• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 27
  • 11
  • 1
  • 1
  • 1
  • 1
  • 1
  • 1
  • Tagged with
  • 39
  • 39
  • 17
  • 16
  • 8
  • 8
  • 8
  • 7
  • 7
  • 7
  • 7
  • 6
  • 6
  • 5
  • 5
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
1

El constitucionalismo peruano en el siglo XX : evolución y análisis crítico

Centurión González, Freddy Ronald, Centurión González, Freddy Ronald January 2011 (has links)
El Perú independiente ha tenido doce constituciones (1823, 1826, 1828, 1834, 1839, 1856, 1860, 1867, 1920, 1933, 1979 y 1993), cuatro estatutos provisorios (1821, 1855, 1879 y 1883) y una constitución confederada (1837). Anteriormente, siendo colonia de España, se aplicó fugazmente en el Virreinato del Perú la Constitución de Cádiz de 1812. ¿Qué ha conducido a esta proliferación de constituciones en el Perú, que ha hecho que tengamos un promedio de una constitución cada quince años?, ¿Se puede elaborar un saldo mirando objetivamente al nuevo siglo en el que hemos entrado?, tratamos de responder a esta pregunta, enfocándonos en el siglo XX. / Tesis
2

El constitucionalismo peruano en el siglo XX : evolución y análisis crítico

Centurión González, Freddy Ronald January 2011 (has links)
El Perú independiente ha tenido doce constituciones (1823, 1826, 1828, 1834, 1839, 1856, 1860, 1867, 1920, 1933, 1979 y 1993), cuatro estatutos provisorios (1821, 1855, 1879 y 1883) y una constitución confederada (1837). Anteriormente, siendo colonia de España, se aplicó fugazmente en el Virreinato del Perú la Constitución de Cádiz de 1812. ¿Qué ha conducido a esta proliferación de constituciones en el Perú, que ha hecho que tengamos un promedio de una constitución cada quince años?, ¿Se puede elaborar un saldo mirando objetivamente al nuevo siglo en el que hemos entrado?, tratamos de responder a esta pregunta, enfocándonos en el siglo XX.
3

La teoría del poder constituyente en la constitución chilena vigente

Bassa Mercado, Jaime Andrés January 2007 (has links)
Tesis (magíster en derecho, mención en derecho público) / La presente tesis pretende delimitar una teoría democrática del poder constituyente y contrastaría con el proceso originado con la Comisión Ortúzar. Busca realizar una teoría normativa del poder constituyente, conceptualizando el término desde una perspectiva teórica e histórica. Asimismo, el estudio del concepto se realiza a partir de un modelo determinado, el Estado constitucional y democrático de Derecho, estadio actual de desarrollo de la idea de Estado de Derecho, que condiciona la interpretación del ordenamiento constitucional. Considerando estas bases conceptuales, se interpretará la realidad histórica de la constitución chilena vigente.
4

Los proyectos constitucionales de la década de 1850: el impacto en la sociedad y la organización del estado peruano

Jiyagón Villanueva, Jose Carlos January 2017 (has links)
JIYAGÓN Villanueva, Jose Carlos. Los proyectos constitucionales de la década de 1850: el impacto en la sociedad y la organización del estado peruano. Tesis (Mg. en Historia). Lima, Perú: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Sociales, Unidad de Posgrado. 2017. 169 h. / Tesis
5

La Constitución política de la República de Chile del año 1828

González del Río, Carlos Danilo January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo del presente trabajo es desarrollar una análisis acabado de la Constitución Política de la República de Chile de 1828. Para ello se ha trabajado sobre la base de una hipótesis (La Constitución de 1828 fue muy bien lograda desde un punto de vista doctrinario, pero adoleció de falta de asidero en la realidad del Chile de la época), nacida de la impresión que tenía este memorista respecto de dicha Carta antes de iniciar la investigación que culmina con este trabajo, hipótesis que obviamente se pretende comprobar o refutar a lo largo de esta Memoria. Con dicho objetivo en mente, he dividido el trabajo en cuatro partes, que reflejan la doble perspectiva histórico – política y jurídica que se ha querido dar al estudio de la Carta de 1828. Así, en una primera instancia se pretende situar la Carta Fundamental de 1828 en un contexto histórico, político, económico y social, al tiempo que se describe genéricamente el marco jurídico positivo de Chile durante el período histórico que la precede, haciendo breve referencia a los mismos aspectos de otros países del continente. En un segundo momento, se analizarán los antecedentes y elementos de hecho que dan origen directo a la Constitución en comento; la creación e integrantes de la Comisión Redactora, deteniéndose particularmente en la persona de Don José Joaquín de Mora; el desarrollo y contingencias de la etapa de discusión en el Congreso, y, finalmente, su aprobación y entrada en vigencia. Acto seguido, se hará un análisis de la Carta de 1828, tanto en su contenido global, como de cada una de sus disposiciones, haciendo mayor hincapié en los aspectos jurídico doctrinarios, pero con proyección a su eficacia y consecuencias en la vida político institucional de Chile bajo su vigencia, así como su trascendencia o influencia en constituciones posteriores. Finalmente, se expondrán las conclusiones a las que he llegado, comprobando o rebatiendo la hipótesis de trabajo.
6

Aproximación al tratamiento de las prohibiciones parlamentarias durante la génesis preconstitucional del país (período 1810-1833)

Espinoza Navarro, Daniel Andrés, Gutierrez Sepúlveda, Miguel Angel January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El sistema de prohibiciones parlamentarias en nuestro país, fue en lo fundamental diseñado a fines del siglo XIX, haciéndose cargo el legislador de aquellos años de una situación comúnmente ocurrida desde los albores de nuestra vida independiente: la constante repetición de nombres y hombres en el ejercicio de funciones propias de los tres poderes del estado.
7

Los ministros de estado en la Constitución Política de 1993.

Jiménez Murillo, Félix Roberto 04 October 2013 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad desarrollar y analizar la institución jurídica de los “Ministros de Estado” en el marco de la Constitución Política de 1993, sobre la base de sus antecedentes en las cartas constitucionales del siglo XIX y XX, lo que comprende la revisión general de los contenidos constitucionales del Poder Ejecutivo, lo que incluye el análisis de cómo la actual Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, aborda la institución referida, por una parte con mediana precisión conceptual del Ministro de Estado, entendido como “responsable político” de un sector, pero contradictoriamente la misma ley acotada le confiere un conjunto de funciones administrativas, principalmente vinculadas con los sistemas administrativos nacionales, lo que debilita la agenda política que en esencia debe atender como actor del gobierno. Así pues, consideramos que lo últimamente indicado, debe motivar un cambio sustantivo en la normativa del Poder Ejecutivo, a los efectos de modificarla y derivar tales funciones a quienes esencialmente cumplen funciones administrativas de ejecución y supervisión sub-sectorial, como son el Secretario General y el Viceministro. El Ministro de Estado, no por dejar de asumir directamente tales funciones, deja de ser “responsable administrativo” de su sector. No, pues la modificatoria que oportunamente debe aplicarse a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo debe enfatizar que el Ministro es personaje político del gobierno y por tanto, responsable sí de la supervisión del cumplimiento de las políticas sectoriales, la misma que debe recaer en la fiscalización como máxima autoridad ejecutiva del sector a los funcionarios que se encarguen la operatividad de tales funciones específicas. Desde el punto de vista del Derecho Constitucional, resulta importante analizar la configuración constitucional de los Ministros de Estado, en su relación directa con la gestión sectorial que la Constitución Política y las Leyes les asignan, así como su relación directa con la gestión jurídica y política del Presidente de la República, todo ello, en el marco del Estado Constitucional de Derecho. Consideramos que tal estructuración permitirá determinar los contenidos de su importancia en nuestro régimen constitucional y político nacional. / Tesis
8

A efemeridade das leis constitucionais brasileiras :

Gonçalves, Péricles Antonio Fernandes January 1981 (has links)
Dissertação (Mestrado) - Universidade Federal de Santa Catarina, Centro de Ciências Jurídicas. / Made available in DSpace on 2012-10-16T21:36:09Z (GMT). No. of bitstreams: 0Bitstream added on 2016-01-08T14:09:21Z : No. of bitstreams: 1 152719.pdf: 2156096 bytes, checksum: 114f5d17b6c4b8588b394bd691ed7cc0 (MD5)
9

El Consejo de Estado y la reforma constitucional constituyente de 1874 : 1874-1906

Saavedra Ramírez, Karin January 2012 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho mención en derecho público) / El presente trabajo tiene por finalidad caracterizar las relaciones del Consejo de Estado con el Poder Ejecutivo en el período comprendido entre los años 1874 hasta 1906, con el fin de establecer el impacto de la reforma constitucional constituyente en el andamiaje político institucional. En dicho año se introdujeron cambios al texto constitucional que se vio alterado en tanto que código: “cuando una reforma modifica la lógica interna, altera el núcleo constitucional, cabe llamarla constituyente en la medida que se vuelve a constituir el sistema constitucional” 1. El marco metodológico de esta investigación histórico-jurídica, es de tipo polifacético2. Se utilizaron como fuentes principales para la investigación las actas de las sesiones del Consejo de Estado (volúmenes, desde 1874 hasta 1906, 32 años en total), además de obras de autores de la época, principalmente constitucionalistas, obras de autores actuales y memorias de grado sobre la materia, tanto actuales como de la época en estudio. Luego del estudio de las actas de las sesiones del Consejo de Estado, además de la profusa documentación complementaria, se pudo establecer que la reforma constitucional significó modificar el rol del Consejo de Estado, transformándolo en un órgano con alguna relevancia política, lo que implica una propuesta distinta respecto de la visión tradicional acerca de la institución
10

El primer Tribunal Constitucional de Chile : 1970-1973 : sus orígenes, consagración y legado

Bravo Botta, Esteban January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente tesis elaborada realizará una investigación sobre el primer Tribunal Constitucional chileno, analizando las circunstancias de su creación, su labor y el impacto de su jurisprudencia, su disolución y la trascendencia de su trabajo, desde la perspectiva de la Escuela Polifacética de la Historia del Derecho. Para cumplir con nuestro objetivo analizamos criterios que permiten interpretar la supremacía constitucional desde la Constitución de 1833 en adelante. Esto con objeto de mostrar el precario estado de las cosas desde el estudio de los mecanismos de protección de la constitución y la resolución de los conflictos políticos-jurídicos y, aún más, desde el principio de la supremacía constitucional. Se analizarán las circunstancias en las que se crea el primer Tribunal Constitucional, su debate parlamentario y de las fuerzas políticas que estuvieron a favor y en contra de su creación, así como de la ley de reforma constitucional que le dio existencia, la ley de reforma constitucional N° 17.284. Para estudiar su labor e impacto en la sociedad, analizaremos su jurisprudencia y la cobertura que de ella se realizó en la prensa de la época, particularizando su estudio respectos de los fallos más relevantes dictados, así como también las circunstancias de su disolución. Y, finalmente, para analizar su trascendencia, se tratarán las circunstancias que hicieron necesaria su desaparición. Sólo en este marco de estudio es posible realizar un análisis sobre los orígenes, la consagración y el legado que deja para la institucionalidad el primer Tribunal Constitucional.

Page generated in 0.1093 seconds