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El establecimiento del precedente judicial vinculante como manifestación de la idoneidad en el cargo de Juez SupremoAngeludis Tomassini, Cristian Guillermo 25 May 2016 (has links)
La reforma de la administración de justicia en el Perú, es una lucha de la que
muchos de nosotros hemos sido solo testigos desde las aulas universitarias.
Sin embargo, aún mucho antes de iniciar la presente investigación hemos
podido descubrir que dicha reforma aún era más antigua, y podemos
remontarnos hasta el gobierno militar de la década de los 70 o, inclusive, hasta
la década del 20 o 30.
Algo que también pudimos descubrir, es que todos esos intentos de reforma,
plagados de buenas intenciones, no sólo eran impulsados por gobiernos en su
mayoría autoritarios, sino que, además, eran tan sólo intentos de
institucionalizar mecanismos de subordinación de los gobiernos de turno sobre
el Poder Judicial. Es evidente que con esos objetivos, toda reforma de mejora
de la administración judicial estaba destinada al fracaso y, más aún, dejando la
sensación de que en el Perú vivimos en una permanente e inacabada reforma
judicial.
Así pues, es el motivo del presente trabajo dejar de ser testigos de esa reforma
del Poder Judicial frustrada y frustrante, y tratar de descubrir la verdadera
problemática de tantos problemas que agobian a nuestra administración de
justicia, para así plantear una propuesta concreta que ayude a contribuir, desde
la investigación, a una mejora palpable del Poder Judicial.
Pues bien, el presente trabajo parte de encontrar un mecanismo para combatir
dos problemas de la administración de justicia, cual es la falta de legitimidad
del Poder Judicial ante la sociedad, y la sujeción del que ha sido este frente a
los otros poderes del Estado, inclusive frente al Consejo Nacional de la
Magistratura, más aún bajo el modelo inicial de los procesos de ratificaciones
propuesto por la Constitución de 1993. / Tesis
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El tratamiento de la cuestión prejudicial entre el arbitraje y el proceso judicial : ¿el arbitraje debe suspenderse o continuar?Pérez-Prieto De las Casas, Roberto 23 May 2016 (has links)
Imaginemos que Carlos le solicita a un juzgador, que Pedro le pague una suma de dinero derivado
del incumplimiento de un contrato (para ello deberá evaluarse si ha existido incumplimiento).
Imaginemos también, que en un proceso paralelo, Pedro solicita que se declare que ha operado la
excepción de incumplimiento, por lo que de declararse fundada, Carlos no tendría derecho a
cobrar.
Imaginemos ahora que en el primer juzgado, la demanda de pago se declara FUNDADA, y a los
pocos días, en el otro proceso, la demanda sobre la excepción de incumplimiento también se
declara FUNDADA. Estaríamos ante un absurdo jurídico.
La respuesta inmediata sería: No se debió llegar a eso, los procesos debieron ser acumulados, con
lo cual nos damos cuenta de la importancia de la acumulación (evitar decisiones contradictorias).
Pero, ¿qué sucede si los procesos no podían ser acumulados? Pues también existe una respuesta,
uno debió esperar al otro, es decir, uno de los procesos debió suspenderse.
La pregunta pertinente en este momento es: ¿Cuál debió esperar a cuál? Pues aquel proceso cuya
pretensión era dependiente de la otra debió suspenderse, es decir, debió suspenderse el proceso
de pago iniciado por Carlos, hasta que se defina si la excepción de incumplimiento operó
correctamente.
¿A pesar de que en el proceso de pago seguramente también se va a discutir sobre la excepción de
incumplimiento, debe esperar al otro? Pues sí, porque de lo contrario se estaría limitando el
Derecho de Acción de una de las partes. / Tesis
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El principio Kompetenz-Kompetenz frente a la vulneración del principio de imparcialidad e independencia: A la luz del Exp. N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.)Espinoza Nuñez, César Junior 07 March 2024 (has links)
El problema principal de la presente investigación, se circunscribe a dilucidar si
el principio Kompetenz-Kompetenz resulta vulnerado, cuando en el interior de un
proceso arbitral una de las partes no ha cuestionado la independencia e
imparcialidad de un árbitro, mediante el procedimiento de recusación
correspondiente. Vale decir, si dicha parte procesal, en lugar de accionar el
mecanismo correspondiente, acude directamente al auxilio judicial (esto es, el
Poder Judicial y luego al Tribunal Constitucional) para realizar un control ex post
de una decisión que no ha sido puesta en conocimiento ex ante, dentro del fuero
arbitral.
Por ello, el objetivo de la presente investigación se vincula a desarrollar
detalladamente cuál es la definición, contenido y finalidad del principio
Kompetenz-Kompetenz, en aras de aplicar ello al caso contenido en el
Expediente N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.). A raíz del cual, se
concluirá que principio Kompetenz-Kompetenz pretende garantizar que no se
vulnere el principio de independencia funcional del fuero arbitral, mediante la
intromisión del aparato jurisdiccional en cuestionamientos no postulados
primeramente ante el Tribunal y, de ser el caso, ante las entidades cooperadoras
en el arbitraje, como lo son los organismos de las Entidades Arbitrales. Ya que,
caso contrario, las propias decisiones del fuero arbitral podrían resultar nulas, a
pesar de que no tuvieron oportunidad de pronunciarse sobre algún
cuestionamiento y, de esta manera, sanear su decisión final, contenida en un
laudo arbitral. / The main problem of this investigation is limited to determining whether the
Kompetenz-Kompetenz principle is violated when, within an arbitration process,
one of the parties has not questioned the independence and impartiality of an
arbitrator, through the corresponding challenge procedure. . That is, if said
procedural party, instead of activating the corresponding mechanism, goes
directly to judicial assistance (that is, the Judiciary and then to the Constitutional
Court) to carry out an ex post control of a decision that has not been made known
ex ante, within the arbitral forum.
Therefore, the objective of this investigation is linked to developing in detail the
definition, content and purpose of the Kompetenz-Kompetenz principle, in order
to apply it to the case contained in File No. 02851-2010-PA/TC (Case Ivesur
S.A.). As a result of which, it will be concluded that the Kompetenz-Kompetenz
principle aims to guarantee that the principle of functional independence of the
arbitral forum is not violated, through the interference of the jurisdictional
apparatus in questions not first submitted to the Court and, if applicable, before
the cooperating entities in arbitration, such as the bodies of the Arbitration
Entities. Since, otherwise, the decisions of the arbitration forum themselves could
be null, even though they did not have the opportunity to rule on any question
and, in this way, correct their final decision, contained in an arbitration award. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la resolución N°19 – EXP. 1768-2017Cabana Aguilar, Paul Steven 02 August 2022 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad realizar el estudio de la “Resolución 19 – Exp.
1768-2017”, expedido por la Sala Civil de Cusco, respecto a una pretensión de
reivindicación.
El presente informe está divido en dos capítulos: el primero de ellos, referido al estudio
de la motivación empleada en la sentencia materia de estudio; el segundo capítulo,
referido al estudio de la prueba de oficio y su tratamiento en el ordenamiento nacional.
Finalmente, habiendo culminado el estudio de ambos capítulos, se concluye que, en la
sentencia sometida a estudio, no existió una adecuada motivación incurriendo en una
motivación aparente y una falta de motivación interna. Asimismo, se estudiará la figura
de la prueba de oficio y como dicha institución procesal debió aplicarse en la precitada
sentencia. / The purpose of this work is to carry out the study of "Resolution 19 - Exp. 1768-2017",
issued by the Civil Chamber of Cusco, regarding a claim for vindication.
This report is divided into 2 chapters: the first one refers to the study of the motivation
used in the sentence under study; the second chapter, referred to the study of the ex
officio test and its treatment in the national legal system.
Finally, having completed the study of both chapters, it is concluded that, in the
sentence under study, there was no adequate motivation, incurring in an apparent
motivation and a lack of internal motivation. Likewise, the figure of the ex officio test
will be studied and how said institution should be applied in the aforementioned
sentence.
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El establecimiento del precedente judicial vinculante como manifestación de la idoneidad en el cargo de Juez SupremoAngeludis Tomassini, Cristian Guillermo 25 May 2016 (has links)
La reforma de la administración de justicia en el Perú, es una lucha de la que
muchos de nosotros hemos sido solo testigos desde las aulas universitarias.
Sin embargo, aún mucho antes de iniciar la presente investigación hemos
podido descubrir que dicha reforma aún era más antigua, y podemos
remontarnos hasta el gobierno militar de la década de los 70 o, inclusive, hasta
la década del 20 o 30.
Algo que también pudimos descubrir, es que todos esos intentos de reforma,
plagados de buenas intenciones, no sólo eran impulsados por gobiernos en su
mayoría autoritarios, sino que, además, eran tan sólo intentos de
institucionalizar mecanismos de subordinación de los gobiernos de turno sobre
el Poder Judicial. Es evidente que con esos objetivos, toda reforma de mejora
de la administración judicial estaba destinada al fracaso y, más aún, dejando la
sensación de que en el Perú vivimos en una permanente e inacabada reforma
judicial.
Así pues, es el motivo del presente trabajo dejar de ser testigos de esa reforma
del Poder Judicial frustrada y frustrante, y tratar de descubrir la verdadera
problemática de tantos problemas que agobian a nuestra administración de
justicia, para así plantear una propuesta concreta que ayude a contribuir, desde
la investigación, a una mejora palpable del Poder Judicial.
Pues bien, el presente trabajo parte de encontrar un mecanismo para combatir
dos problemas de la administración de justicia, cual es la falta de legitimidad
del Poder Judicial ante la sociedad, y la sujeción del que ha sido este frente a
los otros poderes del Estado, inclusive frente al Consejo Nacional de la
Magistratura, más aún bajo el modelo inicial de los procesos de ratificaciones
propuesto por la Constitución de 1993.
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El tratamiento de la cuestión prejudicial entre el arbitraje y el proceso judicial : ¿el arbitraje debe suspenderse o continuar?Pérez-Prieto De las Casas, Roberto 23 May 2016 (has links)
Imaginemos que Carlos le solicita a un juzgador, que Pedro le pague una suma de dinero derivado
del incumplimiento de un contrato (para ello deberá evaluarse si ha existido incumplimiento).
Imaginemos también, que en un proceso paralelo, Pedro solicita que se declare que ha operado la
excepción de incumplimiento, por lo que de declararse fundada, Carlos no tendría derecho a
cobrar.
Imaginemos ahora que en el primer juzgado, la demanda de pago se declara FUNDADA, y a los
pocos días, en el otro proceso, la demanda sobre la excepción de incumplimiento también se
declara FUNDADA. Estaríamos ante un absurdo jurídico.
La respuesta inmediata sería: No se debió llegar a eso, los procesos debieron ser acumulados, con
lo cual nos damos cuenta de la importancia de la acumulación (evitar decisiones contradictorias).
Pero, ¿qué sucede si los procesos no podían ser acumulados? Pues también existe una respuesta,
uno debió esperar al otro, es decir, uno de los procesos debió suspenderse.
La pregunta pertinente en este momento es: ¿Cuál debió esperar a cuál? Pues aquel proceso cuya
pretensión era dependiente de la otra debió suspenderse, es decir, debió suspenderse el proceso
de pago iniciado por Carlos, hasta que se defina si la excepción de incumplimiento operó
correctamente.
¿A pesar de que en el proceso de pago seguramente también se va a discutir sobre la excepción de
incumplimiento, debe esperar al otro? Pues sí, porque de lo contrario se estaría limitando el
Derecho de Acción de una de las partes.
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El derecho fundamental de ejecución de sentencias bajo una tutela jurisdiccional efectiva: fundamentos para una adecuada interpretación del artículo 70.5 de la Ley N° 28411Toledo Aranda, Melvin Jackeline 26 April 2023 (has links)
El presente trabajo de académico pretende realizar un análisis de la
interpretación y aplicación del artículo 70 inciso 5 de la Ley N° 28411 que esta
estrictamente relacionado con el derecho de ejecución de sentencias bajo una
tutela jurisdiccional efectiva, para ello se realizará un análisis de las normas que
permite ejecutar una sentencia donde el ejecutado es el Estado, siguiendo esa
línea se mencionara como parte de la investigación expedientes donde están
aplicando este artículo en los juzgados especializados laboral del Distrito de
Piura. Debido a que, la aplicación de este artículo permite ejecutar una sentencia
en 5 años posteriores del requerimiento de pago.
Ante este escenario, se busca aportar una posible salida de interpretación ante
la colisión del derecho de tutela jurisdiccional efectiva y principio de legalidad
presupuestaria. Puesto que, tanto el derecho y el principio llegan a colisionar en
su aplicación y la solicitud de atención que requieren las partes. / The aim of this academic work is to carry out an analysis of the interpretation and
application of the 70th Article, paragraph 5, of Law N° 28411, which is strictly
related to the right to execute judgements under the effective jurisdictional
protection. In order to achieve our goal, we will analyze the legal norms that allow
the execution of a judgment where the enforcement respondent is the State; in
that regard, as part of this investigation, there will be mention of case files where
the aforementioned article is applied in Labor Courts of the Piura District; due to
the fact that its application allows the enforcement of a ruling in the span of five
years following the payment requirement.
Given this scenario, we intend to provide a possible way out to the interpretation
in the face of the collision between the right of effective jurisdiction protection and
the principle of budgetary legality; since both the right and the principle come to
collide in their application, as well as in the attention required from the parties. / Trabajo académico
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¿Cómo diferenciar los estereotipos de género de las máximas de experiencia?: evaluación crítica de las propuestas doctrinarias y el ensayo de una alternativaRafaele Bautista, Ghecenia Vélgika 20 May 2024 (has links)
En la presente tesis, abordamos la confusión recurrente entre máximas de experiencia
válidas y estereotipos de género en la labor judicial de la valoración de la prueba penal.
Consideramos que esta confusión no solo genera problemas en la valoración y
motivación de la prueba, sino que también impacta directamente en las decisiones
judiciales, permitiendo un amplio margen de errores que resultan en la impunidad de
delitos relacionados con la violencia de género. Esta problemática ha impulsado la
propuesta de alternativas desde sectores doctrinarios y sociales, que buscan responder a la
interrogante de cómo diferenciar las máximas de experiencia de los estereotipos de
género. En ese sentido, el objetivo principal de este trabajo es comprender la naturaleza
de estos conceptos y determinar una vía idónea para lograr su diferenciación. En los
primeros capítulos, realizaremos un estudio epistémico de las máximas de experiencia y
los estereotipos de género, así como su actuación dentro de la inferencia judicial.
Finalmente, examinaremos las aproximaciones doctrinarias para distinguir los
estereotipos de género de las máximas de experiencia válidamente formuladas,
culminando con la propuesta de una solución desde la argumentación jurídica para lograr
nuestro objetivo principal. / In this thesis, we address the recurrent confusion between valid maxims of experience
and gender stereotypes in the judicial work of evaluating criminal evidence. We consider
that this confusion not only generates problems in the assessment and motivation of
evidence, but also has a direct impact on judicial decisions, allowing a wide margin of
errors that result in the impunity of crimes related to gender violence. This problem has
prompted the proposal of alternatives from doctrinal and social sectors, which seek to
answer the question of how to differentiate the maxims of experience and gender
stereotypes. Therefore, the main objective of this work is to understand the nature of
these concepts and to determine a suitable way to achieve their differentiation. In the first
chapters, we will carry out an epistemic study of the maxims of experience and gender
stereotypes, as well as their performance within judicial inference. Finally, we will
examine the doctrinal approaches to distinguish gender stereotypes from validly
formulated maxims of experience, culminating with the proposal of a solution from legal
argumentation to achieve our main objective.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia 310/2023 del Tribunal Constitucional - Expediente N.º 03326-2017-PA/TC Apurímac - Comunidad Campesina De AsacasiSánchez Sánchez, Felicita Alita 01 August 2024 (has links)
En la sentencia 310/2023, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal”)
había admitido la demanda por agravio constitucional, para lo cual fue
presentada por medio de un recurso de amparo por parte la comunidad
campesina de Asacasi bajo la representación de Hipólito Tarapaqui Cuñas
contra el Instituto Geológico o, Minero y Metalúrgico; el Ministerio de Energía y
Minas; y la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac. Esto en razón
a que el demandante indica que se habrían aprobado concesiones mineras sin
haberse realizado, previamente la consulta previa.
No obstante, el demandante alega que había agotado las vías judiciales previas
ante el Juzgado Mixto de Cotabambas de la Corte Superior de Justicia de
Apurímac (en adelante “Juzgado”) que declaró improcedente su demanda por
extemporaneidad de plazo; y en la segunda instancia, frente a la Corte Superior
de Justicia de Apurímac (en adelante “CSJ”) que terminó por declarar infundada
la demanda.
Aunque, para el Tribunal indicó que no se habría valorado el reconocimiento de
la demandante como una comunidad campesina y nativa, a fin de que esta
pudiera hacer valer una serie de derechos especiales que le constaban, en
cumplimiento del artículo 89 de la Constitución Política del Perú de 1993 (en
adelante “Constitución”); en particular del derecho de la consulta previa para este
caso. De modo que la omisión del reconocimiento legal, le privó el derecho de
voto, el cual a pesar de no ser vinculante si era un requisito indispensable, que
tenía que cumplirse para la autorización de la concesión minera. / In the jurisprudence 310/2023, the Constitutional Court had admitted the claim of
constitutional grievance, for which it was presented through an appeal for
protection by the peasant community of Asacasi under the representation of
Hipólito Tarapaqui. Wedges against the Geological, Mining and Metallurgical
Institute; the Ministry of Energy and Mines; and the Regional Directorate of
Energy and Mines of Apurimac. This, according to the plaintiff, indicates that the
mining concessions would have been approved without prior consultation having
been previously carried out.
However, the plaintiff alleges that he exhausted previous judicial remedies before
the Cotabambas Mixed Court of the Superior Court of Justice of Apurímac, which
declared his claim inadmissible for failure to meet deadlines; and in the second
instance, before the Superior Court of Justice of Apurímac, which ended up
declaring the claim unfounded.
Although, for the Constitucional Court it indicated that the recognition of the
plaintiff as a peasant and native community would not have been valued, so it
could assert a series of special rights that were known to it, in compliance with
article 89 of the Political Constitution. from Peru 1993; in particular the right to
prior consultation in this case. So the omission of legal recognition deprived him
of the right to vote, which, despite not being binding, was an essential
requirement that had to be met for the authorization of the mining concession.
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Informe jurídico sobre la Resolución N°9 del Expediente Judicial Electrónico N° 00410-2021- 0-1817-SP-CO-01Rojas Rosales, Gerardo Jaime 07 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico aborda un caso judicial donde se declaró fundado un recurso
de anulación de laudo arbitral por supuestamente adolecer de vicios de motivación al no
presentar una valoración del informe de un perito cuyo objeto era afirmar las deficiencias
técnicas de un expediente técnico. Por lo cual, mediante el análisis de la doctrina,
legislación y jurisprudencia se cuestiona la decisión judicial porque los jueces emitieron
opinión sobre los criterios presentados por los árbitros para resolver el arbitraje, aún
cuando ello está prohibido bajo la Ley que norma el arbitraje. Del mismo modo, el
informe apoya la posición de que los supuestos de vicios de motivación aplicables a los
laudos arbitrales serán la inexistencia de motivación y la falta de justificación interna. Por
último, se presenta una opinión respecto a una cuestión de fondo del arbitraje: la invalidez
de la resolución contractual de una parte y una supuesta vulneración a la cosa juzgada por
el laudo arbitral. / The present legal report addresses a judicial case where an appeal to annul an
arbitration award was upheld on the grounds of alleged motivational defects, as it
failed to provide an assessment of an expert's report which aimed to highlight the
technical deficiencies of a technical file. Therefore, through the analysis of doctrine,
legislation, and jurisprudence, the judicial decision is questioned because the judges
gave an opinion on the criteria presented by the arbitrators to resolve the arbitration,
even though this is prohibited under the Law governing arbitration. Similarly, the
report supports the position that the grounds for motivational defects applicable to
arbitration awards will be the absence of motivation and the lack of internal
justification. Finally, an opinion is presented regarding a substantive issue of the
arbitration: the invalidity of one party's contract termination and an alleged violation of
res judicata by the arbitration award.
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