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La colusión en la Administración Publica Peruana. Una mirada desde los procesos de contrataciones públicas

Castañeda Aguilar, Dick Hendric 19 January 2022 (has links)
La corrupción en el Perú viene constituyéndose en una práctica frecuente en los tres niveles de gobierno del Aparato Estatal, el cual tiene efectos muy negativos sobre el desarrollo social de una nación, afectando incluso la propia gobernabilidad de un país, siendo considerado como un problema histórico y es interpretado como el abuso del poder de funcionarios públicos en beneficio de terceros. Una de las modalidades de la corrupción es la colusión ilegal, el cual es sancionado por el Código Penal Peruano mediante la aplicación de castigos a los funcionarios públicos que conciertan con terceros para obtener un beneficio particular en perjuicio del Estado. Bajo ese contexto, resulta importante conocer los mecanismos y procedimientos que se producen en los casos de corrupción, lo cual brindará insumos para definir medidas de intervención. Por ello, el objetivo planteado para el presente fue el de comprender la organización de los mecanismos de colusión ilegal en los procesos de selección llevados a cabo en Entidades del Poder Ejecutivo del nivel local, regional y nacional de casos sentenciados en la Corte de Superior de Justicia de Lima. Se parte de los supuestos que los casos de corrupción se producen en las unidades administrativas más críticas para la gestión institucional tales como Administración, Contabilidad, Tesorería y Almacén, aunque no se descarta la participación de las áreas de Supervisión. Del mismo modo, se prevé que, para el desarrollo de estas acciones, son los propios funcionarios quienes buscan infringir las normas en aras de obtener un beneficio particular. Producto de estos, las consecuencias son múltiples, entre los que destacan el deterioro de la confianza en las Entidades Públicas, afectando la gobernabilidad y democracia de un país. Para alcanzar los objetivos propuestos se hace necesario aplicar técnicas y métodos cualitativos, que permitan comprender el objeto de estudio partiendo del análisis de la información disponible. Se concluye que la corrupción no solo afecta la gobernabilidad, sino qué además perjudica la entrega de bienes y servicios que los ciudadanos requieren.
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Nuevas políticas públicas en el renting de patrulleros en la región de Lima: ¿malas prácticas o corrupción? (2017-2019)

Valencia Franco, Adrián Alexander 06 March 2023 (has links)
El presente trabajo busca comprender por qué la política para el mantenimiento de los patrulleros (renting) propuesta por el MININTER (Ministerio del Interior) no ha tenido los resultados esperados. Para ello, se han recopilado y clasificado fuentes académicas, primarias y secundarias además de haber realizado una serie de entrevistas semi estructuradas con la finalidad de averiguar si este mal funcionamiento se debe a un caso de malas prácticas o a un caso de corrupción. Mediante las estrategias de investigación anteriormente nombradas también se han registrado cronológicamente los hechos ocurridos tanto antes de la política como durante su desarrollo, también se ha investigado sobre casos similares y sus resultados por parte de municipalidades en Lima y en Estados Unidos, además de las interacciones y posturas de los altos cargos de Estado. Dentro de los resultados se encontró que existen factores tanto internos como externos que han afectado al desempeño de la política. En los factores internos se encontraron trabas burocráticas, el déficit de unidades vehiculares, poca regulación hacia la política y como una consecuencia de ello corrupción. Los factores externos eran aquellos problemas que escapaban del control del ministerio y estos son: poco mercado para el alquiler de patrulleros, los problemas en las contrataciones y las pugnas internas en el Ministerio del Interior.
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Aspectos problemáticos en torno a la participación en el delito de negociación incompatible

Fabián Terreros, Yhasira Elisa 24 April 2023 (has links)
En el presente artículo, se aborda la discusión relacionada a la admisión de la participación del extraneus en el delito de negociación incompatible y se sostiene que esta sí es posible en determinados supuestos. Para ello, se realiza previamente una breve revisión sobre los elementos del delito en cuestión, advirtiéndose que el medio comisivo indirecto del mismo constituye un primer acercamiento al tema de atañe a este artículo. Ello, en tanto pone sobre la mesa el escenario en el que el funcionario público competente realiza la conducta delictiva a través de otros sujetos. Posteriormente, se procede a analizar los pronunciamientos de la Corte Suprema y trabajos de la doctrina nacional que estudian el delito de negociación incompatible, encontrándose así lo siguiente: un primer grupo posturas que no descarta expresamente la participación del extraneus en el referido delito, un segundo grupo que no la admite y un tercer grupo, que, admitiéndola, lo hace con determinadas particularidades. Habiendo revisado lo anterior, se formulan respuestas y observaciones a cada una de las objeciones y argumentos contrarios o a favor de la postura del artículo. Finalmente, se presenta una propuesta personal sobre los supuestos en los que es posible admitir tranquilamente la participación en el delito de negociación incompatible: aquellos escenarios en los que el extraneus no es el sujeto con el que el Estado negocio en el marco de un proceso de contratación estatal. / In this article, the discussion related to the admission of the participation of the extraneus in the crime of incompatible negotiation is addressed and it is argued that this is possible in certain cases. To do this, a brief review of the elements of the crime in question is previously carried out, noting that its indirect commission constitutes a first approach to the subject of concern to this article. This, because it puts on the table the scenario in which the competent public official carries out the criminal conduct through other agents. Subsequently, the pronouncements of the Supreme Court and works of the national doctrine that study the crime of incompatible negotiation are analyzed, thus finding the following: a first group of positions that does not expressly rule out the participation of the extraneus in the aforementioned crime, a second group that does not admit it and a third group, that admitting it, does so with certain particularities. Having reviewed the above, responses and observations are made to each of the objections and arguments against or in favor of the position of the article. Finally, a personal proposal is presented on the cases in which it is possible to calmly admit participation in the crime of incompatible negotiation: scenarios in which the extraneus is not the subject with whom the State negotiates within the framework of a process state contracting. / Trabajo académico
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Mecanismos de aseguramiento de la integridad ética en una empresa pública peruana. Caso Servicio de Agua Potable y Alcantarillado (SEDAPAL)

Feliciano Huerta, Fiorella Catalina 15 April 2022 (has links)
El objetivo central de la tesis es proponer la implementación de mecanismos de aseguramiento ético en Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL). Para ello se utiliza la metodología “Integrity Management Toolbox” de la Caja de Herramientas de Water Integrity Network donde de acuerdo a principios de Integridad y evaluando la organización a través de un conjunto de criterios, se identifican los riesgos y herramientas que ayudarán a mitigar los impactos. Se ha realizado una comparación de las metodologías acá señaladas y se ha seleccionado la Caja de Herramientas, la cual es metódica ya que cuenta con un proceso secuencial, deductivo y probatorio. De esta forma, se busca potenciar los actuales procesos de transparencia que ya cuenta SEDAPAL. Incorporar en las organizaciones mecanismos de aseguramiento ético toma relevancia en los últimos años en contextos complejos donde aparecen escándalos de corrupción. La investigación contiene una aproximación teórica de los fundamentos que guían la gestión de la integridad. Por ejemplo, de la teoría organizacional decantan los procesos que conducen a las organizaciones a incorporar prácticas de control de gestión como los mecanismos en anticorrupción. De acuerdo a Alvarado (2019), las decisiones dentro del comportamiento alcanzan “una visión de la estructura y del funcionamiento” (p. 152) de la misma. Esto nos muestra también cómo se relacionan “los motivos personales y los objetivos que orientan a la organización” (Alvarado, 2019, p. 154), cómo se involucran y alinean internamente. Asimismo, la investigación relata políticas anticorrupción a nivel global con organizaciones como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD), Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), International Monetary Fund (IMF), Oficina Federal Anticorrupción (BAK, por sus siglas en alemán), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), las cuáles marcan la pauta en cuanto a las reglas y prácticas que hay que tener en consideración al momento de introducir mecanismos de gestión en anticorrupción. En cuanto a las políticas a nivel regional, se puede identificar la aplicación de la Caja de Herramientas a otros contextos también latinoamericanos como Honduras, la cual enseña a tener en consideración una diversidad de riesgos e instrumentos que pueden ser factibles de aplicación a contextos como el peruano. Finalmente, a nivel local se tiene el marco normativo nacional, las normativas del FONAFE y de la SIP, así como la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; las cuales indican las restricciones y posibilidades de la labor de la lucha contra la corrupción en el país y, por último, estas deben estar de acuerdo al reglamento interno en SEDAPAL también. A continuación, se realizó una evaluación de las siguientes 8 metodologías: Content Analysis of Annual Reports for Corporate Strategy and Risks (1984); Fortune’s Most Admired Corporations (1987); Kinder, Lydenberg, Domini (KLD) (1989); Multidimensional Ethics Scale (MES) (1990); Ethical Climate Index (ECI) (Arnaud, 2010) (citados en Cahn, 2014); Modelo de Gestión de Cambio (Kotter & Cohen, 2012); Aquarating (BID, 2008) y Water Integrity Network IM Toolbox o Caja de Herramientas [CdH] (WIN, CEWAS y SIWI, 2016). Esta evaluación ha supuesto enfoques cuestionadores sobre qué tipo de mecanismos son los más adecuados para SEDAPAL, en qué medida puede funcionar y cuáles son los elementos claves que pueden potenciar las medidas con las que se cuentan actualmente. En general, se observa que la metodología presente actualmente de Aquarating del BID facilita un control y gestión de la integridad. Al respecto, se ha determinado que la metodología que colabora en una dimensión más específica en temas de transparencia, propicia la participación y la cual cuenta con todo un soporte por medio de workshops y de expertos de Water Integrity Network es la Caja de Herramientas o IM Toolbox. Entre las ventajas se encuentran: cuenta con un análisis multidimensional, es teóricamente lógica, indica cómo las múltiples dimensiones deberían ser sopesadas, indica un sentido y propósito de cambio o mejora organizacional, es objetiva, orienta en la evaluación y monitoreo de los riesgos de integridad, SEDAPAL tiene como referencia a esta metodología, es flexible y adaptable, existe una participación del personal monitoreado por expertos, se tiene una consideración estratégica organizacional; trabaja con brechas, prioridades e indicadores netamente sobre integridad y se realiza una preparación y adaptación de la organización para una efectiva aplicación de la herramienta.
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Ausencia de catálogo de infracciones por responsabilidad administrativa funcional y su impacto en la corrupción de funcionarios en el Perú, 2019 a 2021

Linares Morán, Claudia Nieves 14 May 2024 (has links)
El objetivo general establecer el impacto de la ausencia de catálogo de infracciones por responsabilidad administrativa funcional en la corrupción de funcionarios, 2019 a 2021. La metodología utilizada fue cualitativa. Se concluye que hubo un impacto social pues la ciudadanía percibió la normalización de la corrupción e incluso el inadecuado actuar del TC, así como mermo la iniciativa a denunciar estos hechos. Es decir, existió una percepción negativa de la ciudadanía respecto a la imposibilidad de procesar y sancionar a funcionarios que no actúan conforme a ley. Así también impactó en la ineficacia de los informes de control pues no conllevarían a la identificación de sanciones. Así mismo, conllevó a que únicamente a través del procedimiento disciplinario se determinaron sanciones por conductas sancionadas en función a la potestad disciplinaria de las entidades como empleadores, pero no permitió excluir a funcionarios corruptos de la administración pública. Finalmente se afirma que ocasionó un impacto institucional en la corrupción de funcionarios, pues no se pudo cumplir con los fines del control gubernamental. / The general objective was to establish the impact of the absence of a catalogue of offences for functional administrative responsibility on the corruption of civil servants, 2019 to 2021. The methodology used was qualitative. It is concluded that there was a social impact as citizens perceived the normalisation of corruption and even the inadequate action of the TC, as well as a decrease in the initiative to denounce these facts. In other words, there was a negative perception among citizens regarding the impossibility of prosecuting and sanctioning officials who do not act in accordance with the law. It also had an impact on the ineffectiveness of control reports, as they would not lead to the identification of sanctions. It also meant that only through the disciplinary procedure were sanctions determined for conduct sanctioned in accordance with the disciplinary powers of the entities as employers, but it did not allow corrupt officials to be excluded from the public administration. Finally, it is affirmed that it had an institutional impact on the corruption of civil servants, as it was not possible to fulfil the purposes of governmental control. / Trabajo académico
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Lucha contra la corrupción: principio constitucional para el aseguramiento de su exigibilidad - Análisis de la Sentencia 0017-2011-PI/TC

Aguedo Huiza, Beatriz Alexandra 12 August 2021 (has links)
El objetivo general del trabajo es presentar un análisis de los problemas jurídicos encontrados en la sentencia del Tribunal Constitucional No. 0017-2011-PI/TC, la cual versa sobre la demanda de inconstitucionalidad contra algunas disposiciones de la Ley 29703 que modificaron el art. 384 (delito de colusión) y el artículo 401 (tráfico de influencias del Código Penal). Para realizar el análisis, primero se desarrolló lo contenido en la doctrina y la juriprudencia; después, se describió el razonamiento del Tribunal plasmado en la sentencia, para al final presentar la postura y el análisis jurídico personal. En primer lugar, se identificó la afectación de la interpretación sobre el bien jurídico del delito de colusión en virtud de la modificación dada por la Ley 29703, la cual desprotegía el bien jurídico indicado por el Tribunal e iba en contra del principio constitucional de lucha contra la corrupción como mandato de exigibilidad hacia el legislador. Un segundo problema identificado fue el extremo del fallo del Tribunal en relación a la concepción del tráfico de influencias simulado, lo cual consideramos que fue en contravención al principio constitucional de lucha contra la corrupción al no proteger adecuadamente al bien jurídico de dicho delito. Asimismo, se identificó que el Tribunal no desarrolló correctamente el mencionado principio de proscripción como parte de su argumentación en toda la sentencia, lo cual hubiera permitido una mayor comprensión de su mandato para todo el ordenamiento jurídico. Finalmente, el Tribunal no se pronunció sobre la jerarquía normativa de la Convención ONU al no desarrollarlo en la sentencia, por lo cual somos de la interpretación que se consideró dicho tratado como una norma interpuesta, parte del bloque de constitucional con el cual se evaluó la constitucionalidad de la Ley 29703. / The general objective of the report is to present an analysis of the legal problems found in the Peruvian Constitutional Court ruling No. 0017-2011-PI / TC, which deals with the unconstitutionality claim against some provisions of Law 29703 that modified art. 384 (crime of collusion) and article 401 (influence peddling) of the Peruvian Criminal Code. To carry out the analysis, first the content of the doctrine and jurisprudence was developed; later, the reasoning of the Court embodied in the sentence was described, in order to finally present the position and personal legal analysis. In the first place, the impact on the interpretation on the legally-protected right of the crime of collusion was identified by the modification given by Law 29703, which unprotected such legally protected right indicated by the Court and went against the constitutional principle of fighting against corruption as an enforceability mandate from the legislator. A second problem was the extreme of the Court's ruling in relation to the conception of simulated influence-peddling crime, which we consider to be in violation of the constitutional principle of fighting corruption by not adequately protecting the legally-protected right of said crime. Likewise, it was identified that the Court did not correctly develop the aforementioned principle of fighting against corruption as part of its argumentation throughout the judgment, which would have allowed a better understanding of its mandate for the entire legal system. Finally, the Court did not rule on the normative hierarchy of the UN Convention against Corruption by not developing it in the judgment, for which we are of the interpretation that said treaty was considered as an interposed norm, part of the constitutional body of law, from which the unconstitutionality of Law 29703 was declared.
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Informe Jurídico del Recurso de Nulidad 677-2016

Vargas Rondon, Maria Fernanda 16 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad realizar un análisis sobre los principales problemas jurídicos que se encontraron en el Recurso de Nulidad 677-2016 – también conocido como el caso “Petroaudios” –, el mismo que confirmo la absolución de todos los acusados. Para comprender los problemas planteados y dar respuesta a los mismos, el informe jurídico se divide en tres capítulos. En el primer capítulo se desarrolla aspectos del delito de tráfico de influencias que resultan relevantes para el caso. En el segundo, se analiza el interés indebido en el delito de negociación incompatible y plantea la hipótesis de la comisión del delito de colusión. Mientras que en el tercero, se plantea que la exclusión de la prueba prohibida por vulneración del derecho fundamental al secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones sea ponderado con el valor constitucional de lucha contra la corrupción. Así, se llega a la conclusión de que los acusados sí son responsables de la comisión de los delitos de tráfico de influencias y negociación incompatible. Además, frente a casos de macro corrupción, los medios de prueba obtenidos con la vulneración de derechos fundamentales de los acusados no deben ser excluidos sin antes realizar un examen de ponderación. La metodología empleada para realizar el análisis de la resolución toma como base la revisión de conceptos dogmáticos, los principios penales y constitucionales. Para ello, se recurrió a la doctrina y a la jurisprudencia emitida por el Poder Judicial así como del Tribunal Constitucional. / The purpose of this legal report is to carry out an analysis of the main legal problems that were encountered in the Appeal for Annulment 677-2016 - also known as the "Petroaudios" case-, which confirmed the acquittal of all the accused. In order to understand and respond to the problems raised, the legal report is divided into three chapters. The first chapter develops aspects of the offence of influence peddling that are relevant to the case. In the second chapter, it analyses the undue interest in the offence of incompatible negotiation and raises the hypothesis of the commission of collusion offence. While in the third chapter, it is proposed that the exclusion of the prohibited evidence for violation of the fundamental right to secrecy and inviolability of communications be weighed against the constitutional value of the fight against corruption. Thus, it is concluded that the accused are indeed responsible for the commission of the offences of influence peddling and incompatible negotiation. Moreover, in cases of macro-corruption, evidence obtained through the violation of the fundamental rights of the accused should not be excluded without a balancing test. The methodology used to conduct the analysis of the resolution is based on the revision of dogmatic concepts, penal and constitutional principles. To this end, recourse was had to the doctrine and jurisprudence issued by Poder Judicial and Tribunal Constitucional.
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Informe Jurídico sobre Casación N° 542-2017 Lambayeque

Cano Tacza, Karenn Norely 16 August 2021 (has links)
La colusión es un delito de infracción de deber tipificado en el artículo 384° del Código Penal peruano que ha sido interpretado de diversas maneras por los operadores de justicia, así como por la doctrina. Sin embargo, pese a su estudio constante no se ha logrado uniformizar la interpretación sobre sus alcances. Tal es el caso de la Casación N° 542-2017 Lambayeque, en la cual los magistrados no llegaron a un consenso sobre la delimitación e interpretación del tipo penal, por ello la aplicación a los hechos resulta discutible, ya que con diversas posturas se puede llegar a soluciones disímiles. Por lo tanto, dado el análisis respectivo se llega a la conclusión de que el bien jurídico aplicable al delito de colusión es la imparcialidad en la actividad contractual del Estado. Asimismo, los supuestos del artículo 384° de la citada norma constituyen dos modalidades, una colusión simple y otra agravada. De lo cual, para configurar la primera se requiere de una concertación donde existe un peligro potencial al patrimonio del Estado, mientras que, para la colusión agravada, se requiere de un resultado que implica el perjuicio patrimonial efectivo y cuantificable. Así, en el caso debió probarse la sobrevaloración económica o perjuicio patrimonial para imputar a los procesados el delito de colusión agravada. / Collusion is a crime of infringement of duty typified in Article 384 of the Peruvian Penal Code, which has been interpreted in various ways by justice operators, as well as by doctrine. However, despite its constant study, it has not been possible to standardize the interpretation of its scope. Such is the case of Cassation No. 542-2017 Lambayeque, in which the magistrates didn’t reach a consensus on the delimitation and interpretation of the criminal type, therefore the application to the facts is debatable, since with different positions it is possible come up with dissimilar solutions. Therefore, given the respective analysis, it has concluded that the legal good applicable to the crime of collusion is impartiality in the contractual activity of the State. Likewise, the cases of article 384 of the aforementioned rule constitute two modalities, a simple collusion and an aggravated one. From which, to configure the first, a concertation is required where there is a potential danger to the State's assets, while, for aggravated collusion, a result that implies effective and quantifiable patrimonial damage is required. Thus, in the case, the economic overvaluation or patrimonial damage had to be proven to charge the defendants with the crime of aggravated collusion.
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Propuesta de mejora de la Plataforma Única de Declaraciones Juradas de Intereses para identificar posibles conflictos de intereses

Collazos Valderrama, Estefania 29 March 2021 (has links)
En septiembre del 2017 se aprobó en nuestro país la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción al 2021, siendo uno de sus objetivos específicos “Instalar y consolidar la Gestión de Conflicto de Intereses y la Gestión de Intereses en la Administración Pública”, estableciendo como meta contar con un marco normativo que regule la gestión de los conflictos de interés y la gestión de intereses en nuestro país. En diciembre del 2019 se estableció la presentación obligatoria de la Declaración Jurada de Intereses por parte de funcionarios y servidores públicos, así como de aquellos que desempeñan función pública y otros, además de otras disposiciones. A partir de estas normativas, se implementó la Plataforma Única de Declaraciones Juradas de Intereses, la cual alberga las declaraciones presentadas por todos los funcionarios y servidores públicos a nivel nacional, las cuales son públicas. Cabe resaltar que la declaración jurada de intereses es un instrumento que busca prevenir posibles conflictos de intereses en el Estado, toda vez que se trasparentan los vínculos familiares, personales y empresariales de funcionarios y servidores públicos. El presente proyecto de innovación aborda la problemática referida a que funcionarios y servidores públicos competentes, así como la ciudadanía no puedan acceder a opciones de búsqueda en la Plataforma Única de Declaraciones Juradas de Intereses, para poder identificar posibles conflictos de intereses en la administración pública. En ese sentido, la propuesta de innovación es una mejora a la Plataforma de Declaraciones Juradas de Intereses a fin de que sea una herramienta capaz de identificar posibles conflictos de intereses y puedan gestionarse adecuadamente, a la par de poder obtener data estadística que permita conocer el nivel de cumplimiento de las instituciones públicas, el historial de riesgos de conflictos de intereses de los funcionarios y/o servidores públicos, así como la variabilidad de información contenida en las declaraciones presentadas por los mismos. Este sistema sería utilizado por dos usuarios: i) oficinas institucionales (oficinas de recursos humanos y logística) y ii) ciudadanos. En las entrevistas realizadas ha quedado evidenciada la deseabilidad de contar con estos servicios para que puedan efectuar un mejor filtro y evitar la búsqueda manual o de revisión de cada declaración jurada, así como para conocer si la gestión de las autoridades de está efectuando adecuadamente y no por intereses personales o de terceros. Asimismo, se ha visto que los servicios que se proponen resultan factibles y viables, considerando que existe una base de datos de respaldo y la línea del Estado en la prevención y lucha de actos de corrupción, lo cual ha llevado a que se invierta en el fortalecimiento tecnológico. / Trabajo de investigación
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La invalidez y convalidación del contrato por actos de corrupción

Quispe Flores, Michell Ivan 28 April 2023 (has links)
La presente investigación se justifica en la existencia potencial del fenómeno de la corrupción en la realidad contractual de nuestro país, donde la respuesta estatal se ha enfocado principalmente en la persecución del delito en la vía penal; y en el inadecuado tratamiento contractual por las autoridades competentes al detectar su presencia. Estos hechos vuelven necesario el estudio de la corrupción como fenómeno y su vinculación con el contrato (especialmente donde interviene el Estado), además de conocer cómo reacciona el ordenamiento jurídico a través del estudio de sus remedios clásicos de nulidad y anulabilidad. Los objetivos de la presente investigación son determinar si un contrato que proviene de actos de corrupción es nulo o anulable; establecer si es posible convalidar un contrato que procede de actos de corrupción y si la inclusión sobreviniente de una cláusula anticorrupción podría convalidarlo. Los métodos utilizados para el desarrollo de la investigación son el método dogmático, comparativo y funcional. La conclusión principal alcanzada a través de la investigación, es que el contrato celebrado a través de actos de corrupción donde participa el Estado es nulo y no anulable a todos sus efectos; y que el Estado, que siempre cautela los intereses generales de la sociedad, no puede recurrir a la convalidación para darle validez a este tipo de contratos bajo ninguna causal, inclusive a través de la inclusión sobreviniente de una cláusula anticorrupción.
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