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La ejecución extrajudicial de vehículos inscritos en la zona registral IX-Lima entre el 2006-2011

Ibañez Rodriguez, Rosa Maria January 2015 (has links)
El documento digital no refiere un asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Determina la influencia de la aplicación de la Ley de Garantías Mobiliarias, en cuánto a la ejecución extrajudicial, y los factores socio-económicos relacionados con la norma, y su utilización de la misma por los contratantes y los operadores del sistema registral. La investigación se encuentra adscrita a la empírico jurídico social, por lo que a la vez de recoger las apreciaciones de los especialistas en el tema de garantías, se realiza un trabajo de campo que nos permitirá determinar la influencia de la ley en nuestra legislación. Se toma como ámbito geográfico la Zona Registral IX-LIMA, que comprende a la mayoría de inscripciones de vehículos a nivel nacional. En tanto el principal ingreso de importaciones de vehículos ingresa por el puerto del Callao, en tanto que los otros puertos como los de Tacna y Moquegua, han disminuido trascendentalmente el ingreso de vehículos por haberse prohibido la importación de vehículos usados. / Tesis
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Una Concepción de la culpabilidad para el Perú

Gonzales Campos, Robinson January 2006 (has links)
Para nosotros no está en cuestión la existencia de la culpabilidad como categoría jurídico penal sino la fundamentación de la misma. ¿La culpabilidad se fundamenta en el libre albedrío o en el determinismo? He aquí la clave de bóveda de la presente tesis. En este sentido es importante el cambio de posición del autor alemán Claus Roxín quien inicialmente consideraba que la culpabilidad era un asunto de naturaleza abstracta, dado que no se podía determinar empíricamente, por estar basada en el “libre albedrío” y por tanto sería mejor eliminar la culpabilidad como categoría jurídica sustituyéndola por la de Responsabilidad. De este modo se dejaba de lado este elemento del delito esencial para los fines de la determinación judicial de la pena. La posición actual de Roxín es que la culpabilidad es fundamento y límite de la pena y garantía para el individuo frente a la punición del Estado. La culpabilidad (schuldprinzip) es un elemento de la responsabilidad. El otro elemento de la responsabilidad sería la prevención general y especial que constituiría una garantía más para el individuo en el sentido de que aún pudiendo ser culpable puede no ser punido. Zaffaroni también advierte este debate cuando nos dice que “Roxín traduce sistemáticamente la presencia de ambos criterios o principios, distinguiendo entre culpabilidad y necesidad de prevención: en base a ambos construye el concepto más amplio de responsabilidad. Así, afirma que en el estado de necesidad exculpante el sujeto esta disponible a la llamada de la norma según su estado mental y anímico, por lo que hay culpabilidad, pero por razones político criminales el legislador renuncia a la pena (no media la necesidad preventiva) y, por ende, no existe responsabilidad, pese a existir culpabilidad”. Como se ve el debate ya no está centrado en la culpabilidad como elemento rígido sino en la fundamentación de la misma orientada a un estado de derecho. Según este nuevo enfoque considero posible integrar estas dos teorías: una, la teoría material y otra, la teoría político-criminal de la culpabilidad que está centrada no en una imagen ideal y arquetípica de hombre promedio al servicio de una dogmática penal, sino, una imagen real del hombre concreto en sus esferas biopsicosocial que sirva de garantía a la persona contra ese gran poder del Estado que es el ejercicio del “ius puniendi”. Sin embargo, la doctrina en la misma Alemania no es pacífica en este punto. Así tenemos autores como Gunther Jacobs, cuyas doctrinas de imputación objetiva se reflejan en un sector de la jurisprudencia peruana, quienes sostienen que la culpabilidad debe ser sustituida por la prevención general. Con esta doctrina que se centra en la fidelidad de la norma nuestra, postura que no tendría razón de ser. He ahí el debate y el tema de la presente tesis. La legislación y la jurisprudencia en el Perú se mueven en los extremos de este debate sin llegar a definición alguna a pesar que por interpretación sistemática de nuestra constitución excluirían las posiciones doctrinales funcionalistas por estar más ligada a la organización y preservación del estado y no a la defensa de la persona. / Para nosotros no está en cuestión la existencia de la culpabilidad como categoría jurídico penal sino la fundamentación de la misma. ¿La culpabilidad se fundamenta en el libre albedrío o en el determinismo? He aquí la clave de bóveda de la presente tesis. En este sentido es importante el cambio de posición del autor alemán Claus Roxín quien inicialmente consideraba que la culpabilidad era un asunto de naturaleza abstracta, dado que no se podía determinar empíricamente, por estar basada en el “libre albedrío” y por tanto sería mejor eliminar la culpabilidad como categoría jurídica sustituyéndola por la de Responsabilidad1 . De este modo se dejaba de lado este elemento del delito esencial para los fines de la determinación judicial de la pena. 2 La posición actual de Roxín3 es que la culpabilidad es fundamento y límite de la pena y garantía para el individuo frente a la punición del Estado. La culpabilidad (schuldprinzip) es un elemento de la responsabilidad. El otro elemento de la responsabilidad sería la prevención general y especial que constituiría una garantía más para el individuo en el sentido de que aún pudiendo ser culpable puede no ser punido. Zaffaroni también advierte este debate cuando nos dice que “Roxín traduce sistemáticamente la presencia de ambos criterios o principios, distinguiendo entre culpabilidad y necesidad de prevención: en base a ambos construye el concepto más amplio de responsabilidad. Así, afirma que en el estado de necesidad exculpante el sujeto esta disponible a la llamada de la norma según su estado mental y anímico, por lo que hay culpabilidad, pero por razones político criminales el legislador renuncia a la pena (no media la necesidad preventiva) y, por ende, no existe responsabilidad, pese a existir culpabilidad4 ”. Como se ve el debate ya no está centrado en la culpabilidad como elemento rígido sino en la fundamentación de la misma orientada a un estado de derecho. Según este nuevo enfoque considero posible integrar estas dos teorías: una, la teoría material y otra, la teoría político-criminal de la culpabilidad que está centrada no en una imagen ideal y arquetípica de hombre promedio al servicio de una dogmática penal, sino, una imagen real del hombre concreto en sus esferas biopsicosocial que sirva de garantía a la persona contra ese gran poder del Estado que es el ejercicio del “ius puniendi” .
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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil Peruano

Castillo Torres, Roberto Galo 14 March 2016 (has links)
Como hipótesis de la investigación se propone que los efectos jurídico – obligacionales, generados por la construcción en suelo ajeno, obedecen a naturalezas distintas. Tal es así ue cuando existe buena fe, se genera una obligación de naturaleza indemnizatoria destinada a compensar el valor de la construcción accedida y/o en su defecto a compensar el valor del inmueble accedido vía la figura de la accesión invertida. Mientras que, cuando existe mala fe, el efecto jurídico obligatorio que genera la conducta ilícita del constructor, obedece al resarcimiento del daño como función de la responsabilidad civil, pudiendo también generarse un resarcimiento in natura mediante la demolición de lo construido. / Tesis
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La posesión y la posesión precaria en el derecho civil peruano : el nuevo concepto del precario y la utilidad de su actual regulación en el derecho civil peruano

Lama More, Héctor Enrique 09 May 2011 (has links)
La incorporación del concepto de posesión precaria en la norma positiva sustantiva ha sido defectuosa, pues debió regularse normativamente una mayor precisión en lo referido a la posesión ilegítima, pues se ha llegado a confundir la naturaleza ilegítima de la posesión precaria, pretendiendo clasificarla en un rubro distinto, como ha sucedido en alguna jurisprudencia reciente, lo cual puede traer consigo un errado mensaje a la comunidad. Es también objetivo del presente trabajo, aportar una propuesta normativa que permita corregir tal confusión. / Tesis
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Una Concepción de la culpabilidad para el Perú

Gonzales Campos, Robinson January 2006 (has links)
No description available.
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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil Peruano

Castillo Torres, Roberto Galo 24 May 2016 (has links)
La tarde del cuatro de enero del año 2008, luego de una estadía de 6 meses –tiempo durante el cual pudieron visitar a sus hijos, nietos y demás familiares que desde hace muchos años radicaban en la ciudad Australiana de Sídney–, la sociedad conyugal Irribarren Montellanos retornó a Lima. Una vez en Lima, se dirigieron hacia a su vivienda ubicada en la urbanización “Las Brisas” en el distrito de Chorrillos. Cuando se disponían a ingresar a su hogar, se percataron de que las chapas habían sido cambiadas. Estupefactos por la situación, fueron a la comisaría del sector, con el objeto de solicitar apoyo policial. Cuando retornaron a su vivienda a bordo de un patrullero y acompañados de dos suboficiales de la Policía Nacional del Perú, sorpresivamente fueron recibidos por la sociedad conyugal Jeri Kukulis, cuyos integrantes, ambos de nacionalidad chilena, manifestaban ser propietarios del inmueble; señalaban haberlo comprado hace tres meses a la sociedad Noles Cotito. Para acreditar tal situación, exhibieron los documentos referidos a la compraventa y la inscripción en los Registros Públicos. Atónitos frente a los sucesos que se desarrollaban, a la sociedad Irribarren Montellanos solo le quedó retirarse del lugar y denunciar la usurpación de la cual había sido víctima. Sin embargo, luego de 8 meses de investigación policial y fiscal, su denuncia fue desestimada. El fiscal a cargo concluía que no se había acreditado el despojo de la posesión y que la sociedad Jeri Kukulis contaba con los documentos que acreditaban legítimamente su derecho de propiedad. / Tesis
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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil Peruano

Castillo Torres, Roberto Galo 24 May 2016 (has links)
La tarde del cuatro de enero del año 2008, luego de una estadía de 6 meses –tiempo durante el cual pudieron visitar a sus hijos, nietos y demás familiares que desde hace muchos años radicaban en la ciudad Australiana de Sídney–, la sociedad conyugal Irribarren Montellanos retornó a Lima. Una vez en Lima, se dirigieron hacia a su vivienda ubicada en la urbanización “Las Brisas” en el distrito de Chorrillos. Cuando se disponían a ingresar a su hogar, se percataron de que las chapas habían sido cambiadas. Estupefactos por la situación, fueron a la comisaría del sector, con el objeto de solicitar apoyo policial. Cuando retornaron a su vivienda a bordo de un patrullero y acompañados de dos suboficiales de la Policía Nacional del Perú, sorpresivamente fueron recibidos por la sociedad conyugal Jeri Kukulis, cuyos integrantes, ambos de nacionalidad chilena, manifestaban ser propietarios del inmueble; señalaban haberlo comprado hace tres meses a la sociedad Noles Cotito. Para acreditar tal situación, exhibieron los documentos referidos a la compraventa y la inscripción en los Registros Públicos. Atónitos frente a los sucesos que se desarrollaban, a la sociedad Irribarren Montellanos solo le quedó retirarse del lugar y denunciar la usurpación de la cual había sido víctima. Sin embargo, luego de 8 meses de investigación policial y fiscal, su denuncia fue desestimada. El fiscal a cargo concluía que no se había acreditado el despojo de la posesión y que la sociedad Jeri Kukulis contaba con los documentos que acreditaban legítimamente su derecho de propiedad. / Tesis
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Criterios establecidos para determinar la reparación civil en la jurisprudencia penal

Poma Valdivieso, Flor De María Madelaine January 2014 (has links)
El documento digital no refiere un asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Identifica y establece los criterios adoptados por los magistrados al momento de determinar el monto de la reparación civil. La presente investigación versa sobre la institución denominada reparación civil, partiendo básicamente de la forma cómo las Salas Penales con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima vienen fijando los montos por concepto de Reparación civil en las sentencias penales. De esta manera, considera que en una sentencia penal no solo se debe examinar los criterios destinados a determinar la responsabilidad penal, sino analizar los criterios que nos permiten determinar la existencia de una responsabilidad civil, los mismos que se concretizan en el ámbito penal a través de los elementos de la reparación civil: el hecho ilícito, el daño ocasionado, el nexo de causalidad y los factores de atribución; por lo que, luego de realizarse este análisis se debería fijar el monto de reparación civil en atención a los criterios de Responsabilidad civil extracontractual fijados en nuestro Código Civil. / Tesis
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La predictibilidad de las decisiones judiciales en relación al “Orden Público” como causal de nulidad del acto jurídico en el Perú, estudio realizado en ejecutorias supremas civiles (2014 - 2016)

Salas Flores, Zoraida Julia January 2018 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Establece cómo se ha venido utilizando el concepto orden público en las decisiones emitidas por los señores Jueces Supremos en las Salas Civiles de la Corte Suprema de Justicia del Perú, esto es, si existe una clara delimitación del concepto de orden público respecto a otras instituciones cómo buenas costumbres, normas imperativas, fin ilícito, objeto jurídicamente imposible, enmarcado como causal de nulidad del acto jurídico, para ello se ha considerado al orden público como un standard jurídico que trasciende a la norma jurídica y en mérito a los más elevados principios rectores ya sea económicos, sociales, jurídicos, éticos; que lo integran, no solo pone límite a la autonomía de la voluntad, sino que la hace posible, en tanto los principios que lo integran sirven a los particulares como parámetro, permitiendo el logro del fin esencial: Justicia. / Tesis
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La nulidad procesal como causa de dilación de los procesos de divorcio por causal

Diaz Mori, Karina 19 June 2013 (has links)
El tema de investigación es la nulidad procesal como causa de dilación de los procesos judiciales, habiéndose tomado como muestra, procesos de divorcio por causal resueltos por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema en el año 2009. En la actualidad existen procesos judiciales cuyo fallo de última instancia se está emitiendo con mucha dilación, causando perjuicio a los usuarios que solicitan tutela jurisdiccional; siendo una de las causas, la nulidad procesal en que se incurre en la tramitación de los mismos; lo que origina que las sentencias u otros actos procesales emitidos en primera y segunda instancia sean declaradas nulos, incluso en más de una oportunidad, retardando innecesariamente la emisión de la sentencia definitiva. Por ello, tanto Jueces como Auxiliares Jurisdiccionales deben tener mayor cuidado al momento de tramitar los procesos; es decir, cuidando de que, cada acto procesal por más sencillo que sea, que puede ser desde una notificación, hasta calificación de demandas, proveídos de escritos, sentencias, entre otros; se realicen en forma adecuada desde el principio hasta el final. Asimismo, los Fiscales, Asistentes de Función Fiscal y Abogados litigantes, también deben coadyuvar en que los procesos se tramiten en forma adecuada; ya que también están inmersos en la administración de justicia, pudiendo comunicar a los Jueces de alguna nulidad procesal que adviertan cuando tengan contacto con el proceso, para que éste, en forma inmediata reoriente el proceso como corresponda. A fin de no incurrir en nulidades procesales, las Cortes Superiores de Justicia, deberían promover más programas de capacitación para sus integrantes; asimismo, se podría sancionar a pedido de parte, a aquellos Jueces que incurran en reiteradas nulidades procesales, para que de esa manera pongan mayor cuidado en el desempeño de sus funciones. / Tesis

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