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Informe jurídico sobre la Resolución N° 7 del Expediente N° 00134- 2021-0-1817-SP-CO-01: análisis de la problemática de la falta de motivación en los laudos arbitrales y la naturaleza jurídica de los contratos con el Estado en el ordenamiento jurídico peruanoMaita Uria, Dionel 02 August 2023 (has links)
La relación que existe entre las contrataciones con el Estado y el arbitraje en el Perú
supone una cuestión de suma importancia. Para lograr el cumplimiento de la finalidad
pública inmersa en dichos contratos, y con ello la satisfacción del interés general, no
solo se requiere la realización de un proceso de contratación óptimo en todas sus
etapas, sino que de existir alguna controversia la misma sea resuelta de forma idónea.
En virtud de lo expuesto, el presente informe jurídico tiene como propósito analizar
distintas instituciones jurídicas, como consecuencia de lo resuelto en la Resolución N°
7 del Expediente Judicial N° 00134-2021-0-1817-SP-CO-01, con énfasis en lo relativo a
las implicancias de la naturaleza jurídica del acto de conformidad de servicio dentro de
un proceso de contratación con el Estado y la problemática generada por los defectos
en la motivación de los laudos arbitrales en nuestro país. Con la finalidad de lograr dicho
objetivo, se realizará un análisis exhaustivo de diversa doctrina calificada, normativa
aplicable y jurisprudencia nacional que brindará mayores alcances jurídicos y prácticos
en contraste con el recurso de anulación contra el laudo presentado y el
pronunciamiento efectuado por la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de
la Corte Superior de Justicia de Lima / The relationship that exists between contracts with the State and arbitration in Peru is a
matter of the utmost importance. In order to achieve the fulfillment of the public purpose
immersed in said contracts, and with it the satisfaction of the general interest, it is not
only required to carry out an optimal contracting process in all its stages, but also that if
there is any controversy, it must be resolved accordingly. suitable way. By virtue of the
foregoing, the purpose of this legal report is to analyze different legal institutions, as a
consequence of what was resolved in Resolution No. 7 of Judicial File No. 00134-2021-
0-1817-SP-CO-01, with emphasis in relation to the implications of the legal nature of the
act of conformity of service within a contracting process with the State and the problems
generated by the defects in the motivation of arbitration awards in our country. In order
to achieve this objective, an exhaustive analysis of various qualified doctrine, applicable
regulations and national jurisprudence will be carried out that will provide greater legal
and practical scope in contrast to the annulment appeal against the award presented
and the pronouncement made by the First Civil Chamber. with Commercial Subspecialty
of the Superior Court of Justice of Lima
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Análisis del Caso Arbitral N° 2728-2013-CCL: Deficiencias en la motivación del Laudo y las repercusiones al Equilibrio Económico Financiero del Contrato N° 022-2010-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, por causas imputables a La EntidadMayorga De La Cuba, David Andrés 08 August 2023 (has links)
En el presente trabajo se analiza la controversia suscitada entre el Gobierno
Regional del Callao y el Consorcio Nueva Gambetta, la cual fue resuelta en el
proceso arbitral N° 2728-2013-CCL.
El argumento principal del Consorcio (demandante) se basó en que por razones
imputables al Gobierno Regional del Callao (demandado), hubo atrasos en la
ejecución de obras, generando una modificación en el plazo contractual y, por lo
tanto, consecuencias en el aspecto económico del Contrato. Es así que, se
presentan cinco pretensiones, siendo la cuarta sobre el pago de los Costos
Directos que se habrían computado por la inactividad y/o paralización de equipos
empleados en obra, a raíz de que la Entidad no entregó los terrenos en los que
se realizaría la obra, liberados, sin interferencias y de acuerdo al plazo pactado
en el Contrato.
A partir de ello, se analizan las cláusulas del Contrato, la metodología para el
cálculo de los Costos Directos, la regulación de este concepto en la Ley de
Contrataciones aplicable, así como de las posteriores modificaciones hasta la
fecha. De igual manera, se estudia la preservación del Equilibrio Económico
Financiero del Contrato, el respeto al Principio de Equidad, la modificación a la
figura de la entrega parcial de terrenos y el sistema de contratación elegido.
Finalmente, el trabajo concluye que el deber de motivación en el laudo es
imprescindible para fundamentar las decisiones adoptadas por el Tribunal
Arbitral y con ello, evitar que se generen causales de anulación de laudo / This paper analyses the controversy between the Regional Government of Callao
and the Nueva Gambetta Consortium, which was resolved in arbitration process
No. 2728-2013-CCL.
The main argument of the Consortium (plaintiff) was based on the fact that, due
to the Regional Government of Callao's (defendant) attributable reasons, there
were delays in the execution of works, resulting in a modification of the
contractual deadline and, therefore, economic consequences under the Contract.
As a result, five claims are presented, with the fourth one concerning the payment
of Direct Costs that would have been incurred due to the inactivity and/or
immobilization of equipment used in the project, as a result of the Entity not
delivering the lands where the works would take place, cleared, without
interference, and according to the agreed deadline in the Contract.
Based on this, the clauses of the Contract, the methodology for calculating Direct
Costs, the regulation of this concept in the applicable Contracting Law, as well as
subsequent amendments up to the date, are analysed. Likewise, the preservation
of the Economic and Financial Equilibrium of the Contract, respect for the
Principle of Equity, the modification to the partial delivery of lands, and the chosen
contracting system are studied.
Finally, the paper concludes that the duty of motivation in the arbitral award is
essential to substantiate the decisions made by the Arbitral Tribunal and thereby
prevent grounds for annulment of the award
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Análisis de la Resolución N°11 de fecha 27 de agosto de 2020 recaída en el Exp. N° 00677-2018-0-1817-SP-CO-01. Nulidad de Laudo Arbitral conforme al literal c) del artículo 63° del DL N° 1071Cassalli Valdez, Alonso 19 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar el recurso de anulación de laudo,
respecto a la causal c) del Decreto Legislativo N°1071, es decir que, por algún motivo,
las actuaciones arbitrales no se han llevado a cabo conforme a lo acordado por las partes
o al reglamento arbitral aplicable.
Para ello, se parte del contenido de la Resolución N° 11, de fecha 27 de agosto de 2020,
recaída en el Exp. N° 00677-2018-0-1817-SP-CO-01, emitida por la Primera Sala Civil
con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima. En dicha
resolución se declara fundado el recurso de anulación de Laudo, dado que, conforme al
criterio de la Sala, dicho laudo carece de motivación o incurre en motivación aparente lo
que genera una vulneración al debido proceso, derecho constitucional continente de la
debida motivación.
Se ha realizado una investigación multimodal: se han abordado todos los temas
fundamentales desde un enfoque cualitativo y cuantitativo, con la finalidad de establecer
la adecuada relación de aquellas instituciones procesales, cuyo origen radica del
ordenamiento constitucional y/o procesal civil y que pueden trasladarse, con los
adecuados matices, al arbitraje.
En ese sentido, se ha revisado tanto, textos académicos elaborados por la doctrina más
cercana a las materias analizadas, jurisprudencia y normas pertinentes a fin de responder
los principales problemas jurídicos identificados.
Finalmente, se ha llegado a la conclusión de la importancia de la motivación, deber
transversal por su carácter constitucional, el cual no puede eludir ningún órgano decisor
de carácter jurisdiccional. / The objective of this report is to analyze the appeal for annulment of the award, regarding
cause c) of Legislative Decree No. 1071, that is to say that, for some reason, the arbitration
proceedings have not been carried out in accordance with what was agreed by the parties
or the applicable arbitration rules.
For this, the content of Resolution No. 11, dated August 27, 2020, falls on Exp. No.
00677-2018-0-1817-SP-CO-01, issued by the First Civil Chamber with Subspecialty
Commercial of the Superior Court of Justice of Lima. In said resolution the appeal for
annulment of the Award is declared founded, since, according to the criteria of the
Chamber, said award lacks motivation or incurs apparent motivation, which generates a
violation of due process, a constitutional right containing due motivation.
A multimodal investigation has been carried out: all the fundamental issues have been
addressed from a qualitative and quantitative approach, in order to establish the
appropriate relationship of those procedural institutions, whose origin lies in the
constitutional and / or civil procedural order and that can be transferred, with the
appropriate nuances, to arbitration.
In this sense, academic texts prepared by the doctrine closest to the analyzed subjects,
jurisprudence and pertinent norms have been reviewed in order to answer the main legal
problems identified.
Finally, it has come to the conclusion of the importance of motivation, a transversal duty
due to its constitutional nature, which cannot be avoided by any decision-making body of
a jurisdictional nature.
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Informe jurídico sobre la resolución N°11 del Expediente 00677-2018-0-1817-SP-CO-01Vizcarra Chavez, Sachenka Mercedes 15 August 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación está enfocado en el análisis de la resolución N° 11 que
contiene la sentencia que resuelve el recurso de anulación de laudo arbitral en el proceso
recaído en el Expediente N° 00677-2018-0-1817-SP-CO-01, que fue iniciado por el Gobierno
Regional de Cusco contra el Consorcio Indusac S.R.L. – Kajachri E.I.R.L.
Con esto en mente, se pretende abarcar el problema relacionado a la intervención del Poder
Judicial en la revisión de laudos arbitrales y entrar en la discusión sobre los límites de la causal
referida a inciso c) del numeral 1 del artículo 63° de la Ley de Arbitraje.
Para ello, se pretende hacer un repaso de los antecedentes del caso, seguido por la identificación
del problema jurídico. También se pretende exponer el marco jurídico y el marco conceptual
que ayudarán a construir un panorama general a partir del cual se hará el planteamiento de la
postura que se tiene frente a la anulación parcial del laudo arbitral en el caso en cuestión.
Lo anterior nos servirá para señalar que, si bien la motivación no ha sido recogida expresamente
como causal para anular un laudo arbitral, la aparente o inexistente motivación sí puede estar
comprendida en el artículo 63° del Decreto Legislativo N° 1071 toda vez que las partes no
hayan pactado en contra de su presencia en el laudo.
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Informe sobre el Caso Arbitral No. 1777-026-2010 (CCL) Irradia S.R.L. c. Transportadora de Gas del Perú S.A.Masnjak Marín, Carlos Daniel 14 August 2023 (has links)
El presente informe analiza la controversia surgida entre Irradia S.R.L. y Transportadora
de Gas del Perú S.A. por la negativa de esta a aprobar la cesión de posición contractual
de Irradia, en el Contrato de Servicio de Transporte Firme de Gas Natural que
mantenían, a favor de Enersur S.A. El caso fue sometido a un arbitraje ante el Centro
de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El Tribunal Arbitral concluyó que la
decisión de TGP tenía causa debidamente justificada porque, cuando Irradia solicitó su
asentimiento, las cesiones de posición contractual en dicho tipo de contratos estaba
prohibida, hasta que no se extinguiera la llamada “Garantía por Red Principal”. El trabajo
analiza los antecedentes del marco regulatorio aplicable y concluye que la prohibición
de las cesiones de posición contractual no existía, por lo que la negativa de TGP a
aprobar la cesión a Enersur no contó con causa debidamente justificada. También se
analizan las implicancias civiles-contractuales de dicha situación, concluyendo que,
pese a lo anterior, Irradia debió seguir cumpliendo el Contrato del que era parte y que
TGP actuó conforme a derecho al ejecutar las garantías otorgadas y resolver la relación
contractual por causa imputable a Irradia
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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica No. E-1931, Arbitraje iniciado por el Sr. Jaime Mur Campoverde contra Río Pativilca S.A. por enriquecimiento sin causaVillegas Zorrilla, Milagros Thalia 04 July 2023 (has links)
En el presente Informe, se realiza un análisis sobre los principales problemas jurídicos
que fueron planteados por las partes y que fueron abordados por el Tribunal Arbitral, en
el Caso Arbitral No. 1372-004-2008, iniciado por el Sr. Jaime Mur contra Pativilca ante
el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El objetivo de este Informe es
realizar un análisis desde el Derecho Civil y Arbitral, a través del método doctrinal,
exegético y jurisprudencial, sobre las posiciones planteadas por las partes y las decisiones
emitidas por el Tribunal Arbitral. Para analizar los principales problemas jurídicos
identificados en el Caso Arbitral, se busca: (i) determinar el alcance subjetivo y objetivo
del convenio arbitral estatutario, para así determinar si el Tribunal Arbitral podía o no
pronunciarse sobre un contrato distinto al Estatuto, que fue suscrito por el Banco (que no
era parte del Caso Arbitral); (ii) determinar cuáles fueron las obligaciones contraídas por
el Demandante en el Primer y Segundo Convenio entre Accionistas; (iii) determinar si
procedía o no una indemnización por enriquecimiento sin causa a favor del Demandante;
(iv) determinar si la Casación No. 215-2005 Lima era vinculante al Tribunal Arbitral; y,
(v) determinar si el Tribunal Arbitral debió levantar la medida cautelar arbitral. Nuestra
conclusión principal es que (i) el Tribunal Arbitral sí podía pronunciarse sobre un contrato
suscrito por el Banco, pero sin calidad de cosa juzgada; (ii) bajo el Primer y Segundo
Convenio entre Accionistas, el Demandante no asumió frente a Pativilca la deuda que
esta tenía con el Banco; (iii) no correspondía otorgarle una indemnización por
enriquecimiento sin causa al Demandante; (iv) la Casación No. 215-2005 Lima no era
vinculante; y, (v) el Tribunal Arbitral debió levantar la medida cautelar una vez
culminado el plazo para presentar un recurso de anulación o apelación.
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Anulación Parcial de Laudo Arbitral: Análisis de la Resolución Nº 7, Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01Lozano Valentín, Viviana Alexandra 01 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se estudiará una anulación parcial de Laudo
Arbitral, en el cual el Árbitro Único a cargo del caso desestimó una pretensión
reconvencional, en base a una afirmación que puede ser considerada como
errada, esto debido a la falta de hechos probados.
La situación mencionada se encuentra recogida en la Resolución Nº 7 del
Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01, en este caso la Autoridad
Nacional del Servicio Civil – SERVIR (en adelante, “SERVIR” o “Entidad”)
presentó su solicitud de anulación invocando la causal contenida en el inciso b)
del numeral 1 del artículo 63° del Decreto Legislativo Nº 1071 (en adelante, “DL
Nº 1071”), ley que norma el arbitraje, esto en contra de lo resuelto en el
proceso seguido con M4G Consulting SAC (en adelante, “M4G”).
De esa manera, el objetivo principal de este trabajo es plantear un análisis
respecto a si la invocación de esta afirmación errada puede devenir en la
anulación del laudo arbitral. Asimismo, se tendrá en consideración aspectos
relacionados al tema como la vulneración a la debida motivación y sus diversos
tipos en las decisiones tomadas por los operadores de justicia, y la afectación a
los principios de imparcialidad e independencia.
Para alcanzar el objetivo de este trabajo se ha recurrido a la revisión de la
normativa correspondiente, jurisprudencia y textos académicos que puedan
brindar mayores alcances sobre las diversas temáticas planteadas.
Siendo ello así, se ha podido concluir que el empleo de una afirmación errada
para desestimar una pretensión o sustentar una decisión genera graves
afectaciones en el desarrollo del arbitraje, puesto que vulnera el deber
motivación e interfiere en el cumplimiento de los principios de imparcialidad e
independencia. / In this legal report we will study the partial annulment of an Arbitration Award in
which the sole arbitrator dismissed a counterclaim, based on a presumed
erroneous statement, this due to the lack of proven facts.
The mentioned situation is addressed in Resolution N° 7 of the File Nº 0212-
2016-0-1817-SP-CO-01, in which the Autoridad Nacional del Servicio Civil
– SERVIR (hereinafter, SERVIR or Entity) presented its annulment request
invoking the ground contained in subparagraph b) of numeral 1 of Article 63 of
the Legislative Decree N° 1071 (hereinafter, “DL 1071”), the law that governs
arbitration, against the final decision on the process against M4G Consulting
SAC (hereinafter, “M4G”).
The main objective of this report is to set an analysis to determine if the
invocation of this erroneous statement could conclude in the annulment of the
arbitral award. Therefore, it will be considered aspects related to the main topic
such as the violation of proper motivation and its diverse types that affects the
decisions made by the judicial operators, and how it impacts the principles of
impartiality and independence.
The review of corresponding regulations, case law and academic texts were
done to achieve the report’s objective. This could provide a wider insight into
the diverse topics raised.
This being the case, it can be concluded that the usage of an erroneous
statement to dismiss a claim or to support a decision generate serious effects in
the development of the arbitration, as it violates the proper motivation and
interferes with the fulfilment of the impartiality and independence principles.
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Análisis al Expediente No 1795-195-18-PUCP (Consorcio Santa Rosa contra el Programa Sectorial de Irrigaciones – PSI)Pérez Huamaní, Ramiro Omar 19 August 2021 (has links)
La controversia materia del presente laudo arbitral es la resolución
contractual dentro del marco de las contrataciones con el Estado. En este caso, la
resolución contractual se rige bajo el cumplimiento de causales tipificadas en la
normativa, tal es así que para que pueda proceder la misma basta que exista un
incumplimiento de obligaciones contractuales o el haber llegado al monto máximo
de penalidades.
En ese sentido, la presente trata de la resolución que efectúa el PSI al Consorcio
Santa Rosa por supuestamente haber incurrido en 2 causales normativas distintas
tales como un supuesto incumplimiento de obligaciones por el hecho de no haber
subsanado las observaciones detectadas al informe final previo a la liquidación y
por el hecho de haber llegado a tener una penalidad por encima del 10% del monto
del contrato principal. Ante ello, bajo el primer supuesto, en el laudo no se llega a
acreditar fehacientemente que las observaciones fueron correctamente subsanadas
sino más bien el árbitro en su posición de dirimente, se pronuncia sobre este tema
sin ser materia controvertida y sin tomar en consideración la afectación de
principios y derechos al consorcio. Por otro lado, no se aprecia un análisis
exhaustivo al momento de motivar, por parte del árbitro, la aplicación del monto
máximo de penalidades que efectúa la Entidad y sin tener en consideración
diversos principios que salvaguardan la seguridad jurídica y la razonabilidad del
plazo excesivo otorgado por el PSI para subsanar observaciones. / The controversy that is the subject of this arbitration award is the
contractual resolution within the framework of contracts with the State. In this
case, the contractual resolution is governed by the fulfillment of causes typified
in the regulations, so much so that for it to proceed, it is enough that there is a
breach of contractual obligations or that the maximum number of penalties has
been reached.
In that sense, this is about the resolution that the PSI makes to the Santa Rosa
Consortium for allegedly having incurred in 2 different regulatory grounds such
as an alleged breach of obligations due to the fact of not having corrected the
observations detected in the final report prior to the liquidation and the fact of
having come to have a penalty above 10% of the amount of the main contract.
Given this, under the first assumption, the award does not reliably establish that
the observations were correctly corrected, but rather the arbitrator, in his
position as settler, pronounces on this issue without being a controversial matter
and without taking into account the affectation. of principles and rights to the
consortium. On the other hand, an exhaustive analysis is not appreciated at the
time of motivating, by the arbitrator, the application of the maximum number of
penalties that the Entity carries out and without taking into consideration various
principles that safeguard legal certainty and the reasonableness of the excessive
term granted. by the PSI to correct observations.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica del arbitraje seguido por Alumrock Overseas S.A., Locksley Capital Corporation y Swissfish Corp. bajo el expediente N° 1507-139-2008Toscaino Nolasco, Brian Edson 15 August 2023 (has links)
El presente informe expone un análisis de determinados problemas jurídicos que se identifican en el
arbitraje seguido bajo el Expediente N° 1507-139-2008, el cual fue administrado por el Centro de
Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, en base a los hechos expuestos y posiciones asumidas
por las partes durante todo el proceso arbitral. Dichos problemas jurídicos se encuentran
comprendidos en áreas del derecho como el Derecho Civil, Derecho Procesal Civil y el Arbitraje, los
cuales son ramas del derecho que resultan indispensables para resolver los problemas identificados
en este caso. Específicamente, este informe tiene el objetivo de abordar los siguientes temas: i) el
procedimiento pericial y el tercero integrador; ii) las reglas de interpretación de los contratos, iii) la
condición suspensiva y otros.
La motivación del presente informe responde principalmente a que algunos temas que se desarrollan
no han sido tratados con gran abundancia en nuestro medio, razón por la que este trabajo se justifica
en la intención de desarrollar estos temas, los cuales pueden tener un gran impacto a nivel práctico,
motivo por la que requieren ser analizados meticulosamente. Una vez realizado el análisis de los
problemas planteados, buscaremos dar una opinión respecto a la solución de la controversia,
contrastando nuestra opinión con la posición de cada parte del arbitraje y la decisión final de los
árbitros
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1356-129-2007 CCL, arbitraje seguido entre SERVICIOS GENERALES DON CARLOS EIRL y MINERA YANACOCHA SRL, sobre contrato marco de suministro y aplicación del Iura Novit Curia en el arbitrajeRivasplata Martínez, Ana Cecilia 25 June 2021 (has links)
En los últimos años, debido al crecimiento en el mercado de la necesidad de establecer
relaciones duraderas y, a la vez, flexibles que permitan asegurar un ritmo producción y
actividades comerciales, así como disminuir la inversión de tiempo y dinero en las
negociaciones entre las partes, ha surgido en la práctica nuevas figuras jurídicas tales
como los denominados “contratos normativos” o “contratos marco”.
Teniendo en cuenta ello, en el presente caso nos encontramos frente a una controversia
surgida con relación a dos contratos suscritos por YANACOCHA y DON CARLOS
(Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005), los cuales las partes denominan contratos de
“compraventa”. Sin embargo, luego de haberse sometido la controversia sobre dichos
contratos a arbitraje, el Árbitro Único - apartándose de la calificación de dichos contratos
alegada por ambas partes durante todo el proceso arbitral- determinó en el laudo que su
naturaleza no corresponde a la de “contratos de compraventa” sino a la de “contratos
normativos de compraventa”, los cuales no generan verdaderas obligaciones para las
partes, por lo que resolvió que no se incurrió en incumplimiento contractual alguno.
En ese sentido, el objetivo del presente informe es corroborar a raíz del caso presentado,
si se han configurado los denominados “contratos normativos” – y/o “contratos marcos”-
, así como determinar si de dichos contratos se derivan verdaderas obligaciones para las
partes. Asimismo, en cuanto al arbitraje, se analiza si es posible que el Árbitro Único haya
aplicado el principio Iura Novit Curia, en tanto resolvió en base a una calificación del
derecho que no fue alegada por las partes durante el proceso.
El método de investigación aplicado al presente trabajo será uno argumentativo, ya que
se centrará en la descripción de las posiciones desarrolladas en doctrina, para así, en un
segundo momento, analizar los hechos materia de controversia y determinar la naturaleza
de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005, así como si corresponde la aplicación del
principio iura novit curia en el arbitraje. Finalmente, de dicha investigación,
concluiremos principalmente lo siguiente:
1. La naturaleza jurídica de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005 corresponde
a la de “contratos marco de suministro”.
2. Es posible aplicar el principio de Iura Novit Curia en el arbitraje.
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