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Necesidad de regular adecuadamente la servidumbre mineraCalderón Siguas, Luis Fernando January 2010 (has links)
El sector minero reclama un adecuado ordenamiento de las normas jurídicas en materia de propiedad, no sólo a efectos de adquirir el máximo de los derechos la propiedad, sino también para la adquisición de los derechos desmembrados del dominio. Uno de ellos es la servidumbre minera.
La servidumbre minera es un mecanismo para conseguir el aprovechamiento de los recursos naturales mineros no renovable que cuenta el titular de la concesión minera, para la exploración, explotación, transporte y beneficio del yacimiento minero; pues solo el derecho de concesión minera, le otorga la propiedad de los recursos naturales extraídos, mas no le otorga el uso ni disfrute del terreno superficial; pues toda actividad minera debe ser ejercida con responsabilidad social y respetando el medio ambiente.
El propósito de la investigación busca en principio desarrollar la servidumbre minera, para reformular la legislación planteando propuestas normativas. Además de hacer de la servidumbre minera una herramienta eficaz para el desarrollo de la activad del sector.
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Necesidad de regular adecuadamente la servidumbre mineraCalderón Siguas, Luis Fernando January 2010 (has links)
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La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica en los pueblos andinosCarazas Gonzales, Edgar Jano 09 January 2023 (has links)
La sostenibilidad en el aprovechamiento de los recursos hídricos se materializa con la
participación en el procedimiento administrativo del titular del predio donde yace el
recurso hídrico.
El objetivo general del trabajo es determinar la necesaria participación del titular del
predio en el procedimiento administrativo de ejecución de estudios de disponibilidad
hídrica, de lo cual hemos concluido que es determinante para la eficiencia de la
normatividad relaciona al aprovechamiento del recurso hídrico, y así evitar conflictos
sociales y judiciales que suspendan paralicen o hagan inviable los proyectos, ello desde
la metodología cualitativa, donde hemos analizado la normatividad especial y general,
esto es la Ley de recursos hídricos y la ley general de procedimiento administrativo, así
como la doctrina nacional y extranjera.
La normatividad ambiental en el aprovechamiento de los recursos hídricos debe ser
medido como instrumento de resolución de problemas y no desde una medición de
cumplimiento como hoy en día se mide la participación del titular del predio en el
procedimiento (la no participación) que a nuestro criterio representa una pieza principal,
antes durante y después en el desarrollo del proyecto, conjuntamente con las
comunidades, esto último reflejado en la participación ciudadana o consulta previa según
corresponda. / Sustainability in the use of water resources is materialized with the participation in the
administrative procedure of the owner of the property where the water resource lies.
The general objective of the work is to determine the necessary participation of the owner
of the property in the administrative procedure for the execution of water availability
studies, from which we have concluded that it is decisive for the efficiency of the
regulations related to the use of water resources, and thus avoid social and judicial
conflicts that suspend or make the projects unviable, this from the qualitative
methodology, where we have analyzed the special and general regulations, this is the Law
of water resources and the general law of administrative procedure, as well as the national
and foreign doctrine.
Environmental regulations in the use of water resources must be measured as a problemsolving
instrument and not from a measurement of compliance as today the participation
of the property owner in the procedure (non-participation) is measured, which in our
opinion It represents a main piece, before, during and after, in the development of the
project, together with the communities, the latter reflected in citizen participation or prior
consultation as appropriate.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº 2013-00406156 - E-2724, sobre la inscripción vía regularización del reglamento interno relativo al régimen de independización y copropiedad de una quinta, solicitado por La Venturosa S.A.Tomanguillo Vasquez, Joanna Cristina 18 June 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el procedimiento registral iniciado por La Venturosa S.A.,
en el cual se solicitó inscribir mediante regularización el reglamento interno de una quinta
construida previa a la entrada en vigencia del Decreto Ley Nº 22112, sobre cuyo Pasaje de
Acceso Común se había constituido servidumbres y este continuaba inscrito a favor del
titular originario (El Milagro S.A.), motivo por el cual fue observado en primera instancia. La
relevancia del presente caso radica en que previo a que el Decreto Ley Nº 22112 se
encontrara vigente, no existía régimen alguno aplicable a las quintas ni norma que definiese
que el pasaje de acceso era un bien de dominio común, además la única herramienta
regulada para que las unidades inmobiliarias internas tengan acceso a la vía pública era la
servidumbre. Ello ocasionó que los pasajes continuasen inscritos a favor del titular
originario. Para efectos de analizar las controversias materializadas en el Expediente,
buscaremos resolver lo siguiente: (i) si la edificación cumplía con los requisitos de quinta;
(ii) los regímenes aplicables a las edificaciones tipo quinta; (iii) si el hecho de que se
constituyese servidumbres sobre el Pasaje 1260 representa un impedimento para inscribir
el reglamento interno de la quinta vía regularización; (iv) si era necesaria la participación de
El Milagro S.A. en marco del procedimiento registral; y, (v) si se vieron vulnerados el
principio registral de legitimación y el de tracto sucesivo. La metodología utilizada aborda
los problemas desde un enfoque dogmático, a partir de la revisión de la normativa aplicable,
la jurisprudencia y la bibliografía jurídica relevante. Lo anterior desde la aplicación y el
análisis de las instituciones de los derechos reales – relacionadas con el derecho de
propiedad y sus modalidades -, así como del derecho registral y el derecho urbanístico – con
atención en los principios registrales de legitimación y tracto sucesivo, y en los requisitos de
las edificaciones tipo quinta.
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Informe sobre Resolución No. 03640-2021-PHC/TC, sobre demanda de agravio constitucional interpuesto por Piero Renzo Dellepiane Reggiardo contra el Club Tennis “Las Terrazas Miraflores”Cósser Gómez, Claudia Milagros 13 August 2024 (has links)
El actual informe jurídico analiza la resolución No. 03640-2021-PHC/TC, en
relación con la demanda de inconstitucionalidad presentada por Piero Renzo
Dellepiane Reggiardo en su propio nombre, en el de sus familiares y en el de los
propietarios de los condominios "Terrazas de Chepeconde S.A.C." e
"Inversiones Condominio Aventura S.A.C." contra el "Club Tennis Las Terrazas
Miraflores" (en adelante "Club Terrazas") por vulneración del derecho
constitucional a la libre circulación.
Esta situación surge a partir de la implementación por parte del Club Terrazas
de un sistema de portón, control y vigilancia en el kilómetro 120,8 de la
Panamericana Sur, que restringe el acceso a las playas de Cerro Azul que
colindan con su predio, a pesar de que existe una servidumbre de paso (en
adelante, SP) y una Resolución Jefatural mediante la cual, la municipalidad la
reconoció como un acceso de uso público de conformidad con la normativa
especial.
Al respecto, el Tribunal Constitucional (en adelante, el TC) La demanda fue
estimada parcialmente, condenando al Club Terrazas a garantizar el libre acceso
a las playas y reconociendo la vulneración del derecho al libre tránsito. Coincido
con esta postura y la utilizaré para ilustrar la importancia de garantizar vías de
acceso que permitan a los ciudadanos acceder a espacios públicos, como las
playas.
Para ello, en primer lugar, Dilucidaré el régimen de playas para determinar el
marco normativo que se aplicará al caso concreto, evaluaré la existencia de una
vía de acceso en el km 120,8 de la Carretera Panamericana Sur y desarrollaré
el concepto del derecho constitucional a la libertad de tránsito. Con base en ello,
determinaré si se vulneró el derecho a la libertad de tránsito del demandante.
En segundo lugar, evaluará si la presencia de un SP es una condición necesaria
para garantizar el libre acceso a la playa. En tercer lugar, se estudiará el
mecanismo de habeas corpus (en adelante HC) para determinar si es el método
adecuado para garantizar el derecho a la libertad de tránsito.
Finalmente, El derecho constitucional del demandante a la libertad de tránsito
fue violado, como se determinó en el análisis antes mencionado. Además, se
determinará que no es necesaria la presencia de un SP para garantizar el acceso
sin restricciones a las playas. En consecuencia, la HC es el recurso de protección
adecuado en caso de que se acredite la violación del derecho a la libertad de
tránsito, y no sirve como método de ejecución de resoluciones administrativas. / This legal report analyzes File No. 03640-2021-PHC/TC, in relation to the
constitutional claim of Piero Renzo Dellepiane Reggiardo in favor of himself and
the owners and relatives of the condominium “Terrazas de Chepeconde S.A.C.”
and “Inversiones Condominio Aventura S.A.C.” against the “Club Tennis Las
Terrazas Miraflores” for violating the right to freedom of movement for
implementing a gate and surveillance at kilometer 120.8 of the South Pan-
American Highway.
In this way, access is not allowed to the beaches of Cerro Azul near the land of
Piero Renzo Dellepiane's property. Although there is an established right of way
and the issuance of express municipal provisions that determine the mandatory
nature of the beach law and its regulations. The Constitutional Court declared the
claim founded for proving the violation of the right to free movement and ordered
the “Club Tennis Las Terrazas Miraflores” to guarantee free access to the
beaches, a position that I share and for which I will demonstrate the importance
of there being accesses that allow the entry of citizens to public spaces such as
beaches.
First of all, I am going to explain the beach regime to identify the rules that will
apply to this specific case. I will evaluate the existence of an access road at km
120.8 of the South Pan-American Highway and the concept of the constitutional
right to freedom of transit will be developed. I will determine whether the plaintiff's
right to freedom of movement was violated.
Secondly, I will analyze whether the existence of a right of way is an essential
requirement to guarantee free access to the beaches. Thirdly, I will develop the
concept of the habeas corpus mechanism and, consequently, A determination
will be made as to whether habeas corpus is the most effective method of
guaranteeing the right to freedom of movement.
Finally, the conclusion that the constitutional right to freedom of movement was
violated will be reached as a consequence of the previous analysis. Additionally,
the presence of a right of way is not a prerequisite for ensuring that the beaches
are accessible without charge. As a result, habeas corpus is the appropriate
method of safeguarding against the violation of the right to freedom of movement
without serving as a means of enforcing administrative resolutions.
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