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Análisis sobre la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo al sector de casino y máquinas tragamonedasAlania Huamantico, Grasse Cristell 04 December 2019 (has links)
Una de las actividades más reguladas en el sector de juegos de azar es el de casinos y
tragamonedas en virtud de las externalidades negativas que genera, entre ellos, la
ludopatía, lo cual ha conllevado que el Estado busque desincentivarlo. Una forma de
lograr dicho propósito es a través de la imposición de impuestos.
En efecto, además del pago del impuesto a la renta que grava el 29.5 % de sus ingresos
y del impuesto al juego, tributo creado especialmente para este sector cuya tasa es del
12% de la renta gravable, el Estado ha decidido gravar a los casinos y tragamonedas
con un nuevo tributo, el impuesto selectivo al consumo.
La razón de este nuevo impuesto obedece, conforme sustenta el Estado, a tres
consideraciones como son: homogenizar la tributación en los juegos de azar, que no se
asuman mayores gastos para el tratamiento de la ludopatía y, como fundamento
principal, la protección de la salud pública.
Es de resaltar que este impuesto incide en un 5% de los ingresos netos de las empresas
que operan tales establecimientos de casino, lo que juntamente con el pago de los otros
tributos ya mencionados, afectaría en gran medida sus ingresos, no resultando ello
proporcional ni acorde a los lineamientos dados por el Tribunal Constitucional sobre la
afectación al patrimonio de tales empresas.
Sin perjuicio de ello, resulta fundamental analizar si el impuesto dado cumple con la
finalidad propuesta, por lo que resultará necesario efectuar una ponderación entre el
derecho de propiedad y la salud pública sobre el presente caso, con el fin de determinar
si se cumple con el objetivo y dentro de los parámetros constitucionales. / Trabajo de investigación
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El deber de diligencia digital de la administración de las sociedades, como parte de las normas de buen gobierno corporativoGibaja Aucapuri, Gonzalo 04 September 2024 (has links)
En la medida en que van surgiendo nuevas tecnologías que buscan soluciones eficientes para
determinados procesos en las sociedades peruanas, surgen nuevos riesgos respecto de los cuales
no se está prestando mucha atención: los riesgos digitales legales.
La prevención, mitigación y control de riesgos en una sociedad está a cargo de la administración
de la misma. Los directorios y gerencias generales, según sea el caso, de las sociedades peruanas,
en su rol de administradores, cuentan con un deber bastante relevante para la ejecución de sus
funciones. Este deber se llama el deber de diligencia. El deber de diligencia de los administradores
está relacionado a sus funciones de cuidado y supervisión de las actividades de una sociedad.
Sin embargo, tal como se encuentra regulado el deber de diligencia bajo las normas del gobierno
corporativo, no atacaría directamente el problema planteado respecto de los riesgos digitales
legales.
En ese sentido, el presente trabajo de investigación busca resolver dicho problema desde una
perspectiva teórico y práctica: adecuar el deber de diligencia de los administradores de la sociedad
a un deber de diligencia digital, como una submateria que considere, en particular, los riesgos
digitales legales que surgen en la medida que van implementándose nuevas soluciones
tecnológicas.
Una adecuada ejecución del deber de diligencia digital por parte de la administración de una
empresa, implementado a través de una política interna de uso de nuevas tecnologías y un adecuado
sistema de prevención de riesgos en una sociedad, que implemente controles eficientes para
prevenir y mitigar riesgos digitales legales, servirá de herramienta eficiente para la ejecución de
las laborales de dicha administración.
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La libertad de empresa en el marco legal de la interacción de las AFP con sus clientesCastro Zamudio, Analí Luisa Mercedes 12 June 2020 (has links)
El sistema previsional peruano tiene una naturaleza alternativa: el trabajador debe elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP). En este contexto, la administración de fondos de pensiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) posee una serie de normas que, con el fin de proteger el derecho a la pensión, impactan en la relación de estas empresas con sus clientes, convirtiéndose en restricciones a la libertad de empresa. Así, para efectos de este trabajo se han seleccionado tres: la licitación de afiliados, las restricciones a la fidelización y el trámite que regula el otorgamiento de una pensión de jubilación.
El objetivo principal consiste en determinar si es que tales limitaciones constituyen
vulneraciones al derecho a la libertad de empresa, teniendo en cuenta el desarrollo
doctrinario y jurisprudencial de este derecho, así como el del derecho a la pensión, por tratarse del fundamento último de las normas del SPP.
Para tal fin, se han utilizado dos metodologías: en primer lugar, el método comparado,
a partir de las experiencias de Chile y Colombia, a fin de determinar las razones detrás de las restricciones y la postura que el Estado ha tomado en esta materia; en segundo lugar, el test de proporcionalidad, como herramienta de análisis de la constitucionalidad de las medidas
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