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Sistematización y crítica de los mecanismos de incentivo al cumplimiento en la Ley 20.417 que crea la Superintendencia del Medio Ambiente

Ossandón Rosales, Jorge Sebastián January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Los artículos 41, 42 y 43 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, contenida en el artículo segundo de la Ley Nº 20.417, y el Decreto Supremo Nº 30, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 11 de febrero de 2013 regulan una serie de instituciones denominadas genéricamente como mecanismos de incentivo al cumplimiento. Estas son la autodenuncia, el programa de cumplimiento y el plan de reparación. Estos mecanismos pueden ser definidos como todas aquellas regulaciones contempladas en la Ley Nº 20.417 que tienden al cumplimiento voluntario y cooperativo de las obligaciones medio ambientales que emanan del ordenamiento jurídico, cuya presentación y activación estará a cargo de los infractores o de terceros y que contemplen beneficios para el infractor establecidos legalmente, de forma tal que el costo de incumplir sea mayor al de cumplir con las normas vigentes, y que tengan por finalidad última el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y la salud de las personas. Esta memoria tiene como propósito realizar una sistematización de la autodenuncia, los programas de cumplimiento y los planes de reparación. Para ello se revisará la historia de la Ley Nº 20.417, las observaciones a la propuesta de reglamento que fue sometido a consulta pública, el reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación, además del análisis de 31 procedimientos sancionatorios iniciados ante la Superintendencia del Medio Ambiente durante el año 2013 en los que se presentaron programas de cumplimiento. Todo este estudio tiene como finalidad aprobar o rechazar la hipótesis central de esta memoria, cual es que su regulación es insuficiente para cumplir con el objetivo para el cual fueron creados, lo que dificultará su utilización por la comunidad regulada y aplicación por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente. Sin perjuicio de ello, también se analizan las contribuciones e idoneidad en la promoción del cumplimiento ambiental como efectos positivos de su establecimiento, como punto de partida en un cambio de paradigma que supone la diversificación de enfoques, antes centrados solo en la sanción, pero que con estos mecanismos también se amplían hacia un estado anterior: la prevención del incumplimiento
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Recurso de protección y tribunales ambientales : nuevo contencioso administrativo ambiental

Tramón Pérez, Gabriela Francisca January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La acción de reparación por daño ambiental de la Ley de Bases del Medio Ambiente : un análisis de sus elementos elaborados por la jurisprudencia previa a la dictación de las Leyes 20. 417 y 20.600

Garrido González, Mariela Paz January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo general la revisión de la jurisprudencia juridicial de la acción de reparación por daño ambiental, desde el periodo que comprende las demandas ingresadas entre los años 1994 y 2012, en especial, sistematizar los criterios construidos por los tribunales civiles sobre qué han entendido por cada elemento de dicha acción y si éstos han sido uniformes. La importancia de este tópico reside en la futura evaluación que se pueda realizar de la labor de los Tribunales Ambientales, y verificar las diferencias esenciales entre la antigua y la nueva institucionalidad ambiental. En particular, esta investigación tendrá como pilares los siguientes elementos de la acción en comento: 1. La prescripción de la acción y la manifestación evidente del daño. 2. Presunción de culpabilidad del art. 52 de la ley 19.300. 3. Los legitimados activos para la interposición de la acción de indemnización de perjuicios, en especial los fundamentos que suele esgrimir el Consejo de Defensa del Estado para interponerla. 4. Los legitimados pasivos y algunos problemas que pueden suscitarse. 5. El concepto de Medio Ambiente y Daño Ambiental, en particular, el daño “significativo”. Los objetivos específicos se pueden resumir en los siguientes puntos: 1) Sistematizar qué se ha entendido por manifestación “evidente” del daño para determinar desde cuándo comienza a contarse el plazo para la prescripción de las acciones, cómo se determina tal “evidencia” y qué ocurre en los casos de daño continuo. 7 2) Determinar cuál es la forma en que se ha entendido la presunción del artículo 52 de la ley 19.300 y si es necesaria una sentencia condenatoria ejecutoriada previa para su configuración. Por último, si en la práctica se ha logrado desvirtuar esta presunción debido a su carácter simplemente legal. 3) Conocer todos los casos en que el Consejo de Defensa del Estado ha interpuesto acción de indemnización de perjuicios y los fundamentos que ha esgrimido para interponerla; si estos han sido unívocos o diversos; y la respuesta de los tribunales civiles en orden a concederla o rechazarla. 4) Determinar los problemas suscitados a raíz de la legitimación pasiva, en especial, cuando se ha imputado la responsabilidad a más de un sujeto a la vez. De esta forma daremos respuesta a quiénes concurren a la producción de un daño ambiental, cuál es la importancia para efectos de la reparación y cómo ha sido la extensión que han dado los juzgados civiles a este concepto. 5) Conceptualizar qué han entendido los tribunales ordinarios sobre el daño “significativo”, verificar en qué forma este adjetivo ha sido una limitación para la obtención de la reparación del medio ambiente dañado y la tendencia a otorgarle un carácter cualitativo o cuantitativo otorgado a este concepto 6) Por último, elaborar estadísticas en torno a: la duración de la tramitación de las acciones de reparación e indemnización de perjuicios por daño ambiental; el legitimado activo que ha interpuesto la acción; número de causas que terminaron por sentencia judicial; número de causas que terminaron por transacción judicial por parte del Consejo de Defensa del Estado. El objetivo de este último punto, será para utilizarlo como parámetro de comparación con la actividad presente y futura de los nuevos Tribunales Ambientales y verificar los cambios que se puedan producir.

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