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Las aguas de derrames en la legislación chilenaYáñez Torres, Ximena Loreto January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al escuchar la expresión “derrames de agua”, en general, lo primero que pensamos es en una acción descuidada y negligente en que dejamos caer o desperdiciamos parte de este vital recurso.
Dicha expresión, en la legislación de aguas vigente, no tiene ese significado de descuido y pérdida, sino que, por el contrario, se refiere a una de las formas en que se presenta jurídicamente el uso de este importante bien económico que es el agua.
A lo largo de este trabajo se ha buscado sistematizar su tratamiento jurídico en nuestra legislación de aguas.
Para dicho objetivo, en primer lugar se analiza el concepto de las aguas de derrames, ya sea en la técnica agrícola, actividad en que tienen su origen, en la doctrina jurídica, la jurisprudencia, la evolución que ha tenido dicho concepto a través de las distintas legislaciones de aguas, hasta llegar al concepto actualmente vigente.
En segundo lugar, se ha precisado la naturaleza jurídica de las aguas de derrames, conforme a la clasificación que de las aguas terrestres hace el código de aguas.
En el capítulo tercero se ha establecido en qué situaciones estamos en presencia de producción de aguas de derrames, cómo se realiza su aprovechamiento o utilización, y la posibilidad de constitución de derechos de aprovechamiento sobre ellas; la celebración de actos o contratos que las tengan a ellas como objeto, lo que se profundiza en relación a la constitución de servidumbres en el capítulo siguiente.
Finalmente, se han señalado las principales actividades económicas que utilizan agua para su desarrollo y si existe o no producción de aguas de derrames en cada una de ellas.
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Las comunidades de aguas subterráneas en Chile : regulación, problemas y prospectivasRavanal Salinas, Nicole Vanessa January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Incuestionable es la importancia que representa el agua actualmente en el mundo entero, siendo un recurso de gran valor para el desarrollo de diferentes actividades industriales, agrícolas y energéticas, como así también de vital relevancia para la vida humana.
El interés por las comunidades de aguas subterráneas surge al advertir la carencia de una regulación adecuada de las organizaciones de usuarios de aguas subterráneas, dentro de la legislación general del derecho de aguas vigente, en tiempos donde la asociatividad entre los usuarios cobra particular relevancia para una mejor gestión de los acuíferos.
La actual regulación de las organizaciones de usuarios en el Código de Aguas presenta problemas estructurales al tratar en forma conjunta instituciones propias de las aguas superficiales aplicadas al recurso hídrico subterráneo, situación que será abordada en este trabajo de investigación y que constituye el eje del mismo. La carencia de normativa legal apropiada ha llevado a la Administración a suplir las deficiencias con actos administrativos como la Resolución DGA N° 425, de 2007, que constituye la principal fuente normativa de las aguas subterráneas en Chile.
Como consecuencia de lo anterior, se presentan una serie de problemáticas en cuanto a la determinación de los supuestos fácticos que determinan el origen de una comunidad de aguas subterráneas, su ámbito de competencia, su procedimiento de registro en la Dirección General de Aguas, la relación con otras organizaciones de usuarios y la falta de conceptualización -legal y técnica- de los elementos que componen el sistema de las aguas subterráneas.
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Análisis desde la justicia hídrica a la mercantilización de los derechos y contratos de agua en la región de AntofagastaGonzález Sepúlveda, Tamara January 2018 (has links)
Memoria para optar al título de Geógrafa
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Agua, tradición y desarrollo: análisis del conflicto entre la Comunidad Indígena Chusmiza – Usmagama y la embotelladora Chusmiza S.A.Cortés Aros, Claudio January 2009 (has links)
La presente investigación busca aproximarse al conflicto por el agua en la comunidad de Chusmiza en la Región de Tarapacá, desde la observación de segundo orden, y cuyo objetivo se orientó a identificar las distinciones, cómo se construyen y cómo se ponen en funcionamiento desde los actores, junto al papel que juega el estado en dirimir estos conflictos. Se recopiló información a partir de entrevistas y el análisis de contenido de 25 documentos que ilustran el conflicto, centrándonos en las demandas judiciales por ser éstas el plano en que las distinciones operativas de los involucrados se ponen en juego, lo que denotó el surgimiento de una interesante paradoja que posiciona a ambas partes con similares derechos sobre el agua en disputa, lo que genera importantes cuestionamientos sobre el papel del Estado a la hora de generar los marcos adecuados para la resolución de conflictos no solo hídricos, sino ambientales en general.
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Análisis de la legislación aplicable a las aguas subterráneas en ChileMeza Suárez, Catalina Andrea January 2013 (has links)
Autorizada por el autor, pero con restricción para ser publicada a texto completo hasta el año 2014. / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta investigación tiene por objeto analizar la regulación correspondiente a las aguas subterráneas que actualmente se encuentra vigente y su aplicación concreta. Para tales efectos, se ha utilizado el método de investigación jurídico dogmático.
Primeramente se analizó el marco jurídico histórico correspondiente a las normas relativas al tema, propias de la Constitución Política de la República, Código de Aguas de 1951, Código de Aguas de 1969 y Código de Aguas actual y su respectiva ley N° 20.017 modificatoria, del año 2005. Además de profundizar en la legislación administrativa que regula las aguas subterráneas, vale decir, Resolución N°425 D.G.A., de 2007, que fue estudiada en detalle, estableciendo en el desarrollo de este trabajo sus conflictos y todos aquellos desafíos necesarios para lograr un avance en dicha normativa.
Asimismo, se analizó el marco institucional tanto público como privado, desarrollando los conflictos institucionales propios de éste. Finalmente, con el objeto de relacionar la legislación actual e institucionalidad mencionadas anteriormente, se estudió el caso emblemático del acuífero de Copiapó, donde hoy en día existe decreto de escasez, producto de 30 años en los cuales distintos factores han influenciado para culminar en un agotamiento de esta cuenca.
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El caudal mínimo ecológico en traslado del ejercicio de derecho de aprovechamiento : una aproximación desde el derecho administrativoOrtiz Méndez, Matías Esteban January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La imposición de un Caudal Ecológico Mínimo (CEM) en el acto administrativo que
autoriza el traslado del ejercicio de un derecho de aprovechamiento de Aguas (DAA) es un
tema controvertido en instancias administrativas, judiciales y en la literatura doctrinaria de
Derecho de Aguas. Sin embargo, no ha sido analizado desde una perspectiva del Derecho
Público, lo que puede tener importantes consecuencias, tanto en la limitación de las facultades
de la administración sectorial, concerniente al Derecho Administrativo; como en la efectiva
protección del recurso natural, concerniente al Derecho Ambiental. El presente ensayo explora
el tratamiento sobre el Caudal Ecológico Mínimo que ha hecho la literatura ambiental y
sectorial en Chile, así como la aplicación que se le ha dado por la Dirección General de Aguas.
En este trabajo argumentamos tres cosas, en primer lugar, que la interpretación amplia del
dispositivo que ha hecho la Dirección General de Aguas (DGA) en favor de asignar un CEM a
los DAA, ante un traslado de su ejercicio, no se condice con la literalidad del artículo 129 bis 1
del Código de Aguas; en segundo lugar, que siendo acertado el intento de la administración
por dejar el tenor literal de la disposición legal por una interpretación que sea coherente con el
sistema (maximizando la aplicación del dispositivo en consideración al deber constitucional del
organismo, sobre la protección de los recursos naturales y medio ambiente), tal solución falla
al contradecir una serie de normas elementales para la disciplina; por este motivo y en tercer
lugar, proponemos una interpretación alternativa, que permite mediante la legítima aplicación
de las potestades implícitas otorgadas por la propia normativa sectorial y ambiental vigente,
arribar a un resultado que haga efectiva la conservación del recurso, sin renunciar a la
coherencia dogmática de las instituciones del Derecho de Agua.
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