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Un Sistema de información ejecutivo basado en datamart para la prevención, análisis y supervisión de las operaciones de lavado de activos en la Empresa Concorde

Pacheco Ochoa, Jonathan Jesús, Vargas Huarca, Edwin Alex January 2008 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo presentar el diseño e implementación de una solución Business Intelligence mediante la utilización de un sistema de información ejecutiva basado en Datamart con el fin de proporcionar apoyo a la toma de decisiones contra el blanqueo de dinero Debido a que toda empresa competitiva debe alinear su negocio con las Tecnologías de Información, la solución propuesta en este documento es simple y robusta al mismo tiempo, ya que se basa en herramientas Open Source, mejorando la velocidad y el rendimiento de la calidad de los informes que la parte ejecutiva de una empresa espera de un sistema que apoya la toma de decisiones. Como caso práctico, este trabajo muestra la aplicación de esta solución, incluyendo la fase de diseño e implementación de prototipos en una primera fase en la entidad financiera "Concorde", como una contribución para el mejoramiento del Sistema de Prevención, Análisis y Supervisión contra los casos de lavado de activos. / This document aims to present the design and implementation of a Business Intelligence solution using an executive information system based on Datamart technique in order to provide decision support against money laundering Given that every company must align its competitive business with information technology, the solution proposed in this document is simple and robust at the same time, because it is based on Open Source tools and improves the speed and performance quality reports that the party executive of a company expects of a system that supports decision-making. As a case study, this work shows the implementation of this solution, including the design and implementation of prototypes in a PRIME stage in the financial institution "Concorde" as a contribution to improve the system of prevention, monitoring and analysis against cases of money laundering.
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La recuperación de activos como una herramienta eficaz en la lucha contra la corrupción y la necesidad de contar con una Oficina de Recuperación de Activos en el Perú

Monasi Ormeño, Manuel Alejandro 13 May 2021 (has links)
La presente ponencia tiene como propósito presentar algunas reflexiones sobre la recuperación de activos en el Perú, específicamente a los relacionados con los delitos de corrupción. De esta manera, se busca demostrar la importancia que tiene la recuperación de activos en la lucha contra la corrupción, sobre todo, en la actualidad en donde se puede apreciar que en algunas oportunidades los operadores de justicia pierden de vista la necesidad de recuperar los efectos del delito, un claro ejemplo es el reciente decomiso de la cuenta bancaria a nombre de la empresa offshore Southland Securities Inc1 . que se encontraba incautada en Luxemburgo, pues en ese caso se priorizó la persecución de los autores del delito, dejando de lado la restitución de las ganancias ilícitas. Ante tal situación, la recuperación de activos de origen ilícito debería ser una prioridad en la política criminal moderna, tal y como ha quedado reflejado en los diversos instrumentos normativos internacionales que se han aprobado en materia de lucha contra la corrupción, en ese sentido, y con la finalidad de fortalecer a nuestras instituciones y a los operadores de justicia, es que recomendamos la creación e implementación de una oficina especializada en esta materia, es decir, una Oficina de Recuperación de Activos que tenga como finalidad reforzar los métodos y técnicas de identificación, rastreo y ubicación de los efectos del delito, además, de asistir en la conducción del proceso de recuperación de estos.
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El delito de enriquecimiento ilícito como actividad criminal previa del delito de lavado de activos

Perca Contreras, Eugenio Fernando 13 February 2018 (has links)
No solamente la Corte Suprema a través de su jurisprudencia, sino también la doctrina nacional, interpretan erróneamente el bien jurídico y el injusto penal contenido en el artículo 401° del CP; esta situación ha llevado no solo a restar suficiencia y aptitud a la pericia que determina el desbalance patrimonial, sino a desnaturalizar el injusto penal contenido en la semántica del delito de enriquecimiento ilícito. Además, la Corte Suprema ha ensayado una misma repuesta respecto a la aptitud del medio de prueba referente a la pericia de desbalance patrimonial, en lo concerniente al delito de lavado de activos, negando que un mismo medio de prueba puede ser visto desde diversos ángulos y no obstante versar sobre un mismo fin -licitud del patrimonio-, los diferentes momentos de la aparición y movimiento del bien, pueden constituir la probanza de diversos tipos penales; esta afirmación, ocurre respecto del delito de enriquecimiento y lavado de activos, pues en determinado momento la situación de la posesión directa o indirecta de un patrimonio que no se justifica en los ingresos legítimos del agente público, puede configurar plenamente el delito de enriquecimiento ilícito, en tanto, el someter posteriormente dichos bienes ilícitos al circuito de la dinámica económica con la finalidad de legitimarlo, constituye en ámbito de reproche del delito de lavado de activos. Esta situación supone entender que el delito contenido en el artículo 401° del CP, es un delito especial de posesión, donde se configura con la sola posesión de un patrimonio que no se corresponde con las fuentes legitimas del agente público, y no se trata de actos de abuso de atribuciones o de acreditación del prevalimiento del cargo que derive luego en el incremento patrimonial; sino que al ser parte de la administración pública durante el ejercicio de la función, tiene el deber de incrementar su patrimonio de manera transparente y proba, mediante fuentes lícitas.
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El bien jurídico específico en el delito de enriquecimiento ilícito

Pezo Roncal, Cecilia Alexandra 19 February 2015 (has links)
El delito de Enriquecimiento Ilícito se encuentra tipificado en nuestra legislación desde hace más de tres décadas y, desde su tipificación, poco se analizado en doctrina sobre su naturaleza y sobre el bien jurídico protegido con el mismo. Si bien un sector importante de la escaza doctrina nacional que ha escrito sobre el tema lo ha considerado desde siempre un delito residual y/ subsidiario; es también cierto que un porcentaje de dicho sector, solo se remite a repetir una vieja posición que sienta sus bases en la ratio legis del legislador de 1981 –año en que se incorporó este delito en nuestro Código Penal-. Asimismo, es casi unánime la posición nacional en torno a reconocer en el Enriquecimiento Ilícito un bien jurídico protegido que adolece de especificación –e, incluso, que abunda en lo subjetivo cuando se mencionan la ética o la moral de los funcionarios públicos-. Esto último coadyuva a la interpretación errónea del tipo y fortalece – por un claro desinterés en desarrollar más profundamente el tema- la posición del delito como subsidiario. Si bien no comparto la tesis de la subsidiariedad, solo pocos autores han argumentado seriamente dicha posición, mientras que la gran mayoría de ellos se han remitido –sin análisis detenido- a la doctrina extranjera –sobre todo la argentina y la colombiana-. Si bien en torno a este delito se han planteado algunas problemáticas en el marco de su aplicación a un caso concreto, considero preciso e ineludible, de cara a una correcta interpretación y posterior análisis de los problemas derivados de su aplicación, la determinación del bien jurídico específico protegido. Es a partir de dicha concretización que la tarea de interpretación se dificulta menos y, como también argumentaré, se llega a conclusiones distintas a las que hemos dado por sentadas desde siempre. Para tales efectos, he dividido este trabajo en tres capítulos. El primero tiene como finalidad fortalecer al bien jurídico como fin de protección del Derecho Penal. He considerado preciso sentar posición al respecto al tratarse de un delito contra la Administración Pública, que, por su naturaleza supraindividual, ha sido objeto de críticas en razón –sostienen- de su intensa abstracción; además, porque, al ser el funcionario público el único protagonista en el mismo, se trata también de un delito de infracción de deber –en donde aquél ocupa una posición especial jurídico institucional-, aspecto que, luego de afirmado, podría llevar a la confusión de la base dogmática de la que se parte –así, no se asume en este trabajo un punto de partida funcionalista por su excesivo formalismo, pero tampoco se descartan los aportes que, alienados con las propias consideraciones, efectivamente coadyuvan a un mejor entendimiento sobre el tema-. Posterior a ello, se desarrollan los argumentos relacionados con la protección de los bienes jurídicos supraindividuales –en donde se ubican los delitos de corrupción de funcionarios-; así, como se podrá apreciar, parto de una protección autónoma y no personalista en esta clase de delitos. Ello facilita expresar posición en torno a la alegada contraposición entre la estructura de los tipos en clave de peligro abstracto y el principio de lesividad en el grupo de delitos bajo la rúbrica de “delitos contra la Administración Pública”.
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“El sector deportivo del fútbol y el sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: análisis de la incorporación de los clubes de fútbol profesional como nuevo sujeto obligado”

Vera Vivar, Rocío Alejandra 02 July 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación desarrolla la problemática del lavado de activos en el sector del fútbol visto desde el ámbito de prevención en la referida materia, así como el análisis de su reciente incorporación a nuestra legislación y su regulación. En ese sentido, se hará un análisis del contexto general en materia de prevención de lavado de activos que rige a nivel internacional y a nivel nacional. Asimismo, se desarrollará la importancia de contar con un sistema de prevención anti lavado que incluya a este sector dentro de los sujetos supervisados por la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, tal como su reciente incorporación como sujeto obligado en nuestra legislación anti lavado y una breve comparación comparada con algunos países sudamericanos a efectos de reflexionar sobre su nueva regulación. / Trabajo de investigación
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La capacidad de la Dirección de Investigación del delito de lavado de activos de la Policía Nacional del Perú y su impacto en la lucha contra el lavado de activos desde el 2014 al 2015

Cortez Carrillo, José Antonio 11 August 2017 (has links)
La presente tesis pretende hacer un análisis de la problemática del lavado de activos en el Perú, y desde la perspectiva de represión de este ilícito por los operadores de justicia, conocer cuál es la capacidad de la Dirección de Investigación del delito de lavado de activos, unidad especializada de la Policía Nacional del Perú, para poder luchar con este ilícito penal. Para la presente investigación hemos determinado como objetivos conocer como se realiza la profesionalización del personal de la dirección de investigación del delito de lavado de activos de la Policía Nacional del Perú, determinar los recursos con que cuenta, describir la autonomía que pueda tener dicha dirección de investigación del delito de lavado de activos y por ultimo determinar la eficacia en relación a los resultados de recuperación de activos. Resulta importante y trascendente el trabajo de investigación por que nos permite conocer cuáles son los principales avances, acciones y limitaciones a través de la Policía Nacional del Perú, en su lucha contra el lavado de activos, como parte de las políticas pública del Estado. Permitiendo sugerir las correcciones y mejoras para el bien de la seguridad del Estado. / Tesis
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El acceso al secreto bancario y reserva tributaria por la UIF, obstáculos y deficiencias

Zafra Salas, Marco André 19 August 2022 (has links)
En la actualidad la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) debe lidiar con un obstáculo constante e interminable en el cumplimiento de sus funciones, que es el acceso indirecto al secreto bancario y reserva tributaria, aspecto legal que se encuentra establecido en el art. 2 inc. 5 párrafo segundo de la Constitución Política del Perú de 1993, que establece la necesidad de autorización judicial que permita acceso al contenido total o parcial de la información relevante del secreto bancario y reserva tributaria, este acceso no permite que la UIF pueda actuar de forma eficiente y célere en la investigación o sospecha de casos relacionados a lavado de activos y financiamiento del terrorismo, esta deficiencia se sustenta en el tiempo excesivo que debe esperar la UIF para acceder a la información, tiempo que se desarrolla entre un mínimo de 2 y máximo de 32 días, por ello se exhorta al legislador a realizar una modificación y variación en el acceso al secreto bancario y reserva tributaria, para ello se recurre a dos enfoques metodológicos que son el constitucional y el método comparado, el enfoque constitucional ha permitido realizar una ponderación entre el derecho a la intimidad por el contenido íntimo de los derechos de secreto bancario y reserva tributaria en contraposición con la defensa de la persona humana y del Estado peruano, enfoque que ha demostrado la posibilidad de vencer el aspecto íntimo de ambos derechos (secreto bancario y reserva tributaria); el método comparado ha permitido analizar las realidad de 4 países como son Colombia, Chile, Argentina y Uruguay y las realidades de cada país en comparación a Perú, analizando la legislación vigente de cada país, ante una imposibilidad de modificación legislativa inmediata se opta por la continuidad de los MOUS (Memorándums de entendimiento internacionales) que realiza la UIF para acceder en el menor tiempo posible al secreto bancario y reserva tributaria.
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La resolución judicial que convalida el Congelamiento Administrativo de Fondos: posibilidad y legitimidad de presentar impugnación ante su otorgamiento o denegatoria

Cueva Morales, Carlos 20 June 2023 (has links)
El Congelamiento Administrativo de Fondos (CAF) es una medida limitativa del derecho de propiedad, que puede aplicar la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF Perú), excepcionalmente, cuando estime, de manera muy preliminar, que determinados activos provienen de o están vinculados a actividades de lavado de activos. Se trata de una disposición en la que, sin mandato judicial, pero de manera sustentada, una autoridad administrativa ordena a las entidades financieras y otros sujetos obligados congelar los fondos de una persona natural o jurídica incluida en una investigación de la UIF Perú o del Ministerio Público. Esta medida está sujeta a convalidación judicial, en el brevísimo plazo de 24 horas. La finalidad del CAF es detener el flujo de los fondos que puedan estar vinculados a actos de lavado de activos, así como preservar los elementos de prueba para el correspondiente proceso de investigación y dar la oportunidad al Ministerio Público para que solicite al Poder Judicial la imposición de medidas de coerción sustitutorias. En el presente trabajo se sostiene que, si bien el CAF supone la afectación al derecho de propiedad, dicha afectación es parcial y se justifica en el marco del esfuerzo que debe desarrollar el Estado para la investigación y represión del del delito de lavado de activos. Por otro lado, existen justificadas razones para que el procedimiento de emisión del congelamiento de fondos y su convalidación judicial se lleve a cabo inaudita pars respecto de las personas afectadas con dicha medida. Finalmente, al amparo de tratados internacionales, la Constitución Política del Perú, el Código Procesal Penal y demás normativa aplicable, las personas afectadas con una medida de CAF tienen el derecho a tomar conocimiento de dicha medida y a ejercer su derecho de defensa, a través del recurso de apelación de la resolución judicial que dispone la convalidación del congelamiento. En tal supuesto, dicha apelación no debe sino revisar los aspectos específicamente señalados en la ley que regula el CAF, como condición necesaria para su emisión, sin entrar a un debate probatorio. Por otro lado, en caso de denegatoria de la convalidación judicial del CAF, la UIF Perú tiene legitimidad para apelar dicha decisión. / The Administrative Freezing of Funds (CAF) is a limiting measure of property rights, which can be applied by the Financial Intelligence Unit of Peru (UIF Peru), exceptionally, when it deems, in a very preliminary way, that certain assets come from or are bounded to money laundering activities. This is a provision in which, without a Court Order, but in a sustained manner, an administrative authority orders to financial entities and other compelled subjects to freeze the funds of a natural or legal person involved in an investigation by the UIF Peru or the Public Prosecutor. This measure is subject to be confirmed by the Court, in the very short term of 24 hours. The purpose of the CAF is to stop the flow of funds that may be related to acts of money laundering, as well as to preserve the evidence for the corresponding investigation process and give to the Public Prosecutor the chance to request the Court to impose a substitute coercive measure. In this paper it is argued that, although the CAF supposes the affectation to the property right, that affectation is partial, and it is justified within the framework of the effort that the State must develop for the investigation and the fight against the crime of money laundering. On the other hand, there are justified reasons for the procedure for issuing the freezing of funds and their judicial validation to be carried out unheard of with respect to the people affected by said measure. Finally, under international treaties, the Political Constitution of Peru, the Criminal Procedure Code and other applicable regulations, the people affected by a CAF measure have the right to be aware of said measure and to exercise their right to defense, through the Appeal of the judicial resolution that provides for the confirmation of the freezing. In such a case, said appeal should only review the aspects specifically indicated in the law that regulates the CAF, as a necessary condition for its issuance, without having a debate. On the other hand, in case of refusal of the judicial confirmation of the CAF, the UIF Peru has the legitimacy to appealsaid decision.
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Propuesta de Innovación para optimizar la investigación policial del delito de lavado de activos proveniente del narcotráfico

Hernandez Carrizales, Pedro Antonio 27 November 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación ha sido realizado con el objetivo de optimizar la investigación policial del DLA procedente del narcotráfico, en Lima durante el año 2016, teniendo como problema la deficiente investigación policial que practica la División de Investigación de Lavado de Activos (DIVILA) de la Policía Nacional del Perú (PNP) en coordinación con el Ministerio Público. En cuanto a la metodología utilizada, la investigación ha sido desarrollada con el enfoque cuali-cuantitativo; toda vez que se desarrollaron entrevistas al Director de Lavado de Activos PNP, Jefe de la División de Lavado de Activos, Sub Oficial más antiguo de la citada División Policial y al Fiscal de investigación de Lavado de Activos. Asimismo, se elaboró un cuestionario valorativo dirigido al personal que presta servicios en la Dirección de Lavado de Activos proveniente del narcotráfico igual a 40 policías. Muestra no probabilística; para el análisis se aplicó el razonamiento deductivo, considerando el conocimiento y realidad empírica del problema, el análisis de situaciones similares en otros países latinoamericanos o europeos con similares características a nuestra realidad; además, se ha practicado el análisis documental y evaluado la carga de expedientes fiscales y denuncias registradas para este delito; se ha realizado el contraste de hipótesis utilizando el Chi Cuadrado de Pearson-Bondad de Independencia. Se ha establecido que la Descentralización de la DIVILA, con personal capacitado y especializado, con experiencia, permitirá dar una lucha frontal y a nivel nacional contra éste ilícito penal; siendo necesario reorganizar la administración de personal, identificando las necesidades y prioridades de cada región policial / This research work has been conducted with the aim of optimizing the police investigation of the DLA from drug trafficking, in Lima during 2016, having as a problem the deficient police investigation carried out by the Investigation Division of Money Laundering (DIVILA) of the National Police of Peru (PNP) in coordination with the Public Ministry. Regarding the methodology used, the research has been developed with the qualitative-quantitative approach; Interviews were conducted with the Director of Asset Laundering NPP, Chief of the Money Laundering Division, the oldest Sub- Officer of the aforementioned Police Division and the Investigative Investigator of Money Laundering. Likewise, an evaluation questionnaire was developed for the personnel that provide services in the Money Laundering Directorate from drug trafficking, equal to 40 police officers. Non-probabilistic sample; for the analysis, deductive reasoning was applied, considering the knowledge and empirical reality of the problem, the analysis of similar situations in other Latin American or European countries with similar characteristics to our reality; in addition, documentary analysis has been carried out and the burden of tax records and complaints recorded for this crime has been assessed; We have made the hypothesis contrast using Pearson's Chi Square-Goodness of Independence. It has been established that the Decentralization of DIVILA, with trained and specialized personnel, with experience, will allow a frontal and national struggle against this criminal offense; it is necessary to reorganize the personnel administration, identifying the needs and priorities of each police region / Trabajo de investigación
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Sistemas de prevención del lavado de activos

Acosta Lopez, Katterine 11 August 2021 (has links)
Nuestro tema objeto de análisis se centró en el Sistema de Prevención del Lavado de Activos, focalizada exclusivamente en dar a conocer una perspectiva clara y coherente sobre la complementariedad y unidad del sistema de prevención en el Lavado de Activos, esto es, sistema preventivo del lavado de activos o “prevención general y/o persuasiva”, el cual se fundamenta en la triada “prevención, detección y reacción”, enmarcándose en la tesis “disuasión como reacción psicológica a la tendencia criminal”, a fin de evitar afectar bienes jurídicos que protege el Derecho Penal. Así, la presente investigación, implicó el estudio de dos premisas. En primer lugar, “la evolución del lavado de activo a nivel internacional y nacional”. En segundo lugar, “la esencia del Compliance”, a fin de responder las siguientes interrogantes ¿El sistema de prevención imperativo y el sistema de prevención autorregulatorio son disímiles o complementarios? ¿La observancia de los requisitos penales desnaturaliza el mandato de la norma administrativa en la delimitación del programa de cumplimiento? ¿Es posible que ambos modelos pueden llegar a ser complementarios? ¿Cuál de los sistemas de prevención permite prevenir con eficiencia en lavado de activos en la empresa? A fin de dar una respuesta a las interrogantes, de un lado, se estudió el sistema autorregulatorio o potestativo denominado criminal Compliance, partiendo de la vinculación del Criminal Compliance y el lavado de activos, su conformación del Compliance en la empresa, sus elementos esenciales que configuran dicho sistema. Asimismo, el Compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas en vinculación con la circunstancias atenuantes, agravantes y eximentes. De otro lado, se estudió el sistema de prevención administrativo con consecuencias penales o sistema imperativo, dirigido a los sujetos obligados; sin embargo, deriva en consecuencias penales (decreto legislativo 1106). Lo expuesto permite entender la importancia del estudio de la cultura de prevención imperativa y autorregulatoria como un único sistema complementario entre sí, conforme lo señala segunda disposición complementaria final del reglamento de la Ley n.° 30424 y su modificatoria el Decreto Legislativo 1352, el aporte de la Doctrina y la multidisciplinariedad que engloba el sistema de prevención.

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