponible” se refiere al Valor Aduanero el cual constituye la base para determinar el precio a pagar por las mercancías que se comercialicen a través de alguna destinación aduanera, como por ejemplo, la Importación.
La Segunda Parte consta de seis capítulos. El Capítulo Primero “El Arancel Aduanero Chileno” analiza los Elementos Fundamentales y Clasificación de los Aranceles, entre otros, del Arancel Aduanero Chileno.
El Capítulo Segundo “Tributación Arancelaria” revisa gravámenes aduaneros tales como: Derechos Ad Valorem, Derechos Específicos, Derechos Compensatorios y Antidumping, Derechos de Urgencia o de Salvaguardia y Recargo por Uso.
El Capítulo Tercero “Tributación Paraarancelaria” está compuesta de diversos gravámenes aduaneros tales como: Tasa de Despacho, Tasa Aeronáutica, Impuesto a la Mano de Obra, Interés que genera el Almacén Particular, etc.
En el Capítulo Cuarto “Tributación Extraarancelaria”, al igual que en los capítulos anteriores, se agrupan varios gravámenes aduaneros tales como: Impuesto al Valor Agregado, Impuestos Adicionales, Impuestos a los Tabacos Manufacturados, etc.
El Capítulo Quinto “Sistemas Tributarios Especiales”, analiza la Sección 0, la Ley 19.035 y las Zonas Francas.
El Capítulo Sexto “Franquicias y Liberaciones”, revisa las principales franquicias y liberaciones aduaneras que existen, entre las que se cuentan la Pesca Artesanal, las que se aplican a las Personas Lisiadas, en las Donaciones y Socorros, en el Transito Vecinal Fronterizo, a las Organizaciones y a Isla de Pascua, entre otros.
La Tercera Parte de esta Memoria consta de tres Capítulos. El Capítulo Primero “Las Exportaciones” trata la otra cara del Comercio Exterior que está referida a las exportaciones. Fuera de las generalidades del tema propiamente tal, se analiza su Concepto, Elementos, Tipos, Requisitos para ser Exportador, Documentos necesarios para tramitar una Exportación, Financiamiento y Forma de Pago de las Exportaciones, Retorno y Liquidación de las Divisas de una Exportación.
El Capítulo Segundo “Beneficios a los Exportadores: Leyes de Fomento a las Exportaciones” se centra en las tres leyes fundamentales sobre esta materia: Ley 18.480, 18.634, 18.708.
El Capítulo Tercero “Otros Beneficios a los Exportadores” analiza las exenciones contenidas en el D.L. Nº 825 y la recuperación del IVA usando dos procedimientos diversos: 1) Procedimiento señalado en el artículo 36 inciso 3º del D.L. Nº 825 y 2) Procedimiento señalado en el D.S. Nº 348 (Procedimiento General y Procedimiento Especial establecido en el artículo 6 del D.S. Nº 348). Fuera de lo anterior, también existen casos particulares de recuperación del Crédito Fiscal.
Finaliza la Memoria con Anexos; con un Glosario de Términos Aduaneros utilizados en ella para facilitar el análisis del tema; con Conclusiones Finales; con la Bibliografía y Netgrafía utilizada y con un Índice General.
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Revisión de la normativa tributaria de excepción para la Región de Magallanes y la Antártica chilena, una propuesta de mejoramientoFlies Añon, Anggie Chris, Soto Padilla, Denisse de las Nieves 12 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Anggie Chris Files Añon [Parte I], Denisse de las Nieves Soto Padilla [Parte II] / Anggie Chris Files Añon [Parte I] no autoriza acceso a texto completo de su documento. / El trabajo pretende realizar un estudio tributario de las leyes de
excepción existentes en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en
la actualidad estas leyes están siendo revisadas por el Gobierno Regional, lo
que ha implicado que numerosos exponentes de la región revelen sus
necesidades respecto a una normativa especial para la zona, y organismos
internacionales presentaren informes solicitados por el mismo Gobierno
Regional, con la salvedad que estos últimos han desarrollado estudios del
impacto de las leyes de excepción los años 2005 y 2007, todos manifestando el
escaso desempeño que han tenido las leyes existentes para la Región de
acuerdo a los objetivos por las cuales fueron creadas, esto es el desarrollo
económico y la plena integración de la Región de Magallanes y de La Antártica
Chilena en el crecimiento y desarrollo respecto al resto del País
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Impuesto corporativo parcialmente neutral para la economía chilena : teoría y aplicaciones empíricasGutiérrez Cubillos, Pablo Antonio 04 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Economía / Este trabajo analiza desde un punto de vista te´orico el efecto que tiene la implementaci
´on de un impuesto corporativo que nos es neutral desde un punto de vista asignativo.
Concluyendo que esta puede ser positiva o negativa para la inversi´on, dependiendo de
la magnitud de los descuentos que se le pueden realizar a la base tributaria y del nivel
del impuesto corporativo. El resultado anterior se generaliza para el caso en el cual la
pol´ıtica de endeudamiento es variable. Emp´ıricamente se valida el resultado anterior para
Chile, esto ocupando datos de la ENIA entre los a˜nos 1995 y 2009 inclusive y se muestra
que actualmente hay sobre acumulaci´on de capital f´ısico que est´a alrededor del 4%, y que
representa una p´erdida del bienestar de un 0,5% en el periodo analizado. Si adicionalmente
se considera el retorno al capital humano como costo de oportunidad de la inversi´on
en capital fisico, se llega a una p´erdida de un 20% acumulada del PIB. Finalmente se
concluye que un aumento al 25% del impuesto corporativo, sumado a una depreciaci´on
inmediata y continuando con el descuento del pago de intereses agrava el problema de la
sobre-inversi´on en capital f´ısico.
Palabras Claves: Pol´ıtica Tributaria, Impuesto Neutral, Impuesto Corporativo, Demanda
por capital, Estimaci´on de p´erdida de eficiencia econ´omica, Elasticidad de sustituci´on
entre capital y trabajo
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Sistema tributario subnacional en ChileGuerrero Herrera, Debora 12 1900 (has links)
Seminario para optar al título de Ingeniero Comercial, Mención Economía / La descentralización fiscal puede definirse en dos dimensiones, en términos de ingresos al implicar
la descentralización de instrumentos tributarios a los gobiernos locales como son los impuestos, o
descentralización de los gastos en que los gobiernos subcentrales tienen la responsabilidad de
implementar las funciones de gasto.
En el presente trabajo se realiza una recopilación y análisis de literatura y evidencia, tanto teórica
como empírica de la descentralización de ingresos. Para el caso de Chile son 6 los instrumentos de
tributación subnacional que son parte de los ingresos propios permanentes de las municipalidades:
Impuesto Territorial, Patentes Municipales, Permiso de Circulación, Impuesto a las sociedades
operadoras de casino, Patentes mineras y Patentes acuícolas.
Se observa que la recaudación local representa un gran porcentaje con respecto a los ingresos
totales de los municipios del país. Sin considerar los aportes al Fondo Común Municipal de los
ingresos fiscales locales estos representan alrededor del 27% al año 2015. Agregando el aporte a
este Fondo del Impuesto Territorial, Patentes Municipales y Permisos de Circulación estos 6 tributos
representan el 53% de los ingresos municipales totales percibidos al mismo año.
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Implicancias y efectos sobre el mercado inmobiliario de la aplicación de la reforma tributaria 2014Esquivel Correa, Marcelo January 2016 (has links)
Tesis para optar al Grado de Magíster en Dirección y Administración de Proyectos Inmobiliarios
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Firma de auditoría financiera, consultoría de control interno, asesoramiento contable y tributarioBeck Klein, Germán Alejandro, Redondo Molina, Olga 07 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN
Germán Beck Klein [Parte I], Olga Redondo Molina [Parte II] / Este Plan de Negocios contempla la creación de una compañía de auditoría, que
ofrecerá un servicio Integral de Auditoría Financiera, Asesoría Contable y Tributaría y
Consultoría de Control Interno para las PYMES que facturación en un rango de CLP 250 MM
a CLP 15.000 MM anuales en la Región Metropolitana de Chile.
La reciente aprobación de la reforma tributaria, la creciente importancia de presentar
estados financieros auditados para financiamiento bancario y licitaciones públicas y la entrada
en vigor de la norma IFRS a partir del año 2013 presentan una gran oportunidad de mercado
para el tipo de servicio que ofrecerá Beck & Redondo Asociados.
Uno de los socios cuentan con experiencia internacional en auditoría financiera
trabajando para una de las cuatro grandes firmas de auditoría. Ambos socios tienen
experiencia en la implantación de procedimientos de control interno en Estados Unidos para
multinacionales y PYMES. Este aspecto es una fortaleza de la compañía que proporciona
una gran ventaja competitiva.
Considerando al análisis de las cinco fuerzas de Porter adicionalmente a las
entrevistas que se realizaron a competidores, se logra concluir que es una industria atractiva,
con un crecimiento anual del 11% entre 2008 y 2014, requiere de una baja inversión y donde
las compañías competidoras permanecen y se consolidan en el mercado.
La compañía se diferenciará de sus competidores convirtiéndose en un socio
estratégico del cliente, brindando un servicio permanente de auditoría financiera,
asesoramiento tributario y contable que contempla visitas y cobro mensual de sus servicios.
La compañía contará para el primer año con 18 clientes y una facturación promedio
de CLP 5 MM por cliente que es un 6% inferior al precio promedio del mercado, con esto se
alcanzará una cuota de mercado del 0,05%. Para el año 10 se alcanzará una cuota de
mercado del 0,14% con 43 clientes y una facturación promedio anual de CLP 7,9 MM por
cliente, para alcanzar los CLP 339 MM en ventas anuales.
Se considera una inversión inicial de CLP 68 MM, que incluye inversión en activos fijos
y financiamiento del capital de trabajo para las pérdidas incurridas los dos primeros años de
actividad. No se considera endeudamiento bancario ni el reparto de dividendos.
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