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Principio de finalidad en el tratamiento de los datos personales en ChileValencia Arancibia, Absalón January 2008 (has links)
Tesis (magíster en derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente tesis desarrolla el principio de finalidad en la Ley N° 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal o Protección a la Vida Privada, iniciando su análisis bajo la exposición de la problemática en la desviación de los fines en el tratamiento de los datos personales una vez agotado o no su propósito inicial, para lo cual se definió un marco teórico y conceptual, se respondió la pregunta del ¿porqué registrar un dato, acto, hecho o conducta?, y, se consultó el espíritu de la ley contenido en la historia fidedigna de su establecimiento. Posteriormente, se aborda el Principio de Finalidad contenido en la Ley N° 19.628 y en el derecho comparado, se realiza el ejercicio de las afectaciones de éste en relación a los otros principios y como se entiende su coherencia interna; realizándose, posteriormente, el análisis de dicho principio frente a las fuentes accesibles a público.
Ante la problemática planteada y el desarrollo del Principio de Finalidad, se analiza si las necesidades de modificar la Ley N° 19.628 a la luz de los proyectos de ley en actual tramitación, sean éstos iniciativas Parlamentarias, del Ministerio de Hacienda y/o del Poder Ejecutivo, incluyen al Principio de Finalidad o lo citan como fundamento del mismos proyectos; evidenciándose que éstos paupérrima y timoratamente soslayan ahondar en él, tomando lamentable distancia. Aquello conlleva el análisis necesario de los problemas de satisfacción del principio de finalidad en los proyectos de ley, abordando qué es lo que realmente se debe corregir en la Ley y la situación de las personas jurídicas en dicho contexto.
Finalmente se concluye que el Principio de Finalidad es el máxime de los principios en los tratamientos de los datos personales y podrá percibirse como la necesidad (porqué? y para qué?) de que cada vez que se tenga que evaluar un posible riesgo en la protección de los datos personales, se deberá comprobar que la finalidad del tratamiento cumple las premisas de ser determinado, explícito y legítimo, y que sea adecuado, pertinente y no excesivo en razón de la Constitución y las leyes, ya que dicho tratamiento jamás deberá afectar los derechos de las personas naturales en su esencia.
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El dato sensible. — su tratamiento en Chile y en el derecho comparadoHernández Muñoz, Ana Karina, Palacios Henríquez, Juan Andrés January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La protección de vida íntima o vida privada de las personas se tornó, con el uso masivo y muchas veces malicioso de las técnicas informáticas, en una necesidad de todas las naciones que tenían como fundamento de sus ordenamientos constitucionales proteger la vida privada de las personas. Más aún, desde el momento que puede ser el mismo Estado quien atente contra la dignidad de las personas al usar la información que en las bases de datos de la administración pública existen.
Entonces, para proteger la vida privada, o el derecho a la intimidad, es necesario conocer qué tipo de información, o antecedentes personales están en posesión, ya sea de instituciones estatales, ya sea de personas privadas. La información, o para usar el lenguaje de la ley, los datos pueden encontrarse en diversos grados de relevancia: pueden existir datos personales y datos sensibles, cuya diferencia está dada por la relación o cercanía que tengan con el ámbito más íntimo de la persona (dato sensible), o más privado, pero no por ello no importante y no digno de protección (dato personal).
En lo que se refiere a los capítulos que conforman esta tesis de grado, en el primero describimos la relación existente entre intimidad, vida privada y autodeterminación informativa, como figuras bases de la protección de los datos personales. En el segundo capítulo hacemos una remisión al derecho comparado, en donde se realiza un análisis de diversas leyes europeas de protección de datos que dan la base para el posterior estudio de la ley chilena, así como también revisamos parte de la legislación existente en Latinoamérica y Estados Unidos, además de un análisis de un Proyecto sobre Convención Americana sobre Autodeterminación Informativa.. Para finalizar, en el tercer capítulo analizamos la ley chilena y la doctrina que ha estudiado dicha ley
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El régimen de responsabilidad civil en la protección de datos personales en ChileParada Moreira, Bárbara January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El concepto de privacy fue desarrollado en 1890 por los autores norteamericanos Samuel Warren y Louis Brandeis , como el derecho del individuo a ser dejado solo “to be lef alone” o en otras palabras a ser protegido en sus creencias, pensamientos, emociones y sensaciones frente a cualquier invasión de su vida privada y doméstica.
A partir del siglo XX cambia la noción tradicional de privacy, dejando atrás su raigambre estrictamente privada “(…) [alcanzando] una significación social o colectiva, perdiendo poco a poco su impronta netamente individualista característica irrebatible en una sociedad como aquella coetánea a la declaración de derechos nacida de la revolución burguesa (…).” Con ello se advierte la existencia de un conjunto de información privada de los sujetos que hasta entonces carecía de regulación jurídica.
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Análisis comparativo de cookies y la protección de datos personalesMeyer-Pantin Thomas, Alex January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Todo usuario de Internet se ha visto enfrentado alguna vez a mensajes de correo no solicitados, y se ha preguntado de qué modo el remitente obtuvo su cuenta de correo, como también le ha llamado la atención la atractiva oferta contenida en el mensaje. Más comunes aún, son los afiches de propaganda que aparecen en las páginas web, los cuales casi siempre se relacionan a la edad, sexo, e intereses del usuario. Por ejemplo, ofertas de suscripción a sitios eróticos aparecerán en los afiches publicitarios virtuales cuando el navegante sea hombre. La razón es muy sencilla, los publicistas saben quién es el navegante y donde se encuentra. ¿Cómo logran esto los comerciantes electrónicos y los publicistas de internet? A través de una tecnología denominada “cookies”, un fichero de texto que algunos servidores piden a nuestro navegador que escriba en nuestro disco duro, con información acerca de lo que hemos estado haciendo por sus páginas. En otras palabras, las cookies constituyen una potente herramienta empleada por los servidores Web para almacenar y recuperar información acerca de sus visitantes. Dado que el Protocolo de Transferencia de Hipertexto (http) es un protocolo sin estados (no almacena el estado de la sesión entre peticiones sucesivas), las cookies proporcionan una manera de conservar información entre peticiones del cliente, extendiendo significativamente las capacidades de las aplicaciones cliente/servidor basadas en la Web. Mediante el uso de cookies se permite al servidor Web recordar algunos datos concernientes al usuario, como sus preferencias para la visualización de las páginas de ese servidor, nombre y contraseña, productos que más le interesan, etc. De este modo, los publicistas virtuales utilizan la información recabada por la cookie para establecer un perfil del usuario basado en las páginas que visita más frecuentemente, y consiguientemente, utiliza ese perfil para presentarle avisos virtuales al usuario cada vez que se conecte, como también para enviarle correo con ofertas de productos
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La regulación del mercado de datos personales en ChileJervis Ortiz, Paula January 2006 (has links)
Tesis (Magíster en derecho) / La presente tesis se encuentra estructurada en cinco capítulos. El primero de ellos, Economía de la Información y Privacidad Informacional, tiene por objeto fundamental poner al lector en conocimiento sobre aquellos aspectos que resultarán esenciales a la hora de comprender el resto de la tesis, para ello este primer capítulo recoge las distintas miradas de diversos autores sobre el impacto que han tenido las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación sobre la información y la privacidad. Luego, dado que esta tesis busca estudiar la problemática del tratamiento de datos personales desde un punto de vista fundamentalmente económico, nos referiremos a la información y su relación con la economía, primordialmente se referenciará el concepto de bien económico, todo lo anterior desde la perspectiva de la privacidad. Sentadas estas nociones fundamentales, se ahondará en la privacidad informacional, concepto que proviene del ámbito norteamericano y que se condice con lo que en el derecho europeo y latinoamericano se conoce como autodeterminación informativa, este acápite -que es el más extenso- se referirá además al porqué es necesaria la protección de la privacidad, efectuándose un estudio pormenorizado de legislación comparada en estas materias, la que en general se fundamenta en los llamados principios del tratamiento de datos personales, los que son revisados al final del capítulo.
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Hábeas data y el derecho fundamental a la intimidad de la personaChanamé Orbe, Raúl January 2003 (has links)
El derecho, como realización humana, no ha escapado al influjo de los cambios producidos en el mundo contemporáneo, que se exteriorizan en el orden institucional, se manifiestan en los procesos tecnológicos, se hacen ostensibles en la economía y notorios en la comunicación social. Todos estos hechos solo evidencian el tránsito hacia otro estadio de la historia humana, bautizando con el sugestivo nombre de post modernidad1.
Sin duda, vivimos un nuevo ciclo de la razón, que pronto ha impactado sobre el derecho y la legislación. Ya percibimos las modificaciones que se producen en la idea de la familia, se abandona la otrora sólida forma patriarcal y nuclear, y se conforma una institución hogareña más predicible, con la concepción in vitro y potenciada en sus posibilidades por la clonación, que hoy en algunos países como Inglaterra ha sido expresamente prohibida para los seres humanos, y el dominio de los genes -a través del reconocimiento del ácido desoxiribonucleico (ADN) -o proyecto de investigación del Genoma Humano- cuyo objetivo se cumplió de manera anticipada al poder descifrar los tres mil millones de códigos bioquímicos. Todo ello, sin duda, dará crecientes satisfacciones a la familia, empero, esto nos pondrá ante más complejas relaciones de progenie (inseminación artificial, banco de espermas, bebes de probetas, entre otros) que el derecho con discrecionalidad busca normar para establecer los límites razonables a la manipulación tecnológica,
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Protección de datos personales en la aplicación de telefonía móvil whatsapp messengerMolina Ramírez, Ignacio Andrés January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria tiene por objeto analizar la importancia de la
aplicación de telefonía móvil WhatsApp Messenger sobre el derecho a la vida
privada y la protección de datos personales. Para ello, en el primer capítulo, se
analizará qué se entiende por derecho a la vida privada, su contenido, y las
teorías más relevantes que pretenden intentar explicar el ámbito de aplicación
de este derecho. En el segundo capítulo, explicaremos qué es la telefonía móvil,
sus inicios, cómo funciona, su evolución y las principales tecnologías al
respecto. Además, nos referiremos a internet móvil, y cómo influye esta
tecnología en la telefonía celular. En el tercer capítulo, introduciremos la
discusión de cómo influye en la privacidad el vertiginoso avance de la
tecnología móvil, principalmente al riesgo que podría conllevar a la privacidad
de las personas. En el cuarto capítulo, se analizará el marco normativo de la
protección de datos personales en nuestro país, comparando la evolución que
ha tenido desde los primeros intentos de regular esta materia, hasta el principal
cuerpo normativo existente y su aplicación hoy. El quinto capítulo, tratará
principalmente sobre la aplicación de telefonía móvil WhatsApp Messenger,
saber qué es, cómo funciona, sus términos de servicios y políticas de privacidad,
y su impacto en la privacidad de sus usuarios. El sexto y último capítulo, se
referirá a la principal asociación profesional global de la industria móvi l
(GSMA), y cuál es su postura respecto al impacto que ha significado la telefonía
móvil en nuestra privacidad, para esto explicaremos cuales son los datos
VIII
personales para la GSMA y las directrices que ellos manejan para el
almacenamiento de estos datos y su privacidad
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"Facebook frente al derecho a la vida privada y la protección de datos personales"Roa Navarrete, Matías Andrés January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria tiene por objeto analizar y puntualizar el impacto de la red social Facebook sobre el derecho a la vida privada y la protección de datos personales, haciendo énfasis en el estudio de las prácticas invasivas que ponen en peligro estos derechos. Para ello, en el primer capítulo se pormenoriza cuáles son los derechos protegidos, sus dimensiones y alcances, poniendo énfasis en la legislación nacional. En el segundo capítulo se describe en que consiste Facebook, sus principales características y aplicaciones, e identificando los posibles problemas que conllevan su mecanismo de funcionamiento. El tercer y último capítulo, detalla los principales problemas que afectan directamente a la vida privada y protección de datos personales de los usuarios, determinando su impacto y exponiendo las posibles soluciones o mejoras.
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Hábeas data y el derecho fundamental a la intimidad de la personaChanamé Orbe, Raúl January 2003 (has links)
No description available.
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El hábeas data como garantía constitucional del derecho de acceso a la información públicaManrique Prialé, Roxana Marlene January 2015 (has links)
El documento digital no refiere asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Propone soluciones que coadyuven y fortalezcan la tutela del derecho de acceso a la información pública a través de una regulación jurídica adecuada del hábeas data y que para ello resulta necesario partir de un estudio minucioso de soporte teórico y analítico que busque remediar la carencia de tutela urgente en el sentido de prontitud, inmediatez, seguridad y eficacia jurídica del derecho de acceso a la información pública. El conflicto normativo descrito en la presente investigación impide garantizar la protección idónea y adecuada del citado derecho al no existir reciprocidad legislativa con la garantía que lo tutela, por lo que su tratamiento demanda un desarrollo legislativo que resulte hábil en su defensa. Por lo que, con las propuestas obtenidas del presente estudio se busca establecer soluciones al conflicto normativo y de esa manera lograr una tutela efectiva del derecho fundamental. / Tesis
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