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El derecho de huelga de los trabajadores que ocupan puestos indispensables y el ejercicio de la potestad sancionadora del empleadorCarbajal Flores, Claudia Alejandra 05 April 2022 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar si el empleador, en ejercicio de su potestad
sancionadora, puede sancionar a un trabajador designado como indispensable que acató una
huelga que aún no ha sido declara improcedente o ilegal. Asimismo, si se configura un
incumplimiento de las obligaciones laborales o si, por el contrario, se afecta el derecho de
huelga del trabajador. / The objective of this work is to analyze whether the employer, in the exercise of its sanctioning
power, can sanction a worker designated as indispensable who complied with a strike that has
not been declared inadmissible or illegal. Likewise, if a breach of work obligations is
configured or if, on the contrary, the worker’s right to strike is affected.
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Análisis del Derecho de Huelga en la Ley del Servicio CivilLopez Nuñez, Katherine Lourdes 21 January 2019 (has links)
En el presente trabajo se busca abordar el derecho de huelga a partir, en primer lugar, de su tratamiento como derecho fundamental y señalando su contenido esencial y, posteriormente, desarrollando brevemente los antecedentes históricos de la huelga en el Perú y el modelo normativo que nos rige. Asimismo, como parte de un marco teórico previo, señalaremos los principales aportes jurisprudenciales al derecho de huelga, así como sus principales limitaciones. En una segunda parte, identificaremos ciertas diferencias del derecho de huelga en el Texto Único de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y en la Ley del Servicio Civil. Por otra parte, ubicaremos las principales limitaciones del ejercicio del derecho de huelga de los servidores públicos. Finalmente, en esta parte analizaremos el derecho de huelga en la Ley del Servicio Civil, foco de atención de nuestro trabajo. Finalmente, este desarrollo, nos permitirá esbozar las principales propuestas del marco normativo del derecho de huelga en el sector público, precisando los supuestos que no están acorde con el contenido esencial del derecho de huelga. Asimismo, como complemento de esta normativa, nos permitiremos esbozar las respuestas a los requerimientos de la OIT.
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El remedio y la enfermedad: el arbitraje laboral como límite al ejercicio del derecho de huelga en la Ley de relaciones colectivas de trabajoValverde Reyes, Carlos Enrique 11 December 2023 (has links)
La presente investigación se propone determinar cómo se vinculan el arbitraje laboral
con el derecho de huelga, en el marco de la Ley de relaciones colectivas de trabajo. Por
medio de la metodología dogmática descriptiva, se concluye que el arbitraje potestativo
incausado vulnera el derecho de huelga, luego de establecer que la doctrina mayoritaria
y los operadores de justicia mantienen una visión patológica del conflicto colectivo
laboral y de la huelga, pese a lo establecido en los Convenios Internacionales del
Trabajo, las recomendaciones de los órganos de control de la Organización
Internacional del Trabajo y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos. Por ello, es propuesta de la tesis la reforma de la Constitución y la Ley en
pos del respeto y garantía del derecho de huelga, y la restricción del arbitraje laboral.
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El derecho a la sindicalización, negociación y huelga, de los trabajadores de dirección y de confianza en el sector privado en el Perú- año 2019Berríos Soto, Lizet Karina 03 March 2020 (has links)
En nuestra regulación laboral, existen distintas clases de trabajadores, que por su
naturaleza, funciones y responsabilidades, tienen un tratamiento especial, entre ellos
tenemos a los trabajadores de dirección y de confianza, los cuales poseen atribuciones o
responsabilidades particulares en la empresa, ello en la medida en que dicho personal se
encuentra en una posición distinta ante el empleador en tanto goza de facultades
especiales respecto a los demás trabajadores, o inclusive representa al empleador ante
ellos o terceros ajenos a la organización.
Los trabajadores que ocupan puestos de dirección, son aquellos cuya función de rectoría
superior consiste en el desempeño de poderes propios del empresario (no
necesariamente todos los poderes de este) que versen sobre los objetivos generales de la
empresa.
Los trabajadores de confianza son aquellos cuya posición les confiere responsabilidad, las
delicadas tareas que desempeñan o la honradez que para sus funciones se exige, cuenta
con fe y apoyo especial por parte del empresario, o la dirección de la empresa.
Los trabajadores de confianza difieren de los altos empleador (Directores, gerentes,
administradores, etc) porque ocupan puestos menos elevados y ejercen pocas funciones
de dirección. En este sentido, un trabajador de dirección es siempre un trabajador de
confianza, pero un trabajador de confianza no necesariamente ocupa un puesto de
dirección.
El presente trabajo tiene como finalidad abordar el derecho a la libertad sindical de esta
clase de trabajadores, analizar a fondo el espíritu del legislador respecto a la limitación
evidente de su derecho a la sindicalización y los efectos que estos traen consigo,
determinar si este impedimento se extiende a la negociación colectiva y finalmente a la
huelga, como se desarrolla en la práctica este derecho constitucional en esta clase de
trabajadores y como ha abordado el mismo otros países.
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