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Basilea y Riesgo Soberano : un peligroso esquema de incentivos

Sariego Márquez, Ernesto 01 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Finanzas / En el presente estudio se expondrán argumentos que pretenden evidenciar las debilidades del acuerdo de Basilea para crear las atenciones adecuadas de los bancos respecto del riesgo de crédito soberano. Los principales aspectos que se someterán a análisis serán el tratamiento de las exposiciones a instrumentos soberanos bajo el Método Estándar y el Coeficiente de Cobertura de Liquidez. Los principales textos a ser sometidos a análisis corresponderán a los acuerdos de Basilea, de los cuales se explica más en la sección II. De forma complementaria se someterán a análisis documentos sobre temas que resulten atingentes al propósito del presente estudio publicados por el Bank for International Settlements con el fin de apoyar la gestión y comprensión de la postura del banco recién mencionado ante, tales como “working papers” o discursos realizados por miembros relevantes de la institución. En la segunda sección se presentará una descripción del Acuerdo de Basilea, mencionando las principales características y modificaciones impuestas por cada una de sus tres versiones, en conjunto con una descripción de su gestor, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, el cual, a su vez, forma parte del Bank for International Settlements. En la tercera sección se presentará una descripción del mercado de deuda soberano, estableciendo su relevancia en relación a su tamaño relativo, en términos de monto, versus otros mercados. La cuarta sección se encuentra dividida en seis sub-secciones. En una primera instancia se describe el tratamiento de las exposiciones soberanas bajo el Método Estándar, presentándose la tabla con las respectivas ponderaciones por riesgo de los activos dependiendo de sus respectivas clasificaciones de riesgo (Cuadro 2). Cinco de las seis sub-secciones corresponden a falencias en el diseño del actual Método Estándar respecto al tratamiento de instrumentos soberanos o aspectos que no considera, mientras que una corresponde a una solución propuesta a las inquietudes levantadas. En el presente estudio no se tendrá como objetivo el cuestionar la exactitud y efectividad de las clasificaciones de riesgo otorgadas a los organismos soberanos por parte de las agencias clasificadoras de riesgo externas. Por el contrario, se asumirá su efectividad y se expondrá que aun bajo ese supuesto, en ciertos escenarios, los actuales rangos propuestos por la tabla de ajuste por riesgo de activos del Método Estándar, en conjunto con la escala de porcentajes de ajuste por riesgo definidos en la tabla recién mencionada (Cuadro 2), crean un esquema de incentivos peligroso en términos de gestión y alocación de capital conforme a los riesgos asumidos. En la quinta sección se presentan las deficiencias del denominado Coeficiente de Cobertura de Liquidez. Esta sección se encuentra dividida en cuatro sub-secciones. La primera sub-sección describe la composición del Coeficiente de Cobertura de Liquidez; la segunda presenta críticas en relación a la interacción de los instrumentos soberanos con el Coeficiente de Cobertura de Liquidez; y la tercera expone el tratamiento privilegiado que experimentan las exposiciones soberanas respecto de las exposiciones bancarias y corporativas bajo el Método Estándar a modo introductorio de las recomendaciones finales, las cuales se presentan en la cuarta sub-sección. Finalmente, en la sexta sección se presentan las conclusiones, las cuales explicarán como el actual Método Estándar crea un peligroso esquema de incentivos en la medición del riesgo de crédito de las exposiciones soberanas, el cual tendría impacto en el consecuente cálculo del capital que los bancos deben sostener a causa de dichas exposiciones; la relevancia de corregir dicho esquema en vista de que el Método Estándar incide en la gestión de riesgo de bancos con plataformas de medición de riesgo menos sofisticadas; como los países emergentes resultan más sensibles ante las amenazas estudiadas; y el trato arbitrariamente preferente que reciben los instrumentos emitidos por organismos soberanos en comparación con otros emisores
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Political Factors in the Creation and Implementation of the Andean Foreign Investment Code

Gushiken, Anita M. 08 1900 (has links)
The purpose of this investigation is to examine the political factors which came into the creation and implementation of the Andean Foreign Investment Code. This study analyzes the political forces in the creation of the Code and examines the implementation of the Code in each of the Andean countries. This investigation concludes that although the Code has not been implemented uniformly in the Andean countries, it remains an important part of the Andean Common Market. In addition, the continual political consensus among the member countries is emphasized for the continuation of the Andean integration effort.
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El carácter definitivo de la transmisión de manifiesto de carga marítima para la SUNAT como una restricción al comercio contraria al Acuerdo de Cartagena

Andonaire Cáceda, Juan Carlos 21 September 2017 (has links)
Esta tesis busca determinar si la consideración del manifiesto de carga como definitivo 48 horas antes del arribo de la nave a territorio peruano por parte de la SUNAT constituye una restricción al comercio dentro del alcance de los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena. La tesis analiza el objeto y efecto restrictivo al comercio de esta medida como resultado de la aplicación de las normas de aduanas por parte de la SUNAT. De conformidad con lo dispuesto por el Informe Nro. 089-2011-SUNAT de la SUNAT y la nueva Ley General de Aduanas, la administración aduanera del Perú ha requerido que la transmisión electrónica del manifiesto de carga se realice hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la llegada de la nave, siempre y cuando provenga de un puerto lejano. Asimismo, una vez vencido este plazo, dicha transmisión adquiere el carácter de definitiva. Por consiguiente, cualquier información que se añada o cualquier rectificación que se realice de la información transmitida daban lugar a que se configure una infracción que resultaba ser sancionable con la imposición de una multa. La presente tesis evalúa este criterio aplicado por la SUNAT. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha declarado que esta medida constituye un incumplimiento objetivo de la Decisión 671 de la Comunidad Andina. Sin embargo, la tesis busca hacer una contribución y analiza otras vías legales que se pueden usar para cuestionar este tipo de medida restrictiva del comercio. Una de esas vías es la necesidad de respetar el principio de libre circulación de mercancías el cual se encuentra consagrado en los artículos 72 y 73 del Acuerdo de Cartagena. El alcance del principio de libre circulación de mercancías ha sido desarrollado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina a lo largo de su jurisprudencia. A su vez, este tribunal ha seguido la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en particular, el célebre caso 5 Dassonville. En este contexto, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha interpretado el concepto de “restricciones de todo orden” de manera amplia para incluir a cualquier medida que pueda tener el objeto o el efecto de restringir las importaciones al hacerlas más difíciles u onerosas en el comercio intrarregional. Esta tesis analiza esta jurisprudencia andina, y de manera ilustrativa, la jurisprudencia europea ha sido presentada. La tesis concluye que la medida adoptada por SUNAT, puede potencialmente restringir las importaciones de mercancías al hacerlas más difíciles y onerosas. En tal sentido, esta medida se encuentra dentro del alcance de la doctrina Dassonville desarrollada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y aplicada por la Secretaría General y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. / This thesis seeks to determine whether considering the cargo manifest in a definite manner 48 hours prior to the arrival of the vessel to Peruvian territory by the SUNAT constitutes a restriction on trade within the scope of Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. The thesis analyzes the trade restrictive object and effect of such a measure as a result of the application of the customs rules by the SUNAT. According to the Report No. 089-2011-SUNAT of the SUNAT and the new General Customs Law, the Customs Administration of Peru required that the electronic transmission of cargo manifest be undertaken 48 hours prior to the arrival of the vessel, provided that it came from a distant port. Likewise, once the deadline expires, such a transmission is to be considered in a definite manner. Therefore, any information to be added or any rectification of the information that has been transmitted could give rise to an infringement that is punishable with a fine. This thesis assesses this criterion applied by the SUNAT. The Andean Court of Justice has declared that this measure constituted an objective infringement of the Decision 671 of the Andean Community. However, the thesis seeks to make a contribution and analyzes other legal avenues that can be employed in order to question this type of trade restrictive measure. One of these avenues is the need to respect the principle of free movement of goods that has been provided for in Articles 72 and 73 of the Cartagena Agreement. The Court of Justice of the Andean Community has developed the scope of the principle of free movement of goods in its case law. In addition, this tribunal has followed the case law of the Court of Justice of the European Union, in particular, the landmark Dassonville case. In this context, the Court of Justice of the Andean Community has widely interpreted the concept of 7 “restrictions of all kinds” in order to include any measure that has the object and effect of restricting imports by making them more difficult or costly in intra community trade. This thesis analyzes this Andean case law and, in an illustrative manner, the European case law has been taken into account and presented. The thesis concludes that the measure adopted by the SUNAT can potentially restrict imports of goods by making them more difficult and costly. In this sense, this measure falls within the scope of the Dassonville doctrine that has been developed by the Court of Justice of the European Union and applied by the General Secretariat and the Court of Justice of the Andean Community. / Tesis
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Comercio bilateral entre la República Argentina y la Federación Rusa en la década de los noventa del siglo XX

Nikolaeva, Irina January 2001 (has links) (PDF)
El tema de investigación abarca el comercio bilateral de bienes, realizado entre República Argentina y la Federación Rusa y el comercio exterior de bienes de ambos países durante la década de los noventa. Los límites temporales de la investigación se explican por la disolución de la Unión Soviética y aparición en la escena internacional de la Federación Rusa como su principal sucesor. En la década de los noventa ambos países sufrieron profundos cambios económicos que tuvieron su reflejo en las relaciones económicas exteriores. Esto permite delimitar el alcance temporal de la investigación. El cambio más profundo fue experimentado quizás por la economía rusa que a principios de los años 90 empezó el proceso de la liberalización de su economía y entre otros su sector externo.Este proceso ha cambiado el método de realización del comercio exterior ruso, y en particular del comercio bilateral entre Argentina y Rusia, pasando de la celebración de los acuerdos intergubernamentales,donde se determinaban los artículos a comercializar y todas las condiciones del comercio, hacia la iniciativa privada por parte de los comerciantes.
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Régimen Jurídico de la Mediación Concursal en el Derecho Español

Ramos Calvo, María Dolores 15 July 2019 (has links)
Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, mediante la adición de un nuevo Título X a la Ley Concursal introdujo en nuestro ordenamiento un procedimiento extrajudicial preconcursal especialmente diseñado para el deudor de reducidas dimensiones: el novedoso instituto del acuerdo extrajudicial de pagos, también conocido como mediación concursal o segunda oportunidad, a cuyo estudio se dedica el presente trabajo. Se trata de ofrecer al deudor un procedimiento que facilite un acuerdo con sus acreedores al margen del procedimiento judicial concursal. Su principal consecuencia es que, en caso de que el acuerdo extrajudicial no llegue a buen fin, el deudor persona natural puede, si cumple determinados requisitos, alcanzar la exoneración del pasivo insatisfecho. La nueva figura, a pesar de su corta trayectoria ya ha sufrido una importante modificación estructural a través del Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, sobre Segunda Oportunidad y otras medidas, convalidado por la Ley 25/2015. Sin embargo, sigue siendo tributario de nuevas reformas. El trabajo estudia la regulación vigente y la necesidad de la reconfiguración del expediente previo; la delimitación y corrección de los aspectos problemáticos del concurso consecutivo; y la depuración de los defectos de configuración de las dos modalidades liberatorias. Pasando todo ello por una potenciación de la figura mediante la sinergia en las diferentes instituciones implicadas en el proceso.
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On the convenience of admitting and regulating premarital and marital agreements / Sobre la conveniencia de admitir y regular los acuerdos premaritales y maritales

Vega Mere, Yuri 25 September 2017 (has links)
Nothing much has changed in the Law of Family in Peru. The main doctrine argues that it is not possible to make agreements between spouses on non-economic aspects of their relationships or their duties with their children, even when they could make decisionsin a more convenient way.In the article, the author argues that it is desirable to relax the rules on agreements between spouses or prospective spouses to regulate their rights during marriage or the benefits and obligations of each one in case they end their marriage. In that way, the author alludes to the figures of prenuptial and marital agreements present in American reality. / Poco ha cambiado en el Derecho de Familiaen el Perú. La doctrina mayoritaria sostiene que no es posible realizar acuerdos entre es-posos sobre aspectos no patrimoniales de susrelaciones o de sus deberes ante los hijos, auncuando se podrían adoptar decisiones de unaforma más conveniente.En el artículo, el autor sostiene que es conveniente flexibilizar las normas sobre los acuer- dos entre futuros cónyuges o esposos para regular sus derechos durante el matrimonio o los beneficios y obligaciones de cada uno de ellos en caso concluya la unión matrimonial por cualquier razón. Para ello, hace alusión a las figuras de los acuerdos premaritales y maritales presentes en la realidad estadounidense.
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Collaborative Border Management: un Acercamiento al Principio de Cooperación Aduanera a Propósito del Acuerdo de Cooperación y Asistencia Aduanera Perú - China

Bernal Neumann, Gonzalo 06 1900 (has links)
El presente autor desarrolla de forma muy clara y concisa los principios de cooperación y colaboración en lagestión aduanera y en la gestion aduanera y realizando una crítica a la deficiente administración estatal para aplicar estas políticas; tomando como políticas; tomando como base de estudio lo aplicado en el Acuerdo de promoción Comercial Perú-China.
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Análisis crítico de la Ley 20.830, que crea el acuerdo de unión civil

Canepa Cubillos, Constanza, Jabbaz Rosenbaum, Vanesa January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Evaluación de los acuerdos de producción limpia como política pública

Leyton Rossi, Aurora Caterina January 2017 (has links)
Ingeniera Civil Química / La producción limpia es una estrategia de gestión productiva y ambiental, cuyo enfoque es la prevención de la contaminación. En Chile, su principal herramienta de aplicación son los Acuerdos de Producción Limpia (APL), convenios voluntarios entre el sector público y privado, que buscan mejorar el rendimiento ambiental de las empresas por medio de metas y acciones específicas. El objetivo de este trabajo es realizar una evaluación de los APL, considerando aspectos ambientales, económicos y sociales. Se seleccionó una muestra de 34 acuerdos y se determinaron criterios de evaluación en base a experiencias similares, tanto nacionales como internacionales. La evaluación consistió en una comparación de escenarios antes y después de la implementación de los acuerdos. En el ámbito ambiental, el análisis se centró en 4 indicadores: consumo de agua, consumo de energía, gestión de residuos y emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), obteniendo una variación promedio por APL de 1,8%, -0,43%, 26,86% y 11,10%, respectivamente. Esto equivale a una reducción de 3.000.000 [m3] en el consumo de agua, 200.000 [MWh] en el consumo de energía, 120.000 [ton] en la generación de residuos sólidos y 2.000.000 [tCO2eq] en las emisiones de gases de efecto invernadero, además de un aumento de 5.000.000 [ton] en el tratamiento de residuos sólidos. En términos económicos, se midió, a grandes rasgos, la conveniencia para las empresas de invertir en la implementación de los acuerdos., por medio de 2 enfoques. Para el primero se consideraron los costos operacionales de las empresas involucradas, obteniendo un VAN de 1.500.000.000 [UF], mientras que, para el segundo, se estimó el ahorro privado asociado a la variación de los indicadores ambientales, que resultó en un VAN de 3.200.000 [UF]. La inversión total fue de 5.100 [UF], lo que implica que las empresas no se vieron perjudicadas económicamente por la inversión generada. En cuanto a la evaluación social, se determinó el número de trabajadores capacitados, que correspondió a cerca del 70% del total de trabajadores de las empresas adheridas. Se puede observar que los APL son beneficiosos, tanto al medio ambiente, como a las empresas. Esto pues se redujeron impactos ambientales, a la vez que las empresas percibieron ahorros económicos. Esto muestra que los acuerdos son una forma eficiente de implementar la política de producción limpia en el país, impulsando la cooperación entre el sector público y el privado. Como recomendaciones, se observa que existe un margen para presentar objetivos más ambiciosos, buscando mejorar aún más el rendimiento ambiental. También se destaca la importancia de impulsar metas de eficiencia energética. / Este trabajo ha sido apoyado por el Consejo Nacional de Producción Limpia
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Estudio comparativo del acuerdo y consistencia intercalificadores en el test gestáltico visomotor de Bender 2.a edición / Comparative study of inter-rater agreement and consistency in the Bender visual motor gestalt test, 2.nd edition

Merino Soto, César, Calderón De la Cruz, Gustavo, Manzanares Medina, Eduardo 09 1900 (has links)
El estudio tiene por objetivo contrastar la efectividad de calificadores sin entrenamiento específico en el test gestáltico visomotor de Bender, 2.a edición (Bender-II), usando un método para calificar el grado de exactitud de los dibujos reproducidos propio de este instrumento (sistema de calificación global). Algunos estudios previos han demostrado buenos niveles de confiabilidad intercalificador, pero no se verificó el efecto de la falta de entrenamiento específico. En el estudio participaron 75 niños divididos en dos grupos (34 y 41) de edad y cuatro calificadores (dos estudiantes y dos egresados, todos de psicología). Después de aplicar el test individualmente, los calificadores recibieron la instrucción de puntuar los dibujos usando únicamente el manual como guía, sin interactuar entre ellos. Se hicieron comparaciones intragrupo e intergrupos. Aunque los resultados indicaron algunas diferencias moderadas entre los grupos, principalmente se hallaron niveles altos de acuerdo y consistencia; y comparado con los estudios previos, las diferencias generalmente no fueron sustanciales. Se concluye que el puntaje visomotor del Bender-II puede alcanzar buenos niveles de confiabilidad. / Revisión por pares

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