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El agente encubierto en la Ley Nº 19.366Catalán Holuigue, Marco Antonio, Vargas Carlier, Alejandra January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Consideramos necesario precisar que el término que ocupa
nuestra ley N° 19.366 en su articulo 34 y que denomina "agente
encubierto" está estrechamente ligado con lo que la doctrina llama "agente provocador", que es el modo genérico por el cual se ha conocido esta figura.
Es por esto, que en el desarrollo de la monografía se dispone de material que hace alusión al agente provocador y que es perfectamente aplicable al agente
encubierto de nuestra legislación.
Tratamos este tema investigando, en primer lugar, su origen
para después poder explicarnos porque esta figura esta siendo cada día más utilizada. Posteriormente, analizamos su naturaleza jurídica considerando las distintas posturas existentes en la doctrina.
La problemática del agente encubierto en cuanto a su existencia y legitimitidad, así como tambien los conflictos en torno a su actuación en
donde encontramos el aspecto normativo, posiciones doctrinarias y los criterios delimitadores de su responsabilidad fueron estudiados en forma global para despúes aplicarlos a nuestra legislación. Todo este análisis nos
llevó a una mejor comprensión de la figura tanto en cuanto a su estructura, como a los propósitos que persigue.
Con todo lo anterior, nos sentimos capacitados para proponer
un artículo alternativo que complemente al actual y permita un mejor respeto a los derechos de las personas.
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Implementación de la ley de fármacos y su impacto en la industria farmacéuticaPereira Vidal, Daniela Fernanda January 2014 (has links)
Unidad de práctica para optar al título de Químico Farmacéutico / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Antecedentes: La Ley de Fármacos es la modificación del código sanitario a los libros IV y VI, la cual se aprueba y entra en vigencia el 14 de febrero del 2014, dando un tiempo de marcha blanca de 6 meses para su implementación. Los temas que abarca esta reglamentación son amplios, por tanto, lo que se analizará en esta investigación será referente a sólo tres tópicos: publicidad, fraccionamiento y prescripción.
Objetivo: Analizar la Ley de Fármacos y su impacto en la Industria Farmacéutica, con el fin de evaluar la forma de implementar dicha norma y/o proponer modificaciones para su mejor implementación.
Desarrollo y Análisis: -No se puede realizar publicidad a medicamentos de venta bajo receta médica sólo a aquéllos de venta directa.
-Se prohíben los incentivos de cualquier índole a dispensadores y prescriptores.
-Al prescribir algún medicamento, éste debe llevar su nombre de fantasía e incluir el nombre genérico siempre y cuando cuente con bioequivalencia.
-Se puede realizar fraccionamiento dentro de las farmacias para dar dosis justas de tratamiento, los envases deben asegurar la inviolabilidad del producto.
Conclusiones y Recomendaciones: La implementación de la ley de fármacos está en proceso, llevando a la industria a una serie de cambios referente a los tres tópicos en estudio. Referente a publicidad la industria debe apuntar todo el foco ahora a la promoción respecto a productos bajo receta médica. El fin de la receta médica apunta a la intercambiabilidad, para que esto ocurra los profesionales deben estar informados para no entregar información errada a la población. Por último el fraccionamiento no es viable mientras no exista una norma técnica que establezca la forma y el cómo se desarrollará el proceso, ya que hoy en día las farmacias no están capacitadas para dicha labor (infraestructura, capacitación del personal)
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Asociación ilícita para cometer delitos de narcotráficoRuz Castillo, Pedro Edgardo January 2014 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal) / El presente trabajo se denomina “Asociación Ilícita Para Cometer Delitos de
Narcotráfico. Artículo 16º de la Ley Nº 20.000, Configuración, Bien Jurídico y
Jurisprudencia”, y tiene como objeto analizar la figura típica de dicho artículo, que
establece el delito de la Asociación Ilícita para cometer delitos de tráfico de drogas.
El análisis se efectúa desde una perspectiva global del fenómeno del combate
al narcotráfico por medio de la utilización del derecho penal como herramienta de
persecución. Es así que se plantea que siendo el fenómeno del narcotráfico un
fenómeno cultural, la Ley Nº 20.000, y por lo tanto la figura establecida por su artículo
16º, deben ser entendidas e interpretadas desde dicha óptica. Asimismo, se centra el
análisis en establecer cuáles son los alcances del tipo penal en comento, cuales son
los bienes jurídicos que efectivamente protege la figura del artículo 16º, cual es su
relación con la Asociación Ilícita del Código Penal y como ha sido entendida por la
jurisprudencia reciente del país.
Palabras Claves: Artículo 16º, Artículo 292º, Asociación Ilícita, Fenómeno cultural, Ley
Nº 20.000, narcotráfico, penalidad, tipo penal
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Aspectos procesales de la ley no. 19.366 que sanciona el tráfico ílicito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas ante el código de procedimiento penal y el código procesal penalContreras Herrera, Pedro José January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta Memoria de Grado describe el desenvolvimiento de la Ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y substancias sicotrópicas, en los escenarios que se generan a partir de la aplicación de uno u otro de los estatutos procedimentales penales, actualmente vigentes en el territorio de la República, y, de consiguiente, permite apreciar en cual de ellos la persecución penal de los ilícitos que aquélla prescribe resulta más eficiente.
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Análisis criminológico del microtráfico en la sexta regiónGana Rojas, Sergio Alfonso January 2008 (has links)
Tesis (magíster en derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El desarrollo del presente trabajo fue estructurado en tres grandes áreas, que dieron origen a los capítulos titulados: 1.- Marco conceptual y legal; 2.- Criminología y microtráfico en la VI Región, y 3.- Determinación del injusto penal por el sentenciador.
En aras de lograr nuestros objetivos, resultó primordial describir la Sexta Región, en forma amplia pero detallada. Recurrimos a datos estadísticos recogidos en diversas fuentes de información y en la experiencia de este redactor como habitante de la capital regional. Superficie, organización administrativa, población, distribución de la misma entre sectores urbanos y rurales, principales ciudades, implementación de servicios públicos, fuentes económicas, características de las jornadas laborales mineras, agroindustriales, agrícolas de temporadas y del comercio establecido como del comercio ilegal. El éxodo masivo de los campamentos mineros a la ciudad de Rancagua, el impacto habitacional que esto originó, las consecuencias de la creación de viviendas sociales de emergencia en el sector nororiente de Rancagua y la erradicación de los campamentos de la periferia de Santiago. En los sectores rurales aledaños a la capital regional, el impacto social que ha significado la actividad agroindustrial, en relación con el trabajo agrícola tradicional. El lugar de privilegio que ocupan la Sexta y Séptima Región, en el decomiso de plantas de cannabis sativa. Causas judicializadas en esta materia en nuestros Tribunales e implementación penitenciaria en la Sexta Región.
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La agravante de agrupación o reunión de delincuentes para el tráfico ilícito de drogas del Artículo 19 Letra a) de la Ley 20.000Ovalle Bazán, Marcelo Ignacio January 2012 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal) / En este estudio se pretender establecer la diferencia que existe, desde el punto de vista dogmático, acompañado ello de la exposición de decisiones jurisprudenciales en la materia, entre la figura genérica de asociación ilícita para el tráfico de estupefacientes, del artículo 16 de la ley 20000 y la agravante especial de responsabilidad penal introducida en el artículo 19 letra a) de la Ley precitada. Con tal objeto, y en un primer ámbito, contextualizar y diferenciar desde un punto de vista histórico y conceptual, los fenómenos de crimen organizado y asociación ilícita; luego, en un segundo aspecto, determinar la finalidad del legislador en la introducción de dicha figura agravatoria y, principalmente, poder discernir qué elementos del tipo objetivo de la asociación ilícita deben concurrir para con la agravante y qué criterio diferenciador se puede fijar con aquélla y la simple coautoría en la ejecución del delito de tráfico
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El control de alcohol y droga en la empresa en el marco de los derechos fundamentales de los trabajadoresMorales Guiñez, Karina Maritza, Avila Contreras, Jorge Andrés 04 1900 (has links)
Autorizada por el autor, pero con restricción para ser publicada a texto completo hasta el año 2014 / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este proyecto de tesis tiene por objeto analizar la posibilidad actual de una política seria del control de alcohol y drogas dentro de la empresa (esto es, exigida y aplicada por el empleador hacia sus trabajadores) en el marco de las modificaciones hechas por la Ley Nº 20.087. En lo pertinente de estas modificaciones, interesa lo dispuesto por el artículo 485 del Código del Trabajo, ubicado en el párrafo “Del Procedimiento de Tutela Laboral” (párrafo 6°, Capítulo II, Título I del Libro V del Código del Trabajo), en relación con las disposiciones de nuestra Constitución allí citadas. Lo anterior es sin perjuicio del análisis del conflicto que se produce con algunas de las modificaciones introducidas por la Ley N° 19.759 de 2001, especialmente en cuanto a los actuales artículos 2° y 5° del Código del Trabajo, esto es, la prohibición de discriminación y a la limitación de las facultades del empleador por las garantías constitucionales en general y, en especial, sobre lo relativo a la intimidad, la vida privada o la honra de los trabajadores.
En contraste con el avance normativo de la regulación de los derechos fundamentales de los trabajadores, el tema del consumo de alcohol y drogas en el seno de la empresa, así como sus consecuencias, no ha sido recogido por la legislación en materia laboral (con excepciones para áreas específicas) en circunstancias que, según estudios objetivos realizados en nuestro país, entre el 15% y el 30% de todos los accidentes laborales están relacionados con el consumo de alcohol y drogas en el lugar de trabajo, lo que implica una pérdida anual para el país de 6 mil millones de dólares. La única guía relativamente objetiva con que ha contado el empleador para intentar articular un sistema de control de drogas y alcohol han sido los escasos y sucintos dictámenes que ha emitido la Dirección del Trabajo sobre el tema, destacando entre ellos los Ord. Nº 4842/300 del 15/09/1993; Ord. Nº 8273/337 del 19/12/1995; Ord. Nº 287/14 del 11/01/1996; Ord. Nº 6658 del 29/11/1996; y Ord. Nº 1560/76 del 26/04/2001
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Propuesta de un modelo de persecución de la oferta del problema de las drogas ilícitas. Desde el microtráfico ilícito de estupefacientesRosas Ortiz, Patricio Humberto January 2012 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho mención derecho penal) / El presente proyecto de Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET), versa sobre la elaboración detallada y experiencial de un modelo de persecución del tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, acotado a la oferta mercantil de la misma, y a partir de la comercialización de pequeñas cantidades de aquella, como una propuesta en sentido ascendente hacia la gran criminalidad asociada a las drogas.
Al dirigirse, como destinatarios preferenciales los sujetos procesales e intervinientes de nuestra Sistema Procesal Reformado, pretende ofrecer, para el posterior estudio crítico y mejor desarrollo, una plataforma versátil a futuras investigaciones especializadas y relacionadas en las Fiscalías Territoriales, adaptable a las realidades de cada zona geográfica a implementar.
Asimismo, se circunscribe a la necesidad de identificar y ejecutar una Política Criminal Integrada de persecución del fenómeno, en concordancia con las actuales tendencias regionales comparadas.
En particular, se basa en el examen de la experiencia práctica del autor, en la labor desempeñada como Fiscal Adjunto de dedicación exclusiva a la
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persecución de delitos enmarcados en la ley 20.000, en las comunas de Maipú y Cerrillos de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana de Chile, durante la vigencia de la Reforma Procesal Penal, entre los años 2009 y 2010
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Drogas, diagnóstico y proyecto de reformaUrrutia Laubreaux, Daniel, Rodríguez Guerra, José Manuel January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / 1. Objetivo del trabajo: nuestra tesis apunta a realizar un diagnóstico de la situación de la droga en Chile, revisar la actual legislación y proponer una reforma acorde con los principios generales de un estado democrático de derecho.
2. Para el estudio del contexto: a. Realizamos un análisis de prensa; b. Analizamos los resultados del último informe ejecutivo del Conace, y c. Encuestamos a jueces y secretarios de los Juzgados del Crimen de Santiago; d. Efectuamos un estudio de legislación comparada.
3. Para fundamentar nuestras conclusiones, realizamos: a. Una investigación crítica de la aplicación de las penas de la ley 19.366 y b. Estudio comparativo y propuesta de reforma de la citada ley.
Conclusiones: En un estado democrático de derecho, la única solución posible es la despenalización del consumo de drogas y una regulación acorde con principios de política criminal racionales y consecuentes sobre el tráfico de drogas de abuso.
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Análisis económico del derecho sobre las políticas de drogas : desde la criminalización a la regulación en el caso del CannabisMansilla Fuentealba, Tomás January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La histórica política de prohibición en materia de drogas ha sufrido un fuerte cuestionamiento desde hace unos cuantos años. Los objetivos que las normas internacionales tales como la Convención Única de 1961, la Convención sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, y la Convención Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988, no han logrado dar con el sueño de “un mundo libre de drogas”. En contraste de dichos objetivos, cada vez son más quienes sufren el flagelo de las drogas, más el número de muertos, más el número de enfermos.
El narcotráfico en tanto ha logrado permear en las estructuras de poder de muchas sociedades, con un negocio tan lucrativo, ha logrado sortear las dificultades que la comunidad internacional le ha puesto. La Guerra contra las Drogas tenía como objetivo erradicar la oferta de estas sustancias, pese a ello, los únicos realmente afectados son los eslabones más bajos del negocio, personas de orígenes marginales que resultan ser una víctima más del conflicto.
Así y todo, la comunidad internacional esta empecinada en seguir con la lógica prohibicionista, sumando cada vez más dinero a métodos que no han probado ser efectivos, sin preocuparse del problema de fondo, la salud de las personas.
Una forma de evaluar dichos métodos es mediante el análisis económico del derecho, probar que la guerra es ineficiente podría ser el punto de inicio a nuevos métodos, como la regulación. En este sentido, Uruguay es el primer país del mundo en dar la espalda a la política prohibicionista, optando por regularizar el cannabis, convirtiendo a dicha sustancia en el caballo de batalla de quienes optan por regularizar el consumo de drogas.
¿Y Chile? Chile posee altísimas tasas de consumo de marihuana, y viendo el panorama internacional, es hora de replantear nuestras políticas a modo de enfrentar con métodos efectivos y eficientes el problema con las drogas.
Palabras clave: políticas públicas, guerra contra las drogas, prohibición, criminalización, regulación, cannabis, eficiencia, análisis económico del derecho.
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